Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 637572
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo (CEI) Rin Tin Tin, de Palma, que pasa a ser de la entidad CEI RinTinTin sociedad limitada
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Hechos
1. Mediante Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 12 de enero de 2023 se autorizó el cambio de titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Rin Tin Tin, de Palma (BOIB núm. 10, de 21 de enero). Con esta autorización el centro quedó configurado de la siguiente manera:
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de primer ciclo: 3 unidades, distribuidas de la manera siguiente:
- De 0 a 1 años: 1 unidad y 7 plazas escolares
- De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 plazas escolares
- De 2 a 3 años: 1 unidad y 18 plazas escolares
2. El 25 de agosto de 2025, (GOIBE591637/2025), la señora Noemí Aguiló Fons, como titular del centro CEI Rin Tin Tin, de Palma, con código de centro 07013723, presentó una solicitud de cambio de titularidad del centro, que pasaría a ser de Noemi Aguiló Fons (**1295***) a CEI RINTINTIN SL, (CIF B22512990), con efectos de 1 de agosto de 2025.
Con la solicitud se adjuntó la siguiente documentación:
- Acuerdo de cesión y subrogación de la titularidad del CEI Rin Tin Tin entre la señora Noemí Aguiló Fons y la entidad CEI RINTINTIN SL, con efectos de 1 de agosto de 2025.
- Copia del contrato de alquiler del inmueble donde se encuentra ubicado el CEI Rin Tin Tin suscrito por la entidad CEI RINTINTIN SL, como arrendatario, por un periodo de 5 años.
- Escritura de constitución de la entidad CEI RINTINTIN SL y de sus estatutos, en que se nombra a la señora Noemí Aguiló Fons como administradora única de la sociedad.
- Acreditación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del CIF de CEI RINTINTIN SL
- Manifestación de la señora Noemí Aguiló Fons en la que solicita la modificación de la gestión administrativa y contable del concierto educativo del centro CEI Rin Tin Tin con código 07013723, suscrito con la Consejería de Educación y Universidades, para que los expedientes y los gastos que se derivan se asignen a la sociedad CEI RINTINTIN, SL, con CIF B22512990, con efectos de 1 de agosto de 2025.
- Declaración de la señora Noemí Aguiló Fons, representante de la entidad CEI RINTINTIN, SL, en la que acepta la subrogación en los derechos y obligaciones derivadas del concierto educativo vigente suscrito entre el CEI Rin Tin Tin y la Consejería de Educación y Universidades, con efectos de 1 de agosto de 2025.
3. En fecha 9 de septiembre de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable referente al cambio de la titularidad del CEI Rin Tin Tin, de Palma, que pasa a ser de la entidad CEI RinTinTin sociedad limitada, con CIF B22512990.
4. En fecha 10 de septiembre de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas, propuso la autorización del cambio de la titularidad del CEI Rin Tin Tin, de Palma, que pasa a ser de la entidad CEI RinTinTin sociedad limitada con, CIF B22512990.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, que establece en el artículo 102, punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).
7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 10 de septiembre de 2025, dicto la siguiente
Resolución
1.Autorizar, con efectos de 1 de agosto de 2025, el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Rin Tin Tin, de Palma, que hasta ahora era de la señora Noemí Aguiló Fons, (**1295***), y que pasa a ser de la sociedad CEI RINTINTIN SL, (CIF B22512990).
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurando de la siguiente manera:
Código de centro: 07013723
Denominación genérica: centro de educación infantil privado
Denominación específica: Rin Tin Tin
Titular: CEI RINTINTIN SL (CIF B22512990)
Domicilio: c. de l'Arxiduc Lluís Salvador, 54, bajos
Localidad: Palma
Municipio: Palma
Código postal: 07004
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de primer ciclo: 3 unidades, distribuidas de la manera siguiente:
- De 0 a 1 años: 1 unidad y 7 plazas escolares
- De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 plazas escolares
- De 2 a 3 años: 1 unidad y 18 plazas escolares
3. Que la gestión administrativa y contable del concierto educativo y de los expedientes adicionales derivados del concierto se asigne a la sociedad CEI RINTINTIN SL con CIF B22512990, y con efectos de 1 de agosto de 2025.
4. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.
5. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany