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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 635000
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales y otros eventos del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2025

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno, el 21 de febrero de 2025, se autorizó el gasto de 1.150.000 euros para tramitar la convocatoria de subvenciones para apoyar ferias, festivales y otros eventos del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Islas Baleares para el año 2025.

2. En el BOIB núm. 26, de 27 de febrero de 2025, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales y otros eventos del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2025.

3. El crédito asignado a la citada convocatoria, tiene un máximo de 1.150.000 € (un millón ciento cincuenta mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos.

4. Dado que durante el plazo establecido en la convocatoria, se han presentado 78 solicitudes por importe total de 3.119.977,20 €, el crédito asignado a esta convocatoria resulta totalmente insuficiente para dar respuesta a todas las solicitudes presentadas.

5. Por otra parte, el ente dispone de un sobrante a capítulo IV de 600.000 euros, que servirá para cubrir una parte de las solicitudes presentadas en la convocatoria para apoyar ferias, festivales y otros eventos del mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para el año 2025.

6. De acuerdo con el punto 3.3 de la citada convocatoria, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

7. Por todo esto, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar en 600.000 euros el importe asignado a esta convocatoria de subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. la Orden del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 13 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB núm. 166, de 19 de diciembre de 2024).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el apartado 3.1 del anexo 1 de la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para apoyar ferias, festivales y otros eventos mundo de la cultura que fomenten la proyección exterior y se lleven a cabo en el territorio de las Illes Balears para 2025.

3.1. El crédito asignado a esta convocatoria es de 1.750.000 €, con cargo al capítulo IV del presupuesto del Instituto de Estudios Baleáricos de 2024, de los cuales 1.140.000 € se destinan a la línea A, de empresas y autónomos, y 610.000 €, a la línea B, de asociaciones.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2010, del procedimiento administrativo común 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de septiembre de 2025)

El presidente del IEB Jaime Bauzá Mayol