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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 730230
Resolución de concesión de la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine

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Texto

El 8 de octubre de 2025 la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio ha dictado la resolución siguiente:

Antecedentes

1. Día 3 de abril de 2025 la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine. (La convocatoria se publicó en el BOIB núm. 44 de 10 de abril de 2025).

2. La comisión técnica, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria, ha valorado los proyectos presentados y ha propuesto a los beneficiarios de las ayudas. 3. El 9 de septiembre de 2025 se publicó la propuesta provisional de concesión en el tablón de Anuncios del Consejo de Mallorca. No se han presentado alegaciones a la propuesta de concesión provisional.

4. Consta en el expediente la existencia de crédito presupuestario por importe total de 150.000,00 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.33450.47904 y 20.33450.48903 del presupuesto del Consejo de Mallorca del ejercicio 2026 (gasto anticipado), para tramitar la convocatoria mencionada.

Fundamentos de derecho

1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

3. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

4. La convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine.

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.

6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 33.2.k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de Consejos Insulares, corresponde a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio resolver esta convocatoria.

Por todo lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder las subvenciones, en el marco de la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine, por la cuantía total de 150.000,00 € a favor de las personas beneficiarias que se relacionan en las tablas, y disponer el gasto a favor suyo, por los importes, por los proyectos y  con cargo a las aplicaciones presupuestarias  que se indican del ejercicio 2025.

 

Línea 1

Sol.

SEGEX

NIF

Solicitante

Proyecto

Puntos

Presupuesto subvencionable

Importe subvención

Aplicación

007

1264759K

B04974010

El Obrador de lo Real SL

Majordocs 7a Edició

82,5

115.750,00

25.000,00

20.33450.47904

004

1264608A

U21923750

UTE Deejaysgrup SL y Mediterranean Creative Hub S.L.U.

Atlàntida Mallorca Film Fest

80

878.462,00

25.000,00

20.33450.47904

002

1261884R

B57813198

Evolution International Film Festival S.L.

14a edición Evolution Mallorca International Film Festival

76,5

186.806,50

25.000,00

20.33450.47904

 

 

 

 

 

 

TOTAL

75.000,00

 

 

Línea 2

Sol.

SEGEX

NIF

Solicitante

Proyecto

Puntos

Presupuesto subvencionable

Importe subvención

Aplicación

003

1262969Z

B57828451

Nat Projectes. Serveis culturals i ambientals SLU

Colonya Palma Muntanya Film / Mostra de Cinema de Muntanya de Palma 2025

78

35.475,00

13.500,00

20.33450.47904

005

1264642Y

G63785273

Associacio Mecal

8ª Ed. Mecal Balears 2025

77,5

71.450,00

13.500,00

20.33450.48903

001

1255244W

G57613549

Medit Associació Cultural

Out! Mostra de Cinema LGTBIQ+ de les Illes Balears (vuitena edició)

76,5

21.460,29

11.030,15

20.33450.48903

009

1264961Q

G57760779

Associació Xarxa Cinema

Descobrint Cinema 2025

71

29.942,00

13.500,00

20.33450.48903

008

1264818R

***72461*

Andreu Fullana Arias

BIAM 2025

70,5

35.070,25

13.500,00

20.33450.47904

006

1264663C

B62903885

Mago Audio Visual Production SL

Cinema Lliure a la Platja 2025

65

35.435,00

9.969,85

20.33450.47904

 

 

 

 

 

 

TOTAL

75.000,00

 

No obstante, lo anterior, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio al cual se imputa el gasto (2026).

2. Autorizar los gastos con persones o entidades vinculadas relacionadas en la tabla siguiente:

Solicitante

Proyecto

Gasto

Medit Associació Cultural

Out! Mostra de Cinema LGTBIQ+ de les Illes Balears (vuitena edició)

Despeses de direcció

Nat Projectes. Serveis culturals i ambientals SLU

Colonya Palma Muntanya Film / Mostra de Cinema de Muntanya de Palma 2025

Coordinació i gestió

UTE Deejaysgrup SL y Mediterranean Creative Hub S.L.U.

Atlàntida Mallorca Film Fest

Serveis de projeccions il·luminació i infraestructures, lloguer de material, direcció de producció i producció executiva. Infraestructura de personal.

Associació Mecal

8ª Ed. Mecal Balears 2025

Direcció artística

El Obrador de lo Real SL

Majordocs 7a Edició

Direcció artística

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y trasladar la información correspondiente a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante, lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2025)

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Antònia Roca Bellinfante)