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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 629815
Constitución de bolsa de trabajo de oficial/a de policía local mediante concurso de méritos

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Texto

Mediante el Decreto de Alcaldía núm. 20254119, de 3 de septiembre de 2025, se ha dictado la siguiente:

“RESOLUCIÓN

1. Constituir, de acuerdo con la propuesta definitiva de la Comisión Técnica de Valoración nombrada al efecto, la bolsa de trabajo de oficial/a de policía local, mediante concurso de méritos, que queda con el siguiente orden de prelación:

Id

Nombre

Total

1

Corzo López, Juan José

39,5900

2

Bauzá Capellà, Juan

34,0350

3

Gomila Urbanus, Jaume

33,5950

4

Népola Martínez, Mario

31,0200

5

Ragosín Sepúlveda, Alejandro Nicolás

30,4800

6

Bosch Robles, Damià

22,1150

7

Alba Troya, Andrés

21,7900

8

Nadal Galmés, Tomeu

20,7100

9

Julià Rosselló, Cristina

20,4350

10

Sastre Forteza, Lorenzo José

18,4350

11

Sureda Gomila, Sebastián

16,6300

12

Tous Ferrer, Fernando Javier

12,2950

13

Llamas Casas, Joana Aina

9,8600

2. Publicar la Resolución por la que se constituya la bolsa en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor. 3. Esta bolsa extraordinaria tendrá una vigencia máxima de 3 años desde la publicación de la resolución de constitución en el BOIB.

Una vez haya transcurrido este período de tiempo la bolsa pierde su vigencia y no se puede reactivar.» Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (a menos que se trate de un acto en el caso de plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

También puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación/publicación de acuerdo con los artículos 8.1,25,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que no se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la desestimación presunta.

 

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente»

 

Manacor, 3 de septiembre de 2025

La 2a teniente de alcaldía y delegada genérica del Área de Recursos Humanos y Turismo (Decreto 2025-2652, de 16/05/2025. BOIB núm. 64 de 22/05/2025) Antònia Llodrà Brunet