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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEAPRTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 654067
Modificación de la plantilla del Consell Insular de Mallorca correspondiente al año 2025 (2025.4)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consell de Mallorca, en fecha 11 de septiembre de 2025, ha adoptado el siguiente acuerdo:

‘'La vigente plantilla del Consejo de Mallorca, fue aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de día 18 de diciembre de 2024 y publicada en el BOIB nº. 167, de 21 de diciembre de 2024.

Con posterioridad han sido aprobadas las dos modificaciones siguientes:

  • Exp. SECIM 1203923Q, cuya aprobación definitiva tuvo lugar en el BOIB nº. 48 de fecha 19 de abril de 2025.
  • Exp. SECIM 1243385Z, cuya aprobación definitiva tuvo lugar en el BOIB nº. 66 de fecha 24 de mayo de 2025.

Además, se encuentra en trámite una tercera modificación de la plantilla (Exp. SECIM 1296631C), asociada a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) incluida en el expediente SECIM 1295082A, derivada de la creación del Parque de Santanyí, del Servicio de Bomberos de la Dirección Insular de Emergencias del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública.

En último lugar y a consecuencia de la modificación de la RPT que se encuentra ahora en trámite (exp. 1197967T), resulta necesario tramitar a término una cuarta modificación de la plantilla de personal para incorporar una parte de las modificaciones de la RPT en trámite (que afectan en los Departamentos de Presidencia, a Hacienda, Innovación y Función Pública y Turismo), la cual no puede ser aplazada en el ejercicio presupuestario siguiente, de conformidad con la propuesta presentada por los departamentos afectados.

Visto aquello que en relación en la plantilla de personal prevé el artículo 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 17.1.w) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares.

Dado que el presupuesto vigente cuenta con crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto previsto a la propuesta de modificación puntual de la plantilla, según el informe emitido por el jefe de administración económica.

Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.

Vistos los informes a la propuesta emitidos por el jefe del Servicio Técnico de Recursos Humanos, por el jefe del Servicio de Administración Económica de la Dirección Insular de Función Pública y con la fiscalización de conformidad del Servicio de Intervención General 

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

Primero. APROBAR inicialmente la modificación de la vigente plantilla del Consejo de Mallorca para el año 2025, con efectos del día siguiente en el de la publicación en el BOIB de este acuerdo, en los términos que se recogen a continuación.

PLANTILLA PRESUPUESTARIA

PERSONAL FUNCIONARIO

CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS A NUEVAS ESPECIALIDADES

1-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase superior (A1)

Especialidad Grupo Total
Derecho A1 2
Documentalista A1 1

CREACIÓN DE NUEVAS PLAZAS Y CAMBIOS EN LAS ESPECIALIDADES EXISTENTES

Donde dice:

1-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase superior (A1) ​​​​​​​

Especialidad Grupo Total
Informática A1 7
Enginyer-a Industrial A1 11

2-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase media (A2)

Especialidad Grup Total
Informática A2 17
Sin especialidad A2 52

3-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase auxiliar (C1)

Especialidad Grup Total
Informació Turística C1 6

4-Escala de administración especial

Subescala Serveis Especials Clase comeses especials (C2)

Especialidad Grup Total
Informació Turística C2 7

Debe decir:

1-Escala de administración especial

​​​​​​​Subescala técnica Clase superior (A1)

Especialidad Grup Total
Informática A1 8
Ingeniero -a Industrial A1 12

2-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase media (A2)

Especialidad Grup Total
Informática A2 19
Sin especialidad A2 51

3-Escala de administración especial

Subescala técnica Clase auxiliar (C1)

Especialidad Grup Total
Informació Turística C1 8

4-Escala de administración especial

Subescala Serveis Especials Clase comeses especials (C2)

Especialidad Grup Total
Informació Turística C2 6

Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contadores del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y también al arte. 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (15 de septiembre de 2025)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda,Innovación y Función Pública  (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123, de 7 de septiembre) ​​​​​​​Rafael Angel Bosch Sans