Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 616049
Modificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa de fecha 7 de agosto de 2025, en relación con las bases específicas reguladoras de la convocatoria para la selección y la provisión definitiva de cuatro plazas de letrado/letrada, publicado en el BOIB núm. 108 de fecha 14 de agosto de 2025
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En reunión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 29 de agosto de 2025, se aprobó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. APROBAR la rectificación del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa de fecha 7 de agosto de 2025 en el que se acordó la modificación de las bases específicas reguladoras de la convocatoria para la selección y la provisión definitiva de cuatro plazas de letrado/letrada, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala técnica, clase superior, grupo A, subgrupo A1, del artículo 76 del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para cubrir, interina o temporalmente, las posibles necesidades de provisión urgente de plazas y puestos de trabajo que sean necesarios en el Consell Insular d'Eivissa, según lo que establece el BOIB núm. 108 de data 14 de agosto de 2025, en el siguiente sentido:
Donde dice:
.../...
SEGUNDO. ABRIR un nuevo plazo de presentación de solicitudes en el proceso selectivo para la selección y la provisión definitiva de cuatro plazas de letrado/a.
TERCERO. DISPONER la conservación de todos aquellos actos y trámites el contenido de los cuales se hubiese mantenido igual de no haberse cometido el error en las bases publicadas en el BOIB núm. 83, de 28 de junio de 2025, de conformidad con el artículo 51 de la LPACAP.
A estos efectos, las solicitudes y restante documentación que haya sido presentada por las personas aspirantes en el plazo de presentación de solicitudes en la citada convocatoria publicada en el BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2023, quedarán vigentes para la nueva convocatoria que se abrirá una vez se publique en el BOIB la rectificación de errores.
Todo lo anterior, sin perjuicio que aquellos aspirantes que lo deseen podrán ampliar sus solicitudes durante el nuevo plazo de presentación con todos aquellos documentos que estimen correspondientes.
CUARTO. DEJAR SIN EFECTO la fecha prevista para la primera prueba, el día 18 de septiembre de 2025, hasta nuevo aviso, que se comunicará oportunamente con la resolución correspondiente.
QUINTO. PUBLICAR el acuerdo que se tome en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.
Tiene que decir:
.../...
SEGUNDO. PUBLICAR el acuerdo que se tome en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.
TERCERO. REMITIR el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) siendo la publicación de este anuncio en el BOE la que servirá para el cómputo del plazo para la presentación de solicitudes.
CUARTO. DISPONER la conservación de todos aquellos actos y trámites el contenido de los cuales se hubiese mantenido igual de no haberse cometido el error en las bases publicadas en el BOIB núm. 83, de 28 de junio de 2025, de conformidad con el artículo 51 de la LPACAP.
A estos efectos, las inscripciones que hayan sido presentadas por las personas aspirantes en el plazo de presentación de solicitudes en la citada convocatoria publicada en el BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2023, permanecerán vigentes para la nueva convocatoria.
QUINTO. DEJAR SIN EFECTO la fecha prevista para la primera prueba, el día 18 de septiembre de 2025, hasta nuevo aviso, que se comunicará oportunamente con la resolución correspondiente.
Eivissa, 3 de septiembre de 2025
El secretario general del Consell Insular d'Eivissa Pedro Bueno Flores