Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 684451
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para los programas de seguimiento de federaciones deportivas de las Islas Baleares (BOIB núm. 66 de 24 de mayo de 2025)
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Hechos
1. Las entidades que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado una solicitud de subvención de ayudas para los programas de seguimiento de federaciones deportivas de las Islas Baleares.
2. Los servicios técnicos de la Consejería han examinado la solicitud y han comprobado que los solicitantes:
a. Por su naturaleza, pueden ser beneficiarios de subvenciones.
b. Han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.
c. Están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
3. En fecha 7 de agosto de 2025, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que debe servir de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
4. En fecha 7 de agosto de 2025 el director general de Deportes dictó una primera propuesta de resolución de concesión de subvenciones, publicada en la página web de la Dirección General de Deportes, sobre la que algunas entidades presentaron alegaciones dentro del plazo establecido en la convocatoria.
(https://www.caib.es/seucaib/ca/201/empreses/tramites/tramite/6343274)
5. Analizadas estas alegaciones, y a la vista del informe de la Comisión Evaluadora de 10 de septiembre de 2025, se dictó una segunda propuesta de resolución, que incorporaba las modificaciones pertinentes y que fue publicada igualmente en la página web de la Dirección General de Deportes en fecha 11 de septiembre de 2025.
6. Las entidades beneficiarias dispusieron de 5 días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de las propuestas, con la indicación de que la entidad beneficiaria desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.
7. Todas las entidades deportivas aceptaron la subvención en el plazo hábil de 5 días desde el día siguiente de la publicación de las propuestas de resolución del director general de Deportes.
8. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2025.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).
3. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para los programas de seguimiento de federaciones deportivas de las Islas Baleares (BOIB núm. 66 de 24 de mayo de 2025).
4. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención, para los programas de seguimiento de federaciones deportivas de las Islas Baleares, a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1 por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 12301 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2025.
2. El pago y justificación debe hacerse de acuerdo con lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 22 de mayo de 2025.
3. El periodo en el que se concreta la actividad subvencionada es el comprendido entre:
4. Los justificantes deben corresponder a gastos llevados a cabo en este periodo, efectivamente pagados hasta la fecha límite para justificar, a nombre del perceptor de la subvención y con todas las operaciones contabilizadas.
5. Los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado decimoquinto de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 22 de mayo de 2025.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su aprobación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, a fecha de la firma digital (26 de septiembre de 2025)
El director general Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)
ANEXO 1 BENEFICIARIOS SUBVENCIÓN
|
NIF |
Nombre |
Expediente |
Concepto |
Importe proyecto |
Importe solicitado |
Proyecto aceptado |
Importe concedido |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
G57757528 |
Federación de Pádel de las Islas Baleares |
FESE2025/1 |
Pádel |
7.123,80 € |
7.123,80 € |
4.000,00 € |
4.000,00 € |
|
G07164411 |
Federación de Fútbol de las Islas Baleares |
FESE2025/2 |
Selección sub 16 Masculina Sala |
4.000,00 € |
4.000,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
G07164411 |
Federación de Fútbol de las Islas Baleares |
FESE2025/4 |
Selección sub 16 Mixte (Masculino y Femenino) |
12.000,00 € |
12.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
|
V07290299 |
Federación Balear de Taekwondo |
FESE2025/5 |
Programa de seguimiento de Ibiza y Formentera |
5.800,00 € |
5.800,00 € |
5.800,00 € |
5.800,00 € |
|
G07192156 |
Federación de Baloncesto de las Islas Baleares |
FESE2025/6 |
Laboratorio 4XL + Programa de desarrollo del juego colectivo |
9.630,00 € |
9.630,00 € |
9.630,00 € |
9.630,00 € |
|
G07165608 |
Federación Balear de Vela |
FESE2025/7 |
PSF2-ILCA4 |
21.000,00 € |
18.000,00 € |
7.000,00 € |
6.000,00 € |
|
G07165608 |
Federación Balear de Vela |
FESE2025/8 |
PSF4-420 |
18.000,00 € |
18.000,00 € |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
|
G07165608 |
Federación Balear de Vela |
FESE2025/9 |
PSF1-Optimist |
20.000,00 € |
18.000,00 € |
11.111,11 € |
10.000,00 € |
|
G07165608 |
Federación Balear de Vela |
FESE2025/10 |
PSF3-Techno 293 Windsurf |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
4.000,00 € |
4.000,00 € |
|
G07712243 |
Federación Triatlón de las Islas Baleares |
FESE2025/11 |
Triatlón |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
2.000,00 € |
|
G07179690 |
Federación de Ciclismo de las Islas Baleares |
FESE2025/12 |
Pista |
2.120,00 € |
2.120,00 € |
2.120,00 € |
2.120,00 € |
|
G07163876 |
Federación Balear de Golf |
FESE2025/13 |
Golf |
18.000,00 € |
18.000,00 € |
7.000,00 € |
7.000,00 € |
|
G07163876 |
Federación Balear de Golf |
FESE2025/14 |
Pitch&Putt |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
G07175201 |
Federación de Judo y EE. AA |
FESE2025/15 |
Judo |
900,00 € |
900,00 € |
900,00 € |
900,00 € |
|
V07196207 |
Federación Balear de Bádminton |
FESE2025/16 |
IM-IF-DM-DF-DX |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
|
G07258593 |
Federación Balear de Piragüismo |
FESE2025-17 |
Paracanoe |
18.000,00 € |
18.000,00 € |
14.000,00 € |
14.000,00 € |
|
G07258593 |
Federación Balear de Piragüismo |
FESE2025-18 |
Pista olímpica |
18.000,00 € |
18.000,00 € |
3.000,00 € |
3.000,00 € |
|
G07258593 |
Federación Balear de Piragüismo |
FESE2025-19 |
Kayak de Mar |
16.000,00 € |
16.000,00 € |
6.000,00 € |
6.000,00 € |
|
G07935356 |
Federación Balear de Kickboxing |
FESE2025-20 |
Kickboxing |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
|
G07416571 |
Federación Balear de Tiro Olímpico |
FESE2025-21 |
Tiro Olímpico |
7.200,00 € |
7.200,00 € |
4.000,00 € |
4.000,00 € |
|
G07199383 |
Federación Balear de Tiro con Arco |
FESE2025-22 |
Recurvo y Compuesto |
20.000,00 € |
17.000,00 € |
11.764,71 € |
10.000,00 € |
|
G07192990 |
Federación Balear de Balonmano |
FESE2025-23 |
Preparación Cesa |
15.200,00 € |
15.200,00 € |
7.000,00 € |
7.000,00 € |
|
G07179146 |
Federación Balear de Natación |
FESE2025-25 |
Waterpolo Mixte (Masculino y Femenino) |
7.000,00 € |
7.000,00 € |
7.000,00 € |
7.000,00 € |