Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 600089
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO) en el IES Sa Blanca Dona, del municipio de Eivissa
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Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de noviembre de 2019 (BOIB núm. 156, de 16 de noviembre) se actualizó la oferta formativa para el curso 2019-2020 de las enseñanzas autorizadas, como consecuencia de la implantación, la supresión y el cambio de perfil o de régimen de los ciclos integrados de formación profesional y en centros de educación de personas adultas. Entre estos centros estaba el IES Sa Blanca Dona, del municipio de Eivissa, que quedó configurado de la siguiente manera:
Enseñanzas autorizadas:
Educación secundaria obligatoria
Bachillerato
Estudios de la familia profesional de administración y gestión (ADG)
Estudios de la familia profesional Comercio y marketing (COM)
* Los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR) en 2º y 3º de ESO se impartirán o no, según las necesidades de escolarización del centro.
Este programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR de 2º y 3º de ESO) desapareció en aplicación de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. Estas unidades han pasado a ser del Programa de diversificación curricular (PDC de 3º y PDC de 4º).
2. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de junio de 2022 (BOIB núm. 87, de 5 de julio) se autorizó la implantación de la modalidad de bachillerato general en todos los centros que tenían autorizadas las modalidades de humanidades y ciencias sociales y ciencias y tecnología. Con esta autorización, el bachillerato del centro quedó de la siguiente forma:
3. En fecha 15 de mayo de 2025, el jefe de Servicio de Inclusión para la Comunidad Educativa (SICE) remitió un informe favorable a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas sobre la creación de un aula UEECO para el próximo curso 2025-2026 en el IES Sa Blanca Dona para poder dar respuesta a las necesidades de escolarización de la etapa de educación especial básica 2 (EEB2) del municipio de Eivissa y de los municipios de alrededor.
4. En fecha 19 de agosto de 2025, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable para la implantación de un aula UEECO en el IES Sa Blanca Dona, de Eivissa. Sin embargo, se especificaba que debía adaptarse un baño e instalar una toma de agua en el aula.
5. El 26 de agosto de 2025, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la implantación de una unidad UEECO de EEB2 en el IES Sa Blanca Dona, del municipio de Eivissa.
6. El 27 de agosto de 2025, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución sobre la autorización de la implantación de una unidad UEECO de EEB2 en el IES Sa Blanca Dona, del municipio de Eivissa.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre)
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102.1, la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo de 2011).
7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 27 de agosto de 2025, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2025-2026, la modificación de la configuración del IES Sa Blanca Dona, del municipio de Eivissa, con la implantación de una unidad UEECO de educación especial básica 2 (EEB2), con 7 plazas escolares. Con esta modificación el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07006299
Denominación genérica: Instituto de Educación Secundaria
Denominación específica: Sa Blanca Dona
Domicilio: Ctra. de San Antonio, Km 1,2
Localidad: Eivissa
Municipio: Eivissa
CP: 07800
Enseñanzas autorizadas:
Educación secundaria obligatoria
Educación especial: 2 unidades distribuidas de la siguiente forma:
Bachillerato
Formación profesional
Estudios de la familia profesional de administración y gestión (ADG)
Estudios de la familia profesional Comercio y marketing (COM)
* Los programas de diversificación curricular (PDC) en 3º y 4º de ESO se impartirán o no, según las necesidades de escolarización del centro.
2. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades (Repositorio de centros).
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, i el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de agosto de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany