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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 678993
Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 23 de septiembre de 2025, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto y para los años 2023 y 2024, subvenciones

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de acuerdo con los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, en fecha 23 de septiembre de 2025, firmó la siguiente notificación,

Convocatoria: CEJA2023_1

Documento: oficio

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 3036240

Código BDNS: 732390

Asunto: notificación de deficiencias

De acuerdo con Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2023-2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

Tras revisar la documentación presentada junto con la solicitud de pago de la línea de ayuda indicada anteriormente, se ha constatado que falta documentación o tiene los errores que se indican en el anexo adjunto 'Relación de solicitudes de pago a subsanar'. De acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, le requiero para que en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente de la publicación de esta notificación, presente la documentación que falta o subsane las deficiencias detectadas antes mencionados, haciendo referencia.

Una vez transcurrido el plazo para subsanar las deficiencias sin que lo haya hecho, se revocará la ayuda, de acuerdo con el artículo 92.1 del Reglamento de la Ley de subvenciones citado.

La jefa de la Sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural

Gemma Canós Franch

 

ANEXO RELACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO PARA SUBSANAR

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Documentación a subsanar y Observaciones

LAUREAT FLORIT CAMPINS

***4662**

CEJA2023_1/031

  • Carece alta fiscal de Hacienda de actividades agrarias de la SRM (modelo 036 o modelo 037).

CRISTOBAL MOLL TALTAVULL

 

***4363**

 

 

CEJA2023_1/087

 

  • Carece alta fiscal de Hacienda de actividades agrarias de la SRM (modelo 036 o modelo 037).

SEBASTIÀ MARQUES LLORENS

***8829**

CEJA2023_1/090

  • La modificación del contracto de la SRM no está pasado por ATIB.

FRANCISCO JUAN MARQUES PASCUAL

***4775**

CEJA2023_1/094

  • Carece de alta de la Seguridad Social en activitatdes agráries.
  • Carece de certificado de titularidad del banco

ISABEL FELIX DOMINGUEZ

***7696**

CEJA2023_1/102

  • Carece alta de la Seguridad Social en actividades agráries.

 

Palma en fecha de firma electrónica (24 de septiembre de 2025)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni