Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 663140
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que deben regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
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Antecedentes
1. En fecha 20 de diciembre de 2023, por Resolución de la Presidencia del IMAS se aprobó la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, publicadas en el BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024, y su última modificación (BOIB núm. 82, de 26 de junio de 2025).
2. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
3. En fecha 5 de septiembre de 2025, el director gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, y la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente mencionado.
4. En fecha 9 de septiembre de 2025, la jefa del servicio de Gestión Económica del IMAS emitió informe económico informando que las plazas objeto de esta convocatoria están dotadas económica y financieramente.
5. En fecha 15 de septiembre de 2025, la Coordinación de los servicios de Selección y Provisión del IMAS emitió informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución se adecúa a la normativa vigente.
6. En fecha 17 de septiembre de 2025, la Intervención general del Consejo de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de empleo deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
2. La Resolución de la Presidencia del IMAS, de 20 de diciembre de 2023, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica prevista en el artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023), y su posterior corrección de errores (BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024), determinó, entre otras, el número y las especialidades de las plazas derivadas de la tasa de reposición ordinaria y específica de la oferta 2023, con reserva de un porcentaje de plazas para la promoción interna y para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % (expediente 984639E).
Se aprobaron, entre otras, cinco (5) plazas de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a, que derivan, dos (2) de la tasa de reposición y tres (3) de la tasa específica, distribuidas en cuatro (4) plazas para el turno libre y una (1) para el turno de promoción interna (horizontal).
En total, hay 5 plazas de la especialidad Celador-a, 4 para el turno libre y 1 para el turno de promoción interna (horizontal), que procede convocar.
3. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo que prevé este Estatuto y el resto del ordenamiento jurídico.
Conforme al artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española. Según dispone el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios.
El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece los principios informadores del acceso a la función pública y el artículo 49 de la misma norma establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y que las bases vinculan a la Administración, los órganos de selección y a las personas que participen.
4. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidades y para el turno de promoción interna. Todo ello, sin perjuicio de las especificidades derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que deberán recogerse en las bases específicas de cada convocatoria.
5. La Disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que de él dependen, aprobada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 14 de febrero de 2013 (BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013), modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), y por Acuerdo del Pleno de día 10 de abril de 2025 (BOIB núm. 76, de 17 de junio de 2025); establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, los procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos incluirá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de actos o incidencias que requieran una comunicación personal.
La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.
Asimismo, la mencionada Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que de el dependen prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para una parte de los trámites y actuaciones. Del mismo modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes
6. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer sus bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, que se remiten, adjuntos, como Anexos I y II.
2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de empleo público del IMAS, correspondiente al ejercicio 2023, por el sistema de concurso oposición, de la siguiente especialidad:
- Clasificación: Escala Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a.
- Número de plazas: 5 plazas, distribuidas de la forma siguiente:
- Para el turno libre: 4 plazas
- Para promoción interna (horizontal): 1 plaza
3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Iles Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS; y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
4. Establecer que esta convocatoria se rige por las Bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024) con las modificaciones y rectificaciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025).
5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, deben cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las Bases generales.
A este efecto, se debe acceder al Portal de Selección del IMAS:
(https://apps.imasmallorca.net/rh/convocatories/oposicions)
7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, una vez finalizado el período de presentación de instancias.
8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria y el orden de actuación de los aspirantes, si procede. Esta resolución debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.
Interposición de recursos
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (18 de septiembre de 2025
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)
ANEXO I Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a, de la oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023
1. Normas generales
1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 5 plazas de la especialidad Celador-a, del grupo AP, de la Oferta de Empleo Público del IMAS correspondiente al ejercicio 2023, distribuidas de la forma siguiente:
- Para el turno libre: 4 plazas
- Para promoción interna (horizontal): 1 plaza
1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: Agrupación Profesional (AP) Escala: Administración especial Subescala: Servicios especiales Clase: Personal de oficios/operario-a Especialidad: Celador-a Sistema de selección: Concurso oposición Vinculación: Funcionario/a
1.2. Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso oposición tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna.
Para el turno libre, la fase de concurso representará un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del proceso selectivo.
Para el turno de promoción interna, la fase de concurso representará un 40% y la fase de oposición un 60% del resultado global del proceso selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinan en el apartado letra f.1) para el turno libre y f.2) para el turno de promoción interna del grupo AP, de la base 10.2.2. del Anexo I de las Bases Generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024), con las modificaciones y correcciones de errores aprobadas mediante la Resolución de 24 de julio de 2024 (BOIB núm. 99, de 27 de julio de 2024), la Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOIB núm. 105, de 10 de agosto de 2024) y la Resolución de 3 de septiembre de 2025 (BOIB núm. 119, de 6 de septiembre de 2025), y en estas bases específicas, con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.
La fase de oposición es eliminatoria y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de promoción interna, Anexos A y B de las Bases Generales. Esta fase no es eliminatoria.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los previstos en las bases generales:
- No es necesario estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo vigente.
- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B1.
3. Derechos de examen
El importe de la tasa del derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la mencionada Ordenanza.
En ningún caso el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta de abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implicará la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
La Presidencia del IMAS debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Dicha resolución debe publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, debe hacerse público el anuncio de realización de los siguientes ejercicios en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar dicho plazo a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.
El tribunal calificador debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, y las reglas que se establecen en las bases generales.
El tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria debe estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y su nombramiento debe publicarse en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS una vez finalizado el período de presentación de instancias.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 20 preguntas tipo test con tres respuestas alternativas de las cuales solo una será correcta. Las 15 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,667 puntos; las preguntas no resueltas, ya sea porque todas las opciones aparecen en blanco, porque aparecen con más de una respuesta o porque se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se elegirá por sorteo público realizado ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 50 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se realizará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos del cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, conforme al orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento antes de la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 65 minutos, un cuestionario de 55 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una será correcta. Las 45 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,222 puntos; las preguntas no resueltas, ya sea porque todas las opciones aparecen en blanco, porque aparecen con más de una respuesta o porque se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se elegirá por sorteo público realizado ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos del cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, conforme al orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento antes de la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna
7.1. Ejercicio único
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 50 minutos, un cuestionario de 20 preguntas tipo test con tres respuestas alternativas de las cuales solo una será correcta. Las 15 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,667 puntos; las preguntas no resueltas, ya sea porque todas las opciones aparecen en blanco, porque aparecen con más de una respuesta o porque se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se elegirá por sorteo público realizado ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se realizará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos del cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, conforme al orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento antes de la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
8. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final del concurso oposición para el turno libre se debe calcular con la siguiente fórmula:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
La puntuación final del concurso oposición para el turno libre se debe calcular con la siguiente fórmula:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
60 x -------------------------------------------- + 40 x ----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no hayan superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
La bolsa de personal funcionario interino resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria ordinaria posterior y tendrá carácter preferente respecto a las bolsas vigentes de la misma categoría existentes en el Consejo de Mallorca y en el IMAS. Las personas integradas en estas bolsas podrán recibir ofertas de trabajo del Consejo de Mallorca, del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), y de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, indistintamente. Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO II Temario del proceso selectivo mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/operario-a, grupo AP, especialidad Celador-a, de la oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023
Temario parte general
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.
Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: disposiciones generales y principios fundamentales. Competencias e instituciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Tema 3. Los Consejos Insulares: características generales. Composición, organización y competencias en el marco legislativo estatal y autonómico. Composición, organización y competencias del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
Tema 4. La Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears: Objeto, ámbito de aplicación y principios generales.
Temario parte específica
Tema 1. Movilizaciones en un centro sociosanitario de personas mayores. Personas encamadas: posturas anatómicas más frecuentes, movilizaciones para facilitar los cambios posturales. Personas en situación de dependencia y movilidad reducida: ayuda durante la deambulación y transporte. Transferencias. Sedestación, recolocación en el asiento para evitar lesiones por presión continuada. Traslado en ambulancia: movilizaciones más frecuentes. Traslado postmortem: actuación en el momento del traslado a la zona mortuoria.
Tema 2. Ergonomía y Prevención de riesgos laborales. Aplicación correcta de la fuerza. Normas biomecánicas. Identificación de los riesgos más comunes de la profesión y cómo minimizarlos: evitar lesiones profesionales y de los usuarios haciendo una actuación postural correcta. Corrección de las posturas: cuidado de la espalda, extremidades superiores, extremidades inferiores. Intentar minimizar la fatiga. Uso correcto del EPI. Respetar y actuar en situaciones de contagio: aislamiento respiratorio, aislamiento de contacto, etc. Lavado de manos: normas básicas de higiene de manos y uniformidad.
Tema 3. Figura del celador en un centro sociosanitario de personas mayores. Trabajo en equipo: papel del celador dentro del equipo de salud. Colaboración con enfermería en el mantenimiento de la salud y la prevención de incidencias. Comunicación dentro del equipo y comunicación de las incidencias en cada turno. Cumplimiento de las normas sobre confidencialidad de datos.
Tema 4. Urgencias geriátricas más frecuentes. Actuación y papel de apoyo frente a una emergencia.
Tema 5. Mantenimiento de los productos de apoyo que utilizan los usuarios: Grúas de bipedestación y grúas de transferencias: procedimiento de limpieza y mantenimiento; registros periódicos de la actuación y notificaciones al servicio de mantenimiento de posibles desperfectos del material.
Tema 6. Conocimientos básicos de los tipos de residuos sanitarios, clasificación y transporte.
Tema 7. Papel de vigilancia y control visual del celador en las zonas comunes del centro: detección de necesidades o urgencias identificando posibles situaciones de riesgo.
Tema 8. Habilidades comunicativas hacia los usuarios, sus familiares y el equipo de trabajo del centro.
Tema 9. Conocimiento de las distintas formas de contención. Conocimiento de la normativa básica.
Tema 10. Conocimiento de los suministros más frecuentes en un centro sociosanitario. Identificar las áreas más importantes del centro y cómo transportar el material: farmacia, almacén de material sanitario, almacén general, lavandería. Transporte con nevera de los distintos fluidos.
Tema 11. Informática: conocimiento de las herramientas básicas en el centro de trabajo.
Tema 12. Participación en las tareas recreativas que se llevan a cabo en el centro: acompañamiento de usuarios, comunicación y destreza.