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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 724453
Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los centros escolares de Alcúdia, ejercicio 2025
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BDNS (Identif.): 859710. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/859710)
Primero. Beneficiarios:
Pueden ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los centros educativos, públicos o concertados, de Infantil, Primaria y Secundaria del municipio de Alcúdia, que estén legalmente constituidos y que cumplan con los requisitos de las bases.
Segundo. Finalidad:
La finalidad de esta convocatoria es reforzar la enseñanza en los centros educativos, públicos o concertados, del municipio de Alcúdia, subvencionando la realización de proyectos para el Fomento de Programas Educativos durante el año 2025. Estas ayudas en ningún caso podrán ser para inversión.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros escolares de Alcúdia, ejercicio 2025, dirigidas al fomento de programas educativos, y publicadas en el BOIB núm. 122, de día 13 de septiembre de 2025.
https://www.caib.es/eboibfront/es/2025/12157/705737/bases-reguladoras-de-las-subvenciones-a-los-centro
Cuarto. Criterios de valoración:
Los criterios de valoración quedan recogidos en la Base séptima "Gastos subvencionables e importe" de las bases reguladoras y el importe de la subvención se calculará en base a los siguientes criterios:
LÍNEA 1. SUBVENCIÓN PARA NATACIÓN ESCOLAR
El presupuesto destinado a subvencionar la actividad de natación escolar es de 7.300,00 €
Se subvencionará el 100% del coste de la actividad al alumnado de educación primaria y al alumnado de las aulas UEECO, hasta un importe máximo de 19,94€ por alumno/a.
En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.
LÍNEA 2. SUBVENCIÓN PARA BAUTIZOS NÁUTICOS
El presupuesto destinado a subvencionar esta actividad es de 6.200,00 euros.
El bautizo náutico consistirá en la práctica de kayak, pádel surf, piragua, vela ligera, sup XL, waterbikes... o actividades parecidas por parte del alumnado de primaria y secundaria obligatoria de los centros escolares de Alcúdia. Sólo será subvencionable un bautizo náutico por alumno/a.
La cuantía de la subvención se determinará dividiendo el presupuesto de la actividad entre el número de alumnos que la hayan realizado, con un máximo de 11,60 euros por alumno/a.
En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.
LÍNEA 3. MUESTRA ESCOLAR DE VILLANCICOS
El presupuesto destinado a subvencionar la Muestra Escolar de Villancicos es de 8.000,00 euros.
Se subvencionará hasta un máximo de 90,00 euros por grupo clase que haya participado en la Muestra Escolar de Navidades del curso 2024-25, organizada por el Ayuntamiento de Alcúdia.
En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.
Las cuantías otorgadas a la participación en la Muestra Escolar de Villancicos deberán ser destinadas a financiar proyectos educativos de acuerdo con el objeto de la convocatoria (base segunda). La justificación de los mismos deberá seguir el procedimiento establecido en la base duodécima.
LÍNEA 4. RESTO DE ACTIVIDADES
Para el resto de las actividades educativas se destinará un total de 31.000,00 euros.
Este importe se distribuirá proporcionalmente entre el número de unidades escolares autorizadas y en funcionamiento durante el curso 2024/25 al conjunto de centros educativos solicitantes de la subvención. A tal efecto serán computables todas las unidades de Educación Infantil, todas las unidades de Educación Primaria y las unidades de Educación Secundaria Obligatoria.
Las unidades de secundaria post o no obligatoria no son objeto de esta convocatoria de ayudas a los centros escolares.
El importe total de la subvención no podrá ser superior a los 8.760,00 € por centro.
Las entidades beneficiarias de subvenciones están obligadas a presentar la correspondiente justificación de la actividad subvencionada y a acreditar, antes de la ordenación del pago que están al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcúdia.
Cuando la entidad beneficiaria sea deudora del Ayuntamiento, como consecuencia de una deuda, vencida, liquidada y exigible, se podrá acordar la compensación.
En caso de que el beneficiario no pudiera llegar a justificar adecuadamente la totalidad del importe de la subvención otorgada, el Ayuntamiento de Alcúdia tramitará de oficio la reducción del importe de la subvención en la misma proporción que exista entre el importe a justificar y aquel importe bien justificado.
En caso de que la suma de las subvenciones recibidas por la actividad de que se trate supere el coste de esta, la subvención otorgada se reducirá proporcionalmente.
Si el crédito presupuestario resulta insuficiente para cubrir las solicitudes de gasto presentadas a subvención se procederá a reducir el porcentaje subvencionado.
Quinto. Importe
La dotación de esta convocatoria de subvenciones será de 52.500,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria EN 326 489000 "Aportaciones a los centros escolares" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Alcúdia para el ejercicio 2025, aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria urgente día 25 de septiembre de 2025 (BOIB núm. 129, de 27 de septiembre de 2025).
Sexto. Solicitud y documentación
Los centros educativos interesados que cumplan los requisitos que determinan las bases deben presentar la siguiente documentación:
Los centros educativos interesados que cumplan los requisitos que determinan estas bases tienen que presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud, mediante el trámite telemático habilitado al efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcúdia <https://alcudia.eadministracio.cat/catalog/t/c1af38a3-22a0-4232-bea9-3e256b9f5b95> que, además, contendrá una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; declaración expresa en la que deben hacerse constar las ayudas y subvenciones solicitadas y/u otorgadas por cualquier institución. pública o entidad privada para la misma finalidad; y el número de cuenta bancaria donde se solicite el ingreso de la subvención.
2. Proyecto objeto de la subvención (anexo 1).
3. Nombramiento del representante legal*.
4. Certificado expedido por la Secretaría del propio centro en el que figuren los datos relativos al curso 2024/25:
*No será necesario presentar aquellos documentos señalizados con el asterisco, si ya se presentaron ante el Departamento competente del Ayuntamiento de Alcúdia en materia de Educación en alguna de las convocatorias de subvenciones correspondientes al año 2018 o posteriores, siempre que no haya habido cambios y se hagan constar la fecha y el órgano o dependencia en que se presentaron, así como la referencia de la convocatoria.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el BOIB.
Alcúdia, en fecha de la firma electrónica (7 de octubre de 2025)
La concejala de Educación Verónica Caro Donoso