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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 699032
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza al centro Casal Jove Alaior Hogar Centre FP SOIB para impartir una oferta formativa de grado C (certificado profesional), con inscripción en el Registro General de Centros de Formación Profesional

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Texto

Hechos

1. Solicitud: se presentó al Servicio de Empleo de las Islas Baleares una solicitud de autorización de oferta formativa de grado C (certificado profesional), en modalidad de impartición presencial, con inscripción en el Registro General de Centros de Formación Profesional, del centro que se indica a continuación, para el grado C que también se indica.

Fecha de entrada de la solicitud:

26/06/2025

Entidad solicitante:

Ayuntamiento de Alaior

NIF:

P0700200I

Representante:

José Luis Benejam Saura

Nombre del centro de formación:

CASAL JOVE ALAIOR HOGAR CENTRE FP SOIB

Dirección del centro:

C/ del Porrassar Vell, 16 (07730 – ALAIOR)

Tipo de expediente:

AUTORIZACIÓN INICIAL

 

Código del grado C (certificado profesional)

Denominación

Real decreto que lo establece

SSCB0209

Dinamización de actividades de ocio educativo infantil y juvenil

RD 1537/2011

2. Comprobaciones documentales y técnicas:

- Se ha revisado la solicitud y la documentación que debe constar en el expediente y en el archivo del centro y de la entidad de formación.

- Se ha realizado visitas técnicas al centro para comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos a las instalaciones y equipamientos en fecha 05/08/2025 y en fecha 07/08/2025, y se han cumplimentado las actas de visita correspondientes, que constan en el expediente.

- Una vez hechas la visita y, si ha sido el caso, subsanadas las incidencias o carencias detectadas, se ha comprobado que las instalaciones, los equipamientos y el resto de estructura de medios del centro cumplen los requisitos exigidos.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, integró la formación conducente a certificados de profesionalidad en el Catálogo nacional de ofertas de formación profesional, como ofertas de grado C (con la nueva denominación de «certificados profesionales»), y establece que la impartición de ofertas de formación profesional está sujeta a previa autorización e inscripción registral por parte de la administración competente.

2. El Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB) tenía atribuida la formación profesional en los grados A, B, C impartida en los centros que no pertenecen al sistema educativo, de acuerdo con el Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la CAIB. Una vez derogado el Decreto 12/2023 por medio del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la competencia de la autorización de centros para ofertas de grado C corresponde a la Consejería de Educación y Universidades.

3. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, deroga el Real Decreto 34/2008 de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, pero sin perjuicio del mantenimiento en vigor de los requisitos recogidos en el Real Decreto 62/2022, de 25 de enero. Por lo tanto, el Real Decreto 34/2008 y la normativa de desarrollo son todavía aplicables con respecto a los requisitos generales que deben cumplir los centros. Es aplicable, por tanto, la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regulan el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de especialidades formativas.

4. Las especificaciones de los certificados profesionales para el que se solicita la autorización se contienen en el real decretos por el que se establece, citado en la tabla incluida en el punto 1 del apartado de Hechos. De acuerdo con la disposición transitoria primera del citado Real Decreto 659/2023, hasta que no se proceda reglamentariamente a su modificación, permanecerá vigente la ordenación de los certificados de profesionalidad recogida en cada uno de los reales decretos por los que se establecen.

5. Las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos se contienen en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común; y las especificaciones procedimentales de la Administración de la CAIB se contienen en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB.

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por el Servicio de Empleo de las Islas Baleares 16 de septiembre de 2025, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos 1 de septiembre de 2025, para impartir la oferta formativa de Grado C (certificado profesional) que figura en la ficha de oferta formativa anexa, en el centro denominado CASAL JOVE ALAIOR HOGAR CENTRE FP SOIB con la distribución de espacios y número de alumnos que se indican.

2. Inscribir y actualizar esta autorización en el Registro General de Centros de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

3. Dar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003,  de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (1 de octubre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

 

FICHA DE OFERTA DE GRADO C (CERTIFICADO PROFESIONAL)

 

DENOMINACIÓN DEL CENTRO:

CASAL JOVE ALAIOR HOGAR CENTRE FP SOIB

DIRECCIÓN DEL CENTRO:

C. DEL PORRASSAR VELL, 16 (07730 - ALAIOR)

CÓDIGO DE CENTRO AUTORIZADO:

PENDIENTE DE ASIGNAR EN EL REGISTRO (CENTRO NUEVO)

ENTIDAD RESPONSABLE:

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

NIF:

P0700200I

 

Código del grado C (certificado profesional)

Denominación

Real decreto que lo establece

Número de alumnos

SSCB0209

Dinamización de actividades de ocio educativo infantil y juvenil

RD 1537/2011

16

Tipo de espacio:

AULA

Denominación según el programa formativo:

AULA DE GESTIÓN (superficie mín. para 15 alumnos: 45 m2)

Denominación en el centro:

(según plano)

SALÓN-ZONA DESCANSO (superficie: 50,04 m2)

Tipo de espacio:

TALLER

Denominación según el programa formativo:

AULA-TALLER DE TÉCNICAS DE EXPRESIÓN Y ANIMACIÓN

(ESPACIO ABIERTO/GIMNASIO) (superficie mín. para 15 alumnos: 60 m2)

Denominación en el centro (según plano) o nombre y ubicación si es espacio externo

POLIDEPORTIVO DE ALAIOR – PISTA ANEXA

(superficie: 456,23 m2)