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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 597590
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueban la convocatoria, las bases, las pruebas, los temarios y el baremo de méritos que deben regir los procesos de selección, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna y por la modalidad de concurso-oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal estatutario fijo de diferentes categorías profesionales y especialidades dependiente del Servicio de Salud, como desarrollo de la oferta de empleo público para los años 2023 y 2024

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Texto

Antecedentes y consideraciones jurídicas

1. Por medio del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre) y del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 167, de 21 de diciembre) se aprobó la oferta de empleo público para los años 2023 y 2024, respectivamente, que prevé la necesidad de cubrir como personal estatutario fijo 846 plazas vacantes de categorías profesionales y especialidades del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. El artículo 70 del Texto refundido del estatuto básico del empleado público (TREBEP), aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone la obligación de convocar en un plazo improrrogable de tres años los correspondientes procesos de selección para las plazas comprometidas por las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria.

3. Por ello es procedente convocar las pruebas selectivas correspondientes para cubrir las vacantes de personal estatutario fijo, de conformidad con el Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud del apartado c) de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el principio de competencia, invocados por el artículo 30 de la Ley 55/2003, por el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público y por la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el resto de la normativa aplicable. En todo lo que no prevean dichas normas hay que aplicar lo que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

4. El artículo 31 de la Ley 55/2003 dispone que el sistema de selección del personal estatutario fijo debe ser con carácter general el concurso-oposición.

5. Esta resolución prevé que los procesos de selección por los sistemas de acceso libre y de promoción interna se convoquen conjuntamente con el fin de homogeneizarlos, simplificar los trámites, unificar criterios, asegurar la agilidad de los procedimientos y contribuir a hacer más claros los procesos y a suprimir los plazos dilatorios, todo ello de acuerdo con los principios de legalidad y eficacia que deben regir con carácter general todos los procesos de selección.

6. Siempre que sea posible, las convocatorias deben cumplir el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo público y en la composición equilibrada de los tribunales de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española de 1978; la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, y el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres 2022-2026 del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

7. De acuerdo con el artículo 59.1 del TREBEP, en las ofertas de empleo público hay que reservar una cuota no inferior al 7 % de las vacantes para cubrirlas con personas con discapacidad, siempre que superen el proceso de selección, acrediten el grado mínimo de discapacidad establecido y tengan la capacidad funcional para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

8. De conformidad con el artículo 30 de la Ley 3/2007, se exceptúa de acreditar conocimientos de catalán al personal estatutario y laboral sanitario del Servicio de Salud cuando el requisito de acceso a un puesto de trabajo sea una titulación de la rama sanitaria; por tanto, los conocimientos de catalán tendrán la condición de mérito en los términos que se determinen reglamentariamente. No obstante, serán un requisito exigible para el personal estatutario y laboral no sanitario del Servicio de Salud y de sus entes adscritos, de conformidad con la disposición final decimoséptima de la Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Islas Baleares, que establece los diferentes niveles de catalán exigibles al personal estatutario de gestión y servicios.

Por todo ello, una vez concluida la negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, ejerciendo las competencias que me atribuye el punto 1 de la Resolución de la consejera de Salud, de 10 de julio de 2025, por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, en relación con la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2007, dicto la siguiente

Resolución

1. Convocar un concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, para cubrir con carácter fijo 846 plazas vacantes de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares derivadas de las ofertas de empleo público para los años 2023 y 2024, en las diferentes categorías profesionales y especialidades.

2. Establecer que el plazo para presentar las solicitudes para participar en el proceso de selección comienza el 17 de noviembre de 2025 y vence el 16 de diciembre de 2025, incluido.

3. Publicar en el anexo I la relación de categorías profesionales y especialidades —diferenciadas por las áreas descritas en esta convocatoria— que deben cubrirse, especificando la titulación y la especialidad requeridas; el nivel de catalán, en su caso; el número plazas de cada categoría; el sistema de acceso (libre o promoción interna), y el número de plazas reservadas a las personas con discapacidad.

4. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo II.

5. Aprobar las pruebas de las diferentes categorías profesionales y especialidades de la fase de oposición.

6. Aprobar el baremo de méritos para la fase de concurso, que figura en el anexo III.

7. Aprobar los temarios de la fase de oposición para cada categoría, que figuran en el anexo IV.

8. Publicar la información sobre protección de datos personales, que figura en el anexo V.

9. Ordenar que se publique esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente:  27 de agosto de 2025)

La directora de Recursos Humanos del Servicio de Salud Margarita Bujosa Pocoví Por delegación de la consejera de Salud (BOIB núm. 94 de 17/07/2025) Por suplencia del director general (BOIB núm. 131, de 23/09/23)

 

 

 

ANEXO I Relación de categorías profesionales y especialidades, requisitos de titulación y especialidad, si procede, nivel de catalán y distribución de plazas

Distribución de plazas

Grupo profesional: sanitario

Subgrupo profes.

Categoría profesional

Islas Baleares

(SSCC y 061)

Mallorca

(HUSE, HUSLL, HCIN, HMAN y GAPM)

Ibiza y Formentera

(HCM, HFOR y AP Ibiza y Formentera)

Menorca

(HMO y AP MEN)

TL

TLD

PI 

PID

TL

TLD

PI

PID

TL

TLD

PI

PID

TL

TLD

PI

PID

A2

Enfermero/ enfermera 

1

 

 

 

167

12

62

4

57

5

20

2

2

 

11

1

A2 

Enfermero/ enfermera de salud mental 

 

 

 

 

9

1

7

 

1

 

 

 

1

 

 

 

A2 

Enfermero/ enfermera de urgencias a la atención primaria 

13

1

6

 

1

 

1

 

7

 

9

2

1

 

3

 

A2 

Enfermero/ enfermera especialista en enfermería del trabajo 

3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A2 

Enfermero/ enfermera especialista en enfermería familiar y comunitaria 

 

 

 

 

6

1

6

1

4

 

1

 

 

 

 

 

A2 

Enfermero especialista obstétrico-ginecológico (matrón) / enfermera especialista obstétrico-ginecológica (matrona) 

 

 

 

 

18

1

12

1

10

1

3

 

2

 

 

 

A2 

Fisioterapeuta 

1

 

 

 

5

 

 

 

5

1

 

 

3

 

 

 

C2 

Técnico medio sanitario / técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería 

 

 

 

 

29

2

16

 

22

2

3

1

2

 

4

1

C1 

Técnico/técnica superior especialista en anatomía patológica 

 

 

 

 

8

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C1 

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio 

 

 

 

 

6

1

6

1

2

 

4

 

1

 

 

 

Islas Baleares: Gerencia de Atención de Urgencias 061 y gerencia de Servicios Corporativos. Mallorca: HUSE: Hospital Universitario Son Espases. HUSLL: Hospital Universitario Son Llàtzer. HCIN: Hospital Comarcal de Inca. HMAN: Hospital de Manacor y GAPM: Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Menorca: HMO: Hospital Mateu Orfila. AP MEN: Atención Primaria Menorca. Ibiza-Formentera: HCM: Hospital Can Misses. HFOR: Hospital de Formentera y AP Ibiza-Formentera: Atención Primaria de Ibiza y Formentera.

TL: turno libre. TLD: turno libre para personas con discapacidad. PI: turno de promoción interna. PID: turno de promoción interna para personas con discapacidad.

Grupo profesional: gestión y servicios: A1, A2, C2 Y AP 

Subgrupo profesional

Categoría profesional

Islas Baleares

(SSCC y 061)

Mallorca

(HUSE,HUSLL,HCIN, HMAN y GAPM)

Ibiza y Formentera

(HCM, HFOR y AP Ibiza y Formentera)

Menorca

(HMO y AP Men.)

TL

TLD

PI 

PID

TL

TLD

PI

PID

TL 

TLD

PI

PID

TL

TLD

PI 

PID

A1

Grupo técnico de la función administrativa

5

1

11

1

 

 

4

 

2

 

 

 

 

 

1

 

A2

Técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

 

 

C2

Conductor/ conductora

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C2

Grupo auxiliar administrativo de la función administrativa

47

3

2

 

23

2

26

2

5

1

12

1

 

 

12

1

C2

Monitor/ monitora

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

AP

Celador/celadora

 

 

 

 

34

2

15

1

5

1

8

1

4

 

5

 

Islas Baleares: Gerencia de Atención de Urgencias 061 y gerencia de Servicios Corporativos. Mallorca: HUSE: Hospital Universitario Son Espases. HUSLL: Hospital Universitario Son Llàtzer. HCIN: Hospital Comarcal de Inca. HMAN: Hospital de Manacor y GAPM: Gerencia de Atención Primaria de Mallorca. Menorca: HMO: Hospital Mateu Orfila. AP MEN: Atención Primaria Menorca. Ibiza-Formentera: HCM: Hospital Can Misses. HFOR: Hospital de Formentera y AP Ibiza-Formentera: Atención Primaria de Ibiza y Formentera.

TL: turno libre. TLD: turno libre para personas con discapacidad. PI: turno de promoción interna. PID: turno de promoción interna para personas con discapacidad.

Requisitos de titulación y especialidad y nivel de catalán, si procede

Grupo profesional: sanitario

Subgrupo profesional

Categoría profesional

Titulación mínima

Especialidad

Nivel de catalán

A2 

Enfermero/enfermera 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

 

Exención 

A2 

Enfermero/enfermera de salud mental 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

Salud mental 

Exención 

A2 

Enfermero/enfermera de urgencias a la atención 

primaria 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

 

Exención 

A2 

Enfermero/enfermera especialista en enfermería del trabajo 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

Del trabajo 

Exención 

A2 

Enfermero/enfermera especialista en enfermería familiar y comunitaria 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

Familiar y comunitaria 

Exención 

A2 

Enfermero especialista obstétrico-ginecológico (matrón) / enfermera especialista obstétrico-ginecológica (matrona) 

Diplomatura o grado en Enfermería / ATS 

Ginecología 

Exención 

A2 

Fisioterapeuta 

Diplomatura o grado en Fisioterapia y equivalentes, anteriores a la creación de la diplomatura o grado 

 

Exención 

C2 

Técnico medio sanitario / técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería 

Ciclo formativo de formación profesional de grado medio en Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería 

 

Exención 

C1 

Técnico/técnica superior especialista en anatomía patológica 

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior 

en Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico 

 

Exención 

C1 

Técnico/técnica superior especialista en laboratorio 

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior 

en Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico 

 

Exención 

Grupo profesional: gestión y servicios: A1, A2, C2 Y AP

Subgrupo profesional 

Categoría profesional 

Titulación mínima 

Nivel de catalán 

AP 

Celador/celadora 

Certificado de escolaridad 

A2

C2 

Conductor/conductora  

Educación secundaria obligatoria o equivalente y permiso de conducción tipo B (vigente) 

B1 

C2 

Grupo auxiliar administrativo de la función administrativa 

Educación secundaria obligatoria o equivalente 

B1 

C2 

Monitor/monitora 

Educación secundaria obligatoria o equivalente 

B1 

A2 

Técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones 

Grado en el ámbito de la ingeniería informática, primer ciclo de Ingeniería en Informática, diplomatura en Informática, Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, Ingeniería Técnica en Informática de Gestión, Ingeniería de Telecomunicaciones (pre-Bolonia), Ingeniería Técnica de Telecomunicaciones (pre-Bolonia) o un título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada 

B2 

A1 

Grupo técnico de la función administrativa 

Grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o titulación equivalente 

B2 

 

 

​​​​​​​ANEXO II Bases de la convocatoria

Primera

Normas generales

1. Objeto de la convocatoria

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto regular el proceso de selección para proveer como personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares 846 plazas vacantes derivadas de la oferta de empleo público de los años 2023 y 2024 por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, y el sistema de concurso-oposición, en las distintas categorías profesionales y especialidades que se indican en el anexo I (plazas convocadas) y de acuerdo con la distribución siguiente:

a) 553 plazas para el turno libre, 39 de las cuales corresponden a la reserva para personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, sin perjuicio de que deban acreditar la capacidad funcional para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

b) 293 plazas para el turno de promoción interna, 21 de las cuales corresponden a la reserva para personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, sin perjuicio de que deban acreditar la capacidad funcional para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

1.2. Las condiciones de participación y los aspectos específicos de acceso a cada categoría profesional y especialidad se describen en estas bases y el anexo I de esta resolución.

1.3. De acuerdo con el artículo 59.1 del TREBEP, en las ofertas de empleo público hay que reservar una cuota no inferior al 7 % de las vacantes para cubrirlas con personas con discapacidad, siempre que superen los procesos de selección y acrediten la discapacidad y exista compatibilidad con el desempeño de las tareas.

1.4. El Servicio de Salud, ejerciendo la potestad de autoorganización, puede ampliar el número de plazas convocadas correspondientes a las categorías profesionales y las especialidades previstas en esta convocatoria con las plazas que se aprueben en la oferta de empleo público del año 2025, siempre que esta modificación se lleve a cabo antes del inicio del plazo para presentar solicitudes.

2. Proceso de selección

2.1. El proceso de selección para ingresar en las categorías profesionales y especialidades es el de concurso-oposición, y los temarios de cada categoría en que se basarán las pruebas para superar la fase de oposición son los que se detallan en esta resolución.

2.2. Los sistemas de selección se distinguen en diferentes turnos (turno libre y turno promoción interna), en los cuales se reservará un cupo para las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

2.3. El proceso de selección consta de tres fases: fase de oposición, fase de concurso de méritos y fase de finalización del procedimiento, adjudicación, nombramiento y toma de posesión.

La fase de oposición consta de las subfases siguientes:

1) Publicación de la resolución de aprobación de la convocatoria.

2) Publicación de la resolución de apertura del plazo para presentar solicitudes y acreditar los requisitos.

3) Revisión de las solicitudes y comprobación de determinados requisitos.

4) Publicación de la resolución de aprobación de las listas provisionales de admitidos y excluidos.

5) Plazo para formular alegaciones contra las listas provisionales.

6) Publicación de la resolución de aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos.

7) Publicación de la fecha del examen y distribución de las aulas.

8) Examen.

9) Publicación de la lista provisional de calificaciones de la prueba.

10) Plazo para formular alegaciones o impugnaciones contra las listas provisionales.

11) Publicación de la lista definitiva de calificaciones de la prueba.

La fase de concurso consta de las subfases siguientes:

1) Publicación de la resolución de apertura del plazo para presentar y acreditar méritos.

2) Publicación de la lista provisional de puntuaciones de los méritos.

3) Plazo para formular alegaciones contra la lista provisional.

4) Publicación de la lista definitiva de puntuaciones de los méritos.

La fase de finalización del procedimiento, adjudicación, nombramiento y toma de posesión consta de las subfases siguientes:

1) Publicación de la resolución que contiene la lista de aspirantes que han superado el proceso de selección y lista de las plazas que se ofertan.

2) Proceso de elección de plazas en los casos en que sea procedente y acreditación de requisitos de habilitación.

3) Reconocimiento médico a cargo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (acreditación del requisito de capacitación funcional).

4) Nombramiento del personal estatutario fijo y adjudicación de las plazas. 

5) Toma de posesión.

3. Normativa aplicable

– La Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

– La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y la normativa que la desarrolla.

– La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

– La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

– La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP), aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

– La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

– La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

– La Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia ante la violencia.

– El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, vigente con rango reglamentario.

– El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

– La Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears, en relación con la exigencia del catalán al personal estatutario no sanitario.

– La Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos de selección para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

– El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real decreto 203/2021, de 30 de marzo.

– La Instrucción 2/2020 del director general de Modernización y Administración Digital, por la que se establecen pautas para adaptar las convocatorias a la Ley 39/2015, en relación con los lugares para presentar la documentación.

4. Participación

4.1. No podrán participar en el proceso de selección para el ingreso en una categoría profesional y especialidad quienes ya tengan la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad a la que se opta de los servicios de salud que forman el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.

4.2. Los aspirantes solamente pueden participar en uno de los sistemas de acceso: turno libre o turno de promoción interna, y el correspondiente reservado para personas con discapacidad, ya sea en el turno libre o en el de promoción interna. En la solicitud de participación es necesario elegir el sistema de acceso.

4.3. La opción a las plazas reservadas a personas con discapacidad también debe hacerse constar en la solicitud de participación, indicando también el turno al que se opta y declarando expresamente que el aspirante puede acreditar el grado mínimo de discapacidad (33 %). No obstante, si estos aspirantes superan las pruebas correspondientes pero no obtienen plaza y la puntuación obtenida es superior a la de otros aspirantes del sistema general de acceso libre, aquellos serán incluidos por orden de puntuación en el sistema general, de conformidad con el artículo 3 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de las personas con discapacidad.

4.4. La participación de personas con discapacidad en el proceso de selección queda condicionada al informe favorable sobre las condiciones personales para desempeñar las funciones propias de la plaza.

5. Acumulación de plazas

5.1. Las plazas que no se provean por el sistema de promoción interna no se acumularán a las convocadas para el turno libre.

5.2. Las plazas reservadas a personas con discapacidad, tanto en el turno de acceso libre como en el de promoción interna, que queden desiertas se acumularán a las convocadas por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, respectivamente.

6. Publicación

6.1. Solo se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares esta convocatoria, la resolución de apertura del plazo para presentar solicitudes y acreditar requisitos, la resolución de apertura del trámite para acreditar méritos y la resolución definitiva de adjudicación de plazas.

6.2. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, los actos administrativos que formen parte de este proceso y deban notificarse a las personas interesadas, así como los de cualquier procedimiento derivado, en lugar de notificarse deben publicarse en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es), sin perjuicio de publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares los actos que las bases de esta convocatoria determinen expresamente que deben publicarse en dicho medio.

6.3. Se publicarán en el web del Servicio de Salud tanto las resoluciones a que se refiere el punto 6.2 como las que contengan las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos, las listas de distribución de los examinandos en las aulas, las listas provisionales y definitivas de las puntuaciones obtenidas en la prueba o pruebas, las listas provisionales y definitivas de las puntuaciones de los méritos y cualquier otra actuación del Servicio de Salud que se produzca durante el procedimiento y que, debiendo ser publicada, no se haya especificado en el punto 6.2.

6.4. En todo caso, únicamente tendrán efectos jurídicos las comunicaciones efectuadas por los medios de publicación previstos en esta convocatoria.

7. Identificación de los aspirantes en las publicaciones de actos administrativos

De acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, cuando sea necesario publicar resoluciones en el web del Servicio de Salud o en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, los aspirantes deben ser identificados con el nombre, los apellidos y las cifras numéricas cuarta, quinta, sexta y séptima del documento de identificación (DNI o NIE), pero en el NIE no hay que consignar el primer carácter alfabético. Si el documento es el pasaporte, deben identificarse con las cifras tercera, cuarta, quinta y sexta y no deben consignarse los caracteres alfabéticos.

8. Lengua de tramitación

En la tramitación de los procesos de selección hay que cumplir lo que establece en el Decreto 49/2018, de 21 de diciembre, sobre el uso de las lenguas oficiales en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Segunda

Fase de oposición

1. Requisitos comunes de los aspirantes

Para obtener la condición de aspirante y ser admitido en este proceso de selección, en el momento de cursar la solicitud es necesario cumplir los requisitos que se describen a continuación, que deben mantenerse a lo largo de todo el proceso de selección.

 

​​​​​​​1.1. Nacionalidad

a) Los aspirantes han de tener la nacionalidad española.

b) No obstante, también pueden participar en el proceso de selección en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española:

– Las personas con nacionalidad de cualquiera de los estados de la Unión Europea.

– Los cónyuges de las personas con nacionalidad española o de un estado de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Igualmente, con las mismas condiciones, pueden participar sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales de la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de los trabajadores.

1.2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

1.3. Capacidad: tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente.

1.4. Habilitación:

– No haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública, organismo público o entidad de derecho público dependiente o vinculado a aquel, ni de las entidades públicas sujetas a derecho privado ni de las fundaciones sanitarias en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme —por medio de una resolución judicial— para desempeñar funciones públicas para acceder a categorías profesionales y especialidades de personal estatutario o laboral ni, en su caso, para la profesión correspondiente.

– En los casos de no tener la nacionalidad española, no estar inhabilitado o en una situación equivalente —por medio de una sanción o pena— para el ejercicio profesional o para acceder a funciones o servicios públicos en un estado de la Unión Europea o en algún estado al que sea aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de un tratado internacional ratificado por España, ni haber sido separado —por medio de una sanción disciplinaria o equivalente— de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

– No haber sido condenado —por una sentencia firme— por cualquier delito contra la libertad y la indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, ni por por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código penal, de conformidad con el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021 y el Real decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.

– No tener la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría profesional y especialidad a la que se opta en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.

1.5. Titulación: poseer la titulación oficial mínima que para cada categoría profesional y especialidad se detallan en el anexo I, o bien estar en condiciones de obtenerla, es decir, haber completado la formación exigida para obtenerla y haber abonado, en su caso, la tasa para la expedición del título dentro del plazo para presentar solicitudes.

1.6. Tasa: formalizar la solicitud de inscripción y haber abonado la tasa (o tasas) de inscripción en la cuantía indicada en el punto 7.6.6 de la base segunda, salvo en los supuestos de exención, y en tiempo y forma señalado en esta convocatoria.

1.7. Capacitación lingüística: los conocimientos de catalán son un requisito exigible para el personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, de conformidad con el punto 7 de la disposición final decimoséptima de la Ley 4/2025, que modifica la disposición adicional decimoquinta de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en el sentido siguiente:

Grupo

Nivel de catalán

A1

B2

A2

B2

C1

B2

C2

B1

AP

A2

 

​​​​​​​2. Requisitos adicionales para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna

Estos aspirantes tienen que cumplir también los requisitos siguientes en el momento de cursar la solicitud y a lo largo de todo el proceso de selección:

– Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

– Pertenecer a una categoría profesional y especialidad diferente a la convocada del mismo grupo de clasificación o de uno inferior.

– Estar en la situación de servicio activo o en otra situación que genere reserva de plaza en la categoría profesional y en la especialidad de procedencia, del mismo grupo de clasificación o inferior.

A estos efectos se asimilan al servicio activo las situaciones administrativas siguientes durante el tiempo en que, según la legislación básica, generen reserva de plaza: servicios especiales, excedencia voluntaria por razón de violencia de género o violencia sexual, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia terrorista.

– Poseer la titulación exigida para acceder a la categoría profesional y especialidad a la que quiere promocionar.

– Tener un nombramiento fijo con una antigüedad mínima de dos años en la categoría profesional y en la especialidad de procedencia.

3. Requisitos para los puestos de trabajo reservados para personas con discapacidad

Tienen la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, de conformidad con el artículo 4.2 del Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre), en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo.

Los aspirantes que opten a estos puestos de trabajo han de tener reconocido dicho grado de discapacidad con efecto en el último día del plazo para presentar solicitudes.

4. Acreditación de los requisitos

4.1. El trámite electrónico de solicitud de participación en el proceso de selección incluye una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos para participar en el proceso de selección, siempre referidos a la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes.

4.2. El Servicio de Salud comprobará de oficio el requisito del pago de la tasa correspondiente y los requisitos de nacionalidad, edad y titulación por medio de la Plataforma de Interoperabilidad de las Islas Baleares (PINBAL), salvo que el aspirante se oponga expresamente en el trámite de solicitud; en ese caso, deberá aportar la documentación acreditativa.

Si el Servicio de Salud no puede comprobar dichos requisitos, requerirá al aspirante que aporte la documentación acreditativa en los términos del artículo 28 de la Ley 39/2015.

4.3. Los aspirantes que concurran a las categorías de gestión y servicios tienen que justificar el requisito de capacitación lingüística indicado en el apartado 1.7 de la base segunda según lo que establezca la resolución de apertura del plazo para presentar solicitudes y acreditar requisitos.

4.4. El Servicio de Salud también verificará de oficio los requisitos específicos señalados en los puntos 2 y 3 de esta base —relativos al turno de promoción interna y turno de reserva para personas con discapacidad— siempre que se haya reconocido la discapacidad en las Islas Baleares, salvo que el aspirante manifieste expresamente que se opone.

4.5. En la fase de adjudicación, los aspirantes tendrán que presentar una declaración responsable relativa a los requisitos sobre habilitación, según prevea la resolución de apertura del plazo para presentar solicitudes y acreditar requisitos.

4.6. En la fase de adjudicación, los aspirantes tendrán que acreditar el requisito de la capacidad funcional con un certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Por otro lado, el Servicio de Salud comprobará de oficio si el aspirante ha cometido delitos de naturaleza sexual, salvo que este se oponga expresamente.

4.7. El hecho de figurar en la lista de admitidos no significa que se acepta que se cumplen los requisitos exigidos para participar en el proceso de selección.

5. Acreditación específicas

5.1. Acreditación de las titulaciones académicas y/o de las especialidades en los casos en que sea procedente

a) Formación académica

Las titulaciones académicas deben acreditarse con el título expedido por el ministerio competente en materia de educación o la universidad correspondiente. Se admitirá el justificante de haber solicitado y abonado la expedición del título. En los casos de titulaciones obtenidas fuera de España, es necesario aportar la credencial de reconocimiento, homologación o validación, según sea procedente, de la titulación expedida por el ministerio competente en materia de educación español.

b) Formación especializada

Debe acreditarse con el título de especialista en Ciencias de la Salud expedido por el ministerio competente en materia de educación o por los órganos competentes de cualquier otro estado siempre que se acompañe del reconocimiento y/o la homologación expedida por dicho ministerio.

El personal especialista interno residente que haya completado la formación y que en la evaluación final haya obtenido la calificación positiva puede acreditar este mérito con un certificado expedido por el jefe de estudios o el presidente de la comisión de docencia y con el visto bueno del gerente del centro sanitario donde haya cursado la especialidad, en el cual debe constar expresamente la fecha de finalización del programa formativo.

5.2. Documentación acreditativa de la nacionalidad extranjera y vínculo de parentesco

Los aspirantes a que se refiere el apartado 1.1.b de la base segunda tienen que presentar el documento que acredite la nacionalidad o el vínculo de parentesco oportuno, es decir, copia de la tarjeta de identidad de extranjero o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o, en su caso, certificado de matrimonio o del hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona con nacionalidad de un estado de la Unión Europea con quien tengan ese vínculo.

