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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 677456
Determinación de servicios mínimos por celebración de huelga. Servicio público de servicios de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad en las playas del municipio de Sant Antoni de Portmany

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Texto

Visto el escrito presentado por la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral del Govern Balear en el que solicita que se fijen y publiquen los servicios mínimos necesarios para garantizar la correcta prestación del servicio público afectado según el procedimiento establecido a raíz del preaviso de huelga comunicado por la empresa MARSAVE MALLORCA S.L,

Visto el escrito presentado por la concesionaria del servicio público de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad en las playas del municipio de Sant Antoni de Portmany, en el que comunica el preaviso de huelga legal de conformidad con lo dispuesto en el RDL 17/1977 de 4 de marzo, el Art. 28.2 de la CE y Sentencias del Tribunal Constitucional planteada por sus trabajadores.

Vista la providencia de Alcaldía solicitando informe técnico sobre la determinación de los servicios mínimos a realizar por los trabajadores de la empresa MARSAVE MALLORCA S.L durante la celebración de la huelga indefinida convocada para todos los sábados y domingos a partir del día 28 de septiembre de 2025.

Vista la propuesta de resolución PR/2025/4835 de 23 de septiembre de 2025.

Por todo lo cual, resuelvo:

PRIMERO.- Atendiendo al artículo 20 del Decreto 27/2015, de 24 de abril, de modificación del Decreto 2/2005, de 14 de enero, regulador de las medidas mínimas de seguridad y protección que tienen que cumplir las playas y zonas de baño de la comunidad autónoma de las Illes Balears, los horarios de prestación de los servicios mínimos serán los siguientes:

Para la temporada alta, al menos desde las 10 horas hasta las 18 horas.

Para la temporada media, al menos desde las 11 horas hasta las 17 horas.

Para la temporada baja, se recomienda desde las 12 horas hasta las 16 horas.

Dado que actualmente nos encontramos en temporada media y ésta se prolonga hasta el 14 de octubre, hasta esa fecha se deberá cubrir el tramo horario desde las 11 horas hasta las 17 horas; a partir del 15 de octubre y hasta el mismo 31, cuando se implementa la temporada baja, el tramo horario que deberá cubrirse comprende desde las 12 horas hasta las 16 horas.

SEGUNDO.- En lo referente al personal mínimo necesario, en los presentes servicios mínimos no se contempla una reducción del personal, ya que éste se ajusta al mínimo contemplado por el Decreto 27/2015, y de lo contrario se incurriría en un incumplimiento de la norma:

Es Pouet: 2 socorristas

S'Arenal: 4 socorristas

Caló des Moro: 2 socorristas

Cala Gració-Gracioneta: 2 socorristas

Cala Salada-Saladeta: 4 socorristas

RESEM: 1

Embarcación: 2 patrones

De la misma forma, los medios materiales deberán ser los habituales.

 

En Sant Antoni de Portmany (24 de septiembre de 2025)

 El alcalde Marcos Serra Colomar