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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 638263
Aprobación de nota aclaratoria al acuerdo del Pleno de 29 de diciembre de 2023 de especificaciones de aplicación de las disposiciones adicionales de la Ley 12/2017, de urbanismo de las Illes Balears, derivadas del Decreto ley 6/2023 , de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Margalida, en la sesión extraordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2025, acordó lo siguiente:

PRIMERO.- Modificar el apartado 1 del punto segundo del acuerdo de Pleno de día 29 de diciembre de 2023 respecto a la aplicación de la disposición adicional decimoséptima de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, añadidas por el Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda, en relación a la zona de Son Bauló, que pasará a tener el siguiente contenido:

“1.- DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA: NORMA TEMPORAL PARA FACILITAR LA RECONVERSIÓN DE LOCALES EXISTENTES EN VIVIENDAS.

Núcleo urbano de Santa Margalida, se podrá aplicar en todo el núcleo con las siguientes condiciones:

  • Las nuevas viviendas deberán cumplir con las condicionas de habitabilidad y normativa en materia de edificación.
  • Las salidas de ventilaciones que tienen que ser por cubierta se podrán realizar por fachadas de patios interiores y estar más allá de la profundidad edificable.
  • Las nuevas viviendas tendrán como condición necesaria e indispensable la creación de una plaza de aparcamiento.
  • Queda prohibido lo uso de vivienda en las plantas sótano y semisótano.

Núcleo urbano de Can Picafort se podrá aplicar en todo el núcleo, menos en las siguientes calles debido a que éstas son potencialmente zonas comerciales:

  • Carretera de Alcudia y Artà en toda su longitud
  • Paseo marítimo (callo Ingeniero Garau y plaza Cervantes)
  • Paseo Colón, hasta su confluencia con la calle Orellana
  • Calle Josep Trías
  • Calle Ran de Mar
  • Toda la zona de Son Bauló (zona Extensiva C).

Las condicionas para realizar el cambio de uso son las siguientes:

  • Las nuevas viviendas deberán cumplir con las condicionas de habitabilidad y normativa en materia de edificación.
  • Las salidas de ventilaciones que tienen que ser por cubierta se podrán realizar por fachadas de patios interiores y estar más allá de la profundidad edificable.
  • Las nuevas viviendas tendrán como condición necesaria e indispensable la creación de una plaza de aparcamiento.
  • Queda prohibido el uso de vivienda en las plantas sótano y semisótano.

Núcleo urbano de Son Serra de Marina, se podrá aplicar en todo el núcleo con las siguientes condiciones:

• Las nuevas viviendas deberán cumplir con las condiciones de habitabilidad y normativa en materia de edificación.

• Las salidas de ventilaciones que tienen que ser por cubierta se podrán realizar por fachadas de patios interiores y estar más allá de la profundidad edificable.

• Las nuevas viviendas tendrán como condición necesaria e indispensable la creación de una plaza de aparcamiento.

• Queda prohibido lo uso de vivienda en las plantas sótano y semisótano.”

SEGUNDO.- Mantener los acuerdos de Pleno de día 29 de diciembre de 2023 y de día 25 de abril de 2024 en relación a la aplicación de la DA 17ª de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, añadidas por el Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda en todo aquello que no se oponga al presente acuerdo.

 

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB y dar traslado al Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Santa Margalida, fecha de la firma electrónica (5 de septiembre de 2025)

El alcalde Juan Monjo Estelrich