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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 634567
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la extinción del centro de educación infantil de primer ciclo (EI) Cals Mestres de Caimari y el cambio de denominación, el traslado y la modificación de la configuración, con la incorporación de dos unidades de educación infantil de primer ciclo, del colegio público de educación infantil y primaria (CEIP) Ses Roques, de Caimari, del municipio de Selva

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Texto

Hechos

1. Por una parte, mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2018, se autorizó la creación de la escuela infantil de primer ciclo Cals Mestres de Caimari (BOIB núm. 134, de 27 de octubre). El centro quedó configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07015756

Denominación genérica: escuela infantil de primer ciclo

Denominación específica: Cals Mestres de Caimari

Titular: Ayuntamiento de Selva

Domicilio: c. de la Lluna, 14

Localidad: Caimari

Municipio: Selva

CP: 07314

Enseñanzas autorizadas: educación infantil de primer ciclo

Capacidad: 2 unidades distribuidas de la manera siguiente:

  • De 0 a 2 años: 1 unidad con un máximo de 10 plazas escolares
  • De 2 a 3 años: 1 unidad con un máximo de 18 plazas escolares.

2. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 4 de junio de 2019 (BOIB núm. 77, de 11 de junio) aprobó el modelo de convenio de colaboración entre el Gobierno de las Islas Baleares y los ayuntamientos interesados para mejorar la oferta de plazas de primer ciclo de educación infantil. El 25 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Selva suscribió este convenio de red. Con la suscripción del convenio, el Ayuntamiento pasó a formar parte de la red de escuelas infantiles públicas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como titular del centro EI Cals Mestres de Caimari, de la localidad de Caimari y el EI Es Roser, de Selva.

3. En fecha 22 de noviembre de 2023, el Gobierno de las Islas Baleares y el Ayuntamiento de Selva suscribieron el convenio específico de colaboración para establecer la gratuidad del servicio de escolarización básica del primer ciclo de educación infantil, vigente hasta el 22 de noviembre de 2027. El anexo de este Convenio de gratuidad incluía la financiación de las aulas del EI Cals Mestres de Caimari desde septiembre de 2023 hasta junio de 2027.

4. El 12 de febrero de 2025, el Ayuntamiento de Selva y el Gobierno de las Islas Baleares formalizaron la adenda de prórroga del Convenio de colaboración para mejorar la oferta de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil y las condiciones educativas de la primera infancia, vigente hasta el 25 de febrero de 2029.

5. En fecha 12 de agosto de 2025, (GOIBE571294/2025), el ayuntamiento de Selva presentó a la Consejería de Educación y Universidades una solicitud sobre el Acuerdo del Pleno para solicitar la baja del centro EI Cals Mestres de Caimari y el acuerdo de renunciar a las ayudas. En esta solicitud se exponían las circunstancias que justificaban la renuncia a las ayudas para la ampliación de las plazas en el EI Cals Mestres de Caimari por un importe de 151.200,00 € y a las ayudas en especie para el acompañamiento y asesoramiento (4.761,72 €) y solicitó la renuncia a ambas ayudas.

6. En fecha 18 de agosto de 2025, (GOIBE577648/2025), el Ayuntamiento de Selva presentó a la Consejería de Educación y Universidades una solicitud sobre el Acuerdo del Pleno para solicitar a la Consejería de Educación y Universidades que se integraran las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en el CEIP Ses Roques de la localidad de Caimari y exponía las circunstancias que justificaban la solicitud.

7. En fecha 19 de agosto de 2025, la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa emitió una memoria justificativa sobre la solicitud del Ayuntamiento de Selva. En esta memoria se exponía que la petición del Ayuntamiento afectaba al convenio de colaboración entre el Gobierno de las Islas Baleares y el Ayuntamiento de Selva para mejorar la oferta de plazas de primer ciclo de educación infantil y las condiciones educativas de la primera infancia y su adenda, y el convenio específico de colaboración para establecer la gratuidad del servicio de escolarización básica del primer ciclo de educación infantil.

Como conclusión se proponía que se tuviera en consideración la solicitud del Ayuntamiento de Selva para, de acuerdo con el procedimiento establecido, integrar todas las enseñanzas de educación infantil y primaria de la localidad de Caimari en el CEIP Ses Roques, dar de baja el EI Cals Mestres de Caimari en fecha 31 de agosto de 2025, y modificar la autorización del CEIP Ses Roques para ampliar sus enseñanzas,  con la incorporación de dos unidades de primer ciclo de educación infantil, a partir del 1 de septiembre de 2025, y determinar la configuración autorizada de las enseñanzas de primer ciclo del centro que sería la siguiente:

- 1 aula mixta de 1º y 2º de educación infantil

- 1 aula de 3º de educación infantil

8. Por otra parte, mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 14 de diciembre de 2016, (BOIB núm. 159, de 20 de diciembre), se dispuso el cambio de domicilio del CEIP Ses Roques, de Caimari, del término municipal de Selva, y el traslado de los alumnos y los profesores de este centro. Con esta autorización, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil: 2 unidades

Educación primaria: 3 unidades

9. El traslado del CEIP Ses Roques al edificio municipal de la calle de Les Escoles se hizo de manera provisional y se iniciaron con carácter de urgencia los trámites oportunos para construir en la localidad un nuevo CEIP de una línea para incluir al alumnado del CEIP Ses Roques y para disponer de los espacios necesarios para atender a la población escolar actual y futura de Caimari.

10. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2018 autorizó el proyecto de la inversión declarada de interés autonómico para la construcción de un nuevo Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en Caimari (Selva), en la parcela catastral 1922201DE9012S0001HJ (BOIB núm. 16, de 3 de febrero).

