Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Núm. 730230
Resolución de concesión de la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine
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El 8 de octubre de 2025 la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio ha dictado la resolución siguiente:
Antecedentes
1. Día 3 de abril de 2025 la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine. (La convocatoria se publicó en el BOIB núm. 44 de 10 de abril de 2025).
2. La comisión técnica, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria, ha valorado los proyectos presentados y ha propuesto a los beneficiarios de las ayudas. 3. El 9 de septiembre de 2025 se publicó la propuesta provisional de concesión en el tablón de Anuncios del Consejo de Mallorca. No se han presentado alegaciones a la propuesta de concesión provisional.
4. Consta en el expediente la existencia de crédito presupuestario por importe total de 150.000,00 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20.33450.47904 y 20.33450.48903 del presupuesto del Consejo de Mallorca del ejercicio 2026 (gasto anticipado), para tramitar la convocatoria mencionada.
Fundamentos de derecho
1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
3. El decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
4. La convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público.
6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 33.2.k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de Consejos Insulares, corresponde a la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio resolver esta convocatoria.
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder las subvenciones, en el marco de la convocatoria de ayudas 2025 para dar soporte a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine, por la cuantía total de 150.000,00 € a favor de las personas beneficiarias que se relacionan en las tablas, y disponer el gasto a favor suyo, por los importes, por los proyectos y con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se indican del ejercicio 2025.
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Línea 1 |
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Sol. |
SEGEX |
NIF |
Solicitante |
Proyecto |
Puntos |
Presupuesto subvencionable |
Importe subvención |
Aplicación |
|
007 |
1264759K |
B04974010 |
El Obrador de lo Real SL |
Majordocs 7a Edició |
82,5 |
115.750,00 |
25.000,00 |
20.33450.47904 |
|
004 |
1264608A |
U21923750 |
UTE Deejaysgrup SL y Mediterranean Creative Hub S.L.U. |
Atlàntida Mallorca Film Fest |
80 |
878.462,00 |
25.000,00 |
20.33450.47904 |
|
002 |
1261884R |
B57813198 |
Evolution International Film Festival S.L. |
14a edición Evolution Mallorca International Film Festival |
76,5 |
186.806,50 |
25.000,00 |
20.33450.47904 |
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
75.000,00 |
|
|
Línea 2 |
||||||||
|
Sol. |
SEGEX |
NIF |
Solicitante |
Proyecto |
Puntos |
Presupuesto subvencionable |
Importe subvención |
Aplicación |
|
003 |
1262969Z |
B57828451 |
Nat Projectes. Serveis culturals i ambientals SLU |
Colonya Palma Muntanya Film / Mostra de Cinema de Muntanya de Palma 2025 |
78 |
35.475,00 |
13.500,00 |
20.33450.47904 |
|
005 |
1264642Y |
G63785273 |
Associacio Mecal |
8ª Ed. Mecal Balears 2025 |
77,5 |
71.450,00 |
13.500,00 |
20.33450.48903 |
|
001 |
1255244W |
G57613549 |
Medit Associació Cultural |
Out! Mostra de Cinema LGTBIQ+ de les Illes Balears (vuitena edició) |
76,5 |
21.460,29 |
11.030,15 |
20.33450.48903 |
|
009 |
1264961Q |
G57760779 |
Associació Xarxa Cinema |
Descobrint Cinema 2025 |
71 |
29.942,00 |
13.500,00 |
20.33450.48903 |
|
008 |
1264818R |
***72461* |
Andreu Fullana Arias |
BIAM 2025 |
70,5 |
35.070,25 |
13.500,00 |
20.33450.47904 |
|
006 |
1264663C |
B62903885 |
Mago Audio Visual Production SL |
Cinema Lliure a la Platja 2025 |
65 |
35.435,00 |
9.969,85 |
20.33450.47904 |
|
|
|
|
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|
|
TOTAL |
75.000,00 |
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No obstante, lo anterior, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, ésta queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio al cual se imputa el gasto (2026).
2. Autorizar los gastos con persones o entidades vinculadas relacionadas en la tabla siguiente:
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Solicitante |
Proyecto |
Gasto |
|
Medit Associació Cultural |
Out! Mostra de Cinema LGTBIQ+ de les Illes Balears (vuitena edició) |
Despeses de direcció |
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Nat Projectes. Serveis culturals i ambientals SLU |
Colonya Palma Muntanya Film / Mostra de Cinema de Muntanya de Palma 2025 |
Coordinació i gestió |
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UTE Deejaysgrup SL y Mediterranean Creative Hub S.L.U. |
Atlàntida Mallorca Film Fest |
Serveis de projeccions il·luminació i infraestructures, lloguer de material, direcció de producció i producció executiva. Infraestructura de personal. |
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Associació Mecal |
8ª Ed. Mecal Balears 2025 |
Direcció artística |
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El Obrador de lo Real SL |
Majordocs 7a Edició |
Direcció artística |
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y trasladar la información correspondiente a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. El recurso puede interponerse formalmente ante la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, a la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2025)
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio (Antònia Roca Bellinfante)