Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 621163
Acuerdo Pleno del día 30 de abril de 2025 sobre el acuerdo de cartapacio referido a la aprobación de las retribuciones económicas, los derechos de concurrencia efectiva a sesiones de órganos colegiados, indemnizaciones de los miembros de la corporación y aportaciones a grupos políticos del Ayuntamiento de Es Mercadal
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El Pleno de la Corporación celebrado, el día 30 de abril de 2025, en sesión ordinaria se acordó la modificación del acuerdo de cartapacio referido a la aprobación de las retribuciones económicas, los derechos de efectiva concurrencia a sesiones de órganos colegiados, indemnizaciones de los miembros de la corporación y aportaciones a grupos políticos, y que dice:
«12. Modificación del acuerdo de cartapacio referido a la aprobación de las retribuciones económicas, los derechos de efectiva concurrencia a sesiones de órganos colegiados, indemnizaciones de los miembros de la corporación y aportaciones a grupos políticos.
El alcalde explica la propuesta de la modificación del acuerdo de cartapacio de la aprobación de las retribuciones económicas, los derechos de efectiva concurrencia a sesiones de órganos colegiados, indemnizaciones de los miembros de la corporación y aportaciones a grupos políticos
“PROPUESTA DE ALCALDÍA
Asunto: MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CARTIPÁS REFERIDO A LA APROBACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES ECONÓMICAS, LOS DERECHOS DE CONCURRENCIA EFECTIVA A SESIONES DE ÓRGANOS COLEGIADOS, INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN Y APORTE
Considerando que el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local establece el régimen de las retribuciones y las indemnizaciones a percibir por los miembros de las corporaciones locales que serán consignadas en los presupuestos de la Corporación dentro de los límites generales que, en su caso, se establezcan y serán publicados en el de la Corporación.
Dado que, según la anterior disposición, los miembros de las corporaciones locales percibirán retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desarrollen con dedicación exclusiva o con dedicación parcial para realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran.
Dado que la necesidad de prestar servicios modernos y de calidad a los ciudadanos hace imprescindible que el alcalde desarrolle su cargo con dedicación exclusiva y los concejales con delegaciones de las áreas de mayor carga de trabajo lo hagan con dedicación parcial.
Dado que en fecha 17 de junio de 2023 se constituyó el Ayuntamiento y, por tanto, se ha renovado la Corporación Municipal, procede que el Pleno corporativo, en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo, apruebe la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva o parcial, así como las de aquellos miembros que carezcan de dedicación exclusiva ni dedicación parcial.
Dado que según certificado del Pleno de fecha 27/07/2023 se aprobó el acuerdo en relación a la aprobación de las retribuciones y la arista de conceptos económicos.
Atendiendo al nuevo decreto de alcaldía 2025/PRE/0000504 de fecha 16/04/2025 de “Resolución de delegaciones de servicios y materias del Alcalde a favor de los Concejales y Concejalas” mediante la que se aprueba una nueva organización política municipal.
Esta alcaldía, haciendo uso de las facultades que le atribuye el artículo 13 del Reglamento de organización y funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales en el Pleno Municipal,
PROPONE
PRIMERO. Establecer que el Sr. Joan Palliser Riudavets, como Alcalde del Ayuntamiento ejercerá el cargo en régimen de dedicación exclusiva, con fecha a efectos de 1 de septiembre de 2023.
El importe bruto anual se distribuirá en catorce pagas mensuales iguales, distribuidas en doce pagas mensuales y dos pagas extraordinarias en los meses de junio y diciembre.
SEGUNDO. Establecer que, con efectos de la fecha acordada inicialmente en el acuerdo del Pleno de julio de 2023 y en virtud del nuevo Decreto de delegación del Alcalde número 2025/PRE/0000504 a favor de concejales y concejalas, los miembros de la Corporación que a continuación se relacionan, se ejercerán sus cargos en al régimen correspondiente de la Seguridad Social:
|
REGIDORES/AS |
DEDICACIÓN |
|---|---|
|
Sr Cristóbal Pons Sintes |
75% |
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Helena Vilchez Pons |
75% |
|
Carlos Rotger Roca |
75% |
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Nerea Nevado Muñoz |
75% |
El importe bruto anual se distribuirá en catorce pagas mensuales iguales, distribuidas en doce pagas mensuales y dos pagas extraordinarias en los meses de junio y diciembre.
TERCERO. Mantener a efectos de retribuciones e indemnizaciones por asistencia a los órganos colegiados y las aportaciones a grupos municipales, las cantidades y determinaciones del acuerdo del Pleno de julio de 2023, en virtud de la Base 22 de las Bases de Ejecución del presupuesto de 2023.
CUARTO. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La modificación de las bases de ejecución se tramitará según se prevé en el artículo 169 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Sin embargo, el consistorio, en sesión plenaria, decidirá”
Votació
Passada la proposta a votació, és aprovada per 7 vots a favor (4 vots del grup ENTESA i 3 del grup PP) i 5 abstencions (del grup PSOE)»
Es Mercadal, en la fecha de la firma electrónica (4 de septiembre de 2025)
El alcalde Joan Palliser Riudavets