Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 632032
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se corrigen errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la lista definitiva de personas que adquieren o progresan de nivel en la carrera profesional, la lista de excluidos y la lista de inadmitidos en la convocatoria extraordinaria de acceso y progresión a la carrera profesional 2018-2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 27 de agosto de 2024 se publicó en el BOIB núm. 112/2024 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca un proceso extraordinario de acceso o progresión en la carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud correspondiente a los años 2018-2022.

2. El 14 de diciembre de 2024 se publicó en el BOIB núm. 164 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la lista definitiva de personas que adquieren o progresan de nivel en la carrera profesional, la lista de excluidos y la lista de inadmitidos en la convocatoria extraordinaria de acceso y progresión a la carrera profesional 2018-2022.

3. En la convocatoria extraordinaria de 2016 se reconoció al señor Juan Ignacio Guerra  el nivel I de la carrera profesional de la categoría de médico de familia del subgrupo A1, con efecto desde el 1 de enero de 2016 y con 1.383 días de remanentes.

4. En la convocatoria extraordinaria de 2018-2022, al señor Guerra le correspondía progresar al nivel II de la categoría médico de familia del subgrupo A1, con efecto desde el 1 de julio de 2018.

5. En la Resolución publicada el 14 de diciembre de 2024, relativa a la convocatoria extraordinaria de 2018-2022, en la lista de admitidos el señor Guerra figura con el nivel I, pero debería figurar con el nivel II de la categoría médico de familia del subgrupo A1, con efecto desde el 1 de julio de 2018.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 16.c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El artículo 6 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

3. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, que establece que «la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición».

4. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que «las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

5. Los artículos 112 y 119 de la Ley 39/2015, relativos a los actos administrativos que son susceptibles de impugnación en la vía administrativa y sobre el contenido de la resolución de los recursos administrativos, respectivamente.

Resolución

1. Corregir el error detectado en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la lista definitiva de personas que adquieren o progresan de nivel en la carrera profesional, la lista de excluidos y la lista de inadmitidos en la convocatoria extraordinaria de acceso y progresión a la carrera profesional 2018-2022, publicada en el BOIB núm. 164, de 14 de diciembre de 2024.

 

Donde dice:

DNI

Nombre del empleado o candidato

Ejercicio de reconocimiento

Grupo titulación

Nivel reconocido

Categoría

***3774**

Guerra, Juan Ignacio

2018

A1

1

Medico/a de urgencia hospitalaria

debe decir:

DNI

Nombre del empleado o candidato

Ejercicio de reconocimiento

Grupo titulación

Nivel reconocido

Categoría

***2774**

Guerra , Juan Ignacio

2018

A1

2

Medico de urgencia hospitalaria

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante cualquier juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 3 de septiembre de 2025)

La subdirectora de Relaciones laborales y Atención al Profesional  Verónica Segura Robles Por delegación de la Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas (BOIB núm. 109 de 05/08/2023) Por suplencia-abstención- del Director General, del Director de Gestión y presupuestos de la Directora de Recursos Humanos de la Directora de coordinación Administrativa y del Subdirector de gestión de Personal (BOIB núm. 131, de 23/09/2023 y art 13.1 de la Ley 40/2015)