Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 601226
Resolución del consejero de Educación y Universidades, a propuesta del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se autoriza la implantación de los estudios oficiales de Grado en Diseño en el centro privado Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA
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En fecha 22 de agosto de 2025, el director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. El 31 de octubre de 2024 (GOIBE723822/2024), el señor Diego González Carrasco, como presidente de la Academia Dental de Mallorca SL, presentó una solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de un centro privado para poder impartir estudios de enseñanzas artísticas superiores conducentes a la obtención de títulos oficiales de máster y grado. Con la solicitud se adjuntó la memoria para la solicitud de autorización de la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA y también una memoria para la verificación de las diferentes titulaciones oficiales que se querían implantar.
2. En fecha 14 de enero de 2025, (GOIBE21167/2025), el solicitante registró la memoria del Grado en Diseño que tenían previsto implantar una vez el centro estuviera autorizado.
3. En fecha 7 de febrero de 2025 (GOIBE82138/2025), se registró nueva documentación, en concreto, los planos de las infraestructuras donde se llevarían a cabo las enseñanzas artísticas que se querían implantar una vez estuviera autorizada la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA.
4. Para llevar a cabo los estudios solicitados, la titularidad del centro presentó un documento con la distribución de usos de espacios y la planificación horaria. En este documento se especificaba que las titulaciones de enseñanzas artísticas superiores se llevarían a cabo en el Campus de Inca, con dirección postal Calle des Tren, 72 (07300, Inca).
5. En fecha 30 de abril de 2025, la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores emitió un informe en el que se especificaba que la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, expone que las enseñanzas artísticas superiores forman parte de la educación superior y están integradas en el Marco Español de Calificaciones para la Educación. Superior (MECES) en el mismo nivel que los títulos universitarios a los que son equivalentes.
En el mismo informe también se hace referencia al artículo 24.2 de la Ley 1/2024 en el que se especifica que la apertura y el funcionamiento de centros docentes de titularidad privada para impartir estudios de enseñanzas artísticas superiores conducentes a la obtención de títulos oficiales requerirá la autorización administrativa de los órganos competentes de la comunidad autónoma correspondiente, una vez comprobado el cumplimiento de las condiciones y los requisitos mínimos establecidos para los centros de las mismas enseñanzas, que se establecen en los artículos 3, 19 y 29 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas.
6. En fecha 27 de mayo de 2025, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable para la creación de la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA, dado que los espacios propuestos cumplían con los requisitos que marca el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas.
7. Por todo lo expuesto anteriormente, el 4 de junio de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso autorizar la creación de la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA, como centro privado con el código de centro 07016955.
8. El 7 de junio de 2025 se publica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la creación de la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA como centro privado con el código de centro 07016955 (BOIB núm. 72, de 7 de junio).
9. De acuerdo con el punto 6 del artículo 8 de la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, corresponde a las administraciones educativas competentes la adopción de los planes de estudios comunes para todos los centros de su ámbito territorial.
10. De acuerdo con lo anterior, el día 6 de septiembre de 2013 se aprobó el Decreto 43/2013 por el que se establece en las Islas Baleares el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores conducentes al título superior de diseño de las especialidades de diseño gráfico, diseño de moda y diseño de producto y se regula su evaluación. Este plan de estudios es el que debe impartirse tanto en las escuelas superiores de diseño de titularidad pública como en los centros docentes privados autorizados.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), que establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Iles Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales (BOE núm. 139, de 8 de junio).
4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).
5. El Decreto 43/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece en las Illes Balears el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores conducentes al título superior de diseño de las especialidades de diseño gráfico, diseño de interiores, diseño de moda y diseño de producto y se regula su evaluación (BOIB núm. 125, de 10 de septiembre).
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
7. Resolución del consejero de Educación y Universidades de 5 de junio de 2025 por la que se autoriza la creación de la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA como centro privado con el código de centro 07016955 (BOIB núm. 72, de 7 de junio).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Educación y Universidades que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar, con efectos del curso 2025-2026, la implantación de los estudios oficiales de Grado en Diseño en la Escuela de Enseñanzas Artísticas Superiores ADEMA como centro privado con el código de centro 07016955.
2. El plan de estudios a impartir es el que figura en el Decreto 43/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece en las Illes Balears el plan de estudios de las enseñanzas artísticas superiores conducentes al título superior de diseño de las especialidades de diseño gráfico, diseño de interiores, diseño de moda y diseño de producto y se regula su evaluación.
3. Inscribir estas autorizaciones en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro de centros de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas.
4. Comunicar al citado centro que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Palma, en fecha de la firma electrónica: 23 de agosto de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
El director general proponente Sebastián Massanet Massanet