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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 677787
Resolución del consejero de Educación y Universidades de aceptación de renuncia de la ayuda concedida al Ayuntamiento de Llubí por la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

Resolución del consejero de Educación y Universidades de aceptación de renuncia de la ayuda concedida al Ayuntamiento de Llubí por la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Hechos

1. El 23 de diciembre de 2023 se publica en el BOIB  núm. 173 la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023 se concedió una ayuda de 151.200,00 € para la ampliación de 12 plazas de primer ciclo de educación infantil a la EI Es Moixaina.

3. Esta convocatoria corresponde al programa financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

4. El 15 de septiembre de 2025, el Ayuntamiento de Llubí presenta un escrito con número de registro GOIBE645375/2025 de renuncia a las ayudas concedidas mediante Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, dado que la empresa adjudicataria del contrato de obras de la ampliación de la escoleta municipal ha renunciado al contrato y que el 26 de agosto de 2025, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se aprobó declarar desierta la nueva licitación del contrato de obras. Por lo tanto, no se puede dar cumplimiento a los plazos de ejecución y justificación establecidos en la convocatoria.

5. El 17 de septiembre de 2025, la directora del Instituto para la Educación de la Primera Infancia emite el Informe sobre la aceptación de renuncia de la ayuda concedida al Ayuntamiento de Llubí por Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el cual informa favorablemente sobre la aceptación de la renuncia del Ayuntamiento de Llubí.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que todo interesado podrá cesar en su solicitud o, cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. El artículo 94.4 dispone que la Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo tercero interesados, estos insten su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados de la dejación o renuncia.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

4. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

5. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 21 de agosto de 2023 por la que se amplía el crédito y se modifica la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 28 de marzo de 2023 por la que se convocan, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas complementarias para los beneficiarios de las ayudas para la creación de plazas de primer ciclo de educación infantil (BOIB  núm. 119, de 29 de agosto de 2023).

6. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOIB  núm. 173, de 23 de diciembre).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la renuncia del Ayuntamiento de Llubí a las ayudas concedidas por la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Revocar la ayuda de 151.200,00 € concedida al Ayuntamiento de Llubí mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 20 de diciembre de 2023, a propuesta de la directora general de Primera Infancia y Atención a la Diversidad, por la cual se conceden, para los ejercicios 2023 a 2025, ayudas para la creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento a las entidades públicas solicitantes de las ayudas de creación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil, programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea -NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar el expediente.

4. Notificar esta Resolución a la entidad solicitante mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

(Firmado electrónicamente: 23 de septiembre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany