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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 690076
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de septiembre de 2025 por el cual se corrigen los errores detectados en el Acuerdo de aprobación de la oferta pública de empleo para el año 2022 y el año 2024 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales

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Texto

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en la sesión de día 25 de septiembre de 2025, adoptó el Acuerdo siguiente:

Acuerdo por el cual se corrigen los errores detectados en el Acuerdo de aprobación de la oferta pública de empleo para el año 2022 y el año 2024 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 155, de 29 de diciembre) aprobó la oferta de empleo público para el año 2022 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales.

En este acuerdo, se ha detectado un error en el anexo 1 en relación con la denominación de la escala del cuerpo auxiliar facultativo que se incluyó.

Por otro lado, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 164, de 14 de diciembre) aprobó la oferta de empleo público para el año 2024 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales.

En este acuerdo, también se ha detectado un error en el anexo 1 en relación con las islas de adscripción de las plazas convocadas.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Visto que corresponde al Consejo de Gobierno aprobar las ofertas públicas de empleo, es necesario que el citado órgano apruebe este Acuerdo con el fin de que las rectificaciones sean válidas.

Se considera el artículo 5.2.k de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, adopta el siguiente Acuerdo:

Primero. Rectificar el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2022, por el que se aprobó la oferta de empleo público para el año 2022 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales, en los términos siguientes:

Donde dice:

Cuerpo auxiliar facultativo

Escala profesional de infraestructuras, escala de mecánica y conducción

2 plazas en Mallorca

 

​​​​​​​Debe decir:

Cuerpo auxiliar facultativo

Escala de mecánica y conducción

2 plazas en Mallorca

Segundo. Rectificar el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2024, por el que se aprobó la oferta de empleo público para el año 2024 correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales, en los términos siguientes:

Donde dice:

Cuerpo facultativo superior

Escala científica, especialidad ciencias del mar

1 plaza en Mallorca

Cuerpo facultativo técnico

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajo social

5 plazas: 3 en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Eivissa

Debe decir:

Cuerpo facultativo superior

Escala científica, especialidad ciencias del mar

1 plaza en Menorca

Cuerpo facultativo técnico

Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajo social

5 plazas: 4 en Mallorca y 1 en Menorca

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

En la fecha de la firma electrónica

(25 de septiembre de 2025)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

 

 

 

 

 

(26 de septiembre de 2025)

La presidenta

Margarita Prohens Rigo​​​​​​​