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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 630712
Resolución del Sr. Alcalde presidente del Ayuntamiento de Inca de adjudicación de puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional de méritos de personal laboral fijo Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada - A2)

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Texto

Hechos

1. En el BOIB núm. 119 de 10 de septiembre de 2022, se publicó el convenio firmado con el Consejo de Mallorca por el que se encomienda al Consejo de Mallorca la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporal aprobada en los siguientes BOIB: núm. 66, de 21 de mayo de 2022, núm. 76, de 11 de junio de 2022, núm. 89, de 9 de julio de 2022, núm. 116 de 3 de septiembre de 2022, núm. 131, de 8 de octubre de 2022 y núm. 144, de 8 de noviembre de 2022.

2. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022, (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB núm.121, de 31 de agosto, de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el excepcional sistema de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo. En esta resolución se convocó 1 plaza de personal laboral fijo Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada), (Grupo A2).

3. Por Acuerdo del Tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, concluidas la revisión y baremación de los méritos de los aspirantes, en fecha 30 de diciembre de 2024 se publicó, en el tablón electrónico de anuncios y en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con aplicación de los criterios de desempates y la resolución de las alegaciones formuladas en la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de puestos correspondientes a las plazas convocadas, otorgando un plazo de 7 días hábiles para comunicar el orden de preferencia de los puestos puestos ofrecidos.

4. De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, el tribunal elevará al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso de méritos, con asignación de puestos de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.

5. En fecha 13 de febrero de 2025 el Tribunal calificador competente del procedimiento selectivo ha acordado elevar al consejero de Hacienda y Función Pública el Acuerdo de propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada), (Grupo A2).con asignación de puestos de trabajo por turnos de acceso, de acuerdo con el trámite de manifestación de orden de preferencias efectuado, para su nombramiento como personal laboral fijo, que contiene tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas. En caso de que no se efectúe el trámite por parte de la persona aspirante, el puesto de trabajo ha sido asignado de oficio.

6. En el BOIB núm. 23, de 20 de febrero de 2025, se publicó la resolución del consejero de Hacienda y Función Pública mediante la cual se aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo, clase Profesor/a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada), del subgrupo A2 del Ayuntamiento de Inca con asignación de puestos de trabajo por asignación.

7. En la misma resolución, consta que Dª. Reina han declarado estar exenta de acreditar el conocimiento de la lengua catalana exigido, de acuerdo con el punto 5.2 de las bases de la convocatoria, por estar en servicio activo, en el momento de finalizar el plazo de la presentación de solicitudes, en el mismo Ayuntamiento o entidad a la que se pretende el acceso como personal laboral fijo, en la misma categoría -o especialidad- objeto.

Según el apartado 5.2 de las bases de la convocatoria publicadas en el BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022, las personas que declaren estar exentas de acreditar los conocimientos de lengua catalana exigidos, están obligadas a presentarse a todas las convocatorias de pruebas de lengua catalana que durante este período convoquen la Dirección General de Política Lingüística y la Escuela Balear de Administraciones Públicas para obtener el certificado de conocimientos de lengua catalana se ha accedido.

Si transcurrido el plazo de dos años, no queda acreditado el nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso, estas personas serán removidas del puesto de trabajo por falta de adecuación a las funciones del mismo, mediante procedimiento contradictorio y oídos los órganos de representación del personal correspondiente. La remoción supone el cese en el puesto de trabajo obtenido en el correspondiente proceso selectivo, y la pérdida de dicho puesto.

8. En fecha 13 de marzo de 2025, Dª. Eva Reina Hernando, titular del DNI 53_668F, mediante registro de entrada núm. 2025-E-RC-4117, ha presentado la documentación requerida, por lo que, debe procederse a su contratación como personal laboral fijo en la categoría de Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada) (A2).

Fundamentos de derecho

1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. La ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

5. La ley 4/2022, de 28 de junio de consells Insulars.

6. El artículo 4 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

7. El art. 11 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público -TREBEP-.

8. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022) por la que se aprueban la convocatoria y bases específicas que han de regir el proceso selectivo de concurso de méritos excepcional para el ingreso como personal laboral fijo Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada), (Grupo A2)..

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

PRIMERO.- Adjudicar el puesto de trabajo y contratar como personal laboral fijo discontinuo, grupo A2, con la categoría de Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada), de acuerdo con la resolución publicada en el BOIB núm. 23 de día 20 de febrero de 2025, a Dª. Eva Reina Hernando, titular del DNI 53_668F. El período contratación fijo discontinuo se realizará entre los meses de septiembre de un año y junio del siguiente año, coincidiendo con el curso escolar.

SEGUNDO.- Dª. Reina deberá acreditar en el plazo de dos años el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso, nivel C1. En caso contrario, será removida de su puesto de trabajo por falta de adecuación a sus funciones, mediante procedimiento contradictorio y escuchados los órganos de representación del personal correspondiente. La remoción supone el cese como personal laboral fijo discontinuo en la categoría de Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada) (A2), y la pérdida de este puesto.

TERCERO.- Autorizar y Disponer (AD) el gasto por un importe de 8.891,02 euros en concepto de retribución por la plaza de Profesor-a de la escuela de música, especialidad flauta travesera (63,5% jornada) durante el año 2025, de acuerdo con los importes fijados en el decreto de la alcaldía 2025-0150 de 13/01/2025, y las cotizaciones de la seguridad social vigentes legalmente en la fecha actual, y con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

RETRIBUCIONES CON SALARIOS VIGENTES (INCREMENTO 2% AÑO 2024)

PERIODO: Desde 15/09/25 hasta 31/12/25

CONCEPTOS RETRIBUTIVOS POR LA CONTRATACIÓN DE:

DURACIÓN (en meses y días)

3,57

PROFESORA FLAUTA TRAVESERA

CON PRORRATEO P. EXTRAS

MENSUAL

COSTE TOTAL PREVISTO

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

RETRIBUCIONES BÁSICAS

1.723,75

6.148,04

04.32001.1300000

TRIENIOS

161,60

576,37

04.32001.1300000

COMPLEMENTO CARRERA PROFESIONAL

 

-

-

 

TOTAL BRUTO

1.885,35

6.724,42

 

SEG. SOCIAL AYUNTAMIENTO

 

607,46

2.166,61

04.32001.1600000

COSTE TOTAL AYUNTAMIENTO

 

2.492,81

8.891,02

 

CUARTO.- Notificar a Dª. Reina su contratación como personal laboral fijo.

QUINTO.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos.

Antes de la firma del contrato del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si llevara a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo declarará en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

Lo mandó y firmó el Sr. Alcalde-Presidente, ante mí, el Secretario accidental.

 

(Firmado electrónicamente: 8 de septiembre de 2025

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió)