Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 622233
Acuerdo del Consejo Ejecutivo de aprobación definitiva del proyecto de “Construcción de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma”, con clave 23-09.0-ML
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El Consejo Ejecutivo el 3 de septiembre de 2025 acordó lo siguiente:
<<Antecedentes
1. Los Sres. Felipe Hernán Fuente y José Alberto Bauzá Sancho, ambos ingenieros de caminos, canales y puertos de la empresa G-SIX INTERNATIONAL ENGINEERING S.L., en marzo de 2025 elaboraron el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma, con clave 23-09.0-ML. El Sr. Antonio de Pablo Escolà, ingeniero de caminos, canales y puertos de la Dirección Insular de Infraestructuras y de Inspección Técnica de Vehículos dirigió este proyecto, con el visto bueno de la jefa del Servicio de Planificación y Proyectos y del Coordinador en jefe de la Dirección Insular de Infraestructuras y de Inspección Técnica de Vehículos.
2. El proyecto estaba formado por 5 documentos (fraccionados en 10 diferentes ficheros en formato PDF de medida compatible con el sistema SEGEX):
3. En el anexo 15 de la memoria del mencionado proyecto, constaba la relación de bienes y derechos afectados por las obras correspondientes, todos ubicados en el término municipal de Palma.
4. El día 18 de marzo de 2025 se emitió informe de supervisión favorable número 2025-06 en relación al proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma. Clave 23-09.0-ML, redactado en marzo de 2025.
5. El día 20 de marzo de 2025, el director del proyecto y la jefa de servicio de Planificación y Proyectos, firmaron el informe sobre la urgencia de la obtención de los terrenos afectados por las obras correspondientes del proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma. Clave 23-09.0-ML.
6. Mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 26 de marzo de 2025, se aprobó inicialmente el proyecto y la relación de bienes y derechos antes mencionados. El presupuesto para conocimiento de la administración de este proyecto era de cuatro millones trescientos sesenta y dos mil doscientos cincuenta y nueve euros con catorce céntimos (4.362.259,14 €), que incluía, además del presupuesto base de licitación de cuatro millones treinta y seis mil cuatrocientos veinticinco euros con ochenta y cinco céntimos (4.036.425,85 €), ciento cuarenta y tres mil quinientos setenta euros con noventa y seis céntimos (143.570,96 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, sesenta mil quinientos cuarenta y seis euros con treinta y nueve céntimos (60.546,39 €) para fomento del patrimonio histórico y artístico y ciento veintiún mil setecientos quince euros con noventa y cuatro céntimos (121.715,94 €) para gestión de residuos (10% IVA incluido).
Asimismo, el Consejo Ejecutivo de día 26 de marzo de 2025 acordó la apertura de un trámite de información pública de veinte (20) días hábiles, previa inserción de un anuncio en el BOIB, en un diario de ámbito insular y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca. En el mismo acuerdo, se dispuso el envío al Ayuntamiento de Palma de un anuncio con la relación de bienes y derechos afectados, con el que se adjuntaba el anexo número 15 de la memoria del proyecto, a efectos de su inserción en el tablón de edictos por un plazo de veinte (20) días hábiles, así como también se solicitaron informes a la Dirección General de Recursos Hídricos, de la Consejería del Mar y del Ciclo del Agua, al Ayuntamiento de Palma y a las siguientes empresas de los servicios afectados: Lyntia, Abaqua i Redexis.
7. El 28 de marzo de 2025 se publicó el anuncio de aprobación inicial, que incluía la relación de bienes y derechos afectados, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca, el 29 de marzo de 2025 se publicó en el BOIB (BOIB número 39), en el Diari de Mallorca y el día 27 de marzo de 2025 en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palma, para que todas las personas interesadas pudieran formular las alegaciones que estimaran oportunas, pudieran rectificar los posibles errores apreciados en la relación de fincas afectadas, u oponerse, por razones de fondo y forma, a la necesidad de ocupación, a los efectos previstos en el artículo 56.1 del reglamento de la Ley de expropiación forzosa.
8. Día 31 de marzo de 2025 se solicitó informe a Redexis Gas Servicios SL, Lyntia Networks, SAU, a Abaqua, al Ayuntamiento de Palma y a la DG de Recursos Hídricos.
9. El día 19 de mayo de 2025 el Secretario General certificó que, consultado el registro general del Consell Insular de Mallorca, no se habían presentado alegaciones dentro del plazo de exposición pública.
10. Dentro del plazo de exposición pública, en fecha 28 de abril de 2025, mediante RGE 34191 y 34387, el Ayuntamiento de Palma remitió al Consell de Mallorca los informes solicitados emitidos por el Servicio de Control de urbanizaciones e Infraestructuras, por el Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística y por el Departamento de Movilidad.
11. A raíz de los resultados de la información pública, se incorporaron al proyecto los distintos aspectos surgidos de los informes recibidos por parte del Ayuntamiento de Palma.
12. En fecha julio de 2025 los Sres. Felipe Hernán Fuente y José Alberto Bauzá Sancho, ambos ingenieros de caminos, canales y puertos de la empresa G-SIX INTERNATIONAL ENGINEERING S.L., firmaron el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma, con clave 23 09.0-ML, dirigido por el Sr. Antonio de Pablo Escolà, ingeniero de caminos, canales y puertos de la Dirección Insular de Infraestructuras y de Inspección Técnica de Vehículos, con el visto bueno de la jefa del Servicio de Planificación y Proyectos y del Coordinador jefe de la Dirección Insular de Infraestructuras y de Inspección Técnica de Vehículos. Este proyecto incluye las modificaciones no sustanciales, en respuesta a las alegaciones recibidas durante el período de información pública por parte del Ayuntamiento de Palma que se mencionan en el punto 18 de la memoria: tratamiento de las alegaciones y se desarrollan en el anexo 22: Alegaciones recibidas al proyecto inicial.
13. El proyecto firmado en julio de 2025 está formado por 5 documentos (se ha fraccionado en 10 diferentes archivos en formato PDF de tamaño compatible con el sistema SEGEX):
14. En cuanto a la relación de bienes y derechos afectados por las obras correspondientes al proyecto, se ha incorporado en el proyecto firmado en julio de 2025, una actualización del anexo 15. Las superficies afectadas para la realización de las obras suman un total de 10 parcelas, todas del TM de Palma (las mismas que en la versión aprobada inicialmente). Dicha actualización ha consistido en realizar ligeros ajustes en las superficies afectadas de expropiación y ocupación temporal en las fincas 4 y 5 (de titularidad privada), que se consideran no sustanciales respecto a las superficies incluidas en la versión anterior, y la actualización de la valoración económica.
Por último, la relación de bienes y derechos afectados es la siguiente:
|
Nº finca |
Pol. |
Parc. |
Ref. Catastral |
Titularidad (según catastro) |
Expropiación (m²) |
Ocupación temporal (m²) |
Servi- dumbre (m²) |
Dominio público otras admin. cesión temporal (m²) |
Dominio público otras admin. cesión definitiva (m²) |
Construcción afectada (m²) |
|
Dirección |
||||||||||
|
1 |
Camí Passatemps, 1 |
0444704DD7804C0001OP |
GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL |
661 |
- |
- |
- |
- |
PB 233 |
|
|
P1 190 |
||||||||||
|
P2 107 |
||||||||||
|
2 |
21 |
38 |
07040A021000380000RE |
IBAÑEZ ORGANISTA MARIA TERESA IBAÑEZ ORGANISTA FELISA IBAÑEZ ORGANISTA MARIA JUANA IBAÑEZ ORGANISTA AZUCENA BELTRAN JIMENEZ JUAN BELTRAN JIMENEZ ANTONIO BELTRAN JIMENEZ BLANCA BELTRAN JIMENEZ JOSE BELTRAN JIMENEZ LUIS |
56 |
116 |
- |
- |
- |
- |
|
3 |
21 |
37 |
07040A021000370000RJ |
MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL |
489 |
1.390 |
- |
- |
- |
- |
|
4 |
23 |
354 |
07040A023003540000RB |
DE LA CALLEJA LLADO, CARLOS JOSE |
57 |
93 |
- |
- |
- |
- |
|
5 |
23 |
199 |
07040A023001990000RP |
MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL |
3.472 |
427 |
137 |
- |
- |
- |
|
6 |
23 |
207 |
07040A023002070000RR |
ASOC. DE INDUSTRIALES DE MALLORCA |
122 |
130 |
- |
- |
- |
- |
|
7 |
Ctra. Sóller, 13 |
0441101DD7804A0001SG |
COMUNITAT AUTONOMA DE LES ILLES BALEARS |
- |
- |
- |
104 |
- |
- |
|
|
8 |
Camí dels Reis, 400 |
0441103DD7804A0000YF |
EMAYA, EMPRESA MUNICIPAL D'AIGUES I CLAVEGUERAM, SA |
- |
- |
- |
592 |
- |
- |
|
|
9 |
Camí dels Reis, 404 |
0444701DD7804C0001TP |
GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL |
- |
448 |
- |
- |
- |
- |
|
|
10 |
C/ Passatemps, C/ Gremi Sucrers i Candelers i C/ Camí dels Reis |
sin datos |
AJUNTAMENT DE PALMA |
- |
- |
- |
3.044 |
822 |
- |
|
|
|
4.857 |
2.604 |
137 |
3.740 |
822 |
530 |
||||
|
TOTAL: |
12.160 |
|||||||||
15. El presupuesto para el conocimiento de la administración del proyecto firmado en julio de 2025, tras la información pública, asciende a cuatro millones cuatrocientos catorce mil cuatrocientos diecinueve euros con treinta y nueve céntimos (4.414.419,39 €), que incluye, además del presupuesto base de licitación (IVA incluido) de cuatro millones setenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro euros con ochenta y nueve céntimos (4.078.794,89 €), ciento cincuenta y dos mil setecientos veintiséis euros con sesenta y cuatro céntimos (152.726,64 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, sesenta y un mil ciento ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (61.181,92 €) para patrimonio histórico y artístico y ciento veintiún mil setecientos quince euros con noventa y cuatro céntimos (121.715,94 €) para gestión de residuos (IVA incluido).
16. El día 18 de julio de 2025 se emitió informe de supervisión complementario número 2025-17 favorable al proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma. Clave 23-09.0-ML, redactado en julio de 2025 después de la información pública (BOIB número 39, de 29 de marzo de 2025), por lo que se propone iniciar los trámites para su aprobación definitiva.
De acuerdo con el informe de supervisión mencionado:
17. Consta en el expediente la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender los gastos derivados de la expropiación de los bienes afectados por la ejecución del proyecto (RC 220250014726 y RC 22025900389).
Fundamentos de derecho:
1. El artículo 70.15 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (en la redacción dada por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero) en el que establece que los consells insulars ejercen, como propia, la competencia en materia de carreteras y caminos; sin perjuicio de lo que establece en la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, atribuye a los consells insulars competencias en materia de carreteras y caminos.
2. La Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, regula la planificación de las carreteras de las Illes Balears, así como su financiación, construcción, conservación, explotación y uso.
3. Decreto de la Presidencia del Consell Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023 por el que se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca (BOIB número 106, de día 29 de julio de 2023), en el que se establece que corresponde al Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras planificar y ejecutar obras de construcción, ampliación, explotación y mantenimiento de carreteras.
4. El artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, recoge que la aprobación de los proyectos de obra corresponde al órgano de contratación, salvo que esta competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica.
5. El artículo 28.1o) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consells insulars, atribuye al Consejo Ejecutivo la competencia para declarar la necesidad de ocupación de los bienes en los procedimientos de expropiación forzosa.
6. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de mayo de 2025 (BOIB número 69, de día 31 de mayo de 2025) por el que se delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva competente por razón de la materia la aprobación de los proyectos de obra excepto los que comporten la expropiación forzosa de bienes.
7. El artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, regulan el trámite de información pública y consultas al que debe someterse el proyecto.
8. El artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé que, a efectos de resolución del procedimiento, se soliciten aquellos informes que se juzguen necesarios para resolver.
9. El artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé el trámite de audiencia a las personas interesadas.
10. El artículo 18 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, y otros artículos concordantes de dicha ley y del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, regulan el trámite de información pública al que se hade someter la relación de bienes y derechos afectados.
11. El artículo 18 de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en la redacción conferida por el Decreto ley 3/2024, de 24 de mayo, establece que la aprobación de los proyectos de carreteras implica la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgente ocupación de los bienes mencionados y la adquisición de los derechos correspondientes a efectos de lo previsto en la legislación de expropiación forzosa, así como la ocupación temporal y la imposición o modificación de servidumbres. La declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgente ocupación también se refieren a los bienes y derechos que se comprendan en el replanteamiento del proyecto y en las modificaciones de las obras que puedan aprobarse con posterioridad.
Por todo lo expuesto y dado que se trata de un proyecto de obra que comporta la expropiación forzosa de bienes y derechos afectados, el consejero ejecutivo del Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de
ACUERDO
1. Aprobar definitivamente el proyecto constructivo de una rotonda en la intersección de la Ma-11 (PK 4+450) con el camí dels Reis. T.M. Palma, con clave 23-09.0-ML, redactado en julio de 2025, tras la información pública, con un presupuesto para el conocimiento de la administración que asciende a cuatro millones cuatrocientos catorce mil cuatrocientos diecinueve euros con treinta y nueve céntimos (4.414.419,39 €), que incluye, además del presupuesto base de licitación (IVA incluido) de cuatro millones setenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro euros con ochenta y nueve céntimos (4.078.794,89 €), ciento cincuenta y dos mil setecientos veintiséis euros con sesenta y cuatro céntimos (152.726,64 €) para expropiaciones y ocupaciones temporales, sesenta y un mil ciento ochenta y un euros con noventa y dos céntimos (61.181,92 €) para patrimonio histórico y artístico y ciento veintiún mil setecientos quince euros con noventa y cuatro céntimos (121.715,94 €) para gestión de residuos (IVA incluido).