11. La construcción del nuevo CEIP de Caimari ha finalizado en agosto de 2025. El nuevo edificio corresponde a un centro de educación infantil y primaria de una línea con 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo y 6 unidades de educación primaria y 225 plazas escolares. El CEIP Ses Roques debe iniciar las actividades escolares del curso 2025-2026 en este nuevo edificio y para ello se debe autorizar el traslado del centro a las nuevas instalaciones, situadas en el camino de Ses Deveres s/n. 

12. Asimismo, en fecha 4 de agosto de 2025, (GOIBE548909/2025), y 5 de agosto de 2025, (GOIBE550813/2025), el director del centro Ses Roques, de Caimari presentó una solicitud de cambio de denominación específica del centro. Junto con la solicitud, presentó el acta del Consejo Escolar en la que se informa del nombre elegido, Ses Deveres, y el certificado del pleno del Ayuntamiento de Selva en el que se aprueba el cambio de denominación.

13. En fecha 8 de septiembre de 2025, el jefe de servicio de Infraestructuras Educativas, emitió un informe favorable sobre la implantación de la educación infantil de primer ciclo en las instalaciones del nuevo edificio del CEIP Ses Roques, ya que el equipamiento público de nueva construcción permite incluir las dos unidades de educación infantil. La propuesta es compatible con el diseño inicial del proyecto, garantiza la funcionalidad del centro y da cumplimiento a los requisitos mínimos de centro de acuerdo con esta configuración: cuatro unidades de educación infantil (dos de primer ciclo y dos de segundo ciclo) y cinco unidades de educación primaria.

14. En fecha 9 de septiembre de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del traslado, el cambio de denominación y la modificación de la configuración, con el aumento de dos unidades de primer ciclo de educación infantil, del CEIP Ses Roques, de Caimari, municipio de Selva y la extinción del centro de educación infantil de primer ciclo (EI) Cals Mestres de Caimari.

15. En fecha 10 de septiembre de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta para autorizar del traslado, el cambio de denominación y la modificación de la configuración, con el aumento de dos unidades de primer ciclo de educación infantil, del CEIP Ses Roques, de Caimari, municipio de Selva a y la extinción del centro de educación infantil de primer ciclo (EI) Cals Mestres de Caimari.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, (BOE núm. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), que en el artículo 15.1 especifica que las administraciones públicas deben promover un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil (0-3 años). Del mismo modo, deben coordinar las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo.  Asimismo, en la disposición adicional decimoquinta, en el apartado primero, establece que «las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos e instrumentos para favorecer y estimular la gestión conjunta con las Administraciones locales y la colaboración entre centros educativos y Administraciones públicas».

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Islas Baleares. Por otra parte, en el artículo 105 determina que: «Los municipios deben poner a disposición de la administración educativa los terrenos necesarios para construir los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, y deben ceder los terrenos necesarios para la construcción de los centros educativos públicos de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de régimen especial».

6. La ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local (BOE núm. 80, de 3 de abril), que en el artículo 25.2 otorga, entre otras, estas competencias a los municipios: «Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial».

7. El Decreto 4/2023 de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles públicas, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria, los colegios de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música, los colegios de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria y los institutos de educación secundaria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21,  de 16 de febrero), con las modificaciones del Decreto 42/2025, de 1 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Islas Baleares y se modifica el Decreto 4/2023, de 13 de febrero (BOIB núm. 103, de 4 de agosto).

8. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

9. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas con fecha 10 de septiembre de 2025, dicto la siguiente

Resolución

1. Extinguir la autorización del centro de educación infantil de primer ciclo (EI) Cals Mestres de Caimari, cuyo titular es el Ayuntamiento Selva, y dar de baja su código: 07015756, con efectos de 31 de agosto de 2025.

2. Autorizar, con efectos de 1 de septiembre de 2025, la implantación de los estudios de primer ciclo de educación infantil en el colegio público de educación infantil y primaria (CEIP) Ses Roques, de Caimari, del municipio de Selva, con el código 07006573, y modificar su configuración con la incorporación de dos unidades de educación infantil de primer ciclo.

3. Autorizar el cambio de denominación específica del CEIP Ses Roques, de Caimari, por la de colegio de educación infantil y primaria CEIP Ses Deveres.

4. Autorizar el traslado, con efectos del inicio del curso 2025-2026, del personal y de los alumnos del CEIP Ses Deveres al nuevo edificio situado en el camí de Ses Deveres s/n.

5. Ordenar la actualización del domicilio fiscal y social del centro.

 

6. Determinar que, como consecuencia de estas modificaciones, el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07006573

Denominación genérica: centro de educación infantil y primaria

Denominación específica: Ses Deveres

Domicilio: camí de Ses Deveres s/n

Localidad: Caimari

Municipio: Selva

CP: 07314

Enseñanzas autorizadas:

 

Educación infantil de primer ciclo: 2 unidades, distribuidas de la siguiente manera

De 0 a 2 años: 1 unidad con un máximo de 10 plazas escolares

De 2 a 3 años: 1 unidad con 18 plazas escolares.

Educación infantil de segundo ciclo: 2 unidades con 50 plazas escolares.

Educación primaria: 5 unidades con 125 plazas escolares.

5. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades, con efectos del inicio del curso 2025- 2026.

6. Comunicar esta Resolución al centro educativo, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados, a la dirección General de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa, al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades y al Departamento de Inspección Educativa (DIE) para su conocimiento a los efectos oportunos.

7.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003,  de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany