Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 615185
Concesión de una subvención nominativa a la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera para el ejercicio 2025
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De la concesión de una subvención nominativa a la Asociación Comunidad de regantes de Formentera.
Aprobada por la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de día 29 de agosto de 2025, de la cual se transcribe el siguiente acuerdo.
(...)
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. Conceder una subvención a la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera por importe de 8.000,00€.
Segundo. La gestión de la subvención se llevará a cabo de acuerdo a las siguientes condiciones:
- NORMATIVA APLICABLE. Ley 38/2003 y de ejecución del Presupuesto.
- FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN. Funcionamiento de la Asociación Comunidad de Regantes de Formentera.
- PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Des de 1 de enero de 2025 hasta 31 de diciembre de 2025.
- FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Mediante presentación de la cuenta justificativa simplificada según modelo.
- IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR. La cuantía a justificar deberá ser como mínimo el importe de la cuantía concedida.
- MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN. La falta de justificación de la actividad o del objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención.
- OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión de otras ayudas o subvenciones públicas.
- PAGO una vez informada favorablemente la cuenta justificativa por los servicios técnicos del Área de Agricultura, Ganadería, Pesca i Caza.
- RÉGIMEN DE GARANTIAS. No procede
Tercero. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2025/1/410/48000/01 a favor del beneficiario Comunidad de Regantes de Formentera con CIF G-57877607 por el importe concedido.
Cuarto. Aceptar la justificación presentada del beneficiario y, en consecuencia, reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe de la subvención íntegramente.
Quinto. Notificar este acuerdo a la asociación Comunidad de regantes de Formentera para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Sexto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos.
Séptimo. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios y en la web del Consell Insular de Formentera.
Octavo. Publicar el otorgamiento de esta subvención en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) en aplicación del art. 33 i 34 del TRLS.
La consejera, Intervenido y conforme, el interventor
Belén Palerm Rodríguez Pablo Serra Serra
Formentera, con fecha de la firma electrónica”
La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación al artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consejos insulares], sobre la base de lo propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas supone la motivación de este acto), adopta, por unanimidad, lo siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida.
(...)
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, con fecha de la firma electrónica (1 de septiembre de 2025)
El presidente en funciones Javier Serra Torres