Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 625815
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se acuerda la exclusión de la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Hechos
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 27 de mayo de 2025 se constituyó la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se aprobaron las bases que han de regirla (BOIB núm. 70, de 3 de junio).
2. El 19 de agosto, en el BOIB núm. 110 se publicó la Resolución de consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de modificación de la resolución mencionada en el punto anterior.
3. El punto 11.2.c) de las bases específicas de la convocatoria establece como requisito de las personas interesadas para participar en la bolsa convocada, estar en posesión de un título universitario de grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura.
4. El punto 12.2 de les bases específicas de la convocatoria establece que de conformidad con lo establecido en el artículo 69 in fine y el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo de las administraciones públicas, en cualquier momento del procedimiento la EBAP puede comprobar de oficio los requisitos alegados en el trámite que consten en documentos emitidos por las administraciones públicas que figuren en la plataforma de intermediación de datos. De acuerdo con esto, salvo que el aspirante manifieste expresamente su negativa, la EBAP verificará los requisitos de titulación académica.
5. El 2 de agosto de 2025 se publicó en el BOIB núm.102 la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la cual se aprueban las listas definitivas y se actualitza la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. Entre las personas que figuran en la lista de admitidos, se detectó que Aman El Ouelhani Berrouhou (***3222**) no cumple con el requisit de titulación.
7. El 7 de agosto, de acuerdo con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notificó a la persona interesada la concesión del trámite de audiencia para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del dia siguiente a la notificación de dicho acuerdo, aleguara y presentara los documentos y las justificaciones que considerara pertinentes en relación al cumplimiento del requisito de titulación.
Fundamentos de derecho
1. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2024 por el cual se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Servicios Generales de 11 de julio de 2024 por el cual se regula la selección mediante personal funcionario interino.
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. La Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 27 de mayo de 2025, por la cual se constituye la borsa única de selecció de personal funcionari interí del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se aprueban las bases que han de regirla (BOIB núm. 70, de 3 de junio).
3. La Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 30 de julio de 2025, por la cual se modifican las bases de la bolsa única de selección de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 110, de 19 de agosto).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. El Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.
8. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Excluir de forma definitiva, una vez otorgado el trámite de audiencia correspondiente a Aman El Ouelhani Berrouhou (***3222**) de la bolsa única de personal funcionario interino del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, actualitzada según Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social de 29 de julio de 2025 (BOIB núm. 102, de 2 de agosto).
2. Modificar, en los términos establecidos en el anexo de esta Resolución, las listas definitivas de admitidos y excluidos de la citada bolsa única, aprobadas por Resolución de 29 de julio de 2025 (BOIB núm. 102, de 2 de agosto).
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la página web https://oposicions.caib.es. Igualmente se debe comunicar al Servicio de Empleo de las Illes Balears, para que realice su oportuna difusión, y a la Junta de Personal.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 4 de septiembre de 2025)
La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González