2. Aprobar definitivamente, en concordancia con el Anexo número 15 de la memoria del proyecto, la relación concreta e individualizada de los siguientes bienes y derechos afectados, todos ubicados en el término municipal de Palma:
|
Nº finca |
Pol. |
Parc. |
Ref. Catastral |
Titularidad (según catastro) |
Expropiación (m²) |
Ocupación temporal (m²) |
Servi- dumbre (m²) |
Dominio público otras admin. cesión temporal (m²) |
Dominio público otras admin. cesión definitiva (m²) |
Construcción afectada (m²) |
|
Dirección |
||||||||||
|
1 |
Camí Passatemps, 1 |
0444704DD7804C0001OP |
GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL |
661 |
- |
- |
- |
- |
PB 233 |
|
|
P1 190 |
||||||||||
|
P2 107 |
||||||||||
|
2 |
21 |
38 |
07040A021000380000RE |
IBAÑEZ ORGANISTA MARIA TERESA IBAÑEZ ORGANISTA FELISA IBAÑEZ ORGANISTA MARIA JUANA IBAÑEZ ORGANISTA AZUCENA BELTRAN JIMENEZ JUAN BELTRAN JIMENEZ ANTONIO BELTRAN JIMENEZ BLANCA BELTRAN JIMENEZ JOSE BELTRAN JIMENEZ LUIS |
56 |
116 |
- |
- |
- |
- |
|
3 |
21 |
37 |
07040A021000370000RJ |
MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL |
489 |
1.390 |
- |
- |
- |
- |
|
4 |
23 |
354 |
07040A023003540000RB |
DE LA CALLEJA LLADO, CARLOS JOSE |
57 |
93 |
- |
- |
- |
- |
|
5 |
23 |
199 |
07040A023001990000RP |
MONTSERRAT DE LA CALLEJA, JUAN GABRIEL |
3.472 |
427 |
137 |
- |
- |
- |
|
6 |
23 |
207 |
07040A023002070000RR |
ASOC. DE INDUSTRIALES DE MALLORCA |
122 |
130 |
- |
- |
- |
- |
|
7 |
Ctra. Sóller, 13 |
0441101DD7804A0001SG |
COMUNITAT AUTONOMA DE LES ILLES BALEARS |
- |
- |
- |
104 |
- |
- |
|
|
8 |
Camí dels Reis, 400 |
0441103DD7804A0000YF |
EMAYA, EMPRESA MUNICIPAL D'AIGUES I CLAVEGUERAM, SA |
- |
- |
- |
592 |
- |
- |
|
|
9 |
Camí dels Reis, 404 |
0444701DD7804C0001TP |
GANADERIA SES PLANES SL UNIPERSONAL |
- |
448 |
- |
- |
- |
- |
|
|
10 |
C/ Passatemps, C/ Gremi Sucrers i Candelers i C/ Camí dels Reis |
sin datos |
AJUNTAMENT DE PALMA |
- |
- |
- |
3.044 |
822 |
- |
|
|
|
4.857 |
2.604 |
137 |
3.740 |
822 |
530 |
||||
|
TOTAL: |
12.160 |
|||||||||
3. La aprobación del proyecto implica la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgente ocupación de los bienes citados y la adquisición de los derechos correspondientes a efectos de lo previsto en la legislación de expropiación forzosa, así como la ocupación temporal y la imposición o modificación de servidumbres. La declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgente ocupación también se refieren a los bienes y derechos que se comprendan en el replanteamiento del proyecto y en las modificaciones de las obras que puedan aprobarse con posterioridad.
4. Continuar con la tramitación del procedimiento expropiatorio de las fincas ubicadas en el término municipal de Palma, citadas en el apartado 2 del presente acuerdo que son de titularidad privada.
5. Notificar este acuerdo a las personas titulares de las fincas afectadas por la ejecución del presente proyecto.
6. Publicar este acuerdo en el BOIB.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de esta publicación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.>>
Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de septiembre de 2025)
El consejero de Territorio, Movilidad e Infraestructuras Fernando Rubio Aguiló