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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 715261
Nombramiento de funcionarios en prácticas del proceso selectivo de oficial de Policía Local, promoción interna

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Para el general conocimiento se hace saber que el día 3 de octubre del actual, se ha dictado el Decreto n.º 4362/2025 de nombramiento de funcionarios en prácticas de los aspirantes propuestos por el tribunal del proceso selectivo de Oficial de Policía Local, de cuatro plazas como funcionario de carrera por promoción interna, por el sistema de oposición, que resuelve:

“(...)

PRIMERO. Nombrar como Oficiales de Policías Locales en prácticas a las siguientes personas:

  • El Sr. Pablo Mora Martin amb DNI ***9208**.
  • El Sr. Jorge Pablo Busquets amb DNI ***5023**.
  • El Sr. Pau Reig Ripoll amb DNI ***3414**.
  • El Sr. Antoni Perez Ferreira amb DNI ***2196**.

(…)

TERCERO. Notificar la resolución del nombramiento de funcionario en prácticas a los interesados.

CUARTO. Publicar el anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB)”

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la alcaldía de este Ayuntamiento, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción contencioso-administrativa. Si optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo esto sin perjuicio que pueda interponer se, cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

(Firmado electrónicamente: 6 de octubre de 2025

La alcaldesa-presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)