Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 696475
Departamento de Planeamiento urbanístico. Servicio Jurídico administrativo de Planeamiento. Exp. PA 2025 0009. SEGEX 1341196Y. Suspensión de la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en cuanto al uso de albergue
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El Pleno del Ayuntamiento de 25 septiembre de 2025 acordó lo siguiente:
“Suspender, con el fin de estudiar una modificación del planeamiento vigente, y con la duración de un año, o hasta la aprobación inicial del instrumento de planeamiento, la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en cuanto al uso de albergue, i todo ello en los términos establecidos en el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, y en el ámbito del Término municipal de Palma con excepción del ámbito del PRI de la Playa de Palma.
Esta suspensión tendrá una duración máxima de un año, en los términos establecidos en el artículo 51 de la LUIB.
Se adjunta al presente como ANEXO al acuerdo el plano indicativo del ámbito de suspensión. El plano tendrá que permanecer a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento y en la correspondiente dirección o punto de acceso electrónico a lo largo del plazo de suspensión.
2- Publicar este acuerdo junto con el plano que define el ámbito de la suspensión, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en un diario de los de más difusión de las Islas Baleares y en la dirección o el punto de acceso electrónico correspondiente.
3- Comunicar el presente acuerdo a todos los Departamentos de la Gerencia de Urbanismo, y a la Oficina de Revisión del Plan General.”
ANEXO

También se puede acceder al acuerdo y al plano ANEXO en los siguientes enlaces:
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso potestativo de reposición se tendrá que presentar, si se trata de una persona jurídica, obligatoriamente a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de aquello de qué se trata y haciendo constar el número de expediente; y si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las Oficinas municipales de Atención Ciudadana, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada y se entenderá desestimado cuando la resolución no se haya resuelto ni notificada, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a que se interponga, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado, y los art. 8.1 y 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta publicación, todo ello sin perjuicio de cualquier recurso o acción que se considere conveniente.
(Firmado electrónicamente: 30 de septiembre de 2025)
El secretario general del Pleno Nicolau Conti Fuster