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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 637531
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo (CEI) Sol Solet, de Palma, que pasa a ser de la entidad Escoleta Sol Solet SL

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de noviembre de 2015 (BOIB núm. 174, de 26 de noviembre) se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Sol Solet, de Palma, con 6 unidades de educación infantil de primer ciclo distribuidas de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas

- De 0 a 1 año: 2 unidades

- De 1 a 2 años: 2 unidades

- De 2 a 3 años: 2 unidades

2. El 3 de julio de 2025, (GOIBE466720/2025), el 15 de julio de 2025, (GOIBE500026/2025) y el 7 de agosto de 2025 (GOIBE562957/2025), la señora Maria Teresa Cabot Talo, como una de las administradoras mancomunadas del centro CEI Sol Solet, de Palma, con código de centro 07015495, presentó una solicitud de cambio de titularidad del centro, que pasaría de Abietar y López CB (E57887630) a Escoleta Sol Solet SL (CIF B13996780) con efectos de 1 de julio de 2025.

Con la solicitud se adjuntó la siguiente documentación:

- Acuerdo de cesión y subrogación de la titularidad del CEI Sol Solet entre la entidad Abietar y López CB y la entidad Escoleta Sol Solet SL, con efectos de 1 de septiembre de 2025.

- Copia del contrato de alquiler del inmueble donde se encuentra ubicado el CEI Sol Solet suscrito por la entidad Escoleta Sol Solet SL, como arrendatario, por un periodo de 4 años.

- Escritura de constitución de la entidad Escoleta Sol Solet SL y de sus estatutos, en los que se nombra a las señoras Maria Teresa Cabot Talo, Antonia López Ballesteros y Catalina Femenies Sastre como administradoras mancomunadas de la sociedad.

- Acreditación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del CIF de Escoleta Sol Solet SL.

- Manifestación de la señora Maria Teresa Cabot Talo, como representante de la entidad Abietar y López CB, en la que solicita la modificación de la gestión administrativa y contable del concierto educativo del centro CEI Sol Solet, con código 07015495, suscrito con la Consejería de Educación y Universidades, para que los expedientes y los gastos que se derivan se asignen a la sociedad Escoleta Sol Solet SL, con CIF B13996780, con efectos de 1 de septiembre de 2025.

- Declaración de la señora Antonia López Ballesteros, representante de la entidad Esoleta Sol Solet SL, en la que acepta la subrogación en los derechos y obligaciones derivadas del concierto educativo vigente suscrito entre el CEI Sol Solet y la Consejería de Educación y Universidades, con efectos de 1 de septiembre de 2025.

3. En fecha 9 de septiembre de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable referente al cambio de la titularidad del CEI Sol Solet, de Palma, que pasará a ser de la sociedad Escoleta Sol Solet SL, con CIF B13996780.

4. En fecha 10 de septiembre de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas, propuso la autorización del cambio de la titularidad del CEI Sol Solet, de Palma, que pasará a ser de la sociedad Escoleta Sol Solet SL, con CIF B13996780.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, que establece en el artículo 102, punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 10 de septiembre de 2025, dicto la siguiente

Resolución

1.Autorizar, con efectos de 1 de septiembre de 2025, el cambio de la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Sol Solet, de Palma, que hasta ahora era de Abietar y López CB (E57887630) y que pasa a ser de la sociedad Escoleta Sol Solet, SL (CIF B13996780).

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07015495

Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo

Denominación específica: Sol Solet

Titular: Escoleta Sol Solet SL (CIF B13996780).

Domicilio: c/ General Riera, núm. 88, bajos

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07010

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 6 unidades distribuidas de la manera siguiente:

            De 0 a 1 año: 2 unidad y 14 plazas escolares

            De 1 a 2 años: 2 unidades y 24 plazas escolares

            De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 plazas escolares

3. Que la gestión administrativa y contable del concierto educativo y de los expedientes adicionales derivados del concierto se asigne a la sociedad Escoleta Sol Solet SL (CIF B13996780), y con efectos de 1 de septiembre de 2025.

4. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

5. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003,  de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany