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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 637360
Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se autoriza el aumento de dotación horaria de bachillerato de los centros concertados, derivada de la ampliación del currículum previsto en el Decreto 43/2025, de 1 de agosto, por el cual se establece la ordenación y el currículum del bachillerato en las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), que modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que los centros educativos tienen que disponer de los recursos necesarios para garantizar una educación de calidad para todo el alumnado. Esta ley impulsa la dotación de recursos, tanto materiales como humanos, para favorecer la igualdad de oportunidades y el éxito escolar de todos los estudiantes.

2. El Decreto 43/2025, de 1 de agosto, por el cual se establece la ordenación y el currículum del bachillerato en las Illes Balears, determina un aumento de las horas lectivas a primero de bachillerato, pasando de 31 a 33 horas semanales. El objetivo es mejorar los aprendizajes esenciales, garantizar una formación integral y preparar al alumnado para afrontar con madurez los retos sociales, profesionales y académicos. También se quiere favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida, promoviendo la autonomía y la capacidad de compaginar estudios con otras actividades.

Además, este Decreto, establece la obligatoriedad de impartir la modalidad de bachillerato general, aunque solo haya un alumno, lo cual supone que el número de horas concertadas actualmente sea insuficiente para impartir todas las materias de modalidad y optativas en los centros entre 1 y 4 unidades concertadas.

3. El artículo 19 del Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de conciertos educativos a partir del curso 2023-2024, establece mediante la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes a los niveles educativos concertados (BOIB núm. 65, de 13 de mayo), modificada por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 23 de junio de 2009 (BOIB núm. 96, de 4 de julio) las plantillas financiadas por la Administración educativa para impartir el plan de estudios vigentes. El número de horas concertadas para bachillerato resulta insuficiente para la nueva configuración curricular prevista.

4. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, en su artículo 20.3, establece que el director general de Planificación, Ordenación y Centros puede autorizar otros conceptos puntuales, con informe previo de la Comisión de Conciertos.

5. En el BOIB núm. 110 de 19 de agosto de 2025, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se autoriza el aumento de dotación horaria de bachillerato de los centros concertados, derivada de la ampliación del currículum previsto en el Decreto 43/2025, de 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículum del bachillerato en las Illes Balears, y se abre el plazo para presentar la correspondiente solicitud.

Esta Resolución autoriza el aumento de dotación horaria de bachillerato de los centros concertados, de acuerdo con lo previsto en el anexo 1 de la misma Resolución.

6. Durante el periodo previsto para la solicitud de la ampliación horaria, los centros concertados presentaron las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas por los representantes legales de las entidades titulares, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.

7. De acuerdo con el Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm.70, de 3 de junio), corresponde a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados la gestión de los centros concertados.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

3. El Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el cual se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE núm. 82, de 6 de abril).

4. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que deben regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).

5. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 7 de mayo de 2008 por la cual se regula la dotación de los equipos docentes a los niveles educativos concertados (BOIB núm. 65, de 13 de mayo), modificada por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 23 de junio de 2009 (BOIB núm. 96, de 4 de julio).

6. El Decreto 43/2025, de 1 de agosto, por el cual se establece la ordenación y el currículum del bachillerato en las Illes Balears (BOIB núm. 103, de 4 de agosto).

7. Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se autoriza el aumento de dotación horaria de bachillerato de los centros concertados, derivada de la ampliación del currículum previsto en el Decreto 43/2025, de 1 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículum del bachillerato en las Illes Balears, y se abre el plazo para presentar la correspondiente solicitud (BOIB núm. 110, de 19 de agosto).

8. La Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados sobre la renovación y modificación de los conciertos educativos para el curso 2025-2026 (BOIB núm. 61, de 15 de mayo).

9. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm.70, de 3 de junio).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, en concepto de Dotación horaria de Bachillerato, a los centros privados concertados para el curso 2025-2026, el número de horas concertadas que figuran en el anexo de esta Resolución.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2025)

La directora general de Personal Docente y Centros Concertados Joana Maria Cabrer Sureda

 

ANEXO Dotación de horas adicionales concertadas de Bachillerato para el curso 2025-2026

CÓDIGO

CENTRO

LOCALIDAD

Horas adicionales  1r BAT. 

Horas adicionales  2n BAT.

TOTAL   Horas Adicionales

07001319

CC NUESTRA SEÑORA DE LA CONSOLACIÓN

EIVISSA

5

15

20

07001344

CC SA REAL

EIVISSA

1

5

6

07001460

CC PUREZA DE MARÍA  

INCA

7

9

16

07001472

CC LA SALLE 

INCA

7

9

16

07001526

CC BEATO RAMÓN LLULL

INCA

1

5

6

07001915

CC LA SALLE

MAÓ

7

9

16

07002701

CC SANT ANTONI ABAT

PALMA

4

8

12

07002816

CC VIRGEN DEL CARMEN

PALMA

9

11

20

07002920

CC SANTA MARIA

PALMA

4

8

12

07003021

CC SANTA MAGDALENA SOFIA

PALMA

4

8

12

07003262

CC SANTA MÓNICA

PALMA

0

0

0

07003298

CC SANT FRANCESC

PALMA

4

8

12

07003511

CC PIUS XII

PALMA

4

11

15

07003699

CC JUAN DE LA CIERVA

PALMA

7

9

16

07003717

CC SANT PERE

PALMA

0

0

0

07004230

CC CENTRO INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN (CIDE)

PALMA

5

15

20

07004254

CC NUESTRA SEÑORA DE MONTESIÓN

PALMA

0

2

2

07004278

CC MADRE ALBERTA

PALMA

0

2

2

07004333

CC LA SALLE 

PALMA

0

2

2

07006500

CC SANT JOSEP OBRER I

PALMA

0

0

0

07006767

CC AULA BALEAR

PALMA

9

11

20

07013528

CC AIXA-LLAÜT

PALMA

9

11

20