Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 678993
Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 23 de septiembre de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto y para los años 2023 y 2024, subvenciones
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La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefa del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, en fecha 23 de septiembre de 2025, firmó la siguiente notificación,
Convocatoria: CEJA2023_1
Documento: oficio
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 3036240
Código BDNS: 732390
Asunto: notificación de deficiencias
De acuerdo con Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2023-2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.
Tras revisar la documentación presentada junto con la solicitud de pago de la línea de ayuda indicada anteriormente, se ha constatado que falta documentación o tiene los errores que se indican en el anexo adjunto 'Relación de solicitudes de pago a subsanar'. De acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, le requiero para que en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente de la publicación de esta notificación, presente la documentación que falta o subsane las deficiencias detectadas antes mencionados, haciendo referencia.
Una vez transcurrido el plazo para subsanar las deficiencias sin que lo haya hecho, se revocará la ayuda, de acuerdo con el artículo 92.1 del Reglamento de la Ley de subvenciones citado.
La jefa de la Sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural
Gemma Canós Franch
ANEXO RELACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO PARA SUBSANAR
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Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Documentación a subsanar y Observaciones |
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LAUREAT FLORIT CAMPINS |
***4662** |
CEJA2023_1/031 |
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CRISTOBAL MOLL TALTAVULL |
***4363**
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CEJA2023_1/087
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SEBASTIÀ MARQUES LLORENS |
***8829** |
CEJA2023_1/090 |
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FRANCISCO JUAN MARQUES PASCUAL |
***4775** |
CEJA2023_1/094 |
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ISABEL FELIX DOMINGUEZ |
***7696** |
CEJA2023_1/102 |
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Palma en fecha de firma electrónica (24 de septiembre de 2025)
El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni