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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 728574
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se concede una subvención, se autoriza y se dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago a favor de la ganadora del V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025

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Texto

Hechos

1. De acuerdo con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB ext. n. 91, de 14 de julio de 2025), el Instituto de Estudios Baleáricos, ente del sector público instrumental autonómico, queda adscrito a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes.

2. Según el Decreto 77/2023, de 1 de septiembre, este ente tiene como finalidades la enseñanza y la normalización lingüística de la lengua catalana, así como su promoción y fomento.

3. El 15 de mayo de 2025 se publicó, en el BOIB núm. 61, la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convoca el V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025.

4. El 4 de septiembre de 2025 se reunió el jurado del Premio Aina Moll para examinar y evaluar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria. El jurado ha motivado la evaluación y la calificación de las solicitudes que prevé el punto 7 de la convocatoria, de acuerdo con los requisitos y los criterios de preferencia que se establecen. De esta reunión, consta el acta en el expediente.

5. El jurado ha acordado otorgar el Premio Aina Moll a la comunicación que ha obtenido la puntuación más alta, titulada «Los pronombres de objeto directo en el catalán como lengua de herencia: contacto con el alemán y el neerlandés», de Laia Colina Fortuny, graduada en Estudios de Catalán y Español por la Universidad de Autónoma de Barcelona, por la solidez de su trabajo, por su buen planteamiento y por la posibilidad de continuidad del trabajo.

6. Se ha comprobado que la señora Laia Colina Fortuny está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

7. En el marco de lo que prevé el artículo 39. 7 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, la justificación de este premio se produce por el hecho de reunir los requisitos para su beneficio.

8. En fecha 2 de octubre de 2025 el director del Instituto de Estudios Baleáricos dictó la propuesta de resolución por la que se concede una subvención, se autoriza y se dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago a favor dela ganadora del V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025.

9. Con fecha6 de octubre de 2025se notificó mediante la publicación en la Sede Electrónica del Instituto de Estudios Baleáricos.

10. En la misma fecha la señora Laia Colina Fortuny aceptó la subvención que se le ha concedido.

Fundamentos de derecho

1. El artículo35 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, que establece que uno de los objetivos de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma es la normalización de la lengua catalana.

2. El artículo 86 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, que establece que corresponde al Gobierno de las Illes Balears, en las materias de su competencia, el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponde al Estado.

3. El artículo4 de la Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Illes Balears, que establece que los poderes públicos deben adoptar las medidas necesarias para la promoción, el conocimiento y el uso normal de la lengua catalana.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

6. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

8. El Decreto75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

9. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

10. El Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos.

11. La Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana.

12. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convoca el V Premio Aina Moll en el marco de la Escuela de Verano de Lingüística Catalana para el año 2025.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y conceder el V Premio Aina Moll, valorado en 3. 000 €, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Instituto de Estudios Baleáricos del ejercicio de 2025, a Laia Colina Fortuny, con número de DNI ***6162**.

2. Autorizar y disponer el gasto de 3. 000 € con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Instituto de Estudios Baleáricos del ejercicio de 2025 a favor de Laia Colina Fortuny, con número de DNI ***6162**, como ganadora del V Premio Aina Moll.

3. Reconocer la obligación y proponer el pago de 3. 000 € con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Instituto de Estudios Baleáricos del ejercicio de 2025 a favor de Laia Colina Fortuny, con número de DNI ***6162**, como ganadora del V Premio Aina Moll.

4. Notificar esta resolución de concesión mediante la publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de octubre de 2025)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol