Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL
Núm. 633209
Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, a propuesta de la directora general de Medio Natural y Gestión Forestal, relativa a las inversiones y gastos a realizar con cargo al Fondo Posidonia
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La directora general de Medio Natural y Gestión Forestal ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. El 26 de febrero de 2025 el Comité Posidonia se reunió en sesión ordinaria y acordó destinar todos los recursos de que disponía del Fondo Posidonia (181.555,67 euros) al proyecto llamado «Xarxa de Monitoratge de la Posidònia de les Illes Balears». Por esta decisión se acordó igualmente solicitar la modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de la reforma integral Port de Fornells – fase 2, TM Es Mercadal, que asignada la última partida de 122.658,87€ a otras actuaciones sin cumplir con el procedimiento establecido en aplicación de lo previsto en la normativa.
2. El 16 de julio de 2025 la directora general de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental emitió una Resolución por la que se formula la modificación de la declaración de impacto ambiental de la reforma integral Port de Fornells – fase 2, TM Es Mercadal en los términos acordados en la reunión del Comité Posidonia de 26 de febrero de 2025.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 25/2018, de 27 de julio, sobre la conservación de la Posidonia oceanica en las Illes Balears, preveía que la entonces Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, actualmente la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, debía impulsar la creación de un fondo, llamado Fondo Posidonia, que se pudiese nutrir de las aportaciones que hiciesen la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB), otras administraciones, empresas, asociaciones y otros, así como las medidas compensatorias de actuaciones que afectasen el hábitat y la especie.
2. El Fondo Posidònia fue creado por la Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019 (disposición adicional sexta), como un programa presupuestario específico de los presupuestos generales de la CAIB. El Fondo está gestionado por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural.
3. Por otro lado, en el artículo 9 del mencionado Decreto 25/2018, de 27 de julio, se creaba el Comité Posidonia como órgano colegiado adscrito a la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, actualmente Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal, con funciones de deliberación, de asesoramiento, de propuesta, de seguimiento y de control en materia de la Posidonia oceanica.
4. Los objetivos del Fondo Posidonia, definidos en el punto 3 de la disposición adicional quinta del Decreto, son contribuir a la financiación de acciones para desarrollarlo, y en particular:
5. Asimismo, el punto 4 de la mencionada disposición adicional quinta, prevé que el consejero de Medio Ambiente y Territorio (actualmente Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural), debe determinar anualmente, mediante resolución, las inversiones y gastos que se deben realizar con cargo al Fondo Posidonia, a propuesta de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, actualmente, Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal, y oído el Comité Posidonia. Esta resolución se debe publicar en el Boletín Oficial de las Illes Baleares.
6. Actualmente, el Fondo Posidonia cuenta con una partida con un remanente de 58,896,80€ que tiene su origen en dos medidas compensatorias establecidas en el acuerdo de la Comisión Balear de Medio Ambiente para el proyecto básico de ampliación del Puerto de Ciudadela y por el acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears sobre el proyecto de refuerzo del dique de Cala Rajada y reordenación de usos, TM Capdepera. Además se ha incorporado una partida de 122.658,87 euros proveniente de dos medidas compensatorias del proyecto de reforma integral del Port de Fornells – dase 2, con lo que se dispone de una cantidad total de 181.555,67€.
7. El día 26 de febrero de 2025, el Comité Posidonia acordó que estos remanentes se utilicen para dar continuidad al proyecto de seguimiento del estado de conservación de las praderas de posidonia, conocido como «Xarxa de Monitoratge de la Posidònia de les Illes Balears», actualmente ya financiado mediante el Fondo Posidonia. Por esta decisión se acordó igualmente solicitar la modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de la reforma integral Port de Fornells – fase 2, TM Es Mercadal, que asignaba el importe que debía aportar PortsIB al Fondo Posidonia, de 122.658,87€ a otras actuaciones sin cumplir con el procedimiento establecido en aplicación de lo previsto en la disposición adicional quinta del Decreto 25/2018, de 27 de julio.
8. El 30 de junio de 2025 el presidente del Comité Posidonia se solicitó a la Dirección General de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental la modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de la reforma integral Port de Fornells – fase 2, TM Es Mercadal, en los términos expuestos en el acuerdo del Comité Posidonia de 26 de febrero de 2025.
9. El 16 de julio de 2025 la directora general de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental emitió una Resolución por la que se formula la a modificación de la Declaración de Impacto Ambiental de la reforma integral Port de Fornells – fase 2, TM Es Mercadal, en los términos expuestos en el acuerdo del Comité Posidonia de 26 de febrero de 2025.
Propuesta de Resolución
Propongo al consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural que dicte una resolución en los términos siguientes,
1. Destinar íntegramente la cuantía de la que dispone el Fondo Posidonia, cifrada en ciento ochenta y un mil quinientos cincuenta y cinco mil euros con sesenta y siete céntimos (181.555,67€), al proyecto llamado «Xarxa de Monitoratge de la Posidònia de les Illes Balears».
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar la resolución en los mismos términos
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de septiembre de 2025)
El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural Joan Simonet Pons
La directora general proponente Ana Torres Riera