Los cónyuges de las personas con nacionalidad de un estado de la Unión Europea o de algún estado donde sea aplicable la libre circulación de los trabajadores tienen que presentar una declaración responsable en que expresen que no ha recaído acuerdo o declaración de nulidad del vínculo matrimonial, separación de derecho o divorcio.

En los casos de las personas con nacionalidad de un estado de la Unión Europea o de algún estado donde sea aplicable la libre circulación de los trabajadores, tiene que presentar una copia del certificado de registro acompañada de una copia de su documento de identidad o pasaporte en vigor.

5.3. Documentación acreditativa del grado de discapacidad

Debe acreditarse con la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33 % dictada por el órgano competente de la Administración, o bien por medio de la equiparación automática de acuerdo con el artículo 35.1 del Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

No obstante, no hace falta acreditarla si ha sido reconocida en las Islas Baleares, pues el Servicio de Salud lo comprobará de oficio, salvo que el aspirante se oponga expresamente; en este caso tendrá que aportar la documentación acreditativa en los términos del artículo 28 de la Ley 39/2015.

5.4. Certificación del nivel de conocimientos de catalán

Todos los aspirantes a las categorías de gestión y servicios tienen que acreditar el nivel de conocimientos de catalán exigido según el grupo profesional y de acuerdo con la normativa vigente.

La acreditación debe presentarse con alguno de estos documentos:

a) Certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares.

b) Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

c) Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). Si el aspirante alega este tipo de certificado debe adjuntarlo al trámite si no consta en el Registro de Personal.

d) Certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares. Es necesario disponer de la correspondiente resolución de homologación del certificado.

6. Otras normas relativas a la acreditación

Si en cualquier momento del proceso de selección el Servicio de Salud tiene conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos, podrá requerirle la documentación acreditativa. Si no la presenta o no queda acreditado, con la audiencia previa a la persona interesada se dictará una resolución para acordar su exclusión del proceso de selección.

De conformidad con el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, la inexactitud, la falsedad y la omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o el hecho de no presentar ante la Administración la declaración responsable, la documentación requerida para acreditar que se cumple lo que se ha declarado determinarán la imposibilidad de continuar ejerciendo el derecho o la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, es decir, supondrá excluir al aspirante del proceso de selección y/o declarar nula la plaza adjudicada, en su caso, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que haya podido incurrir.

7. Trámite para presentar solicitudes de participación en el proceso de selección

7.1. Trámite telemático

Las solicitudes para participar en el proceso de selección y el pago de las tasas de inscripción deben cursarse por medio del trámite electrónico, de acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015.

El enlace al trámite estará disponible en el web del Servicio de Salud.

7.2. Instrucciones para formalizar la solicitud

Para formalizar la solicitud —es decir, cumplimentarla, pagar la tasa y registrarla— hay que seguir las instrucciones que indicará la resolución de apertura del plazo para presentar solicitudes y acreditar requisitos, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Servicio de Salud.

7.3. Medios de identificación y firma electrónica

Como requisito previo a la inscripción, es necesario disponer de DNIe o Cl@ve Permanente, o bien un certificado electrónico de persona física válido de los incluidos en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España.

7.4. Declaración responsable

Para ser admitido en el proceso de selección, los aspirantes deben cumplimentar una declaración responsable en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, relativa al cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en el punto 4 de la base segunda, referidos siempre a la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes. Dicha declaración responsable viene incorporada en el mismo trámite telemático de solicitud.

El Servicio de Salud —de oficio o a propuesta del presidente de un tribunal de selección— puede requerir en cualquier momento a cualquier aspirante que aporte la documentación acreditativa de los requisitos o de la veracidad de cualquier documento que hayan presentado, y dicho aspirante está obligado a aportarla.

7.5. Plazo para presentar solicitudes

El plazo para presentar solicitudes comienza el 17 de noviembre de 2025 y vence el 16 de diciembre de 2025, incluido.

7.6. Contenido de la solicitud

Al participar en el proceso de selección, los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en la solicitud, y solo pueden pedir que se modifiquen presentando una petición dentro del plazo para formalizar solicitudes.

Al efecto de recibir notificaciones de forma individual, en su caso, los aspirantes deben tener actualizados los datos de contacto (correo electrónico, teléfonos y dirección postal), y serán responsabilidad exclusivamente de cada aspirante los errores en la consignación de dichos datos, especialmente el referido a la dirección postal, y no haber comunicado cualquier cambio en esta.

En la solicitud, los aspirantes deben indicar que no se oponen expresamente, en su caso, a que el Servicio de Salud consulte los datos y los documentos que no es necesario aportar según lo que establece esta convocatoria. Además, pueden dar su consentimiento para que otras administraciones cedan al Servicio de Salud los datos relativos a los requisitos y a los méritos que figuren en sus registros con el objetivo de cumplir la finalidad de esta convocatoria.

7.6.1. Elección del área a la que se opta

Los aspirantes que concurran a una categoría profesional y especialidad tienen que seleccionar el área o áreas a las que quieren optar (Islas Baleares, Mallorca, Menorca e Ibiza y Formentera). No obstante, el día del examen tendrán que escoger el área a la que finalmente optan.

Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, no se admitirá ningún cambio en la elección del área o áreas.

A los efectos de esta convocatoria, las áreas en las que se pueden participar son las siguientes:

  • ISLAS BALEARES: incluye únicamente las plazas correspondientes a la gerencia de Atención de Urgencias del 061 y la gerencia de Servicios Corporativos.
  • MALLORCA: incluye únicamente las plazas correspondientes a las gerencias de Hospital Universitario Son Espases, Hospital Universitario Son LLàtzer, Hospital Comarcal de Inca, Hospital de Manacor y Atención Primaria de Mallorca.
  • MENORCA: incluye únicamente las plazas correspondientes a las gerencias de Hospital Mateu Orfila y Atención Primaria de Menorca.
  • IBIZA-FORMENTERA: incluye únicamente las plazas correspondientes a las gerencias de Hospital Can Misses, Hospital Formentera y Atención Primaria de Ibiza-Formentera

7.6.2. Elección del turno

Los aspirantes tienen que indicar el turno al que se presentan, solamente uno, «turno libre» o «promoción interna»; en los casos de reserva para personas con discapacidad, deben elegir «turno libre con reserva para personas con discapacidad» o «promoción interna para personas con discapacidad».

No obstante, si algún aspirante tiene pendiente de resolución el reconocimiento del grado de discapacidad puede solicitar el cambio a las plazas reservadas a las personas con discapacidad (turno libre o promoción interna) durante el plazo de subsanación de solicitudes aportando la resolución que estaba pendiente, dentro del plazo, pues una vez vencido no se podrá cambiar el sistema de acceso.

7.6.3. Solicitud de adaptación del examen

Los aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad que tengan dificultades especiales para hacer el examen pueden solicitar la adaptación de medios y/ de tiempos, y otros ajustes que consideren necesarios, siempre que sean razonables. Con el fin de que el tribunal pueda valorar si es procedente conceder la adaptación solicitada, el aspirante debe dirigirle un escrito —con una antelación mínima de un mes respecto a la fecha del examen— en el que ha de indicar las adaptaciones de tiempos y/o medios y los ajustes requeridos, acompañado de un dictamen técnico-facultativo emitido por el órgano técnico de cualificación del grado de discapacidad en el que quede acreditada de forma fehaciente la deficiencia (o deficiencias) permanente que haya originado el grado de discapacidad reconocido. A tal efecto, no será válido ningún otro documento.

El tiempo adicional que pueda solicitarse como adaptación debe ajustarse a lo que prevé la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos de selección para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, y otra normativa vigente. El tribunal debe hacer las adaptaciones indicadas en el certificado expedido por el equipo multiprofesional correspondiente de la Dirección General de Atención a la Dependencia o del organismo equivalente, siempre que sean razonables.

La participación en el proceso de selección quedará condicionada al informe favorable sobre las condiciones personales para desempeñar las funciones propias de la plaza.

El tipo y el contenido de la prueba deben coincidir con los del turno libre y del turno de promoción interna.

7.6.4. Elección de la isla donde el aspirante quiere hacer el examen

Dado que los exámenes se harán de forma descentralizada, en la solicitud los aspirantes tienen que elegir la isla donde quieren hacer el examen (Mallorca, Menorca o Ibiza).

No obstante, si el día del examen un aspirante ha de encontrarse por una causa justificada en una isla diferente a la que haya elegido y puede hacer el examen en esa otra isla, debe comunicarlo al tribunal con una antelación mínima de quince días hábiles respecto a la fecha del examen, o bien con la máxima antelación posible cuando alegue una causa sobrevenida que imposibilite comunicarla con la antelación indicada. Si no lo comunica, el tribunal decidirá sobre la admisión o la inadmisión y las medidas que deberá adoptar.

7.6.5. Elección de la lengua oficial de las Islas Baleares en que el aspirante quiere hacer el examen

En la solicitud, los aspirantes tienen que elegir en qué lengua oficial de las Islas Baleares quieren hacer el examen.

7.6.6. Pago de la tasa (o tasas) de inscripción

Los aspirantes tienen que abonar la tasa correspondiente. No obstante, están exentos los que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 % en el momento de cursar la solicitud. 

Tipo de convocatoria

Código

Importe

Acceso por el turno libre (titulación universitaria o de grado)

OPGN

28,89 €

Acceso por el turno libre (otras titulaciones de nivel inferior al título universitario o grado)

OPNN

14,42 €

Acceso por el turno de promoción interna (titulación universitaria o de grado)

OPGR

14,42 €

Acceso por el turno de promoción interna (otras titulaciones de nivel inferior al título universitario o grado)

OPNR

7,21€

Aspirantes que acrediten un grado de discapacidad mínimo del 33 % 

Gratuito

Los aspirantes tienen que pagar una tasa por cada área en la que se inscriban.

La tasa debe abonarse durante el trámite telemático de inscripción. Excepto en los casos en que se esté exento, no abonarla supondrá la imposibilidad de completar el proceso de inscripción electrónica, de modo que el aspirante no será incluido en el proceso de selección. Solo se podrá subsanar un eventual error en el importe ingresado.

No obstante, haber pagado la tasa —o haber justificado la exención— en ningún caso supondrá que se ha completado el trámite de inscripción dentro del plazo y en la forma prevista en esta convocatoria.

Se devolverá el importe de la tasa siempre que concurra alguna de las causas siguientes:

– Duplicidad del ingreso.

– Ser beneficiario de la exención por discapacidad.

– Ingreso erróneo en un proceso de selección diferente a aquel en el que se pretendía participar y en el que no se haya llegado a presentar la solicitud.

– Si se anulan o se modifican sustancialmente las bases de la convocatoria.

– Si no llegan a tener lugar los exámenes correspondientes por alguna causa imputable a la Administración.

La solicitud de devolución debe presentarse por cualquiera de las vías previstas por la Ley 39/2015 dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al momento en que concurra la causa de devolución.

No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión del proceso de selección por causas imputables al aspirante.

La inscripción en diferentes procesos de selección para el acceso a áreas en las mismas categorías profesionales y especialidades previstas en esta convocatoria, a los que finalmente se presente el aspirante, no generará derecho a la devolución de la tasa o tasas correspondientes.

Tampoco procederá devolver la tasa abonada a los aspirantes que hayan sido admitidos para participar en más de un proceso de selección convocado por el Servicio de Salud u otra administración y que no puedan hacer alguno de los exámenes por coincidencia de fechas.

8. Admisión de aspirantes

8.1. Publicación de las listas provisionales de admitidos y de excluidos. Reclamaciones

Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución —que se publicará en el web del Servicio de Salud— para aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos, expresando la causa de la exclusión, desglosada por turnos de acceso y, en su caso, referida a cada una de las áreas en las que se convocan plazas.

En la lista provisional de admitidos figurarán el nombre y los apellidos y cuatro cifras numéricas del documento de identidad, según se ha descrito en el punto 7 de la base primera. En la lista provisional de excluidos figurará también la causa de la exclusión. A fin de evitar errores y, si se producen, permitir que se subsanen en tiempo y forma, los aspirantes deben comprobar no solo que no figuran en la lista de excluidos sino que, además, figuran en la de admitidos.

Estas son las causas de exclusión no subsanables:

– La falta de cualquier requisito señalado en los puntos 1.1, 1.2, 1.5, 1.6 y, en su caso, 1.7 de la base segunda, referido al último día del plazo para presentar solicitudes.

– Presentar y firmar la solicitud en nombre de otro aspirante, salvo que esté representado debidamente.

– No haber finalizado el proceso de inscripción correctamente por no completar el último paso, que consiste en el registro final de la solicitud.

– Cualquier otra causa que resulte de aplicar la normativa o lo que prevén estas bases.

A partir del día siguiente a la fecha en que se haya publicado la resolución de las listas provisionales, los aspirantes tendrán un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones —que no tendrán carácter de recurso— o para subsanar, en su caso, el defecto y/o aportar la documentación que haya motivado la exclusión.

Toda alegación debe entenderse rechazada si el aspirante no figura como admitido en la resolución de publicación de la lista definitiva de admitidos. Los aspirantes que no subsanen los defectos y/o no aporten la documentación en tiempo y forma serán excluidos del proceso de selección. Por otro lado, los aspirantes que detecten errores en sus datos personales pueden manifestarlo dentro de ese mismo plazo. Los errores de hecho se pueden subsanar en cualquier momento, de oficio o a petición del aspirante.

Los aspirantes que en las listas provisionales de admitidos y excluidos de los turnos reservados para personas con discapacidad hayan sido excluidos por no acreditar el grado de discapacidad podrán subsanar la exclusión o solicitar durante el plazo de alegaciones ser admitidos en el sistema de promoción interna o de acceso libre no reservado para personas con discapacidad de dicha convocatoria, según corresponda, abonando previamente la tasa correspondiente.

Por otro lado, los aspirantes que se presenten en el turno de promoción interna y no acrediten los requisitos específicos establecidos en el punto 2 de la base segunda serán incluidos en la lista provisional de excluidos. En este caso, independientemente del derecho a subsanar defectos o a presentar reclamaciones contra la exclusión, pueden solicitar el turno libre y pagar la tasa correspondiente durante el plazo de alegaciones contra las listas provisionales admitidos y excluidos, y en su totalidad.

Además, si de la documentación que hay que presentar según los puntos 4 y 5 de la base segunda se desprende que el aspirante no cumple alguno de los requisitos exigibles al turno que corresponda, perderá todos los derechos que se puedan derivar de participar en este proceso.

8.2. Publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos

Una vez vencido el plazo para subsanar errores y resueltas las alegaciones recibidas, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución para aprobar las listas definitivas de admitidos y excluidos, que se publicará del mismo modo que la resolución de las listas provisionales.

El hecho de figurar en la lista de admitidos no supone que se reconozca que el aspirante cumple los requisitos para participar en el proceso de selección correspondiente. Si antes de tomar posesión de la plaza obtenida se verifica que un aspirante no cumple alguno de los requisitos, perderá todos los derechos que se puedan derivar de haber participado en el proceso de selección.

9. Tribunales calificadores

Se constituirá un tribunal calificador para cada categoría profesional y especialidad convocada.

El tribunal calificador es el órgano colegiado encargado de llevar a cabo el proceso de selección. Sus miembros son designados por medio de una resolución del director general del Servicio de Salud y dependen de este; no obstante, el tribunal actúa con plena autonomía funcional en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y los acuerdos que adopte vinculan al órgano del que depende, sin perjuicio de las facultades de revisión establecidas legalmente.

9.1. Régimen jurídico del tribunal

El tribunal actúa de acuerdo con la Ley 39/2015, la Ley 40/2015, el Real decreto ley 1/1999 y otras disposiciones aplicables.

9.2. Composición del tribunal y número de miembros

Los tribunales deben estar compuestos por un número de miembros, titulares y sus suplentes respectivos, no inferior a cinco: presidente o presidenta, secretario o secretaria y al menos tres vocales. Cada tribunal debe tener el mismo número de miembros titulares que de suplentes.

La participación en los tribunales es obligatoria para todas las personas designadas según el procedimiento establecido, a excepción de las que estén incursas en alguna de las causas de abstención establecidas por la normativa vigente, siempre que esta circunstancia se acredite debidamente.

9.3. Requisitos de los miembros del tribunal calificador

Todos los miembros del tribunal pertenecen a este a título individual, de modo que no se puede ser miembro en representación de otra persona, y las actuaciones que lleven a cabo deben ajustarse a los principios de imparcialidad, profesionalidad, objetividad y eficacia.

Además, han de tener la condición de personal estatutario fijo, de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de las administraciones públicas o de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, con una plaza o una categoría y especialidad para la que se exija tener una titulación de nivel académico igual o superior a la requerida para el ingreso.

9.4. Exclusiones

El personal de elección o de designación política, el personal estatutario temporal y el que ejerce la representación sindical y de los colegios profesionales no pueden formar parte de los tribunales.

9.5 Principio de igualdad y paridad de género

De acuerdo con la normativa vigente, siempre que sea posible el tribunal debe estar constituido por una representación equilibrada entre mujeres y hombres, con capacitación, competencia y preparación adecuadas, siempre que las circunstancias de la categoría profesional y especialidad lo permitan, y debe ajustarse a los principios de imparcialidad, objetividad, agilidad, eficacia y profesionalidad de sus miembros, en cumplimiento del artículo 53 de la Ley orgánica 3/2007, del artículo 60.1 del TREBEP y de la Ley 11/2016.

9.6 Designación de asesores especialistas y colaboradores

En los casos en que sea aconsejable y esté justificado, el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares puede designar los asesores especialistas necesarios para colaborar en la confección, la revisión y/o la corrección de las pruebas, pero tienen que limitarse a prestar colaboración en las especialidades técnicas respectivas. Dichos asesores, que tendrán voz pero no voto, han de tener una titulación académica de nivel igual o superior a la exigida para el ingreso y deben ser designados por medio de una resolución, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del Servicio de Salud de las Islas Baleares para conocimiento de todas las personas interesadas.

Asimismo, el tribunal —con el acuerdo previo de sus miembros— puede solicitar al Servicio de Salud que se designen colaboradores para las tareas ordinarias de apoyo administrativo generadas por el propio tribunal y/o durante el día del examen, como tareas de vigilancia, de coordinación u otros de similares que sean necesarias para desarrollar el proceso de selección. Dichos colaboradores no tendrán ni voz ni voto.

9.7 Causas de abstención y recusación de los miembros del tribunal

Los miembros del tribunal y, en su caso, los asesores especialistas tienen que abstenerse de intervenir en el proceso de selección y notificarlo a la autoridad convocante por escrito y por medio de un registro oficial si concurren las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 o si han preparado a aspirantes para el acceso a la categoría profesional y especialidad objeto de la convocatoria en los cinco años anteriores a la publicación de esta.

Asimismo, los aspirantes pueden recusar a los miembros del tribunal y a los asesores especialistas si acreditan que concurre alguna de esas circunstancias. La abstención y la recusación de los miembros del tribunal están reguladas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 y en los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003.

El presidente o presidenta del tribunal debe pedir a los otros miembros una declaración expresa de no incurrir en ninguna de las causas de abstención y recusación.

9.8. Funcionamiento del tribunal

La actuación del tribunal debe ajustarse a la Ley 40/2015 en relación con el funcionamiento de los órganos colegiados. Para constituirse de manera válida y adoptar acuerdos es necesaria la asistencia del presidente o presidenta y del secretario o secretaria —o de quienes los sustituyan— y, como mínimo, de la mitad de sus miembros. Los acuerdos deben adoptarse por mayoría de votos de los miembros del tribunal presentes en cada sesión. En caso de empate, el voto del presidente o presidenta tiene carácter dirimente.

La constitución del tribunal, las convocatorias, las sesiones, adopción de acuerdos y remisión de actas pueden hacerse tanto de forma presencial como telemática, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 40/2015. En el segundo caso se pueden utilizar medios electrónicos siempre que se garantice la identidad de los miembros, la interactividad y la intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los miembros durante la sesión.

Las actuaciones del tribunal deben ajustarse en todo momento a lo que dispone la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En este sentido, en las actas de las sesiones y de los exámenes que se hayan hecho debe hacerse constar todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones de cada prueba y el tribunal ha de actuar de acuerdo con la normativa vigente; si acuerda parámetros para calificar la prueba desarrollando los criterios de valoración previstos en la convocatoria, debe difundirlos antes del examen. Igualmente debe quedar constancia del desglose de los puntos otorgados y del cálculo de estos de acuerdo con el baremo establecido para cada prueba.

El tribunal continuará constituido hasta que se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el proceso de selección.

9.9. Funciones del tribunal

Corresponden al tribunal las funciones siguientes:

– Determinar de forma concreta el contenido de la prueba y las calificaciones, y resolver las impugnaciones y/o las reclamaciones formuladas por los aspirantes. El tribunal debe hacer constar en un acta los hechos y los resultados de los actos de revisión.

– Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que el proceso de selección se desarrolle correctamente, sobre todo que la corrección de las pruebas se haga sin conocer la identidad de los aspirantes.

– Elaborar, aprobar y publicar las listas provisionales y definitivas de calificaciones de las pruebas y ordenarlas según la puntuación.

– Valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el anexo III, con la colaboración del Servicio de Desarrollo Técnico de Procesos de Selección del Servicio de Salud.

– Requerir a los aspirantes que hagan cualquier aclaración o presenten cualquier documento acreditativo que sean pertinentes, en cualquier momento del proceso de selección. La falta de respuesta podrá ser motivo de exclusión del proceso de selección si se trata de un requisito o de renuncia tácita a la valoración de un mérito.

– Elaborar, aprobar y publicar las listas provisionales y definitivas de la puntuación de los méritos de los aspirantes.

– Elaborar y elevar al director general del Servicio de Salud la lista de aspirantes que han superado el proceso de selección a fin de que dicte y publique la resolución correspondiente.

– Resolver las dudas que surjan en la aplicación de estas bases y en la forma de actuar en los casos que no estén previstos.

9.10. Descentralización de los exámenes

Dado que los exámenes se harán de forma descentralizada en Mallorca, Menorca e Ibiza, el tribunal designará sendos vocales —entre los titulares— para desplazarse a Menorca y a Ibiza con el objeto de supervisar que el proceso se desarrolle correctamente, recoger las pruebas y entregarlas al tribunal o a la empresa encargada de custodiarlas.

9.11. Sede de los tribunales

El Servicio de Salud tiene que dar apoyo técnico a los tribunales. Al efecto de comunicaciones e incidencias, la sede oficial de los tribunales está en las dependencias de los Servicios Corporativos (calle de la Reina Esclarmunda, 9, de Palma), pero para resolver cualquier duda relativa al proceso de selección hay que dirigirse al Servicio de Selección y Provisión de Personal Estatutario escribiendo a oposiciones.rrhh_sscc@ssib.es.

9.12. Interposición de recursos

Contra los actos que dicte el tribunal durante el desarrollo del proceso de selección no se puede interponer recurso alguno, excepto en los casos en que, dada la naturaleza del acto, se pueda considerar definitivo o de trámite cualificado, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015. En este caso, los aspirantes afectados pueden interponer un recurso de alzada ante el director general del Servicio de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto.

9.13. Función de las organizaciones sindicales

Las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad pueden ejercer en cualquier momento funciones de vigilancia para velar por que el proceso de selección se desarrolle correctamente. Sin embargo, en ningún caso pueden participar en las sesiones del tribunal calificador.

9.14. Indemnizaciones de los miembros de los tribunales

Todos los miembros de los tribunales, los asesores y los colaboradores han de percibir las dietas correspondientes por asistir a las sesiones, de acuerdo con lo que prevé la normativa vigente sobre indemnizaciones por razón del servicio.

9.15. Garantía de confidencialidad del proceso de selección

Los miembros del tribunal y, en su caso, los asesores especialistas y los colaboradores han de mantener la confidencialidad y el secreto profesional sobre la información, los datos y los documentos a los que accedan durante el proceso de selección, así como sobre las cuestiones tratadas en las sesiones, de modo que no pueden utilizar fuera de estas la información de que dispongan referida al proceso de selección para el que han sido designados.

El tribunal, junto con el Servicio de Selección y Provisión de Personal Estatutario, ha de poner todos los medios necesarios para garantizar la confidencialidad del contenido de la prueba y del resto del proceso de selección.

El quebrantamiento de la debida reserva y la revelación de información confidencial (por ejemplo, la filtración del contenido de las pruebas) están tipificados como falta muy grave y pueden ser sancionados disciplinariamente e incluso penalmente, según el Código penal (delito de descubrimiento y revelación de secretos).

10. Sistema de selección

El proceso de selección es el de concurso-oposición y consta de la fase de oposición, que es eliminatoria y supone el 60 % de la puntuación final (si se supera esta fase), y posteriormente la fase de concurso, que no es eliminatoria y representa el 40 % de la puntuación final, que se obtiene sumando los puntos obtenidos en ambas fases.

10.1. Contenido de la fase de oposición

La fase de oposición versará sobre las materias contenidas en los temarios de cada categoría que figuran en el anexo IV y constará de las pruebas, de carácter obligatorio y eliminatorio, que se indique en estas bases.

El contenido de las pruebas de este proceso de selección relacionado con los temas jurídicos debe ajustarse a la normativa en vigor en la fecha de publicación de la convocatoria.

Las pruebas correspondientes a cada una de las categorías profesionales y especialidades de esta convocatoria se harán el mismo día y a la misma hora en todas las islas.

10.2. Pruebas de la fase de oposición

10.2.1. Categorías de gestión y servicios de los subgrupos A1 y A2

Los ejercicios primero y segundo se realizarán en sesiones y fecha diferentes.

Primera prueba (máximo, 30 puntos)

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en responder por escrito un cuestionario de 110 preguntas de tipo test con cuatro respuestas (a, b, c y d), de las cuales solo una será la correcta. Las 100 primeras serán ordinarias y evaluables y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas versarán sobre las materias propias de los temarios de cada categoría que figuran en el anexo IV de esta resolución.

Esta primera prueba se calificará de 0 a 30 puntos. Cada respuesta correcta se valorará con 0,3 puntos; no se valorarán las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si se ha marcado más de una respuesta o si en la hoja de respuestas se ha señalado una letra que no sea a, b, c o d. Las respuestas erróneas se penalizarán con una cuarta parte del valor asignado a la respuesta correcta. La corrección y calificación de las pruebas se harán de forma mecanizada y garantizando el anonimato de los examinandos.

Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, esta prueba no contendrá preguntas referidas a los temas del 1 al 10 (contenido jurídico común).

El tiempo total para hacer el examen es de 150 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva, que también deben responderse por si alguna de las otras preguntas resulta impugnada y/o anulada.

Si el tribunal acuerda anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de la pregunta en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de las Islas Baleares, el tribunal establecerá en el mismo acuerdo sustituir las preguntas anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

Así mismo, el tribunal podrá acordar anular alguna de las preguntas durante el examen o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si detecta un error material, de hecho o aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de calificaciones.

Si una vez llevada a cabo la operación anterior el tribunal acuerda anular alguna pregunta más, el valor de cada pregunta se ajustará para que la puntuación máxima sea de 30 puntos.

 

​​​​​​​Únicamente podrán hacer la segunda prueba los aspirantes de cada turno y área que obtengan la puntuación mínima de 15 puntos, ordenados a partir de los que hayan obtenido la más alta de los posibles 30 puntos, pero con la limitación máxima del triple de aspirantes respecto al número de plazas convocadas.

Segunda prueba (máximo, 30 puntos)

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en responder por escrito durante un tiempo máximo de 240 minutos quince cuestiones de tipo teórico-práctico preparadas por el tribunal, que versarán sobre las materias propias del temario de cada categoría excepto las del contenido jurídico común (temas del 1 al 10).

Estas cuestiones no han de ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema, y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la claridad y el orden de exposición de las ideas, la cualidad de la expresión escrita y la capacidad de síntesis y relacional. Si el tribunal acuerda otros criterios adicionales, tendrá que publicarlos antes del examen.

La calificación de la prueba se hará de la manera siguiente: la respuesta a cada cuestión se calificará de 0 a 2 puntos y la calificación final será la suma de la nota obtenida en cada una de las quince respuestas. No obstante, para superar esta prueba será necesario obtener una nota mínima de 1 punto por lo menos en 10 de las 15 cuestiones y que la nota final sea igual o superior a 15 puntos.

Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, esta prueba constará de 10 cuestiones con las mismas características establecidas para el turno libre.

En este caso, la calificación de la prueba se hará de la manera siguiente: la respuesta a cada cuestión se calificará de 0 a 3 puntos y la calificación final será la suma de la nota obtenida en cada una de las diez respuestas. No obstante, para superar esta prueba será necesario obtener una nota mínima de 1,5 puntos por lo menos en 6 de las 10 cuestiones y que la nota final sea igual o superior a 15 puntos.

El tribunal se encargará de calificar esta segunda prueba, siempre garantizando el anonimato de los aspirantes.

La puntuación total de la fase de oposición será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en las dos pruebas.

10.2.2. Categorías sanitarias y de gestión y servicios (excepto subgrupos A1 y A2)

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en responder por escrito un cuestionario de 110 preguntas de tipo test con cuatro respuestas (a, b, c y d), de las cuales solo una será la correcta. Las 100 primeras serán ordinarias y evaluables y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas versarán sobre las materias propias de los temarios de cada categoría que figuran en el anexo IV de esta resolución.

Esta prueba única se calificará de 0 a 60 puntos. Cada respuesta correcta se valorará con 0,6 puntos; no se valorarán las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si se ha marcado más de una respuesta o si en la hoja de respuestas se ha señalado una letra que no sea a, b, c o d. Las respuestas erróneas se penalizarán con una cuarta parte del valor asignado a la respuesta correcta. La corrección y calificación de las pruebas se harán de forma mecanizada y garantizando el anonimato de los examinandos. Para superar la prueba hay que obtener un mínimo de 30 puntos.

Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, esta prueba no contendrá preguntas referidas a los temas del 1 al 10 (contenido jurídico común).

El tiempo total para hacer el examen es de 150 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva, que también deben responderse por si alguna de las otras preguntas resulta impugnada y/o anulada.

Si el tribunal acuerda anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de la pregunta en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de las Islas Baleares, el tribunal establecerá en el mismo acuerdo sustituir las preguntas anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

Así mismo, el tribunal podrá acordar anular alguna de las preguntas durante el examen o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si detecta un error material, de hecho o aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de calificaciones.

 

​​​​​​​Si una vez llevada a cabo la operación anterior el tribunal acuerda anular alguna pregunta más, el valor de cada pregunta se ajustará para que la puntuación máxima sea de 60 puntos.

10.3. Otras cuestiones relativas al examen

En previsión de un posible segundo llamamiento de examen, el tribunal tiene que elaborar o tener previsto un banco de preguntas suficiente con el nivel de dificultad lo más parecido posible a la prueba del primer llamamiento.

El examen se puede llevar a cabo en turnos horarios diferentes por motivos organizativos y siempre por causas excepcionales. En este caso, el tribunal informaría de ello debidamente.

Los examinandos podrán conservar el calco de la hoja de respuestas y el cuaderno de preguntas una vez finalizado el examen, pero no estará permitido hacer fotos ni vídeos de la hoja de respuestas.

En los casos de personas con alguna discapacidad, la prueba ha de tener el mismo contenido que la del turno libre o del turno de promoción interna, según corresponda, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en estas bases.

10.4. Desarrollo del examen

10.4.1. Fecha, hora y lugar

La fecha, la hora y el lugar en que se hará el examen de la primera prueba —o única en el caso de las categorías sanitarias y de gestión y servicios que no sean de los subgrupos A1 y A2— se publicarán con una antelación mínima de un mes en la resolución del director general del Servicio de Salud con la que se aprueben las listas definitivas de admitidos y excluidos.

La fecha, la hora y el lugar en que se hará el examen de la segunda prueba (categorías de gestión y servicios de los subgrupos A1 y A2) se publicarán por medio de un anuncio del Tribunal juntamente con la lista definitiva de aspirantes que hayan superado la primera prueba.

10.4.2. Publicación y distribución de los examinandos en las aulas

La distribución de los examinandos en las aulas para hacer el examen se publicará con antelación suficiente en el web del Servicio de Salud.

10.4.3. Convocatoria del examen

Los aspirantes serán convocados para cada examen en llamamiento único, de modo que los que no se presenten quedarán excluidos del proceso de selección, excepto en los casos de fuerza mayor justificados debidamente y apreciados positivamente por el tribunal, que tendrá que adoptar un acuerdo motivado a tal efecto.

No obstante, al amparo de la Ley orgánica 3/2007 se puede hacer una excepción en el llamamiento si una aspirante tiene que ser hospitalizada para dar a luz el mismo día del examen. En este caso hay que presentar dentro del plazo de los cinco días anteriores al examen (o posteriores si el ingreso ha sido urgente) un escrito dirigido al presidente o presidenta del tribunal para comunicar la hospitalización, junto con un informe médico que lo demuestre y la solicitud expresa de la voluntad de hacer el examen.

Los escritos dirigidos al tribunal para alegar una causa de fuerza mayor que imposibilite hacer el examen deben formalizarse en el Registro General de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud o por cualquiera de las vías previstas por la normativa aplicable.

Si la situación se estima justificada, se hará un segundo llamamiento lo antes posible, siempre dentro del plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya hecho el primer llamamiento. La fecha del examen de este segundo llamamiento se comunicará por teléfono a los aspirantes afectados y se publicará en el web del Servicio de Salud con una antelación mínima de cinco días hábiles. En todo caso, el examen se hará en las mismas condiciones descritas más arriba, pero para garantizar el principio de igualdad de oportunidades el contenido de la prueba será diferente al del primer llamamiento.

No será procedente hacer un segundo llamamiento en los casos de aspirantes que, aunque estén hospitalizados, tengan las condiciones físicas y psíquicas apropiadas para hacer el examen el mismo día y a la misma hora que el resto de los aspirantes y que lo hayan solicitado por escrito con antelación suficiente. En estos casos, el tribunal tiene que habilitar los medios adecuados para que esos aspirantes puedan hacer el examen en el hospital o en un lugar acondicionado con este fin de modo que se garantice la plena igualdad de oportunidades con los otros aspirantes. Ello no será aplicable si, por razón del número de aspirantes afectados, el Servicio de Salud no dispone de suficientes medios personales y materiales para garantizar que todos los aspirantes hagan el examen en las condiciones de igualdad oportunas. En este caso se hará un segundo llamamiento en las mismas condiciones descritas más arriba.

 

​​​​​​​En el día del examen, las examinandas que sean lactantes podrán interrumpir el examen para la lactancia, y el tiempo que dediquen a ello se sumará al tiempo total del examen. Para ejercer este derecho, la examinanda debe comunicarlo con antelación suficiente al tribunal.

10.4.4. Acreditación de la identidad y acceso para hacer el examen

Asimismo, en el proceso de llamamiento para acceder al aula todos los examinandos tienen que presentar un documento de identificación (DNI, NIE, pasaporte, permiso de conducir y cualquier documento de carácter oficial que permita acreditar la identidad). Quien no lo presente podrá hacer el examen a condición de que durante el tiempo para hacerlo otra persona aporte el documento requerido; pero también puede aportarlo personalmente el examinando en las 24 horas siguientes (si es un día hábil) en la sede del Servicio de Selección y Provisión de Personal Estatutario si en el momento de acceder al aula firma una declaración responsable de identificación por la que se compromete a acreditar su identidad y autoriza a ser fotografiado para comprobarla posteriormente. En caso contrario, no podrá acceder al aula, y esta incidencia deberá comunicarse al tribunal.

En cualquier momento del examen se puede requerir a un examinando que acredite su identidad.

Una vez que los examinandos hayan accedido al aula, no podrá haber sobre la mesa nada más que la documentación acreditativa de la identidad. Estará prohibido usar el teléfono móvil y, en general, cualquier dispositivo electrónico, a excepción de los dispositivos que por cuestión de salud el examinando requiera, habiéndolo comunicado al personal responsable del aula antes de entrar. Así mismo, durante el examen estará prohibido que los examinandos se comuniquen entre ellos y con el exterior. Incumplir estas prohibiciones supondrá la expulsión del aula y la anulación del examen, de modo que no se habrá completado la fase de oposición.

10.4.5. Invalidación de la prueba

Quedará invalidada toda prueba que presente marcas que el examinando haya hecho y que permitan identificarlo, de modo que quedará excluido del proceso de selección y figurará como «no presentado al examen».

Si en cualquier momento del proceso de selección el tribunal tiene conocimiento o dudas fundamentadas de que un aspirante no cumple alguno de los requisitos de la convocatoria podrá requerirle los documentos que acrediten que lo cumple. Si no queda acreditado, el tribunal —con la audiencia previa al aspirante— elevará al director general del Servicio de Salud una propuesta de resolución motivada para excluirlo del proceso de selección. Hasta que el director general haya dictado la resolución correspondiente, el aspirante puede continuar participando de modo condicionado en el proceso de selección.

10.4.6. Garantías en el desarrollo del examen y en la corrección de las pruebas

El tribunal ha de respetar los principios de igualdad, objetividad y transparencia durante todo el proceso de selección. Para lograrlo ha de tomar las medidas oportunas para garantizar que todas las pruebas se corrijan sin conocer la identidad de los aspirantes. Si para hacer la corrección se usa un lector óptico, la hoja de respuestas debe estar identificada con el número del documento de identidad del aspirante (sin la letra) y no podrán figurar nombres, marcas ni signos que permitan conocer su identidad.

Si no se usa un lector óptico, el tribunal excluirá a todo examinando en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer su identidad.

Así mismo, el tribunal ha de tomar las medidas necesarias para evitar que se utilice durante el examen cualquier medio que pueda desvirtuar la aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad, y para garantizar la transparencia del proceso de selección.

10.4.7. Calificaciones provisionales y formulación de alegaciones y/o impugnaciones contra la prueba

a) En cuanto a la prueba de tipo test, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores al examen el tribunal publicará en el web del Servicio de Salud las respuestas correctas y la lista provisional de aspirantes con la puntuación correspondiente, desglosada por turnos de acceso y, en su caso, referida a cada una de las áreas en las que se convocan plazas.

A partir del día siguiente a la publicación de esta lista provisional, los aspirantes tendrán un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones y/o impugnaciones contra las preguntas o las respuestas, por medio del modelo que se pondrá a su disposición en el web del Servicio de Salud. Las alegaciones o impugnaciones deben dirigirse al tribunal documentadas debidamente y deben formalizarse en el Registro General del Servicio de Salud de las Islas Baleares o por cualquiera de las vías previstas en la Ley 39/2015. Así mismo, los aspirantes que observen errores en sus datos o cualquier otro error aritmético o material pueden comunicárselo al tribunal dentro del mismo plazo.

Una vez vencido dicho plazo, el tribunal ha de resolver las reclamaciones y las impugnaciones lo antes posible, y en ningún caso puede exceder de un mes a contar desde el día siguiente al vencimiento del plazo para formular alegaciones e impugnaciones.

Tanto las alegaciones como las impugnaciones deben entenderse resueltas con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones.

b) En cuanto a la prueba de respuestas desarrolladas, dentro del plazo máximo de dos meses el tribunal publicará en el web del Servicio de Salud la lista provisional de aspirantes con la puntuación correspondiente, desglosada por turnos de acceso y, en su caso, referida a cada una de las áreas en las que se convocan plazas.

A partir del día siguiente a la publicación de esta lista provisional, los aspirantes tendrán un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones y/o impugnaciones contra las preguntas, por medio del modelo que se pondrá a su disposición en el web del Servicio de Salud. Las alegaciones o impugnaciones deben dirigirse al tribunal documentadas debidamente y formalizarse en el Registro General del Servicio de Salud de las Islas Baleares o por cualquiera de las vías previstas en la Ley 39/2015. Así mismo, los aspirantes que observen errores en sus datos o cualquier otro error aritmético o material pueden comunicárselo al tribunal dentro del mismo plazo.

Una vez vencido dicho plazo, el tribunal ha de resolver las reclamaciones y las impugnaciones lo antes posible, y en ningún caso puede exceder de un mes a contar desde el día siguiente al vencimiento del plazo para formular alegaciones e impugnaciones.

Tanto las alegaciones como las impugnaciones de preguntas deben entenderse resueltas con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones.

10.4.8. Lista de aspirantes que han superado la fase de oposición y que accederán a la fase de concurso

Una vez finalizados todos los exámenes de la fase de oposición y resueltas las alegaciones y/o impugnaciones y publicada la lista definitiva de calificaciones, el tribunal publicará en el web del Servicio de Salud y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares las listas de los aspirantes que accederán a la fase de concurso, referidas a cada uno de los turnos y áreas, que incluirán el nombre y los apellidos, el número parcial del documento de identidad (según lo que establece el punto 7 de la base primera) y la puntuación obtenida.

Tercera

Fase de concurso

1. Valoración de la fase de concurso

Una vez concluida la fase de oposición se iniciará la fase de concurso, que consiste en valorar los méritos que los aspirantes acrediten basándose en el baremo que figura en el anexo III.

La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso es de 40 puntos.

2. Acreditación de los méritos alegados

Los méritos deben acreditarse y valorarse con referencia a la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes. Por tanto, el tribunal calificador únicamente podrá valorar los méritos acreditados debidamente y aportados en tiempo y forma.

Los aspirantes tienen que acreditar los méritos valorables de conformidad con lo que prevea la resolución de apertura del plazo de acreditación de méritos de la fase de concurso, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Servicio de Salud.

Si la documentación acreditativa está redactada en una lengua que no sea oficial en las Islas Baleares, el tribunal podrá requerir una copia traducida por un traductor jurado.

Si se ha solicitado la acreditación de algún mérito y el certificado no se ha recibido a tiempo, el aspirante tiene que adjuntar una copia auténtica de dicha solicitud, en la que ha de figurar legible el sello de registro de entrada, sin perjuicio de que posteriormente —una vez expedido el certificado requerido— tenga que aportarlo para unirlo al expediente, siempre antes de la publicación de las listas definitivas de la fase de concurso.

3. Listas provisionales de puntuaciones

Una vez concluida la valoración de los méritos, el tribunal publicará en el web del Servicio de Salud las listas provisionales de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso referidas a cada turno y, en su caso, a cada área.

Los aspirantes podrán revisar telemáticamente la valoración de los méritos y dispondrán de un plazo de siete días hábiles desde la fecha de la publicación para formular alegaciones contra la puntuación otorgada. Toda alegación debe entenderse resuelta con la publicación de las listas definitivas de puntuaciones.

 

​​​​​​​4. Listas definitivas de puntuaciones

Una vez resueltas las alegaciones, el tribunal publicará en el web del Servicio de Salud las listas definitivas de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, del mismo modo que la publicación de las listas provisionales.

5. Resolución del proceso de selección

5.1. Lista de personas seleccionadas y lista complementaria

Una vez concluida la fase de concurso, el tribunal confeccionará las listas de aspirantes, por orden de puntuación, que han superado el proceso de selección referidas a cada uno de los turnos —y, en su caso, a cada área— con las puntuaciones definitivas, obtenidas sumando los puntos de la fase de oposición y los de la fase de concurso, y elevará dichas listas al director general del Servicio de Salud para que las apruebe y ordene publicarlas. Estas listas contendrán como máximo tantas personas seleccionadas como plazas se hayan convocado.

El tribunal también elaborará una lista complementaria de los aspirantes que sigan por puntuación a las personas seleccionadas, con el fin de asegurar que se cubren todas las plazas ofertadas, cuando de la documentación exigida en la base segunda se desprenda que algunas de las seleccionadas no cumple los requisitos para ser nombrada personal estatutario fijo o renuncie antes de la toma de posesión de la plaza como personal estatutario fijo, o cuando, por cualquier otro motivo queden plazas vacantes en este proceso de selección y hasta su finalización. Esta lista también se elevará al director general del Servicio de Salud para que la apruebe y ordene publicarla.

Si algún aspirante del turno libre de reserva para personas con discapacidad no ha obtenido plaza en dicho turno pero ha obtenido una puntuación global superior a la de otros aspirantes del sistema de acceso del turno libre, aquel será incluido por su orden de puntuación en el turno libre. Se aplicará esta misma regla a un aspirante del turno de promoción interna para personas con discapacidad: es decir, si la puntuación global es superior a la obtenida por otros aspirantes del turno de promoción interna, aquel será incluido por su orden de calificación en el turno de promoción interna. La previsión contenida en este párrafo únicamente será aplicable entre aspirantes a la misma área.

5.2. Desempate

Si se producen empates en la puntuación obtenida por varios aspirantes, hay que resolverlos aplicando sucesivamente los criterios siguientes:

– En caso de empate se resolverá a favor del aspirante que tenga la puntuación más alta en la fase de oposición.

– Si el empate se mantiene, se resolverá a favor del aspirante que tenga la puntuación más alta en el apartado 1 del baremo de méritos (experiencia profesional).

– Si el empate persiste, el orden se establecerá teniendo en cuenta la puntuación total de la fase de concurso.

– Si aun así el empate se mantiene, se dará prioridad a las mujeres en las categorías profesionales y especialidades en que su representación sea inferior al 40 %, salvo que se den las circunstancias previstas en el artículo 43.4 de la Ley 11/2016.

– En caso de que el empate continúe, se dará prioridad a las mujeres que acrediten ser víctimas de violencia de género.

– Si aun así persiste el empate, se resolverá a favor del aspirante de más edad.

– Finalmente, en caso necesario el tribunal resolvería el empate por sorteo.

5.3. Ofrecimiento de plazas a las personas seleccionadas

Una vez recibida la lista de personas seleccionadas, el director general del Servicio de Salud dictará una resolución, que se publicará en el web del Servicio de Salud y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares, que contendrá la lista de plazas ofertadas a cada una de las áreas, que deben ser siempre básicas de la categoría profesional estatutaria y especialidad correspondiente, y describirá el procedimiento para que las personas seleccionadas las elijan.

Cuarta

Fase de adjudicación, nombramiento y toma de posesión

1. Ofrecimiento y elección de plazas

Dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución a que se refiere el punto 5.3 de la base tercera, las personas seleccionadas y los aspirantes de la lista complementaria tienen que cursar telemáticamente la elección de las plazas ofertadas en cada una de las áreas, asignando a todas y cada una un número de orden de mayor a menor interés.

2. Presentación y comprobación de la documentación

Las personas seleccionadas y los aspirantes de la lista complementaria que figuren con un asterisco (*) tienen que aportar dentro del plazo de veinte días hábiles la documentación relativa a los puntos 1.3 («Capacidad») y 1.4 («Habilitación) de la base segunda, sin perjuicio de que se pueda requerir a otros aspirantes de la lista complementaria, en caso de necesidad. Dicha documentación es la siguiente:

– Capacitación: certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares que acredite la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento. La toma de posesión de la plaza obtenida está supeditada a cumplir este requisito.

– Habilitación:

1) Declaración responsable de no tener la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría profesional y especialidad a la que se opta, cualquiera que sea su situación administrativa.

2) Declaración responsable de no haber sido separado por un expediente disciplinario del ejercicio profesional de cualquier servicio de salud, administración pública, organismo público o entidad de derecho público dependiente o vinculada a esta, ni de cualquier entidad pública sujeta a derecho privado o fundación sanitaria durante los seis años anteriores a la convocatoria específica, y de no estar inhabilitado con carácter firme para desempeñar funciones públicas ni para la profesión correspondiente. La personas seleccionadas que no tengan la nacionalidad española tienen que acreditar que no están inhabilitadas por una sanción o pena para acceder a funciones o a servicios públicos en un estado de la Unión Europea, y que no han sido separadas por una sanción disciplinaria de cualquiera de sus administraciones, de sus servicios sanitarios públicos, de los organismos públicos, de entidades de derecho público dependientes o vinculadas a aquellas ni de las entidades públicas sujetas a derecho privado y ni de fundaciones sanitarias en los seis años anteriores a la convocatoria específica.

Por otro lado, de conformidad con el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021 y con el Acuerdo establecido por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud de 26 de mayo de 2016, es requisito para acceder a todas las categorías estatutarias del Servicio de Salud no haber sido condenado con una sentencia firme por algún delito de naturaleza sexual cometido con menores.  Por ello el Servicio de Salud comprobará de oficio dicho requisito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, salvo que el aspirante haya manifestado en la solicitud que se opone. No obstante, si el Servicio de Salud no pudiese comprobarlo, requeriría al aspirante que aporte el documento acreditativo en los términos señalados en el artículo 28 de la Ley 39/2015 y en esta convocatoria.

En los casos de aspirantes extranjeros o con otra nacionalidad además de la española, tienen que aportar también un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o del estado del que tengan la nacionalidad, traducido y legalizado de acuerdo con los convenios internacionales. A tal efecto únicamente se valorarán los delitos previstos en el artículo 57.1 de la Ley orgánica 8/2021.

3. Consecuencias de no presentar o no acreditar los requisitos

Si la elección de plazas y la presentación de la documentación no se efectúan en tiempo y forma —excepto en los casos de fuerza mayor, que la Administración debe constatar debidamente y, en su caso, apreciar por medio de una resolución motivada— o bien si al comprobar la documentación se detecta que una persona seleccionada no cumple alguno de los requisitos, no podrá ser nombrada personal estatutario fijo. En consecuencia, se anularán las actuaciones llevadas a cabo, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la inscripción o en la documentación aportada. En este caso, se nombrará al aspirante que figure a continuación en la lista complementaria de acuerdo con el orden de prelación establecido.

4. Nombramiento como personal estatutario fijo, adjudicación de plazas y toma de posesión

4.1. Nombramiento como personal estatutario fijo

Una vez concluido el proceso de selección y verificada la documentación pertinente, las personas seleccionadas obtendrán un nombramiento de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares por medio de una resolución del director general del Servicio de Salud, que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el web del Servicio de Salud y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares.

4.2. Adjudicación de plazas

En dicha resolución también se indicará la plaza adjudicada, según el orden final de prelación de las personas seleccionas, de acuerdo con la puntuación alcanzada, teniendo en cuenta las plazas vacantes que se oferten y de acuerdo con la petición de destino consignada en la solicitud.

Las personas seleccionadas que accedan por el turno de promoción interna tienen preferencia para elegir la plaza respecto a las del turno libre, de conformidad con el artículo 34.6 de la Ley 55/2003.

Las personas seleccionadas del turno libre o bien del turno de promoción interna para personas con discapacidad se integrarán según la puntuación obtenida en su turno respectivo.

4.3. Toma de posesión

La toma de posesión de la plaza adjudicada debe efectuarse dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la resolución de nombramiento. Decaerá en su derecho a tomar posesión quien no se incorpore al destino asignado dentro de dicho plazo, excepto en los casos de imposibilidad acreditada (y apreciada por el órgano convocante).

Antes de tomar posesión de la plaza, el adjudicatario tiene que hacer constar por escrito que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que desarrolla actividad alguna en el sector público o en el privado que sea incompatible con las funciones propias de la plaza adjudicada. Si se trata de puestos de trabajo susceptibles de solicitar la compatibilidad, tiene que instarla en los diez primeros días del plazo de toma de posesión, que se entenderá prorrogado hasta que se dicte la resolución de compatibilidad.

Los adjudicatarios de una plaza que, en el momento del nombramiento, tengan formalizado otro en una plaza de la misma categoría profesional y especialidad en otro servicio de salud no podrán formalizar el nuevo nombramiento porque no cumplen el requisito de no ser personal estatutario fijo en la misma categoría profesional y especialidad.

4.4. Readjudicación de plazas sin cubrir y lista complementaria

Una vez vencido el plazo para la toma de posesión, si por cualquier motivo quedan plazas sin cubrir en una o varias áreas, los titulares de las gerencias territoriales tendrán que informar de esta circunstancia al director general del Servicio de Salud a fin de activar el proceso de readjudicación de plazas, que se hará una sola vez, que consiste en ofrecer las plazas vacantes a los aspirantes que figuren a continuación en la lista complementaria del área correspondiente.

Renunciar a una plaza adjudicada supondrá renunciar a todo el proceso de selección, de modo que no se podrá ofrecer posteriormente al adjudicatario ninguna otra plaza distinta.

Si no hay aspirantes en la lista complementaria del área correspondiente, las vacantes se ofrecerán a los aspirantes de las listas complementarias de las otras áreas. A tal fin, se elaborará una nueva lista complementaria global en la que figurarán todos los aspirantes de las otras áreas que no hayan obtenido plaza, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso de selección. Esta lista única se publicará en el web del Servicio de Salud.

Dichas plazas se ofrecerán siguiendo las indicaciones siguientes: 1) hay que llamar por teléfono al aspirante; 2) si no ha sido posible contactar por teléfono, hay que enviarle simultáneamente un SMS y un correo electrónico. Además, hay que dejar constancia por medio de una diligencia de las llamadas telefónicas, de los SMS y de los correos electrónicos enviados por medio de registros de carácter informático o de centralita disponibles en la Dirección de Recursos Humanos.

Asimismo, si el número de plazas vacantes en una categoría profesional y especialidad es muy alto, se podrán ofrecer por medio de un acto público (presencial o telemático).

Los aspirantes que acepten las plazas ofrecidas obtendrán un nombramiento de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares por medio de una resolución el director general que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la cual se adjudicarán las plazas —que tienen carácter definitivo— según el orden final de prelación, de acuerdo con la petición de destino y teniendo en cuenta las plazas vacantes que se ofrecen.

La toma de posesión se regirá por lo que dispone el apartado 4.3 de la base cuarta. Una vez agotado el proceso de readjudicación previsto en este punto, se entenderá que el proceso de selección ha finalizado a todos los efectos y no se harán nuevos procesos de readjudicación.

4.5. Personas seleccionadas en la situación de incapacidad temporal

Las personas seleccionadas que estén en la situación de incapacidad temporal no pueden obtener el certificado de capacitación funcional hasta que hayan recibido el alta y hayan superado la revisión médica del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Dichas personas tienen que notificar y justificar esta situación dentro del plazo de veinte días, tanto a la Unidad de Adjudicaciones (oposiciones.rrhh_sscc@ssib.es) como al Servicio de Prevención (sprl.secretaria@ssib.es). Una vez que tengan el alta médica, deben notificarlo por correo electrónico dentro del plazo de los tres primeros días desde la fecha del alta a fin de darles una nueva cita para la revisión médica.

Estas previsiones no son aplicables a las personas seleccionadas que estén de permiso por maternidad o por licencia a causa de riesgo durante el embarazo o la lactancia, que sí tendrán que acudir a la cita para la revisión médica dentro del mismo plazo que el resto de las personas seleccionadas no afectadas por la situación de incapacidad temporal.

 

​​​​​​​4.6. Permanencia en el nuevo destino

Los adjudicatarios de una plaza no podrán participar en los concursos de traslado para la provisión de plazas ni en convocatorias de promoción interna temporal durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza.

Asimismo, durante el mismo periodo de dos años no podrán concederse comisiones de servicios a los adjudicatarios. Excepcionalmente, esta prohibición queda sin efecto cuando exista una necesidad asistencial acreditada debidamente.

4.7. Creación de listas preferentes de personal temporal

Se podrán crear listas preferentes de personal estatutario temporal de las categorías correspondientes con los aspirantes que hayan participado en este proceso de selección y no hayan obtenido plaza.

El órgano competente determinará en cada caso las condiciones y requisitos mínimos para configuración de dichas listas, estableciendo, en su caso, las puntuaciones mínimas de acceso.

En caso de categorías en las que la fase de oposición conste de más de un ejercicio, las listas preferentes se configurarán, en primer lugar, por los aspirantes que hayan aprobado los dos ejercicios, y posteriormente, por los que hayan aprobado únicamente el primero. Todo ello, cumpliendo las restantes condiciones que puedan establecerse por el órgano competente.

 

ANEXO III Baremo de méritos aplicable a las categorías sanitarias, excepto para las del subgrupo A1

1. Experiencia profesional (máximo, 22 puntos)

1.1. Se computa, según el baremo siguiente, el tiempo de servicios prestados que los aspirantes tengan reconocidos hasta el final del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso de selección:

a) Servicios prestados como personal estatutario, funcionario o laboral en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,1 puntos por cada mes.

b) Por haber completado el período de formación sanitaria especializada en centros del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, por medio del sistema de residencia en la misma categoría que aquella a la que se opta: 0,08 puntos por cada mes.

c) Servicios prestados como personal estatutario, funcionario o laboral en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en una categoría diferente para la cual se exija el mismo título de la categoría a la cual se opta: 0,06 puntos por cada mes.

d) Servicios prestados durante el período de formación sanitaria especializada en centros del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo por medio del sistema de residencia en una categoría diferente de aquella a la que se opta: 0,04 puntos por cada mes.

e) Servicios prestados como personal estatutario, funcionario, laboral en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en una categoría diferente de aquella a la que se opta: 0,02 puntos por cada mes.

f) Servicios prestados en cualquier administración pública española o centro público no sanitario español o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo ocupando puestos de trabajo en la misma categoría que aquella a la que se opta o con el mismo contenido funcional: 0,01 puntos por cada mes.

g) Servicios prestados como cooperante en programas de cooperación internacional para el desarrollo o en programas de ayuda humanitaria en el ámbito de la salud, de acuerdo con la legislación vigente y con los requisitos establecidos en esta, desempeñando las funciones propias de la categoría a la que se opta: 0,1 puntos por cada mes.

h) Servicios prestados como cargo directivo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares: 0,1 puntos por cada mes. Solo se valorarán estos servicios si el aspirante tenía la titulación requerida para acceder a la categoría durante el tiempo en que haya ocupado el cargo directivo. En este caso, el aspirante tendrá que adjuntar a la solicitud la titulación acreditativa.

1.2. Para computar los servicios prestados referidos al personal de refuerzo con nombramiento específico para prestar atención continuada se reconocerá un mes completo de servicios prestados calculándolos según las reglas siguientes:

a) Un mes o la parte que corresponda proporcionalmente por cada 140 horas o fracción trabajadas.

b) Si dentro de un mes natural se han trabajado más de 140 horas, solamente puede valorarse un mes de servicios prestados, de modo que el exceso de horas trabajadas no se puede aplicar para computar servicios prestados establecidos en la regla anterior.

1.3. Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:

a) La puntuación máxima que se puede obtener por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 22 puntos.

b) Un mismo periodo de tiempo no puede ser valorado por más de uno de los subapartados que lo integran, y siempre se computa el más favorable.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada o a tiempo parcial se computarán como si fueran a jornada completa.

d) Si se prestan servicios simultáneamente en dos o más centros, se computarán los servicios prestados solamente en uno de ellos, el que el aspirante elija.

e) El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando esta fórmula: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores, el resultado se divide entre 365 y el cociente resultante se multiplica por 12.

f) Si coinciden en el tiempo diversos períodos de servicios prestados, solo se valora uno. Dentro de cada año natural no pueden valorarse más de doce meses de servicios prestados.

g) Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinto INSALUD, los de los organismos equivalentes de la Unión Europea cuya gestión también debe ser pública y las instituciones que figuren como tal en el catálogo de centros hospitalarios publicados por el Ministerio de Sanidad.

Los servicios prestados como trabajador por cuenta ajena en mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboradoras con la Seguridad Social tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas.

Para valorarlos, junto con el certificado de servicios prestados el aspirante tiene que presentar el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

h) No se valorarán los servicios prestados para la misma categoría a la que se opta antes de la titulación o especialidad requerida para esta, tomando como referencia la fecha de expedición de la titulación o especialidad, la fecha de pago de tasas para la obtención de esta o, en su caso, la fecha de solicitud de la titulación de especialista (por estar exentos de abonar tasas de expedición).

i) En los casos de titulaciones (requeridas para las categorías a la que se opta) obtenidas en estados extracomunitarios, se tomará como fecha de referencia la de la homologación del título en España.

j) El tiempo de permanencia en una situación que suponga el derecho a reserva de plaza (comisión de servicios, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, etc.) se cuantifica como servicios prestados en la plaza reservada.

k) Solo se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas en las que se hayan desempeñado funciones correspondientes a una categoría no creada en el Servicio de Salud de las Islas Baleares, acreditando previamente la equivalencia entre las categorías cuya experiencia se pretende hacer valer en origen con la categoría en la que se pretende valorar en destino.

También se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas cuya categoría no exista con la misma denominación en la entidad de origen pero tengan una equivalencia clara con una categoría existente en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (cuando la categoría ocupada en la administración de origen no tenga la misma denominación, pero sea de facto una categoría equivalente, siempre que la categoría que se pretende hacer valer tampoco exista en la administración de origen).

En todo caso, la valoración de dicha experiencia exigirá acreditar previamente la situación alegada, tener la titulación exigida para ello y aportar un certificado descriptivo de las funciones desempeñadas que acredite la equivalencia entre las categorías. Serán también aplicables el resto de las instrucciones, exigencias y criterios establecidos sobre la materia por el Servicio de Salud para aplicar esta previsión. En ningún caso será aplicable esta previsión y no se considerarán servicios prestados en plazas con el mismo contenido funcional los casos en que el aspirante haya sido nombrado en una categoría y alegue haber prestado servicios correspondientes a una categoría distinta o alegue haber desempeñado funciones de otra categoría (ni siquiera aportando un certificado descriptivo de las funciones en tal sentido).

l) La experiencia profesional en instituciones públicas debe acreditarse con un certificado expedido por la dirección del centro de origen, en el que ha de constar la información siguiente: categoría/especialidad; tipo de vínculo (fijo, temporal, atención continuada, formación, promoción profesional temporal); régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario), y fecha de inicio y finalización de cada una de las vinculaciones. En los casos de instituciones públicas de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en este certificado debe constar expresamente la naturaleza pública de la institución y que esté integrada en el sistema sanitario público del estado en cuestión.

 

​​​​​​​2. Formación, docencia, actividades científicas (difusión del conocimiento) y lenguas (máximo, 16 puntos)

Solo se valoran los méritos correspondientes a la formación continuada, la docencia y las actividades científicas y de difusión del conocimiento iniciadas después de haber obtenido la titulación exigida que da acceso a categoría a la que se opta y en el caso de las especialidades de Enfermería después de la obtención de la titulación (diplomatura o grado) que da acceso a la especialidad requerida para la categoría a la que se opta.

2.1. Formación continuada:

a) Solo se valora la formación continuada de los últimos quince años, que se computará según lo que se establezca en la convocatoria correspondiente. No se computarán en el cálculo de esos quince años los periodos superiores a dos años en que el aspirante esté en la situación de servicios especiales o excedencia por cuidado de hijos o familiares, de conformidad con la normativa vigente. El aspirante tendrá que alegar y acreditar expresamente estas situaciones.

b) Se valoran los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos, las jornadas, las reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta. Las actividades formativas sobre ciencias de la salud son las relacionadas con las áreas temáticas siguientes: salud pública, investigación, práctica clínica, gestión sanitaria, calidad y docencia. Se valoran siempre que cumplan alguna de las características siguientes:

– Haber sido acreditadas por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias. La acreditación debe cumplir los criterios de la normativa de la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud en los materiales de promoción o certificación de asistencia de esta actividad, por lo que han de constar conjuntamente el logotipo, el texto y el número de créditos.

– Haber sido subvencionadas, organizadas, impartidas, acreditadas u homologadas por una administración pública, un colegio profesional o una entidad del sector público institucional (de acuerdo con la definición dada por el artículo 2 de la Ley 40/2015), lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido organizadas, acreditadas o impartidas por alguna universidad, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido promovidas por una organización sindical o entidad sin ánimo de lucro e impartidas en virtud de un convenio subscrito con una administración pública o una universidad, o bien haber sido acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido llevadas a cabo en virtud de acuerdos de formación continuada con las administraciones públicas y haber sido organizadas y/o impartidas por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan subscrito dichos acuerdos, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido reconocidas como de interés sanitario por el órgano de la administración pública competente, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

c) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,052 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,13 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos).

Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,0052 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad.

No se valoran en este apartado los certificados de profesionalidad ni haber superado asignaturas o cursos de un estudio académico.

d) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan llevado a cabo más de una vez en un periodo de doce meses.

2.2. Cursos de catalán sanitario:

a) Se valoran las acciones formativas de catalán organizadas o promovidas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares que estén relacionadas con el ámbito sanitario para mejorar el desempeño de las funciones y la atención a pacientes y usuarios, independientemente del nivel exigido para acceder a la categoría correspondiente.

b) Se valorarán a razón de 0,0052 puntos por cada hora.

c) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan llevado a cabo más de una vez en un periodo de doce meses.

 

​​​​​​​2.3. Otras actividades formativas (máximo, 3,2 puntos):

a) Solo se valora la formación de los últimos quince años, que se computará según lo que se establezca en la convocatoria correspondiente. No se computarán en el cálculo de estos quince años los periodos superiores a dos años en que el aspirante esté en la situación de servicios especiales o excedencia por cuidado de hijos o familiares, de conformidad con la normativa vigente. El aspirante tendrá que alegar y acreditar expresamente estas situaciones.

b) Se valoran las actividades formativas no relacionadas directamente con la categoría a la que se opta ni sobre ciencias de la salud y que estén relacionadas con las áreas temáticas siguientes: prevención de riesgos laborales (nivel básico); jurídico-administrativa; sistemas de información; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario y de aplicaciones informáticas usadas en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (SAP, Tarjeta Sanitaria, AIDA, Civitas, etc.); violencia de género; igualdad entre hombres y mujeres; aspectos organizativos relativos al servicio sanitario; atención al público; estrés y autocontrol u orientación psicológica.

c) No se valoran en este apartado haber superado asignaturas o cursos de un estudio académico ni los certificados de profesionalidad.

d) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan realizado más de una vez en un periodo de doce meses.

e) Se valoran a razón de 0,0026 puntos por cada hora; si en el certificado constan créditos LRU o ECTS se valorarán a razón de 10 o 25 horas respectivamente, siempre que cumplan alguna de las características siguientes:

– Haber sido impartidas, organizadas, subvencionadas, acreditadas u homologadas por una administración pública, un colegio profesional o una entidad del sector público institucional (de acuerdo con la definición dada por el artículo 2 de la Ley 40/2015), lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido organizadas, impartidas o acreditadas por una universidad, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido promovidas por una organización sindical o entidad sin ánimo de lucro e impartidas en virtud de un convenio subscrito con una administración pública o una universidad, o bien haber sido acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido llevadas a cabo en virtud de los acuerdos de formación continuada con las administraciones públicas y organizadas y/o impartidas por cualquier de los promotores de formación continuada que hayan subscrito dichos acuerdos, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido reconocidas como de interés sanitario por el órgano de la administración pública competente, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

2.4. Conocimientos orales y escritos de lenguas extranjeras (máximo, 2 puntos):

a) Se valoran los certificados de lenguas extranjeras emitidos por las escuelas oficiales de idiomas o universidades, o bien acreditadas con certificados reconocidos para la acreditación de lenguas extranjeras en correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Certificado A1: 0,2 puntos.

– Certificado A2: 0,4 puntos.

– Certificado B1: 0,6 puntos.

– Certificado B2: 0,8 puntos.

– Certificado C1: 1 punto.

– Certificado C2: 1,2 puntos.

b) Se puede valorar más de una lengua; no obstante, solo se tendrá en consideración el certificado de nivel más alto de cada uno hasta el máximo global de 2 puntos.

2.5. Formación posgraduada (solo para las categorías de los subgrupos A2):

a) Los títulos de máster oficial universitario que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta se valoran así:

– Por cada crédito ECTS: 0,165 puntos.

– Por cada crédito LRU: 0,066 puntos.

Si en el título no se especifica el tipo de crédito, se computa como crédito LRU.

b) Los títulos universitarios propios de posgrado (certificado universitario, experto universitario, especialista universitario y máster universitario) que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta se valoran así:

– Por cada crédito ECTS: 0,13 puntos.

– Por cada crédito LRU: 0,052 puntos.

Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar de los créditos, se otorga un valor de 0,0052 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora la actividad. Si no se especifica el tipo de crédito, se valora como crédito LRU. Si en un mismo documento figuran créditos LRU y ECTS, se tiene en cuenta la puntuación más favorable al aspirante.

c) Doctorado: 10 puntos.

d) Diploma de estudios avanzados (DEA) o de suficiencia investigadora en el supuesto de no haber obtenido el título de doctorado: 3,7 puntos.

2.6. Docencia

a) Docencia impartida en cualquiera de las actividades formativas sobre ciencias de la salud (salud pública, investigación, práctica clínica, gestión sanitaria, calidad y docencia), incluidas las ponencias impartidas en actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta: 0,0156 puntos por cada hora acreditada.

Estas actividades formativas deben estar acreditadas por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias o por una unidad docente acreditada por algún servicio público del Sistema Nacional de Salud.

b) Estudios reglados o de ámbito universitario ocupando una plaza de docente en ciencias de la salud a tiempo completo: 1,56 puntos por cada curso académico.

c) Docente de estudios reglados o de ámbito universitario en ciencias de la salud que no sea a tiempo completo: 0,002 puntos por cada hora, con un máximo de 1,56 puntos por curso académico.

d) Tutorizar prácticas de la categoría a la que se opta: 0,0026 puntos por cada hora.

e) Trabajos como colaborador docente de residentes: 0,52 puntos por cada año.

f) Trabajos como coordinador docente de residentes: 0,78 puntos por cada año.

g) Trabajos como tutor acreditado de residentes: 1,56 puntos por cada año.

h) Supervisor de reconocimiento de títulos de especialistas de ciencias de la salud extracomunitarios y comunitarios: 1,56 puntos por cada año.

En cuanto a los subapartados e), f), g) y h), la puntuación se puede prorratear por meses.

2.7. Actividades científicas y de difusión del conocimiento

a) Artículos publicados en alguna revista indexada de carácter científico, incluida en el JCR o en el SJR, relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta: 0,08 puntos por cada artículo.

b) Artículos publicados en alguna de las siguientes revistas indexadas: Medline, Embase, CINAHL, Psicodoc, InDICEs, CUIDEN o ENFISPO, y que no estén incluidas en el JCR o el SJR: 0,0156 puntos por cada artículo.

Tanto en este subapartado b) como en el anterior solo se valoran artículos originales y revisiones publicadas a partir de 2001. No se valoran cartas, editoriales, imágenes, casos clínicos, correcciones, meeting abstracts, etc.

Los artículos publicados exclusivamente en papel deben acreditarse con una copia del artículo completo y el ISSN de la revista.

Los artículos publicados en una revista electrónica deben acreditarse con un DOI (digital object identifier) y el ISSN de la revista. En caso de no tener DOI, debe incluirse la URL.

c) Ponencias, comunicaciones o pósteres presentados en congresos o reuniones científicas y que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta:

– Congresos o reuniones científicas de ámbito internacional o estatal: 0,08 puntos por cada ponencia.

– Congresos o reuniones científicas de ámbito autonómico: 0,04 puntos por cada ponencia.

– Congresos o reuniones científicas de ámbito internacional o estatal: 0,02 puntos por cada comunicación o póster.

– Congresos o reuniones científicas de ámbito autonómico: 0,01 puntos por cada comunicación o póster.

d) Participación en proyectos de investigación financiados o acreditados por entidades del sector público institucional definidas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente:

– Como investigador principal: 0,64 puntos.

– Como investigador colaborador: 0,32 puntos.

– Como investigador de campo no remunerado (sin ser miembro del equipo): 0,064 puntos.

3. Conocimientos de catalán (máximo, 2 puntos)

3.1. Los conocimientos de catalán se valoran de la manera siguiente:

a) Nivel A2: 0,2 puntos.

b) Nivel B1: 0,4 puntos.

c) Nivel B2: 0,8 puntos.

d) Nivel C1: 1,2 puntos.

e) Nivel C2: 1,6 puntos.

f) Lenguaje administrativo (LA): 0,4 puntos.

3.2. Los conocimientos de catalán deben acreditarse por medio de alguno de los certificados oficiales siguientes:

a) Certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares.

b) Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

c) Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). Si el aspirante alega este tipo de certificado debe adjuntarlo al trámite si no consta en el Registro de Personal.

d) Certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares. Se debe disponer de la correspondiente resolución de homologación del certificado.

3.3. Se valora solo un certificado, excepto en el caso del certificado LA, en que su puntuación se acumula a la del otro certificado que se aporte. Si se presenta solamente el certificado LA, se valora igualmente con 0,4 puntos.

3.4. Solamente se valoran los niveles superiores al exigido para la categoría a la que se opta (salvo en los casos de exención, en los que se valora como mérito).

Baremo de méritos aplicable las categorías de gestión y servicios, excepto la categoría de personal técnico titulado superior en Biología

1. Experiencia profesional (máximo, 22 puntos)

1.1. Se computará el tiempo de servicios prestados que los aspirantes tengan reconocidos hasta la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso de selección:

a) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,092 puntos.

b) Por cada mes de servicio prestado en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud o de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal estatutario, funcionario o laboral en una categoría diferente a aquella a la que se opta: 0,046 puntos.

c) Por cada mes de servicio prestado en centros públicos no sanitarios de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo como personal funcionario o laboral en la misma categoría que aquella a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,0688 puntos.

d) Por cada mes de servicio prestado como cooperante en programas de cooperación internacional para el desarrollo o en programas de ayuda humanitaria en el ámbito de la salud —de acuerdo con la legislación vigente y con los requisitos establecidos en esta— desempeñando funciones propias de la categoría a la que se opta: 0,092 puntos.

e) Por cada mes de servicio prestado como cargo directivo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares: 0,092 puntos. Se valorarán estos servicios siempre que el aspirante acredite la titulación requerida para acceder a la categoría durante el tiempo en que haya ocupado el cargo directivo. Solo es aplicable a las categorías de los subgrupos profesionales A1 y A2.

1.2. Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:

a) La puntuación máxima que se puede obtener por la totalidad de los subapartados que lo integran es de 22 puntos.

b) Un mismo periodo de tiempo no podrá ser valorado en más de uno de los subapartados que lo integran.

c) Los servicios prestados bajo la modalidad de reducción de jornada o a tiempo parcial se computarán como si fueran a jornada completa.

d) Si se han prestado servicios simultáneamente en dos o más centros, se computarán los servicios prestados solo en uno, el que el aspirante elija.

e) El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando esta fórmula: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores, el resultado se divide entre 365 y el cociente resultante se multiplica por 12.

f) Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, las instituciones que figuren como tal en el catálogo de centros hospitalarios publicado por el Ministerio de Sanidad, las del extinto INSALUD y las de los organismos equivalentes de la Unión Europea cuya gestión sea pública.

g) No se valoran los servicios prestados antes de obtener la titulación requerida para la categoría a la que se opta, tomando como referencia la fecha de expedición del título o la fecha del pago de las tasas para la obtención de este.

h) En los casos de titulaciones requeridas para la categoría a la que se opta que se hayan obtenido en un estado extracomunitario, se toma como fecha de referencia la de la homologación del título en España.

i) El tiempo de permanencia en una situación que suponga el derecho a reserva de plaza (comisión de servicios, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, etc.) se cuantifica como servicios prestados en la plaza reservada.

j) Solo se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas en las que se hayan desempeñado funciones correspondientes a una categoría no creada en el Servicio de Salud de las Islas Baleares y si se acredita la equivalencia entre las categorías cuya experiencia se pretende hacer valer en origen con la categoría en la que se pretende valorar en destino.

También se considerarán plazas con el mismo contenido funcional aquellas cuya categoría no exista con la misma denominación en la entidad de origen pero tengan una clara equivalencia con una categoría existente en el Servicio de Salud de las Islas Baleares, en caso que la categoría ocupada en la administración de origen no tenga la misma denominación pero sea de facto una categoría equivalente, siempre y cuando la categoría que se pretende hacer valer tampoco exista en la administración de origen.

En todo caso, para valorar dicha experiencia hay que acreditar la situación alegada y la titulación exigida y aportar un certificado que describa las funciones desempeñadas y que acredite la equivalencia entre las categorías. Son también aplicables el resto de las instrucciones, exigencias y criterios establecidos sobre la materia por el Servicio de Salud de las Islas Baleares para aplicar esta previsión, pero en ningún caso es aplicable —y, por tanto, no se consideran servicios prestados en plazas con el mismo contenido funcional— a los casos en que el aspirante haya sido nombrado en una categoría y alegue haber prestado servicios correspondientes a una categoría distinta o haber desempeñado funciones de otra categoría (ni siquiera aportando un certificado descriptivo de las funciones en tal sentido).

k) La experiencia profesional en instituciones públicas debe acreditarse con un certificado expedido por la dirección del centro de destino, en el que ha de constar la información siguiente: categoría/especialidad; tipo de vínculo (fijo, temporal, atención continuada, formación, promoción interna temporal); régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario), y fechas de inicio y finalización de cada una de las vinculaciones. En los casos de instituciones públicas de estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en el certificado deben constar la naturaleza pública de la institución y el hecho de que esté integrada en el sistema sanitario público del estado correspondiente.

2. Formación, docencia, actividades científicas y de difusión del conocimiento y lenguas (máximo, 16 puntos)

Solo se valorarán los méritos correspondientes a la formación continuada, la docencia y las actividades científicas y de difusión del conocimiento iniciadas después de haber obtenido la titulación requerida para la categoría a la que se opta.

2.1. Formación continuada:

a) Solo se valorará la formación continuada de los últimos quince años, que se computará según lo que se establezca en la convocatoria correspondiente. No se computarán en el cálculo de dichos quince años mencionados los periodos superiores a dos años en que el aspirante esté en la situación de servicios especiales o de excedencia por cuidado de hijos o familiares, de conformidad con la normativa vigente. Estas situaciones deberán ser alegadas y acreditadas expresamente por el aspirante.

b) Se valorarán los cursos, los seminarios, los talleres, los congresos, las jornadas, las reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta, siempre que cumplan alguna de las características siguientes:

– Estar acreditadas por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias. La acreditación debe cumplir los criterios de la normativa de la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud en los materiales de promoción o certificación de asistencia de esta actividad, por lo que han de constar conjuntamente el logotipo, el texto y el número de créditos.

– Estar subvencionadas, organizadas, impartidas, acreditadas u homologadas por una administración pública, un colegio profesional o una entidad del sector público institucional (de acuerdo con la definición dada por el artículo 2 de la Ley 40/2015), lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Estar organizadas, acreditadas o impartidas por alguna universidad, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Estar promovidas por una organización sindical o entidad sin ánimo de lucro e impartidas en virtud de un convenio subscrito con una administración pública o una universidad, o bien acreditadas y/o subvencionadas por aquellas, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Haber sido llevadas a cabo en virtud de acuerdos de formación continuada con las administraciones públicas y haber sido organizadas y/o impartidas por cualquier de los promotores de formación continuada que hayan subscrito dichos acuerdos, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

– Estar reconocidas como de interés sanitario por el órgano de la administración pública competente, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente.

c) Los diplomas o certificados que se refieran a estas actividades formativas se valoran a razón de 0,052 puntos por cada crédito CFC (Comisión de Formación Continuada) o LRU (sistema de implantación de los créditos europeos por medio de la Ley de reforma universitaria) y a razón de 0,13 puntos por cada crédito ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos). Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar del de créditos, se otorga un valor de 0,0052 puntos a cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados; si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. En este apartado no se valoran los certificados de profesionalidad ni haber superado asignaturas o cursos de un estudio académico.

d) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan hecho más de una vez en un periodo de doce meses.

2.2. Cursos de catalán sanitario:

a) Se valorarán las acciones formativas de catalán organizadas o promovidas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares que estén relacionadas con el ámbito sanitario para mejorar el desempeño de las funciones y la atención a pacientes y usuarios, independientemente del nivel exigido para acceder a la categoría correspondiente.

b) Se valorarán a razón de 0,0052 puntos por cada hora, igual que se valora la formación continuada en el punto 2.1.c precedente.

c) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan hecho más de una vez en un periodo de doce meses.

2.3. Otras actividades formativas (máximo, 3,2 puntos):

a) Solo se valorará la formación de los últimos quince años, que se computará según lo que se establezca en la convocatoria correspondiente. No se computarán en el cálculo de dichos quince años los periodos superiores a dos años en que el aspirante esté en la situación de servicios especiales o de excedencia por cuidado de hijos o familiares, de conformidad con la normativa vigente. El aspirante tendrá que alegar y acreditar expresamente estas situaciones.

b) Se valorarán las actividades formativas no relacionadas directamente con la categoría a la que se opta y que estén relacionadas con las áreas temáticas siguientes: prevención de riesgos laborales (nivel básico); jurídico-administrativa; sistemas de información; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario y de aplicaciones informáticas usadas en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (SAP, Tarjeta Sanitaria, AIDA, Civitas, etc.); violencia de género; igualdad entre hombres y mujeres; aspectos organizativos relativos al servicio sanitario; atención al público, y estrés y autocontrol u orientación psicológica.

c) Se valorarán a razón de 0,0065 puntos por cada hora siempre que cumplan alguna de las características previstas en el punto 2.1.b. Si en el certificado constan los créditos LRU o ECTS, se valorarán a razón de 10 o 25 horas, respectivamente.

d) En este apartado no se valorarán los certificados de profesionalidad ni el hecho de haber superado asignaturas o cursos de un estudio académico.

e) En todos los casos se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma materia y un mismo programa cuando se hayan hecho más de una vez en un periodo de doce meses.

f) En relación con las categorías de la función administrativa, se entiende que están relacionadas directamente con la categoría las acciones formativas de las materias siguientes: jurídico-administrativa; sistemas de información; informática referida a aplicaciones de ofimática de nivel de usuario y de aplicaciones informáticas usadas en el Servicio de Salud de las Islas Baleares (SAP, Tarjeta Sanitaria, AIDA, Civitas, etc.), y aspectos organizativos relativos al servicio sanitario y atención al público. Se valorarán según lo establecido en el punto 2.1.c.

2.4. Docencia:

a) Por cada hora acreditada de docencia impartida en cualquiera de las actividades formativas, incluidas las ponencias impartidas en actividades formativas que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta: 0,0156 puntos.

Estas actividades formativas deben cumplir alguna de las características previstas en el punto 2.1.b.

b) Por cada curso académico de estudios reglados o de ámbito universitario relacionados directamente con la categoría a la que se opta ocupando una plaza de docente a tiempo completo: 1,56 puntos.

c) Por cada hora como docente de estudios reglados o de ámbito universitario relacionados directamente con la categoría a la que se opta y que no sean a tiempo completo: 0,0052 puntos, con un máximo de 1,56 puntos por curso académico.

d) Por haber tutorizado prácticas de estudios reglados relativas a la categoría a la que se opta: 0,0026 puntos por cada hora.

2.5. Conocimientos orales y escritos de lenguas extranjeras (máximo, 2 puntos):

a) Se valorarán los certificados de lenguas extranjeras emitidos por escuelas oficiales de idiomas, por universidades o certificados reconocidos para la acreditación de lengua extranjera en correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Nivel A1: 0,2 puntos.

– Nivel A2: 0,4 puntos.

– Nivel B1: 0,6 puntos.

– Nivel B2: 0,8 puntos.

– Nivel C1: 1 punto.

– Nivel C2: 1,2 puntos.

b) Se podrá valorar más de una lengua; no obstante, solo se tendrá en consideración el certificado del nivel más alto de cada una de las lenguas, con un máximo global de 2 puntos.

2.6. Formación reglada universitaria y títulos propios (solo para las categorías de los subgrupos A1 y A2):

a) Por cada diplomatura, licenciatura o grado, directamente relacionada con la categoría a la que se opta, además de la titulación exigida para acceder al proceso de selección: 1,6 puntos.

Se valorarán las titulaciones académicas oficiales y reconocidas por el Ministerio de Educación de acuerdo con los criterios siguientes:

– La titulación académica tiene que ser distinta de la que se acredita como requisito de acceso, y del mismo nivel o de uno superior.

– Se consideran relacionadas con las funciones de las categorías de la función administrativa las titulaciones de las ramas de conocimiento de ciencias económicas, administración y dirección de empresas, relaciones laborales y recursos humanos, ciencias políticas, sociología, derecho y especialidades jurídicas, informática y de sistemas, administración y gestión de la innovación, ciencias del trabajo y relaciones laborales.

b) Por cada diplomatura en base a la cual posteriormente se haya obtenido el grado universitario respectivo (de la misma titulación o equivalente) y que esté relacionada directamente con la categoría a la que se opta: 0,2 puntos.

c) Títulos de máster oficial universitario que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta:

– Por cada crédito ECTS: 0,12 puntos.

– Por cada crédito LRU: 0,06 puntos.

Si en el título no se especifica el tipo de crédito, se valorarán como créditos LRU.

d) Títulos universitarios propios de postgrado (certificado universitario, experto universitario, especialista y máster universitarios) que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta:

– Por cada crédito ECTS: 0,1 puntos.

– Por cada crédito LRU: 0,04 puntos.

Si en el diploma o certificado figura el número de horas en lugar del de créditos, se otorga un valor de 0,004 puntos por cada hora de formación; si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados. Si no se especifican horas ni créditos, no se valora esta actividad. Si no se especifica el tipo de crédito, se valoran como créditos LRU. Si en un mismo documento figuran créditos LRU y ECTS, se valora la puntuación más favorable al aspirante.

e) Doctorado: 4,68 puntos.

 

​​​​​​​f) Diploma de estudios avanzados (DEA) o de suficiencia investigadora en el supuesto de no haber obtenido el título de doctorado: 1,56 puntos.

2.7. Actividades científicas y de difusión del conocimiento (solo aplicable a las categorías de los subgrupos A1 y A2):

a) Ponencias presentadas en congresos o reuniones científicas y que estén relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta:

– Por cada ponencia en congresos o reuniones científicas de ámbito internacional o estatal: 0,2 puntos.

– Por cada ponencia en congresos o reuniones científicas de ámbito autonómico: 0,1328 puntos.

b) Comunicaciones o pósteres presentados en congresos o reuniones científicas y que estén relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta (máximo: 0,64 puntos)

– Por cada comunicación o póster en congresos o reuniones científicas de ámbito internacional o estatal: 0,0256 puntos.

– Por cada comunicación o póster en congresos o reuniones científicas de ámbito autonómico: 0,0128 puntos.

c) Por haber participado en proyectos de investigación financiados o acreditados por entidades del sector público institucional definidas en el artículo 2 de la Ley 40/2015, lo cual ha de constar en el certificado correspondiente:

– Como investigador principal: 1,6 puntos.

– Como investigador colaborador: 0,8 puntos.

– Como investigador de campo no remunerado (sin ser miembro del equipo): 0,16 puntos.

3. Conocimientos orales y escritos de catalán (máximo, 2 puntos)

3.1. Los conocimientos de catalán se valoran de la manera siguiente:

a) Nivel A2: 0,2 puntos.

b) Nivel B1: 0,4 puntos.

c) Nivel B2: 0,8 puntos.

d) Nivel C1: 1,2 puntos.

e) Nivel C2: 1,6 puntos.

f) Lenguaje administrativo (LA): 0,4 puntos.

3.2. Los conocimientos de catalán deben acreditarse por medio de alguno de los certificados oficiales siguientes:

a) Certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares.

b) Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

c) Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013). Si el aspirante alega este tipo de certificado debe adjuntarlo al trámite si no consta en el Registro de Personal.

d) Certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares. Se debe disponer de la correspondiente resolución de homologación del certificado.

3.3. Se valora solo un certificado, excepto en el caso del certificado LA, en que su puntuación se acumula a la del otro certificado que se aporte. Si se presenta solamente el certificado LA, se valora igualmente con 0,4 puntos.

3.4. Solo se valoran los niveles superiores al exigido para la categoría a la que se opta (salvo en los casos de exención, en los que se valora como mérito).

 

ANEXO IV Relación de temas que forman parte de la prueba de examen de la fase de oposición de las diferentes categorías/especialidades del personal sanitario y de gestión y servicios

Personal sanitario

Temario enfermero/enfermera

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales; la protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección y promoción interna.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido específico:

11. La asistencia sanitaria: beneficiarios; catálogo de prestaciones médicas y farmacéuticas; modalidades de la prestación médica.

12. Niveles asistenciales y coordinación entre sí. El enfermero/enfermera de gestión de casos y el enfermero/enfermera de práctica avanzada.

13. Gestión y planificación de los servicios sanitarios: concepto. Organización de los cuidados de enfermería en la atención primaria y en la atención hospitalaria. La consulta de enfermería.

14. Epidemiología: fuentes de información e indicadores demográficos; análisis de datos; indicadores de salud: clasificación y utilidad; análisis de los indicadores de salud: mortalidad, morbilidad, prevalencia, incidencia.

15. Demografía sanitaria: definición de calidad de vida relacionada con la salud; elementos de priorización: magnitud, trascendencia, vulnerabilidad y coste.

16. Metodología de la investigación: técnicas cualitativas y cuantitativas; estructura metodológica de un trabajo científico; fuentes y recogida de datos; tipos de diseño; investigación aplicada: estudios descriptivos y analíticos.

17. Práctica clínica basada en la evidencia: niveles de evidencia y grados de recomendación; búsqueda de evidencia científica: bases de datos bibliográficos, fuentes documentales de evidencia y revisión bibliográfica. Guías de práctica clínica.

18. Principios fundamentales de la bioética: código deontológico de la enfermería española; el secreto profesional; el consentimiento informado.

19. Derechos del paciente: información, intimidad y respeto de autonomía. Voluntades anticipadas. Los derechos del niño hospitalizado.

20. Modelos y teorías de enfermería: conceptos generales; metodología de los cuidados: el proceso enfermero. Valoración enfermera: patrones funcionales de M. Gordon y necesidades básicas de V. Henderson.

21. Estandarización de cuidados de enfermería. Diagnósticos NANDA: clasificación y formato PES. Clasificación de intervenciones (NIC) y clasificación de resultados (NOC).

22. Calidad asistencial y dimensiones de la calidad: científica, técnica, efectividad, eficiencia, accesibilidad y satisfacción del usuario. Evaluación de la estructura, del proceso y del resultado. Mejora continua de la calidad y programas de calidad: diseño e implementación.

23. Técnicas y habilidades de comunicación y habilidades interpersonales: la entrevista clínica; identificación de necesidades de apoyo emocional y psicológico al paciente, al cuidador y a la familia.

24. Higiene hospitalaria: la infección nosocomial. Aislamiento hospitalario: concepto, tipos y descripción.

25. Conceptos generales de medidas preventivas: antisépticos, desinfectantes, desinfección, esterilización. Gestión de residuos sanitarios.

26. Seguridad clínica: la seguridad del paciente. Caídas. Prevención y tratamiento de las úlceras por presión. Higiene de manos. Notificación de eventos adversos. Estrategias de seguridad. Programas ZERO. Recomendaciones «no hacer».

27. Inmunización: tipos de vacuna; contraindicaciones, complicaciones, conservación y administración; calendario vacunal de las Islas Baleares.

28. Los sistemas de información: la historia clínica. Registros de la actividad enfermera en la atención primaria y en la atención hospitalaria. Informe de enfermería al alta y al ingreso. Clasificación internacional de problemas de salud: NANDA, CIE-10; características generales.

29. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Detección precoz: concepto. Programas de salud: definición. Programas de screening. Identificación de factores de riesgo.

30. Educación para la salud: concepto. Hábitos de vida saludable. Tabaquismo; adicciones a psicofármacos, drogadicción. Actividad física, alimentación equilibrada. Prevención de enfermedades de trasmisión sexual. Fomento del autocuidado y la promoción de la salud del paciente, del cuidador y de la familia.

31. Sexualidad y reproducción. Métodos anticonceptivos. Menopausia. Interrupción voluntaria del embarazo.

32. Valoración y cuidados de enfermería a las gestantes: cambios fisiológicos; alimentación e higiene; problemas más frecuentes en la gestación. El puerperio. La educación sobre la maternidad.

33. Valoración y cuidados de enfermería a los recién nacidos y durante la infancia y adolescencia. Características del crecimiento y etapas el desarrollo. Cuidados de enfermería a los recién nacidos enfermos: peso bajo al nacer, prematuridad, convulsiones, insuficiencia respiratoria aguda.

34. Problemas gastrointestinales agudos. Deshidratación. Cuidados centrados en la familia. Detección de enfermedades congénitas y metabólicas. Prevención de accidentes domésticos. Detección y protocolo de actuación en caso de sospecha de malos tratos. Derechos de los niños hospitalizados.

35. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes con procesos infectocontagiosos: hepatitis, tuberculosis, sida, meningitis; procedimientos y técnicas de enfermería; medidas de prevención y control.

36. Valoración y cuidados de enfermería a los ancianos. Cambios en el proceso de envejecimiento: fisiológicos, psicológicos y sociales. Escalas de valoración geriátrica: Barthel, Pheiffer, MMSE.

37. Dependencia. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes con enfermedades crónicas complejas y avanzadas.

38. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes en situación terminal: cuidados paliativos; dolor: características, escalas de medida: tipos y clasificación. El duelo y la atención después de la defunción.

39. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes con problemas de salud mental. Trastornos psicóticos: esquizofrenia. Trastornos de ansiedad, del estado de ánimo y de la alimentación. La contención mecánica.

40. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes con conductas adictivas. Trastornos relacionados con el consumo de sustancias psicoactivas. Sintomatología y cuidados en las situaciones de urgencia. Ludopatía. Ciberadicciones.

41. Valoración y cuidados de enfermería en las situaciones críticas: soporte vital básico y soporte vital avanzado; infarto agudo de miocardio; ictus; politraumatismos; quemaduras; shock; intoxicación; hipotermia, hipertermia, golpe de calor y deshidratación.

42. Clasificación de los medicamentos. Absorción y eliminación de los fármacos. Toxicidad y efectos colaterales. Farmacovigilancia. Condiciones de conservación de los medicamentos.

43. Administración de los medicamentos. Vías de administración: definición y tipos. Cálculo de dosis. Precauciones previas a la administración de un fármaco. Los ensayos clínicos farmacológicos: conceptos y fases.

44. Valoración y cuidados de enfermería a las personas con nutrición enteral y parenteral. Técnicas de administración. Protocolos de actuación.

45. Valoración y cuidados de enfermería a las personas con problemas neurológicos: accidente cerebrovascular; epilepsia; otros problemas del sistema nervioso. Procedimiento y técnicas de enfermería; escalas.

46. Valoración y cuidados de enfermería a los pacientes con problemas respiratorios: insuficiencia respiratoria aguda; EPOC; asma; neumonía. Oxigenoterapia, gasometría arterial y espirometría. Cuidados de enfermería a pacientes con ventilación mecánica.

47. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas cardiovasculares: arritmia, infarto agudo de miocardio; insuficiencia cardíaca; hipertensión arterial; alteraciones electrocardiográficas.

48. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas del sistema renal: insuficiencia renal aguda; insuficiencia renal crónica; diálisis. Sondaje vesical y urostomías.

49. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas endocrinológicos: diabetes mellitus; hipertiroidismo e hipotiroidismo. El pie diabético. La dieta de personas con diabetes.

50. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas del sistema musculoesquelético: osteoporosis; artrosis; artritis. Traumatismos: fracturas, amputaciones, esguinces y luxaciones. Sistemas de inmovilización.

51. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas gastrointestinales: hemorragia digestiva; enfermedad inflamatoria intestinal; gastroenteritis aguda; pancreatitis; cirrosis. Sondaje nasogástrico y ostomías.

52. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas nutricionales: desnutrición; deshidratación; obesidad. El abordaje dietético de los pacientes con diabetes, hipertensión, dislipemias y con tratamiento de anticoagulación. Alteraciones de la conducta alimentaria.

53. Alimentación y nutrición: conceptos y diferenciación. Clasificación de los alimentos. Valoración del estado nutricional: escalas.

54. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas de los órganos de los sentidos: retinopatía; glaucoma; cataratas; vértigo; hipoacusia e hiperacusia; pérdida del olfato y del gusto. Procedimientos y técnicas de enfermería.

55. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas oncológicos. Medicamentos antineoplásicos: clasificación y efectos secundarios. Medicamentos coadyuvantes. Manejo de medicamentos citostáticos. Quimioterapia; radioterapia; protonoterapia.

56. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes quirúrgicos: preoperatorio, intraoperatorio y posoperatorio. Cirugía ambulatoria. Procedimientos de enfermería: drenajes, curas y otras técnicas.

57. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con afecciones de la piel. Heridas crónicas y agudas: úlceras por presión, lesiones cutáneas por humedad, úlceras vasculares, quemaduras, heridas quirúrgicas. Conceptos, factores de riesgo, localización. Escalas de valoración. Índice tobillo-brazo.

58. Valoración y cuidados de enfermería a pacientes con problemas hematológicos. El paciente con trasplante de órganos.

59. Valoración y cuidados de enfermería en la atención a pacientes con afecciones otorrinolaringológicas: otitis; enfermedad de Ménière. Audiometrías. Epistaxis. Cuidados de enfermería a las personas traqueotomizadas.

60. Perspectiva de género. Salud y género. Violencia de género: prevención, detección y actuación de los profesionales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Temario enfermero/enfermera de urgencia de atención primaria

Contenido jurídico común:

1.  La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales; la protección de la salud en la Constitución.

2.  El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto Marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido específico

11. El Real decreto 1093/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias: objeto y ámbito de aplicación; profesiones sanitarias tituladas y profesiones del área sanitaria de formación profesional; el ejercicio de las profesiones sanitarias; la formación especializada en ciencias de la salud.

12. Investigación en materia de ciencias de la salud (metodología cuantitativa y cualitativa): fases de un proyecto de investigación; tipo de diseño; conceptos de población y de muestra; técnicas de recogida de datos y tipos de variables; análisis e interpretación de datos; aspectos éticos en la investigación en materia de salud; implementación de los resultados de una investigación.

13. Práctica clínica basada en la evidencia: investigación secundaria; la documentación en la evidencia científica; bases de datos bibliográficas; instrumentos de la evidencia científica; lectura crítica de literatura científica; formulación de preguntas e investigación de respuestas sobre la práctica clínica.

14. Principios fundamentales de la bioética: código deontológico de la enfermería española; el secreto profesional: concepto y regulación jurídica. Aspectos éticos de la reanimación cardiopulmonar. Aspectos legales del ejercicio profesional en el ámbito de las emergencias extrahospitalarias.

15. Buenas prácticas en la humanización de pacientes y profesionales de los servicios de urgencias y emergencias. Técnicas y habilidades de comunicación: relación entre la enfermera y los pacientes; entrevista clínica: concepto y características; toma de decisiones compartidas. Atención centrada en personas; acompañamiento de pacientes; satisfacción del usuario. Cuidado del profesional y gestión del estrés. Trabajo en equipo; distribución de roles.

16. Salud y género: prevención de la violencia género; detección, valoración y atención integral de mujeres víctimas de la violencia de género.

17. Funciones del profesional de enfermería de urgencia y emergencia.

18. La Resolución de 26 de julio de 1999 de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud por la que se crean los puestos de personal sanitario en los centros coordinadores de urgencia y en las unidades móviles de emergencia.

 

​​​​​​​El Decreto ley 1/2024, de 22 de marzo, por el que se regulan determinados aspectos de la actividad sanitaria urgente y emergente en las Islas Baleares.

19. Conceptos de urgencia y emergencia. Epidemiología y clasificación. Triaje: definición, diferentes modelos de triaje extrahospitalarios; metodología.

20. Sistema integral de emergencias; sistemas de comunicación en la atención a las urgencias y emergencias; codificaciones. Central de coordinación. Tipos de regulación sanitaria. Clasificación de la demanda, de la respuesta sanitaria y de los recursos sanitarios; claves de estado de los recursos. Funciones del enfermero/enfermera en el centro coordinador. Decálogo de la asistencia extrahospitalaria.

21. Historia clínica; sistemas de información y herramientas de registros digitales específicos de enfermería de la urgencia y emergencia extrahospitalaria. Uso de la taxonomía enfermera. NANDA/NIC/NOC para elaborar planes de cuidados adaptados a la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

22. Valoración inicial y secundaria del paciente asistido en situación de urgencia/emergencia (aproximación ABCDE); identificación de signos de alarma. Comunicación estructurada. Métodos de transferencia de información (IDEAS, SBAR o similares).

23. Seguridad clínica del paciente en los servicios de urgencia prehospitalarios. Estrategias de seguridad del paciente.

24. Transporte sanitario: concepto y tipo; requisitos técnicos y de equipamiento; recursos móviles del sistema de emergencias; tipos; material embarcado; gestión de residuos sanitarios; organización y coordinación del transporte; protocolos de actuación; medidas básicas de seguridad; equipos de protección individual; agresiones; seguridad activa y pasiva; fisiología y fisiopatología del transporte sanitario.

25. Farmacología de uso habitual en las urgencias y las emergencias extrahospitalarias: vías de administración más comunes de fármacos y fluidos; precauciones previas a la administración de un fármaco; cálculo de dosis. Farmacovigilancia: características, indicaciones, contraindicaciones y efectos secundarios en la asistencia extrahospitalaria.

26. Procedimientos y técnicas instrumentales en la asistencia a las emergencias: acceso vascular venoso periférico, intraóseo y central; extracción sanguínea (GSV y biomarcadores); monitorización: pulsioximetría, capnografía, realización ECG, uso del DESA, marcapasos externo; cardiocompresor; sonda nasogástrica, lavado gástrico y sonda uretral.

Manejo de la vía aérea: ventilación con mascarilla y balón resucitador; intubación endotraqueal; cricotiroidotomía; dispositivos supraglóticos (Fastrach / máscara laríngea); drenaje torácico; pericardiocentesis; aspiración de secreciones. Cuidados de enfermería durante la urgencia y la emergencia en pacientes con ventilación mecánica invasiva (VMI) y ventilación mecánica no invasiva (VMNI).

27. Cadena de supervivencia. Soporte vital básico: instrumental y avanzado en el paciente adulto; algoritmo de SVA/SVB; algoritmo de desobstrucción de las vías aéreas obstruidas por un cuerpo extraño; valoración y manejo de la vía aérea; soporte circulatorio al paciente; uso del DEA; desfibrilación, cardioversión y MCP externo; cuidados posteriores a la resucitación. Soporte vital avanzado en situaciones especiales: ahogamiento, hipotermia, embarazo, electrocución, traumatismo, trombosis, alteraciones electrolíticas, intoxicaciones.

28. Soporte vital básico y avanzado en pediatría y reanimación neonatal: algoritmos de SVA/SVB; valoración y manejo de la vía aérea; algoritmo de desobstrucción de las vías aéreas obstruidas por un cuerpo extraño; soporte a la ventilación; soporte circulatorio; cuidados posteriores a la resucitación.

29. Insuficiencia cardíaca y edema agudo de pulmón: concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

30. Dolor torácico; síndrome coronario agudo; enfermedad coronaria. Cuidados de enfermería en la urgencia y emergencia extrahospitalaria.  Fibrinolisis extrahospitalaria. Código asistencial IAMCEST: criterios de activación.

31. Arritmias cardíacas y trastornos de la conducción: concepto y tipos; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria; algoritmos de abordaje de arritmias periparada.

32. Crisis hipertensiva: concepto; complicaciones; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

33. Shock: concepto; clasificación; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

34. Urticaria, angioedema y anafilaxia: concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

35. Tromboembolismo pulmonar (TEP) : concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

 

​​​​​​​36. Insuficiencia respiratoria, asma y EPOC agudizado: cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria. Abordaje de las infecciones respiratorias.

37. Hemoptisis y derrame pleural: concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

38. Dolor abdominal: concepto y tipos; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria. Abordaje de las infecciones digestivas.

39. Hemorragia digestiva y encefalopatía hepática aguda: concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

40. Urgencias urinarias (insuficiencia renal aguda, infección urinaria, cálculos urinarios, torsión testicular): concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

41. Diabetes mellitus: concepto; etiopatogenia; diagnóstico; hipoglucemia; hiperglucemia; cetoacidosis; síndrome hiperosmolar no cetósico; crisis tirotóxica; coma mixedematoso; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

42. Paciente con politraumatismo: definición; soporte vital avanzado en los traumatismos; atención inicial en los traumatismos graves (valoración primaria y secundaria); escalas de valoración; inmovilización y movilización del paciente. Código asistencial Trauma Grave: criterios de activación; biomecánica traumática.

43. Traumatismos craneoencefálico y facial: tipos; complicaciones; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

Traumatismos raquimedular y torácico: complicaciones; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

44. Traumatismo abdominopélvico: tipos; complicaciones; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

Traumatismo en las extremidades: tipos; complicaciones; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria; métodos de inmovilización y vendajes.

45. Enfermedades infectocontagiosas; tipos de aislamiento; cuidados de enfermería en pacientes con enfermedades infectocontagiosas graves. Código Asistencial Sepsis. criterios de activación.

46. Cirugía menor en urgencias: asepsia y anestesia local. Heridas: tipos de sutura. Extracción de cuerpos extraños. Cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria. Abordaje de las úlceras y las heridas crónicas.

47. Lesiones por hipotermia. Ahogamiento o cuasiahogamiento. Síndrome de inmersión. Barotraumatismo: concepto y tipos; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

48. Síndrome de aplastamiento. Traumatismos por onda expansiva: cuidados de enfermería en la urgencia extrahospitalaria. Síndromes por calor. Termopatías: concepto y tipo; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

49. Quemaduras: atención inicial al paciente con quemaduras graves; clasificación y fisiología de las quemaduras. Electrocución. Intoxicación por humo y otras lesiones por inhalación: concepto y tipos; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

50. Abordaje general del paciente intoxicado: pautas de actuación; toxíndromes; antídotos; intoxicaciones específicas: medicamentosas, alcohol, abuso de drogas, productos de uso doméstico. Síndrome por deprivación de drogas: cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

51. Mareo, vértigo y síncope. Alteraciones del nivel de consciencia. Coma: concepto y tipos; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

52. Valoración y cuidados de enfermería a personas con problemas neurológicos: accidente cerebrovascular ACV (isquémico, y hemorrágico). Código Ictus: criterios de activación. Epilepsia y estatus epiléptico. Meningitis. Sepsis meningocócica: procedimientos y técnicas de enfermería; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

53. Urgencias psiquiátricas: atención de enfermería a pacientes con urgencias de salud mental. Abordaje de pacientes con riesgo suicida: Código Conducta de Riesgo Suicida (CRS). Depresión y crisis de ansiedad. Agitación psicomotriz. Síndrome confusional agudo. Demencias. Alteración de la conducta: concepto; cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

 

​​​​​​​54. Abordaje del paciente en situación de últimos días en el domicilio: actitudes y aptitudes del enfermero/enfermera ante la dolencia, la agonía y la muerte; necesidades y problemas del enfermo terminal, del cuidador y de la familia (dolor, estreñimiento, problemas en la boca, disnea, náuseas y vómitos, insomnio, anorexia y caquexia, estado de ánimo). Urgencias y cuidados paliativos: procedimientos y dispositivos de enfermería específicos para pacientes con necesidades de cuidados paliativos (infusores, vías de infusión de fármacos, etc.).

55. Urgencias obstétrico-ginecológicas: concepto y clasificación; abordaje del parto prehospitalario. Fases del parto normal. Control de estado del recién nacido. Cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

56. Abordaje de situaciones especiales: maltrato infantil y maltrato de ancianos; abordaje extrahospitalario de estos pacientes. Urgencias pediátricas: valoración inicial del paciente pediátrico; triangulo de evaluación pediátrica; fiebre; convulsiones; distrés respiratorio; dolor abdominal; llanto del lactante; deshidratación; obstrucción grave de las vías aéreas superiores; asma agudo en el niño. Procedimientos y cuidados de enfermería en la urgencia y la emergencia extrahospitalaria.

57. Catástrofes: definición y tipos; prevención; fases; formación específica y procedimientos de actuación en incidentes de múltiples víctimas. Concepto de sectorización.  Definición y atención sanitaria en el área de salvamento, el área de socorro y el área de base; triaje básico y avanzado; tarjetas de triaje. Situaciones especiales NRBQ (riesgo nuclear, radiológico, biológico o químico). Dispositivos de riesgo previsible. Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (PLATERBAL).

58. Vacunación en el ámbito de las urgencias de atención primaria: tipos de vacunación más frecuentes en los SUAP; protocolos de actuación en los casos de exposición accidental y en situaciones especiales. Fundamentos de la vacunación de urgencia: principios de inmunización activa y pasiva; indicaciones urgentes; vacunación posterior a la exposición; vacunación de personas sin historial vacunal. Reacciones adversas inmediatas: registro y notificación de efectos adversos.

59. La educación para la salud individual y comunitaria: técnicas en educación para la salud; planificación y programación en educación para la salud. Modelos de educación para la salud. Determinantes sociales en materia de salud, desigualdades sociales en materia de salud y equidad: conceptos y modelos. Empoderamiento individual. Alfabetización en materia de salud. Toma de decisiones compartidas.

60. Técnicas y habilidades de comunicación: relación enfermero-paciente; escucha activa; relación de ayuda; entrevista motivacional; aspectos específicos de valoración en la población inmigrante.

Temario enfermero/enfermera especialista en enfermería familiar y comunitaria

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales; la protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

 

​​​​​​​9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido específico

11. La organización general del sistema sanitario público de las Islas Baleares. La Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Islas Baleares: objeto, ámbito subjetivo de aplicación y principios informadores; derechos y deberes de los ciudadanos en el ámbito sanitario; el sistema sanitario público de las Islas Baleares; competencias de las administraciones públicas; el Servicio de salud de las Islas Baleares.

Asistencia sanitaria pública en las Islas Baleares: estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria; organización de los hospitales y de la atención especializada; áreas de gestión sanitarias; áreas de organización especial: salud mental, trasplantes y urgencias.

12. Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares. Plataforma Biobancos y Biomodelos Irisaba.

El Plan Estratégico de Transformación e Innovación en Salud Digital de las Islas Baleares 2025-2029. Conocimiento general de los planes marco y estrategias vigentes de la consejería competente en materia de salud y del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

13. Las tecnologías de la información y comunicaciones en el Servicio de Salud de las Islas Baleares; sistemas de información corporativos; el puesto de trabajo digital; ayuda digital; ciberseguridad; el Código de buenas prácticas del Servicio de Salud en el uso de los sistemas de información, en el tratamiento de datos personales y en materia de inteligencia artificial del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

14. Epidemiología y salud pública: demografía sanitaria; fuentes de información e indicadores demográficos; análisis de datos; indicadores de salud: clasificación y utilidad; análisis de las necesidades de salud; indicadores demográficos: mortalidad, morbilidad, prevalencia, incidencia. Definición de calidad de vida relacionada con la salud (CVRS). Planes y programas dirigidos a promover la salud y prevenir la aparición de enfermedades en la población balear.

15. Actuaciones en materia de salud pública: regulación en la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Islas Baleares. Planes, programas y estrategias del Servicio de Salud de las Islas Baleares dirigidos a promover la salud y prevenir la aparición de enfermedades en la población balear.

Calidad en el Sistema Nacional de Salud: características de la atención sanitaria; dimensiones de calidad: científica, técnica, efectividad, eficiencia, accesibilidad y satisfacción del usuario; evaluación de la estructura, del proceso y de los resultados; mejora continua de la calidad; métodos de evaluación de la calidad: auditorías; tendencias actuales de la evaluación de la calidad de los cuidados de enfermería; programas de calidad: diseño e implantación. Acreditación de centros, servicios y unidades.

Seguridad clínica: prevención de las caídas; prevención y tratamiento de las úlceras por presión; higiene de manos; sistemas de notificación de eventos adversos; estrategias de seguridad; unidades de seguridad del paciente.

16. Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud: garantía de accesibilidad a los servicios; tiempos de respuesta asistencial en el Servicio de Salud de las Islas Baleares; libre elección; segunda opinión médica; transparencia y calidad en los servicios; derechos, garantías y dignidad de la persona en el proceso de muerte; voluntad anticipada: organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas; derecho a solicitar la prestación de ayuda para morir: regulación de la eutanasia en España. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI: medidas en el ámbito de la salud (art. 16-19).

17. Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas; responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas; órganos competentes en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Formación y desarrollo profesional: la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias; el modelo balear de desarrollo profesional; el plan de formación del Servicio de Salud de las Islas Baleares.; actividades de formación continuada y GESFORMA-IBSALUT; modelo de acreditación de competencias profesionales en las Islas Baleares; mejora para la certificación de competencias profesionales por la Unidad de Calidad del Servicio de Salud. La carrera profesional en el Servicio de Salud de las Islas Baleares.

18. Conceptos básicos de gestión sanitaria y economía de la salud. Costes sanitarios: concepto, tipos de coste, cálculo de costes; case-mix; producto sanitario; conceptos de financiación, gestión y provisión de servicios sanitarios; conceptos de equidad, eficacia, eficiencia y efectividad.

Planificación sanitaria: identificación de problemas; indicadores demográficos, socioeconómicos, del nivel de salud, medioambientales; elaboración de programas de salud y evaluación de estos; niveles de prevención: primaria, secundaria, terciaria y cuaternaria; los acuerdos de gestión como instrumentos de planificación estratégica; unidades de gestión clínicas.

19. Sistemas de información para la atención sanitaria; sistemas de información en la atención primaria y en la atención hospitalaria; estructura general de HCIS; conjunto mínimo básico de datos (CMBD); clasificaciones internacionales de problemas de salud: CIE-10; clasificaciones internacionales de enfermería (NANDA, NIC, NOC). Tarjeta sanitaria individual (TSI). Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud (HCDSNS). Base de datos de usuarios (BDU). Confidencialidad.

20. Fundamentos de investigación cuantitativa y estadística: tipos de variable; medidas de una distribución de frecuencias; distribución normal, inferencia estadística y contraste de hipótesis; cálculo de probabilidades; población y técnicas de muestreo; niveles de significación estadística e intervalos de confianza. Principales test estadísticos paramétricos y no paramétricos usados en la investigación en ciencias de la salud. Medidas de asociación y de impacto: RR, OR, NNT/NND. Principales diseños epidemiológicos y clínicos en investigación cuantitativa: estudios sobre pruebas diagnósticas; estudios descriptivos; estudios de cohortes; estudios de casos y controles; estudios cuasiexperimentales; ensayos clínicos.

21. Fundamentos de investigación cualitativa: principales diseños y métodos; proceso y fases de la investigación cualitativa: formulación del problema, decisiones muestrales, selección de estrategias; técnicas de investigación cualitativa: observación, entrevista, grupos de discusión y otras técnicas basadas en el consenso; análisis e interpretación de los datos: descubrimiento, codificación y relativización; fiabilidad y validez, evaluación de la calidad y aspectos éticos.

Requisitos, procedimientos y estructuras de apoyo para desarrollar un proyecto de investigación en el ámbito sanitario: el protocolo de investigación; comunicación de resultados de la investigación: la publicación científica; regulación ética y legal de la investigación en personas, con sus datos o muestras biológicas; la Ley de investigación biomédica; los comités de ética de la investigación en las Islas Baleares.

22. Enfermería basada en la evidencia: niveles de evidencia y grados de recomendación; herramientas de evaluación; investigación secundaria; bases de datos bibliográficas; fuentes documentales de evidencia y revisión bibliográfica; instrumentos de la evidencia científica; formulación de preguntas y búsqueda de respuestas sobre la práctica clínica; evaluación y síntesis de los hallazgos de la revisión bibliográfica; elaboración de informes e integración de los resultados de la investigación secundaria a la práctica clínica.

Guías de práctica clínica. Mapas de cuidados. Vías clínicas. Principales recursos de síntesis de la evidencia disponibles para consultar en el Servicio de Salud de las Islas Baleares; Biblioteca Virtual de Ciencias de la Salud de las Islas Baleares (Bibliosalut).

23. Gestión por procesos asistenciales integrados (PAI's) y planes de cuidados relacionados con los PAI's. Mapas de procesos asistenciales. Procesos de soporte. Planes integrales: situación, objetivos y líneas de acción.

Principios fundamentales de la bioética; conflictos éticos de la práctica enfermera; secreto profesional; la Ley de autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; derechos y deberes de los ciudadanos respecto al sistema sanitario; la objeción de conciencia; el consentimiento informado; los principios fundamentales de la bioética: código deontológico de la enfermería española.

24. La especialidad de enfermería familiar y comunitaria: historia, desarrollo y reconocimiento de la especialidad; normativa legal y reglamentaria de la especialidad en nuestro país, y de la categoría profesional en el Servicio Salud de las Islas Baleares. Misión del enfermero/enfermera familiar y comunitario; principales valores y compromisos profesionales de los enfermeros/enfermeras especialistas en enfermería familiar y comunitaria.

25. Competencias avanzadas en la especialidad de enfermería familiar y comunitaria (I): competencias clínicas avanzadas y de gestión de cuidados y servicios en el ámbito familiar y comunitario; demostración en casos prácticos o supuestos simulados.

Competencias avanzadas en la especialidad de enfermería familiar y comunitaria (II): competencias en materia de salud pública y comunitaria; demostración en casos prácticos o supuestos simulados.

Competencias avanzadas en la especialidad de enfermería familiar y comunitaria (y III): competencias docentes, de comunicación e investigación en el área de la especialidad; demostración en casos prácticos o supuestos simulados.

26. Modelo de gestión de cuidados en las Islas Baleares: continuidad de cuidados; dossier e informes de cuidados; personalización; modelos de asignación enfermero-paciente; enfermero/enfermera referente; concepto y perfiles de enfermería de práctica avanzada.

Gestión de casos: modelo balear; enfermero/enfermera de gestión de casos hospitalario y comunitario; desarrollo competencial en el Servicio Salud de las Islas Baleares; la gestión de casos como intervención para la atención a personas con alta complejidad clínica y dependencia; criterios, estratificación y herramientas de cribaje de la complejidad: BRASS, Intermed.

Seguimiento de pacientes por teléfono; continuidad asistencial: plan de seguimiento de altas hospitalarias.

27. El proceso enfermero: entrevista clínica; instrumentos de valoración; clinimetría: cuestionarios, test e índices para la valoración; taxonomías enfermeras; planes de cuidados; plan de acción personalizado; continuidad de cuidados.

La educación para la salud individual, grupal y comunitaria: técnicas en educación para la salud; planificación y programación en educación para la salud; modelos de educación para la salud. Determinantes sociales en salud, desigualdades sociales en salud y equidad: conceptos y modelos; empoderamiento individual y grupal; alfabetización en salud; toma de decisiones compartidas. Plan estratégico de atención primaria del Servicio de Salud de las Islas Baleares 2022-2026: salud comunitaria; acción comunitaria para ganar salud.

Técnicas y habilidades de comunicación: relación enfermero-paciente; escucha activa; relación de ayuda; entrevista motivacional; aspectos específicos de valoración en la población inmigrante.

28. Epidemiología: cadena epidemiológica; enfermedades transmisibles; medidas de prevención y control de las enfermedades transmisibles. Enfermedades de declaración obligatoria. Medidas preventivas en materia de salud: conceptos generales; antisépticos; desinfectantes; desinfección y esterilización (métodos de esterilización, manipulación y conservación del material estéril). Infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria: concepto y medidas preventivas; higiene de manos y uso adecuado de los guantes; aislamiento hospitalario: concepto, tipos y descripción. Gestión de residuos sanitarios: Plan de gestión de residuos del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

29. Clasificación general de los medicamentos. Absorción, distribución y eliminación de los fármacos. Interacciones, toxicidad y efectos colaterales. Sistemas de farmacovigilancia; notificación de reacciones adversas. Condiciones de conservación de los medicamentos. Uso racional del medicamento.

30. Actuación de los enfermeros/enfermeras en el ámbito de la prestación farmacéutica en el Servicio de Salud de las Islas Baleares; prescripción independiente y prescripción colaborativa: protocolos de seguimiento farmacológico individualizado. Gestión de la demanda clínica no demorable: consulta de acogida.

Seguridad clínica en la administración de fármacos: medicamentos de riesgo alto. Vías de administración: definición y tipos. Cálculo de dosis y velocidad de perfusión. Vigilancia de los pacientes polimedicados. Adherencia terapéutica.

31. Promoción de la actividad física y de la alimentación saludable: consejo dietético básico; consejo dietético intensivo; recomendaciones para la promoción de la actividad física.

32. Atención del enfermero/enfermera especialista a personas con alteraciones nutricionales y a su familia. Atención a los pacientes con nutrición oral, parenteral, enteral; técnicas de administración; identificación de problemas más prevalentes; dietas terapéuticas.

33. Atención del enfermero/enfermera especialista a personas con ansiedad, depresión y somatizaciones y a su familia: regulación emocional; gestión del estrés; valoración y cuidados de enfermería. Proceso y atención a las personas con trastorno de la conducta alimentaria: valoración y cuidados de enfermería.

Atención del enfermero/enfermera especialista a las personas con trastornos mentales graves y a su familia. Coordinación Autonómica de Salud Mental de las Islas Baleares. Red de recursos públicos de atención a la salud mental.

34. Educación para la prevención del consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias adictivas: principales trastornos relacionados con el consumo de sustancias (tabaco, alcohol, cocaína, heroína y cannabis); intervenciones más efectivas; tratamiento multicomponente: técnicas cognitivo-conductuales, soporte psicológico y tratamiento farmacológico en el abordaje del tabaquismo y otras formas de consumo (tabaco calentado y cigarrillos electrónicos); prescripción colaborativa contra al tabaquismo; guía de intervención individual y grupal para el tratamiento del tabaquismo.

35. Conceptos y sistemas de respuestas a urgencias y emergencias en el Servicio de Salud de las Islas Baleares: servicios de urgencias y emergencias; clasificación de pacientes en urgencias y escala de triaje; actuación en situaciones de múltiples víctimas y de catástrofes.

36. Atención del enfermero/enfermera especialista en situaciones de urgencia, emergencia y catástrofe: valoración y cuidados iniciales a pacientes críticos; soporte vital básico y soporte vital avanzado; cuidados posteriores a la resucitación; control de parámetros vitales y monitorización.

Actuaciones en casos de patologías dependientes del tiempo; procedimientos, técnicas de enfermería y administración de medicamentos a pacientes críticos y urgentes.

Pacientes sin cita: gestión de la demanda.

Atención del enfermero/enfermera especialista a pacientes adultos tras un proceso quirúrgico: seguimiento y cuidados del paciente en la atención primaria tras procedimientos de cirugía mayor ambulatoria y cirugía menor; complicaciones más frecuentes.

37. Atención del enfermero/enfermera especialista en la cura de heridas: cuidados generales de la piel; valoración integral del riesgo de deterioro de la integridad cutánea; escalas de valoración; abordaje de lesiones asociadas a la dependencia, de úlceras vasculares, del pie diabético, de lesiones neoplásicas, de úlceras arteriales y de quemaduras.

Atención del enfermero/enfermera especialista en la prevención de enfermedades transmisibles e inmunización de la población: clasificación, indicaciones y contraindicaciones de las vacunas; técnicas de administración; conservación de las vacunas; reacciones adversas; calendario vacunal vigente en las Islas Baleares; pautas correctoras; captación activa e indicadores de cobertura.

38. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la infancia (I): desarrollo de la conducta humana; etapas del desarrollo, tipos de personalidad, hábitos, motivación, factores socioculturales; problemas psicosociales y adaptación del niño enfermo en el entorno sanitario.

Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la infancia (II): valoración y cuidados del recién nacido sano; parámetros de desarrollo y crecimiento; cribado neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas; plan para la detección precoz de la hipoacusia.

39. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la infancia (III): valoración y cuidados del recién nacido enfermo; atención en situaciones críticas y de urgencias; recién nacido de peso bajo y prematuro; procedimientos y técnicas de enfermería; identificación de problemas más prevalentes del niño y de su familia.

Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la infancia (IV): cuidados en la infancia: controles y visitas en la atención primaria; etapas de desarrollo y crecimiento; alimentación y nutrición, dieta equilibrada; higiene; salud bucodental; prevención de accidentes.

Valoración y cuidados del enfermero/enfermera especialista en los problemas de salud más frecuentes en la edad infantil. Detección y protocolo de malos tratos. El papel de la familia en la adquisición de hábitos saludables.

40. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la infancia (y V): atención de las principales urgencias pediátricas; atención y cuidados de enfermería de los principales problemas de salud y de las enfermedades crónicas en la infancia.

Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención en la adolescencia: características de la adolescencia; adquisición de hábitos saludables; cuidados en la adolescencia; prevención de adicciones; iniciación a la sexualidad y la identidad de género; Programa de Salud Infantoadolescente del Servicio de Salud.

41. Género y salud: integridad de la perspectiva de género en la salud; morbilidad y equidad. Atención sanitaria a la diversidad de género y sexualidad: conceptos básicos; desigualdades en el acceso de los servicios sanitarios; principales actuaciones del enfermero/enfermera especialista en enfermería familiar y comunitaria.

42. Actuación sanitaria y protocolos en los casos de violencia de género, violencia en la infancia y la adolescencia y violencia con los ancianos; atención a las víctimas de agresiones sexuales: principales actuaciones del enfermero/enfermera especialista en enfermería familiar y comunitaria.

Valoración y cuidados de enfermería a las mujeres gestantes: cambios fisiológicos y psicológicos durante el embarazo; alimentación e higiene; identificación de situaciones de riesgo y problemas más frecuentes de la gestación y en la atención urgente; educación maternal; valoración y cuidados en el puerperio; cambios fisiológicos y psicológicos e identificación de situaciones de riesgo; lactancia materna; el proceso de atención al embarazo, al parto y al puerperio en el Servicio Salud de las Islas Baleares.

43. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la promoción de la salud sexual y en la prevención de infecciones de transmisión sexual, en la planificación familiar, en los embarazos no deseados y en el proceso IVE (interrupción voluntaria del embarazo).

44. Valoración y cuidados de las personas con enfermedades infecciosas: VIH/sida, tuberculosis, hepatitis víricas, meningitis, enfermedad neumocócica, COVID-19 y otros procesos infecciosos prevalentes o emergentes; identificación y detección de casos entre familiares y contactos; medidas de prevención y control.

45. Atención enfermera a personas con dolor: tipos y características; escalas de medida, escala analgésica de la OMS; medidas no farmacológicas para el control del dolor. Apoyo al cuidador y a la familia del paciente con dolor crónico. Estrategias contra el dolor en el Servicio Salud de las Islas Baleares.

46. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a los ancianos, a los pacientes con enfermedades crónicas y/o pluripatologías y a las personas dependientes (I): conceptos de autonomía, fragilidad, vulnerabilidad, dependencia, discapacidad y complejidad; detección, valoración y abordaje de los cuidados de pacientes frágiles.

47. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a los ancianos, a los pacientes con enfermedades crónicas y/o pluripatologías y a las personas dependientes (II): examen de salud para mayores de 65 años. Envejecimiento saludable; prevención de la dependencia y promoción de la autonomía.

48. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a los ancianos, a los pacientes con enfermedades crónicas y/o pluripatologías y a las personas dependientes (III): recomendaciones basadas en la evidencia para la prevención de caídas; instrumentos para la evaluación del riesgo de caídas en el domicilio y cribado en centros sanitarios y sociosanitarios.

49. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a los ancianos, a los pacientes con enfermedades crónicas y/o pluripatologías y a las personas dependientes (IV): estrategia para el abordaje de la cronicidad en el Sistema Nacional de Salud de las Islas Baleares; programas y planes del Servicio de Salud para la atención de pacientes con enfermedades crónicas; planes de cuidados individualizados a pacientes con enfermedades crónicas o pluripatologías; valoración integral exhaustiva de los pacientes con enfermedades crónicas complejas; apoyo al cuidador y a la familia del paciente; proceso de enfermería en pacientes con enfermedades crónicas complejas y/o avanzadas: gestión de casos.

50. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a los ancianos, a los pacientes con enfermedades crónicas y/o pluripatologías y a las personas dependientes (y V): atención enfermera a personas, familias o cuidadores en situación de dependencia. Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia; informes de las condiciones de salud en las Islas Baleares para el reconocimiento de la situación de dependencia; formulario clínico integrado.

Coordinación sociosanitaria del Servicio de Salud de las Islas Baleares: servicios y programas de atención de ancianos y personas con discapacidad.

Atención a la comunidad: intervención comunitaria; conceptos de activos en salud y de mapeo comunitario; fomento del autocuidado y promoción de la salud del paciente y del cuidador principal.

51. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención integral y planificación de cuidados al final de la vida (I): concepto de enfermedad terminal; causas subyacentes; detección y abordaje multidisciplinario del paciente y de su familia. Valoración integral; nivel de complejidad y planes de cuidados en el paciente en la fase terminal de la enfermedad bajo la óptica del proceso asistencial integrado y el Programa de cuidados paliativos de las Islas Baleares.

52. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención integral y planificación de cuidados al final de la vida (II): control del dolor y otros síntomas; sedación paliativa; planificación de cuidados en domicilio; coordinación desde la atención primaria con los equipos de soporte de cuidados paliativos; cuidados del paciente y atención familiar en la situación de últimos días.

53. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención integral y planificación de cuidados al final de la vida (III): aspectos éticos y legales; promoción de la autonomía del paciente y del derecho a decidir; voluntades vitales anticipadas; instrumentos para la toma compartida de decisiones. La Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia y la prestación de ayuda para morir en las Islas Baleares.

54. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención integral y planificación de cuidados al final de la vida (y IV): duelo (tipos, fases y cuidados); duelo anticipado en pacientes terminales y/o sus familiares; atención a la familia después de la muerte.

55. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a las familias y a la comunidad (I). Atención a la familia: la familia como promotora de salud; genograma. Atención familiar en los acontecimientos vitales complejos: valoración e intervención enfermera. Detección e intervención precoz en situaciones de riesgo y/o violencia doméstica. Sistemas y redes de ayuda familiares.

56. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a las familias y a la comunidad (II). Recursos sanitarios especiales en el entorno familiar del paciente: atención domiciliaria, hospitalización domiciliaria, equipos de soporte. Población, contexto y procesos susceptibles. Programas de Coordinación Interniveles y de Coordinación Sociosanitaria. Continuidad de cuidados.

Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a las familias y a la comunidad (III). Atención a la comunidad: concepto y características; promoción de la salud; acciones comunitarias en salud; niveles de atención para mejorar la salud comunitaria; atención primaria orientada a la comunidad (APOC).

57. Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a las familias y a la comunidad (IV). Participación comunitaria y ciudadana. Intersectorialidad. Guía NICE adaptada de Participación comunitaria: mejorando la salud y el bienestar y reduciendo desigualdades en salud. Estrategia social de promoción de la salud de las Islas Baleares.

Actuaciones del enfermero/enfermera especialista en la atención a las familias y a la comunidad (y V): salutogénesis y activos en salud; mapeo de activos en salud; prescripción de activos en salud. Proyecto de apoyo a la revitalización de la atención primaria; activos para la salud comunitaria (PARAC).

58. Calidad asistencial: acciones para la mejora continua de la calidad asistencial; monitorización. Indicadores de evaluación de la práctica y los cuidados enfermeros: diseño y formulación de indicadores. Cuadro de mandos. Experiencia y resultados informados por el paciente.

Plan de humanización del sistema sanitario público de las Islas Baleares.

59. Seguridad del paciente (I): identificación de eventos adversos; evitabilidad e impacto; gestión de riesgos y eventos (mapa de riesgos, metodología AMFE, análisis causa-raíz de eventos centinelas). Alianza Mundial para la Seguridad del Paciente (OMS); actuaciones de organismos internacionales, estatales y autonómicos en materia de seguridad del paciente. Coordinación Autonómica de Seguridad del Paciente del Servicio de Salud de las Islas Baleares; sistema de notificación de incidentes y aprendizaje para la seguridad del paciente en el Servicio de Salud de las Islas Baleares.

60. Seguridad del paciente (II): cultura de la seguridad; resultados de la cultura de seguridad del paciente en el Servicio de Salud de las Islas Baleares; proyectos y buenas prácticas en seguridad del paciente: «Bacteriemia Zero», «Neumonía Zero», «Manos limpias, manos seguras», «Prácticas seguras en cirugía», «Lista de verificación quirúrgica», «Identificación inequívoca de pacientes», «Buenas prácticas en el uso de medicamentos».

Temario enfermero/enfermera del trabajo

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido específico:

11. Reglamento de los servicios de prevención (Real decreto 39/1997, de 17 de enero): disposiciones generales; evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva; organización de recursos para las actividades preventivas; acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas; auditorías; funciones y niveles de cualificación; colaboración con el Sistema Nacional de Salud.

12. Epidemiología y salud pública: demografía sanitaria; fuentes de información de indicadores demográficos. Análisis de datos; indicadores de salud: clasificación y utilidad. Análisis de las necesidades de salud; indicadores demográficos: mortalidad, morbilidad, prevalencia, incidencia. Definición de calidad de vida relacionada con la salud (CVRS).

13. Fundamentos de la investigación cuantitativa y estadística: tipos de variable; medidas de una distribución de frecuencias; distribución normal, inferencia estadística y contraste de hipótesis; cálculo de probabilidades; población y técnicas de muestreo; niveles de significación estadística e intervalos de confianza. Principales test estadísticos paramétricos y no paramétricos usados en la investigación en ciencias de la salud. Medidas de asociación y de impacto: RR, OR, NNT/NND. Principales diseños epidemiológicos y clínicos en investigación cuantitativa: estudios sobre pruebas diagnósticas, estudios descriptivos, estudios de cohortes, estudios de casos y controles, estudios cuasiexperimentales, ensayos clínicos.

14. Fundamentos de la investigación cualitativa: diseños y métodos principales. Proceso y fases de la investigación cualitativa: formulación del problema, decisiones muestrales, selección de estrategias. Técnicas de investigación cualitativa: observación, entrevista, grupos de discusión y otras técnicas basadas en el consenso. Análisis e interpretación de los datos: descubrimiento, codificación y relativización. Fiabilidad y validez, evaluación de la calidad y aspectos éticos.

15. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de seguridad y salud laboral.

16. El Plan de prevención de riesgos laborales: concepto; elementos integrantes; instrumentos esenciales; declaración de principios; sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales; conceptos básicos de la evaluación de riesgos y de la planificación de la actividad preventiva; auditoría del sistema de gestión de seguridad y salud.

17. Plan de prevención y atención contra agresiones a profesionales del sistema sanitario público de las Islas Baleares: protocolo actual y formulario NIRA.

18. Planes de autoprotección: objetivos; factores de riesgo. Clasificación de las emergencias: organización de emergencias; implantación. Normativa vigente de autoprotección aplicable a los centros sanitarios.

19. Normativa vigente sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al uso por los trabajadores de equipos de protección individual; guía técnica; vigilancia de la salud de los usuarios de equipos de protección individual; enfermedades y contraindicaciones del uso de equipos de protección individual.

20. Especialidades técnicas en prevención de riesgos laborales: seguridad en el trabajo, ergonomía y psicosociología aplicada e higiene industrial; actividad en el servicio de prevención.

21. Prevención de riesgos por exposición a temperaturas extremas: golpe de calor e hipotermia; mecanismos de acción; efectos de las temperaturas extremas sobre el organismo; vigilancia de la exposición; medidas preventivas en el ámbito sanitario en situaciones de temperaturas extremas. Real decreto ley 4/2023, que introduce cambios significativos en relación con la exposición a temperaturas altas en trabajos al aire libre.

22. Enfermedades profesionales: concepto y clasificación; metodología de actuación; normativa aplicable. Enfermedades laborales: concepto; enfermedades más prevalentes; cuadro vigente de enfermedades profesionales; notificación y comunicación de las enfermedades profesionales: sistema CEPROSS y PANOTRATSS.

23. El accidente laboral: definición legal y médica; causas; análisis estadísticos de los accidentes; índices estadísticos; investigación de accidentes.

24. Vigilancia de la salud laboral individual y colectiva: Ley de prevención de riesgos laborales; objetivos de la vigilancia de la salud individual y colectiva; protocolos de vigilancia sanitaria específica; vigilancia de la salud en los trabajadores especialmente sensibles.

25. El historial clínico-laboral: contenidos; custodia y conservación de la información médica de carácter personal; la confidencialidad de los datos de salud en la vigilancia de la salud durante los exámenes de salud.

26. Ley general de la seguridad social. Incapacidad temporal: gestión y control, órganos competentes; enfermedad profesional en período de observación; incapacidad permanente: órganos competentes; grados de invalidez.

27. La mujer y el trabajo. Protección de la maternidad: normativa aplicable; situaciones protegidas por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural; adaptación de las condiciones de trabajo, cambio de puesto de trabajo, suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo; perspectiva de género en las formas de enfermar; morbilidad diferencial.

 

​​​​​​​28. Teratogénesis laboral: características de los teratógenos; acción de los teratógenos en las fases del desarrollo del embrión; anomalías congénitas más frecuentes en el medio laboral.

29. Enfermedades infecciosas: conceptos generales; cadena epidemiológica; precauciones estándar y precauciones basadas en los mecanismos de transmisión.

Protocolo de vigilancia de la salud específica: normativa sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo; guía técnica.

30. Zoonosis de origen laboral. Principales zoonosis: escabiosis, tétanos, leptospirosis, rabia; reservorios, fuentes de exposición y vías de transmisión; estudio y seguimiento de contactos en el medio laboral; diagnóstico; prevención e inmunoprofilaxis.

31. Patologías laborales por agentes biológicos de transmisión respiratoria: rubeola, sarampión, varicela, tosferina, parotiditis, difteria, meningitis bacterianas, gripe y COVID-19; estudio y seguimiento de contactos en el medio laboral. Enfermedades de declaración obligatoria.

32. Legionelosis: criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis; riesgos de exposición laboral a la legionela; diagnóstico.

33. Exposición laboral a la tuberculosis: reservorio, fuentes de exposición y vías de transmisión; métodos diagnósticos; estudio y seguimiento de contactos en el medio laboral.

34. Silicosis: criterios de aplicación; definición o descripción del problema; fuentes de exposición y usos; efectos sobre la salud; formas clínicas de la silicosis. Prevención y evaluación del riesgo: vigilancia de la salud individual; criterios de valoración y/o conducta ante la sospecha y en caso de diagnóstico de silicosis: documentación.

35. Amianto: criterios de aplicación; definición o descripción del problema; fuentes de exposición y usos; efectos sobre la salud y mecanismo de acción. Evaluación del riesgo: vigilancia de la salud individual; criterios de valoración y/o conducta a seguir; documentación en caso de requerirse.

36. Enfermedades de declaración obligatoria (EDO). Real decreto 2210/1995, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Orden SSI/445/2015, de 9 de marzo, por la que se modifican los anexos I, II, III del Real decreto 2210/1995. Modalidades de declaración de enfermedades, lista de enfermedades de declaración obligatoria (EDO).

37. Inmunización en el ámbito laboral: concepto; clasificación; tipos de vacuna; indicaciones, contraindicaciones y reacciones adversas. Cadena del frío. Vacunación de trabajadores sanitarios. Estrategias para aumentar la cobertura de vacunación.

38. Actuación en los casos de exposición accidental con riesgo biológico: protocolos de actuación. Estrategias para prevenir lesiones causadas por objetos cortantes y/o punzantes.

39. Asma ocupacional: etiopatogenia; diagnóstico; prevención; protocolos de vigilancia sanitaria específica.

40. Dermatosis profesionales: factores de riesgo; prevención en el lugar de trabajo; protocolo de vigilancia sanitaria específica.

41. Los agentes cancerígenos y el trabajo: protección y vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con el riesgo por exposición a agentes cancerígenos o mutágenos; normativa sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo; guía técnica.

42. Toxicología en el medio sanitario: desinfectantes, plaguicidas, agentes anestésicos inhalatorios, citostáticos, látex, formaldehído, disolventes, medicamentos peligrosos. Vigilancia de la salud.

43. Gestión y tratamiento de los residuos sanitarios: normativa aplicable.

44. Oftalmología laboral: examen visual al trabajador. Accidentes oculares y patologías oftálmicas de origen laboral más frecuentes; clínica, diagnóstico, prevención y tratamiento.

45. La promoción de la salud en el trabajo: concepto y fundamentos. La Declaración de Luxemburgo. La Red Europea de Promoción de la Salud en el Trabajo (ENWHP). La Red Española de Empresas Saludables.

46. Promoción y prevención del riesgo cardiovascular en los trabajadores: elementos de riesgo cardiovascular; evaluación del riesgo; intervención desde el ámbito de la enfermería del trabajo.

47. Manipulación manual de cargas y movilización de pacientes: efectos sobre la salud; métodos de evaluación; normativa sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que suponga riesgos (en particular dorsolumbares), para los trabajadores; guía técnica. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

48. Movimientos repetitivos, posturas forzadas y neuropatías por presión: conceptos; evaluación del riesgo; patogenia; prevención; protocolos de vigilancia sanitaria específica.

49. Pantallas de visualización de datos: normativa sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Aspectos ergonómicos del puesto de trabajo. Teletrabajo: efectos sobre la salud; guía técnica. Protocolo de vigilancia sanitaria específica.

50. Agentes físicos: conceptos fundamentales; etiopatogenia y efectos biológicos; exposición profesional al ruido, a las vibraciones, a las radiaciones no ionizantes, al ambiente térmico y a la iluminación. Protocolos de vigilancia sanitaria específica.

51. Radiaciones ionizantes. Protocolo de vigilancia sanitaria específica: criterios de aplicación; definición del problema: elementos y condiciones que deben tenerse en cuenta; factores de riesgo; efectos sobre la salud; factores que intervienen en la aparición de las distintas alteraciones. Concepción ergonómica del puesto de trabajo. Vigilancia de la salud. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones ionizantes: Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes (Real decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, incluyendo actualización reglamentaria BOE 04/12/2024). Clasificación de trabajadores expuestos y límite de edad para trabajadores expuestos. Vigilancia y valoración de la exposición. Exposición al radón.

52. Carga mental y estrés laboral: definición; factores generadores de estrés laboral y carga mental; evaluación de la carga mental; consecuencias del estrés laboral; problemas de índole psicosocial: síndrome de desgaste profesional (Burnout), adicción al trabajo, acoso laboral (mobbing); medidas de prevención.

53. Trabajo por turnos y trabajo nocturno: efectos para la salud; intervención; factores de organización.

54. Audiometría: definición; objetivos; criterios; aspectos prácticos sobre la exploración audiométrica: técnica, tipos y criterios de valoración. Valoración del trauma acústico.

55. Espirometría: definición; objetivos; Práctica de la espirometría: calibración; contraindicaciones y complicaciones; preparación del paciente; procedimiento; valoración y clasificación de las espirometrías.

56. Electrocardiograma: definición; objetivo; práctica de la electrocardiograma; generalidades de interpretación.

57. Agentes químicos: criterios de aplicación; definición o descripción del problema; fuentes de exposición y usos; efectos sobre la salud y mecanismo de acción. Evaluación del riesgo: vigilancia de la salud individual; criterios de valoración y/o conducta que debe adoptarse. Información a los trabajadores: documentación. Real decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo (modificado por el Real decreto 598/2015 de 3 de julio). Valores ambientales límite de exposición profesional en España; otros límites de referencia; normativa española. Criterios biológicos de valoración de la exposición a contaminantes químicos: indicador biológico; valores biológicos límite en España; otros límites de referencia.

58. Las drogodependencias en el medio laboral: definiciones, prevención, tratamiento y reinserción laboral. El alcoholismo en el medio laboral: prevención, tratamiento y reinserción laboral. El tabaquismo en el medio laboral: patología asociada; estrategias para la prevención del tabaquismo en el lugar de trabajo.

59. Soporte vital y reanimación cardiopulmonar. Uso del desfibrilador semiautomático (DESA).

60. Actuación de urgencia en caso de dolor torácico, dolor abdominal, traumatismo craneoencefálico, fracturas, luxaciones y esguinces, síncope vasovagal, reacción anafiláctica, hemorragias, heridas, contusiones, quemaduras y picaduras de animales.

Temario enfermero obstetricoginecológico/ enfermera obstetricoginecológica

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

 

​​​​​​​3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto Marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.   

Contenido específico:

11. Aspectos legales y éticos del ejercicio profesional: principios bioéticos.

12. Código deontológico de la enfermería española.

13. Consentimiento informado. Secreto profesional: concepto y regulación jurídica. Objeción de conciencia.

14. Derechos de la mujer y del recién nacido.

15. Derechos laborales y maternidad.

16. Funciones de la matrona.

17. Calidad en el Sistema Nacional de Salud: evaluación de procesos y programas. Elaboración de la memoria. Métodos de la evaluación de la calidad: auditorías. Programas de calidad: diseño e implantación.

18. Metodología de la investigación. Investigación: concepto y tipos. Estructura y contenido de un proyecto de investigación.

19. Diseños en investigación. Estadística descriptiva e inferencial. Estructura y contenido de un artículo original.

20. Estrategias de atención al parto normal en los planes de calidad del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo.

21. Salud pública y epidemiología. Conceptos de salud y enfermedad. Indicadores de salud por edad y sexo: morbilidad, mortalidad, letalidad y esperanza de vida.

22. Principales problemas de salud en la población española actual. Elemento de priorización: magnitud, trascendencia, vulnerabilidad y costes.

23. La atención primaria de salud, los equipos de atención primaria, el centro de salud y la zona básica de salud. La matrona dentro del equipo de atención primaria.

24. La atención de la matrona en el entorno hospitalario. Funciones.

 

​​​​​​​25. Demografía sanitaria maternal y reproductiva: estructura de la población. Índices demográficos. Análisis de datos. Morbilidad reproductiva.

26. Inscripción del recién nacido. Propuestas de la Organización Mundial de la Salud.

27. Sistemas de información utilizados en la atención especializada y en la atención primaria: historia clínica. Clasificaciones internacionales de los problemas de salud (CIAP-2, CIE-9, CIE-10 NANDA). Características generales. Datos de la historia de obstetricia.

28. Salud y género: prevención de la violencia de género; detección, valoración y atención integral a las mujeres víctimas de violencia de género.

29. Reproducción humana/embriología y anejos fetales/alteración de los anejos fetales: anatomía y fisiología del aparato reproductor masculino y femenino. Gametogénesis. Ciclo menstrual. Fecundación natural. Desarrollo prenatal humano: Periodo embrionario y fetal. Desarrollo y funciones de la placenta y las membranas fetales. Alteraciones de la placenta y anejos fetales. Acretismo. RPM. Polihidramnios y oligoamnios.

30. Sexualidad. Atención a la mujer en las diferentes etapas del ciclo vital: sexualidad humana. Disfunciones sexuales.

31. Delitos contra la sexualidad. Atención a la salud sexual y reproductiva.

32. Historia clínica ginecológica. Entrevista clínica. Exploración ginecológica básica. Citología exfoliativa (test de Papanicolaou). Exploraciones complementarias.

33. Pubertad y adolescencia: evolución biológica y morfológica. Aspectos psicológicos y sociales. Problemas ginecológicos en la pubertad y en la adolescencia.

34. Embarazo, contracepción e ITS. Climaterio y menopausia.

35. Bloque ginecológico: infecciones de trasmisión sexual y vulvovaginitis. Alteraciones del ciclo menstrual. Incontinencia urinaria, tratamiento y prevención. Cáncer ginecológico y patologías ginecológicas, tratamiento y prevención.

36. Planificación familiar: contracepción. Métodos naturales. Métodos de barrera. Contracepción hormonal. Dispositivo intrauterino. Esterilización quirúrgica. Programa de orientación y planificación familiar: objetivos y actividades.

37. Esterilidad e infertilidad. Apoyo, información, atención de matrona. Reproducción asistida.

38. Consejo genético. Teratogénesis: consejo genético. Nociones básicas de genética. Diagnóstico prenatal. La herencia mendeliana en los seres humanos. Alteraciones cromosómicas y hereditarias. Malformaciones genéticas. Malformaciones congénitas. Teratogenia, teratología y teratógenos. Factores genéticos y ambientales. Drogodependencia y fármacos y embarazo.

39. Atención al embarazo normal en atención primaria. Embarazo normal: consulta preconcepcional. Modificaciones anatomofisiológicas y psicológicas en la mujer gestante. Control y seguimiento del embarazo.

40. Historia clínica del embarazo. Educación sanitaria. Evaluación de riesgos durante el embarazo. Plan de parto y nacimiento. Programas de educación para la maternidad: contenido teórico y práctico. Ejercicios físicos, ejercicio de suelo pélvico y estática corporal. Técnicas de respiración. Ejercicios de relajación.

41. Embarazo de riesgo. Problemas de salud durante la gestación: evaluación del riesgo materno y perinatal. Estados hipertensivos en la gestación. Diabetes. Síndromes varicosos. Anemias. Problemas cardiacos, endocrinos, renales, digestivos y respiratorios. Problemas neurológicos y musculoesqueléticos, dermatológicos, neoplásicos, infecciosos y de salud mental. Enfermedad hemolítica perinatal.

42. Problemas hemorrágicos durante la gestación. Aborto. Embarazo ectópico. Enfermedad trofoblástica gestacional. Placenta previa. Conducta obstétrica y atención de la matrona.

43. Embarazo cronológicamente prolongado. CIR. Muerte fetal anteparto: conducta obstétrica. Atención de la matrona. Amenaza de parto prematuro. Parto pretérmino.

44. Interrupción voluntaria del embarazo. Supuestos legales. Guía de actuación en la anticoncepción de urgencia en las Islas Baleares. Atención obstétrica. Apoyo emocional y acompañamiento.

 

​​​​​​​45. Atención al parto normal. Fisiología del parto normal, objeto, motor y canal del parto. Inicio del trabajo del parto. Biomecánica del parto. Mecanismo del parto en presentación de vértice. Fases del parto.

46. Cuidados en la atención al parto normal (durante la admisión, la dilatación, el expulsivo y el alumbramiento). Donación de sangre de cordón. Valoración del bienestar fetal intraparto. Sufrimiento fetal.

47. Alivio del dolor en el parto. Características del dolor del parto. Métodos de alivio farmacológico y no farmacológico.

48. Asistencia y cuidados de la mujer en el parto dirigido. Maduración cervical. Inducción de parto. Inducción en casos especiales. Fracaso de inducción. Sospecha de riesgo de pérdida de bienestar fetal. Control del bienestar fetal anteparto. Técnicas o métodos de evaluación del bienestar fetal.

49. Gestación y parto múltiple. Conducta obstétrica. Atención de matrona.

50. Parto distócico. Distocia de la estática fetal. Distocia del canal blando y duro del parto. Distocia de dinámica uterina. Distocia por deflexión de la cabeza. Instrumentalización obstétrica del parto. Fórceps. Ventosa. Espátulas de Thierry. Dispositivo Odón. Cesárea. Fiebre intraparto.

51. Anomalías del alumbramiento: alteraciones del desprendimiento y expulsión de la placenta. Hemorragias del alumbramiento y del puerperio. Desgarros perineales y hematomas genitales. Conducta obstétrica. Atención de matrona. 

52. Situaciones especiales de urgencia obstétrica. Prolapso de cordón. Rotura uterina. Embolia de líquido amniótico. Distocia de hombros. Desprendimiento prematuro de placenta. Reanimación cardiopulmonar en la gestante.

53. Puerperio. Adaptaciones y modificaciones físicas en el puerperio. Asistencia y cuidados de la mujer en el puerperio. Asesoramiento al alta. Vínculos de la relación madre-pareja-recién nacido.

54. Revisión posparto. Adaptación familiar. Grupos postparto. Ejercicio físico y recuperación del suelo pélvico. Adaptación psicosocial. Valoración del estado emocional. Sexualidad en el puerperio.

55. Problemas de salud durante el puerperio. Fiebre e infección puerperal. Infección urinaria en el puerperio. Enfermedad tromboembólica. Alteraciones psicológicas en el puerperio. Duelo perinatal. Acompañamiento y seguimiento del duelo. Detección de desviaciones en el duelo. Derivación al especialista. Conducta obstétrica. Atención de matrona.

56. El recién nacido normal. Adaptación a la vida extrauterina. Valoración del estado de salud del neonato. Características anatómicas y fisiológicas del recién nacido. Cuidados generales. Pruebas de cribaje. Vacunaciones. Reanimación neonatal: niveles.

57. El recién nacido con problemas de salud. Recién nacido de alto riesgo. Transporte neonatal. Infección neonatal. Prematuridad. Peso bajo. Hiperbilirrubinemia. Problemas respiratorios, neurológicos y renales. El recién nacido con malformaciones.

58. Lactancia materna. Fisiología de la secreción láctea. Técnicas y posición para amamantar. Iniciativa «Hospital amigo de los niños».

59. Problemas en la lactancia materna. Mastitis. Situaciones especiales. Grupos de apoyo a la lactancia materna.

60. Soporte vital básico y DESA. Soporte vital avanzado en paciente neonatal.

Temario enfermero/enfermera de salud mental

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

 

​​​​​​​5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del Estatuto Marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.   

Contenido específico:

11. Aspectos legales y éticos del ejercicio profesional: principios bioéticos.

12. Código deontológico de la enfermería española.

13. Derechos humanos, salud mental y autonomía del paciente. Psicoética. Consentimiento informado en adultos y menores.

14. Medidas de apoyo y curatela para personas con discapacidad de salud mental.

15. Confidencialidad y secreto profesional.

16. Normativa legal relacionada con la atención a la salud mental. Ingreso involuntario. Tratamiento ambulatorio involuntario.

17. Voluntades anticipadas en psiquiatría. Consentimiento por representación.

18. Calidad en el Sistema Nacional de Salud. Dimensiones de la calidad: científica, técnica, efectiva, eficiencia, accesibilidad y satisfacción del usuario. Métodos de evaluación de la calidad. Programas de calidad: diseño e implantación. Indicadores.

19. Investigación en materia de ciencias de la salud (metodologías cuantitativa y cualitativa): fases de un proyecto de investigación; tipo de diseño; conceptos de población y muestra; técnicas de recogida de datos y tipo de variables; análisis e interpretación de datos; aspectos éticos en la investigación en materias de salud; implementación de los resultados de la investigación.

20. Demografía sanitaria: concepto y tendencias de la población española. Indicadores demográficos, socioeconómicos, del nivel de salud y medioambientales.

21. Enfermería basada en la evidencia. Búsqueda de evidencias científicas: bases de datos bibliográficas, fuentes documentales de evidencia y revisión bibliográfica. Instrumentos de la evidencia científica. Formulación de preguntas y búsqueda de respuestas sobre la práctica clínica. Evaluación y síntesis de los hallazgos de la revisión bibliográfica.

22. Salud y género: prevención de la violencia machista; detección, valoración y atención integral a las mujeres víctimas de violencia machista.

23. Técnicas y habilidades de comunicación y relación interpersonal. Entrevista clínica. Identificación de necesidades de apoyo emocional y psicológico al paciente, cuidador principal y familia. Dinámica de grupos y trabajo en equipo.

24. Características y etapas del proceso enfermero. Valoración de enfermería. Necesidades básicas según Virginia Henderson y Hildegard Peplau. Interpretación de resultados e identificación de problemas. Principales instrumentos de valoración en cuidados de enfermería: cuestionarios, escalas y test.

25. Diagnósticos enfermeros y problemas de colaboración. Taxonomía NANDA. Planificación. Formulación de objetivos. Taxonomía NOC. Intervenciones. Taxonomía NIC. Evaluación del proceso enfermero. Continuidad de cuidados e informe de alta.

26. Organización sanitaria en salud mental: estructura y organización funcional de los servicios, dispositivos y equipos de salud mental y adicciones en las Islas Baleares.

27. Estrategia Nacional de Salud Mental. Planificación de salud mental y adicciones en las Islas Baleares. Consejo Asesor de Salud Mental de las Islas Baleares. Dirección General de Salud Mental.

28. Evolución histórica de la asistencia psiquiátrica y de la salud mental. Teorías y modelos psicológicos y psiquiátricos.

29. Concepto de enfermedad y salud mental. Clasificaciones diagnósticas psiquiátricas.

30. Seguridad del paciente y gestión del riesgo sanitario en la atención a la salud mental. Mapa de riesgos. Sistemas de notificación. Análisis de acontecimientos adversos.

31. Farmacología y psicofarmacología. Intervenciones biológicas y otros tratamientos. Cuidados enfermeros en la administración de tratamientos en salud mental.

32. Higiene en centros sanitarios. Gestión de residuos sanitarios.

33. Cuidados de enfermería en situaciones de urgencia y emergencia: apoyo vital básico, desfibrilación externa automática (DESA) y apoyo instrumentalizado en adulto y niño.

34. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: sensopercepción, atención, vigilancia y conciencia.

35. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: aprendizaje y memoria. Pensamiento, comunicación y lenguaje. Inteligencia. Motivación.

36. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: afectividad, sentimientos y emociones. Adaptación y afrontamiento.

37. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: personalidad. Conducta social.

38. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: desarrollo evolutivo y ciclo vital. La sexualidad durante el ciclo vital.

39. Bases psicosociales para enfermería de salud mental: las relaciones interpersonales y terapéuticas. Familia y redes de apoyo. Programa Paciente Activo: general y en salud mental. Programas Peer to peer y grupos de apoyo mutuo (GAM).

40. Trastorno mental grave. El modelo de recuperación en salud mental. Rehabilitación e inserción psicosocial y laboral. Gestión de casos y tratamiento asertivo comunitario.

41. Prevención y promoción de la salud mental. Detección precoz de los problemas de salud mental. Factores de riesgo y factores protectores en las diferentes etapas de la vida.

42. Educación para la salud individual, grupal y comunitaria en salud mental. Elaboración de un programa de salud mental.

43. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos mentales orgánicos.

44. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos psicóticos.

45. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos afectivos.

46. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos neuróticos, secundarios a situaciones estresantes somatomorfas.

47. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos de la conducta alimenticia.

48. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos de personalidad y del control de impulsos.

49. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos del sueño.

50. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos por el uso de sustancias y adicciones con y sin sustancias. Valoración y cuidados de enfermería en situaciones críticas: intoxicación por alcohol y otras drogas.

51. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos del neurodesarrollo.

52. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en trastornos mentales en la infancia y la adolescencia.

53. Concepto, clínica, valoración, terapias y cuidados de enfermería en salud mental: perinatal y de la mujer en sus etapas vitales y en el anciano.

54. Psicoterapia individual. Modelos, características e indicaciones. Psicoterapia grupal. Modelos, características e indicaciones.

55. Valoración y cuidados de enfermería en situaciones críticas: riesgo suicida, auto y heteroagresividad.

56. Valoración y cuidados de enfermería en paciente agitado: desescalada verbal, contención farmacológica y contención física. Programa BPSO para el fomento de la seguridad.

57. Salud mental comunitaria como eje de la red de salud mental, cuidados enfermeros y atención domiciliaria. Hospitalización domiciliaria.

58. El trabajo en red en salud mental. Coordinación entre los diferentes niveles asistenciales y con otras áreas relacionadas (justicia, servicios sociales, educación, empleo).

59. Colaboración con atención primaria de salud. Colaboración con otras especialidades de enfermería. Enfermería de enlace.

60. Enfermería transcultural en salud mental, el fenómeno migratorio y la interculturalidad.

Temario fisioterapeuta

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud.

La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

 

 

​​​​​​​​​​​​​​Contenido específico

11. Salud y género: prevención de la violencia de género; detección, valoración y atención integral de mujeres víctimas de la violencia de género.

12. Anatomía y fisiología humana.

13. Biomecánica: ejes y planos del cuerpo; movimientos articulares elementales.

14. Goniometría articular: técnicas goniométricas y amplitudes articulares de los miembros superiores, los miembros inferiores y la columna vertebral.

15. Valoración muscular: principios generales; técnica de valoración muscular.

16. Cinesiterapia: principios generales; cinesiterapia pasiva, activa, resistida y cinesiterapias combinadas; indicaciones y contraindicaciones.

17. Desarrollo psicomotor infantil. Regulación de la postura y del movimiento. Conceptos de psicomotricidad y reeducación psicomotora. Abordaje fisioterapéutico de las alteraciones psicomotoras infantiles.

18. Regulación de la postura y del movimiento en los pacientes ancianos. El sentido del equilibrio. Abordaje fisioterapéutico de las alteraciones psicomotrices de los pacientes ancianos.

19. Evaluación de la marcha normal y de la marcha patológica. Análisis biomecánico, ayudas técnicas y reeducación de la marcha en las diferentes patologías.

20. Metodología de intervención en la fisioterapia asistencial. Registro de la historia clínica. Entrevista clínica.

21. Escalas de valoración funcional. Exploración física fisioterapéutica. Diagnóstico fisioterapéutico.

22. Identificación de banderas.

23. Planificación terapéutica: objetivos y plan de intervención; razonamiento clínico y guías de práctica clínica.

24. Clasificación internacional del funcionamiento, de la discapacidad y de la salud (CIF).

25. Principios fundamentales de la bioética: dilemas éticos.

26. El secreto profesional: concepto y regulación jurídica.

27. La fisioterapia en relación con la salud comunitaria y en la atención primaria: organización y funcionamiento.

28. La fisioterapia en la atención especializada y en los centros de larga estancia: organización y funcionamiento.

29. La fisioterapia domiciliaria y concertada: organización y funcionamiento.

30. Coordinación de la actividad fisioterapéutica entre los diferentes niveles asistenciales.

31. La fisioterapia cardiorrespiratoria: tipos de patología más frecuentes; plan de intervención; técnicas, dispositivos y métodos de tratamiento.

32. La fisioterapia en las unidades de cuidados intensivos: criterios de estabilidad clínica; movilización temprana, ventilación mecánica, destete ventilatorio, prevención de complicaciones; plan de intervención.

33. La fisioterapia musculoesquelética: patologías más frecuentes.

34. La fisioterapia en la traumatología: lesiones y patologías más frecuentes; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

35. La fisioterapia en la reumatología: patologías más frecuentes; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

 

​​​​​​​36. La fisioterapia en los pacientes amputados: patologías más frecuentes que conducen a la amputación; niveles de amputación; indicaciones de protetización; reimplantación de miembros; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

37. La fisioterapia en la neurología: el sistema nervioso central y el sistema nervioso periférico; patologías más frecuentes; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

38. La fisioterapia en las malformaciones congénitas y adquiridas: secuelas; malformaciones más frecuentes; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

39. La fisioterapia en la parálisis cerebral, los trastornos motores y los trastornos asociados a ellos: características. Los niños con necesidades especiales: atención temprana. Plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

40. Relación del fisioterapeuta con el equipo de trabajo en los colegios de integración y de educación especial.

41. La fisioterapia en los pacientes ancianos, los pacientes frágiles y en la atención a la cronicidad. Prevención y promoción de la salud: análisis y prevención del riesgo de caídas. Plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

42. La fisioterapia y el suelo pélvico (femenino y masculino). Ginecología, obstetricia (preparto y posparto) y urología. Patologías más frecuentes; intervenciones quirúrgicas; plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento.

43. La fisioterapia y las intervenciones quirúrgicas. Protocolo ERAS: prehabilitación; recuperación funcional posterior a la intervención.

44. La fisioterapia en el abordaje del dolor crónico: enfoque biopsicosocial. Plan de intervención; técnicas y métodos de tratamiento; educación fisioterapéutica.

45. El ejercicio terapéutico y la reeducación funcional: bases fisiológicas del ejercicio; prescripción individualizada y por patologías; mecanoterapia integrada en el tratamiento activo funcional; métodos de tonificación muscular.

46. El deporte adaptado a las personas con discapacidad física o problemas de salud mental o sensorial.

47. La electroterapia: técnicas convencionales y actualizadas; normas de seguridad en el manejo de aparatos de electroterapia; factores que hay que tener en cuenta en la dosificación de las diferentes técnicas electroterápicas; indicaciones terapéuticas y contraindicaciones.

48. Terapia manual: movilizaciones, manipulaciones, masoterapia (técnicas miofasciales, drenaje linfático, etc.); efectos fisiológicos; técnicas; indicaciones y contraindicaciones.

49. Termoterapia, hidroterapia y crioterapia: efectos fisiológicos y terapéuticos; técnicas de aplicación; indicaciones y contraindicaciones.

50. Vendajes: concepto y aplicaciones; material necesario; métodos; indicaciones y contraindicaciones.

51. Uso y manejo de prótesis, sillas de ruedas y bastones.

52. La seguridad del paciente: apoyo vital básico y desfibrilación automática externa.

53. Investigación y docencia en el ámbito de la fisioterapia: uso de bases de datos (PEDro, PubMed, etc.); lectura crítica de artículos científicos; diseño de estudios científicos, análisis de datos, variables; metodología cuantitativa y cualitativa; ética en la investigación.

54. Prevención y control de las infecciones nosocomiales en el ámbito de la fisioterapia; medidas preventivas; bioseguridad y protocolos en relación con las enfermedades transmisibles.

55. Ergonomía: definición y objetivos; posturas durante el trabajo; diseño del puesto de trabajo.

56. Métodos de movilización de pacientes y personas incapacitadas. La escuela de espalda.

57. Salud laboral: concepto; condiciones físico-ambientales del trabajo.

58. Accidentes de riesgo biológico: medidas de prevención en materia de salud laboral.

59. Técnicas y habilidades de comunicación y relación interpersonal. Trabajo en equipo.

60. Identificación de las necesidades de apoyo emocional y psicológico al paciente, a su familia y al cuidador principal.

 

Temario técnico/técnica especialista en anatomía patológica

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.   

Contenido específico:

11. Principios fundamentales de la bioética: aspectos éticos del trabajo del técnico especialista en anatomía patológica; el secreto profesional: concepto y regulación jurídica.

12. Calidad en el Sistema Nacional de Salud: características de la atención sanitaria; evaluación de la calidad: estructura, proceso y resultado aplicado a la unidad; servicio de anatomía patológica; sistemas internos y externos de control de la calidad.

13. Metodología de investigación: técnicas cuantitativas y cualitativas; fuentes de datos; estudios descriptivos y analíticos en el laboratorio de anatomía patológica; estudios de proceso y resultado; papel del técnico especialista.

14. Epidemiología y método epidemiológico: epidemiología de las enfermedades transmisibles; infección nosocomial: barreras higiénicas, consecuencias de las infecciones nosocomiales; gestión de los residuos sanitarios: clasificación, transporte, eliminación y tratamiento.

15. Asepsia y esterilización: conceptos de sepsis, antisepsia, esterilización y desinfección; manejo de materiales estériles. Laboratorio de anatomía patológica: riesgo en el uso de substancias químicas; efectos tóxicos de los disolventes orgánicos.

16. Introducción a la histotecnología aplicada al laboratorio de anatomía patológica: funciones de los técnicos especialistas en anatomía patológica; concepto y objeto de la histotecnología; conceptos de biopsia y de pieza quirúrgica; conceptos de la preparación histológica.

17. Técnicas generales de autopsia y estudio macroscópico: las salas de autopsia y macroscópica; funciones del técnico especialista en anatomía patológica con relación a las autopsias y a los estudios macroscópicos.

 

​​​​​​​18. Fundamentos generales sobre el procesamiento histológico de los tejidos; equipamiento general de un laboratorio de anatomía patológica. Fundamentos del proceso de fijación tisular: principios generales de la fijación tisular; tipos de fijación; clases de agentes fijadores según el mecanismo de actuación; fijación en microscopia electrónica; reglas generales que deben observarse en el uso de líquidos fijadores.

19. Descalcificación y reblandecimiento tisular: soluciones descalcificantes más usadas; aceleración del proceso de descalcificación química por medio de ultrasonidos; descalcificación electrolítica.

20. Métodos y técnicas de inclusión: deshidratación; infiltración en parafina; otros métodos de inclusión (gelatina, celoidina, resinas plásticas); la inclusión en la microscopia electrónica.

21. Realización de los bloques y orientación de los especímenes: consideraciones generales; estructuras tubulares; superficies epiteliales; fragmentos grandes; fragmentos múltiples; estructuras quísticas; realización de los bloques en la microscopia electrónica.

22. Micrótomos y técnicas de corte de los tejidos: concepto y tipos de micrótomos; técnica de corte sobre bloques de parafina; técnica de corte en el criostato; técnicas de corte en la microscopia electrónica.

23. El microscopio óptico simple y compuesto: reglas generales para usar el microscopio; concepto, descripción y funcionamiento del microscopio electrónico de transmisión.

24. Fundamentos generales de la coloración: coloraciones nucleares; colorantes citoplasmáticos; coloraciones de conjunto. Coloraciones para el tejido conjuntivo: técnicas de impregnación argéntica.

25. Técnicas de coloración para identificar distintos tipos de sustancias: grasas, glucógeno, mucina, fibrina y amiloide. 

26. Coloraciones para ácidos nucleicos: métodos para la identificación y la tinción de pigmentos e iones metálicos.

27. Métodos para detectar microorganismos: bacterias, ácido, alcohol resistente, espiroquetas, hongos, virus de la hepatitis.

28. Técnicas inmunohistoquímicas y diagnóstico molecular; recogida y preparación del tejido.

29. Introducción a la citopatología: equipamiento general de una sección de citopatología; funciones de los citotecnólogos.

30. Tipos de muestras en la citopatología: exfoliativa, por punción-aspiración con aguja fina de líquidos y secreciones, etc.; generalidades sobre la obtención, la prefijación y el envío de estas muestras.

31. Procesamiento general del material citopatológico: extensión de esputos y aspirados bronquiales, líquidos diversos, lavados bronquiales y gástricos, punción-aspiración con aguja fina; fijación.

32. Coloraciones para estudios citológicos; métodos de coloración más importantes: coloración de Papanicolau, de May-Grünwald, de Giemsa, de Diff-Quik.

33. Aspectos básicos del citodiagnóstico: estructura fundamental de la célula; generalidades sobre el núcleo y el citoplasma; citodiagnóstico de la inflamación tisular; criterios citológicos de malignidad celular.

34. Citología del aparato genital femenino: citología cervical, citología de la vulva y de la vagina; citología del endometrio. Citología clínica: citología exfoliativa del aparato respiratorio, del aparato digestivo, de los derrames, de la orina y de otras localizaciones.

35. Técnicas especiales en la citología: la inmunocitoquímica en la citología diagnóstica; citometría de flujo; técnicas de diagnóstico molecular; métodos de citometría digital y análisis de la imagen.

36. Citología de cribado de cáncer de cuello uterino. Clasificación según Bethesda. Citología de triple toma convencional y citología en medio líquido. Técnicas moleculares de cribado del cáncer de cuello uterino. Historia natural de la infección por HPV.

37. Procesamiento de muestras para biobanco. Sistemas de congelación, cultivo, y conservación. Criopreservación, conservantes de ácidos nucleicos. Concepto de muestras anónimas, anonimizadas y codificadas. Bioseguridad.

38. Técnicas moleculares en anatomía patológica. Estructura del ADN. Replicación, transcripción y traslación. Extracción de ácidos nucleicos; pureza. Técnicas de amplificación. Secuenciación. Controles de calidad.

39. La anatomía patológica en la era digital. Digitalización de la microscopía de campo claro y de la fluorescencia. Controles de calidad. 

40. Soporte vital básico y desfibrilador semiautomático.

Temario técnico/técnica especialista de laboratorio 

Contenido jurídico común: 

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.  

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud.  La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas. 

  Contenido específico 

11. Normas UNE e ISO aplicables a los laboratorios clínicos (ISO 15189). 

12. Equipos y materiales del laboratorio: mantenimiento y calibración. Control de calidad interno y externo en los laboratorios clínicos. 

13. Manipulación de muestras biológicas. 

14. Fase preanalítica: reactivos químicos y biológicos. Material volumétrico y de seguridad: tipos de material; limpieza; medidas y volúmenes. Preparación de disoluciones y diluciones; modo de expresar la concentración

15. Prevención de riesgos laborales en el laboratorio; gestión de los residuos sanitarios y peligrosos en el laboratorio. 

16. Ética profesional y confidencialidad en el tratamiento de datos clínicos. 

17. Laboratorio de urgencias: parámetros habituales, metodologías y control analítico. 

18. Principios de bioquímica clínica: metabolismo, enzimas y electrolitos. 

19. Técnicas analíticas de bioquímica. 

20. El equilibrio ácido-base: gasometría arterial y venosa; estudio de drogas y fármacos. 

21. Determinación de parámetros bioquímicos en la sangre y en la orina. 

22. Hormonas tiroideas: conceptos generales, técnicas para su determinación y aplicaciones clínicas. 

23. Marcadores bioquímicos de las funciones hepática, renal y pancreática. 

24. Perfil lipídico, marcadores cardiovasculares y marcadores tumorales. 

25. Microscopios: propiedades ópticas y elementos; campo luminoso, campo oscuro, luz ultravioleta, fluorescencia, contraste de fases y de transmisión electrónica

26. Recogida de muestras en el laboratorio de microbiología: sangre, líquidos corporales estériles, tejidos, etc. Muestras corporales obtenidas por procedimientos invasivos o quirúrgicos: líquidos cefalorraquídeo, pleural, ascítico y sinovial, muestras del tracto respiratorio inferior, exudados del tracto respiratorio superior, etc. Características generales y prevención de errores en la manipulación.

 Observación de microorganismos en fresco y preparaciones teñidas. Tipos de tinción: simple, diferencial y estructural. Identificación de bacterias de interés clínico

28. Técnicas de cultivo, aislamiento e identificación de microorganismos. Técnicas de antibiograma y sensibilidad antimicrobiana e interpretación. 

29. Parasitología: técnicas directas e indirectas. Hemocultivos, incubación y sistemas automáticos. Micobacterias y hongos: clasificación y medios de cultivo adecuados para aislarlos e identificarlos. 

30. Control de infecciones nosocomiales desde el laboratorio. 

31. Principios de hematología clínica: células sanguíneas; análisis. 

32. Hemostasia y coagulación: técnicas, estudio y alteraciones. 

33. Organización del banco de sangre: normativa y trazabilidad. 

34. Pruebas de compatibilidad sanguínea y tipificación. 

35. Principios de inmunología clínica: antígenos, anticuerpos y respuesta inmunitaria. Sistema inmunitario: generalidades; tipos y mecanismos de respuesta inmunitaria; antígenos-anticuerpos y determinantes antigénicos; inmunidad celular; inmunidad humoral; complejo principal de histocompatibilidad. Inmunodeficiencias: primarias, secundarias; autoinmunidad. Reacciones de hipersensibilidad. 

36. Técnicas inmunológicas: ELISA, inmunofluorescencia, Western blot, inmunoelectroforesis e inmunofijación, radioinmunoanálisis (RIA), técnicas de aglutinación y precipitación. 

37. Enfermedades autoinmunitarias y alergias. 

38. Técnicas de PCR, secuenciación y electroforesis. 

39. Bases estadísticas de la calidad analítica: media, mediana, moda, desviación estándar, precisión, exactitud, veracidad, distribución normal; validez y fiabilidad de los instrumentos de medida; sensibilidad y especificidad. Curvas de rendimiento diagnóstico. Valores de referencia. Estadística en el laboratorio. 

40. Conceptos básicos de genética. El ciclo vital de una célula somática: mitosis, meiosis, gametogénesis humana. Estructura y función de los cromosomas y de los genes; bases cromosómicas de la herencia; patrones de herencia; alteraciones numéricas y estructurales de los cromosomas. Principales trastornos genéticos: clasificación. 

Temario técnico medio sanitario / técnica media sanitaria en cuidados auxiliares de enfermería

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público: derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido específico

11. Actividades del técnico medio sanitario en cuidados auxiliares de enfermería en la atención primaria y en la atención hospitalaria. Concepto: cuidados, necesidades básicas y autocuidado.

12. Trabajo en equipo: conceptos de equipo y de equipo multidisciplinario. Práctica colaborativa.

13. Comunicación: concepto y tipos de comunicación; habilidades para la comunicación; la empatía y la escucha activa. Principios fundamentales de la bioética. El secreto profesional: concepto y regulación jurídica.

14. Anatomía y fisiología del ser humano.

15. Infecciones nosocomiales: definición, cadena epidemiológica, barreras higiénicas. Tipos y medidas de aislamiento. Importancia de la higiene de manos.

16. Conceptos generales sobre higiene hospitalaria. Métodos de limpieza y desinfección del material y del instrumental sanitario. Antisépticos y desinfectantes. Esterilización: métodos según el tipo de material. Tipos de control. Manipulación y conservación del material estéril.

17. Gestión de residuos sanitarios: definición, clasificación, transporte, eliminación y tratamiento.

18. Constantes vitales: concepto. Procedimiento para tomar las constantes vitales. Gráficas y balance hídrico.

19. Muestras biológicas: concepto de muestra. Diferentes tipos de muestra biológica. Procedimientos para tomar muestras; manipulación, transporte y conservación.

20. Atención de los pacientes en las necesidades de higiene: concepto, higiene general y parcial, higiene del paciente encamado; técnica de higiene capilar. Higiene de los neonatos y de los lactantes.

21. Atención de los pacientes en las necesidades de eliminación: diuresis y defecación; tipo de enema, administración de enemas. Conocimientos y actividades de colaboración para hacer sondajes de los aparatos urinario, digestivo y rectal.

22. Atención de los pacientes en las necesidades de alimentación: clasificación de los alimentos; tipos de dieta; vías de alimentación; manipulación y administración de alimentos (alimentación enteral); alimentación por sonda nasogástrica y atenciones especiales a pacientes intubados. La alimentación de los lactantes.

23. Atención de los pacientes en las necesidades de movilización: movilidad e inmovilidad física; factores que afectan a la movilidad. Ergonomía: técnicas de movilización, de deambulación y de traslado. Posiciones corporales. Riesgo de caídas: medidas preventivas. Uso correcto de los dispositivos de ayuda.

24. Reanimación cardiopulmonar básica. Soporte vital básico. Conceptos de urgencia y emergencia. Desfibrilación externa automática (DEA). Primeros auxilios en situaciones críticas. Carro de paradas: reposición y mantenimiento del material.

25. Medicamentos: tipo de medicamento; vías de administración; precauciones antes, durante y después de la administración. Conservación y almacenamiento de los medicamentos; caducidad.

26. Úlceras por presión: concepto; factores de riesgo; localización; etiología; medidas de prevención; movilización y cambios de postura.

27. Atención y preparación de los pacientes para una exploración y/o una intervención quirúrgica: posiciones anatómicas. Atención en las fases preoperatorias y postoperatorias.

28. Atención de los pacientes de salud mental: concepto de trastorno mental grave. Atención de las necesidades básicas durante la hospitalización.

29. Atención de los pacientes en situación de necesidad de cuidados paliativos. Duelo: tipo y manifestaciones. Cuidados post mortem.

30. Seguridad clínica: prevención de caídas; prevención de úlceras por presión; higiene de manos. Sistemas de notificación de acontecimientos adversos. Estrategias de seguridad.

Personal de gestión y servicios

Temario grupo técnico de la función administrativa

Contenido jurídico común

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución.

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales.

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público.

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes.

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente.

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos.

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: normas generales; derechos y deberes.

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario.

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Temario específico

11. La Constitución española de 1978: concepto; características; estructura; las Cortes Generales; el Gobierno y la Administración; las relaciones entre el Gobierno y la Cortes Generales; el Poder Judicial; economía y hacienda; la organización territorial del estado; el Tribunal Constitucional.

12. El estado de las autonomías (I). Principios del estado de las autonomías; el procedimiento para constituirlas: los estados de autonomía: concepto, naturaleza jurídica y contenido.

13. El estado de las autonomías (II). La organización institucional autonómica; la delimitación constitucional del reparto de competencias legislativas y ejecutivas en la Constitución española; competencias exclusivas, competencias compartidas y competencias concurrentes; legislación estatal y ejecución a cargo de las comunidades autónomas; legislación básica estatal y legislación de despliegue y ejecución a cargo de las comunidades autónomas; bases y coordinación del Estado.

14. El Tribunal Constitucional: organización, composición, funcionamiento y competencias del Tribunal Constitucional. Los procesos de inconstitucionalidad y el recurso de amparo. Los conflictos constitucionales. Conflictos constitucionales entre órganos del Estado. Los conflictos positivos y negativos de competencia. La impugnación de disposiciones y resoluciones de las comunidades autónomas. 

15. Las Cortes Generales (I): concepto, características y composición. La organización de las cámaras. El funcionamiento de las cámaras. La función legislativa de las Cortes Generales, en especial, el procedimiento de elaboración de las leyes. La función financiera y presupuestaria. La función Parlamentaria de control del Gobierno. Otras funciones constitucionales. 

16.  Las Cortes Generales (II): los órganos dependientes de las Cortes Generales. El Tribunal de Cuentas: concepto, naturaleza jurídica, composición, organización, funcionamiento y funciones. El Defensor del Pueblo: concepto, naturaleza jurídica, designación, cese y funciones. Procedimiento de actuación. 

17.  El Gobierno: concepto, naturaleza jurídica y antecedentes. La composición del Gobierno. Las funciones del Gobierno. El presidente del Gobierno: naturaleza jurídica, nombramiento y funciones. Los ministros: naturaleza jurídica y funciones. Las comisiones delegadas del Gobierno. El estado jurídico de los miembros del Gobierno y su responsabilidad. Nombramiento y cese del Gobierno. El Gobierno en funciones. 

18. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: derechos, deberes y libertades de los ciudadanos; competencias; reforma del Estatuto de autonomía.

19. La organización institucional de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (I). El Parlamento: características, naturaleza jurídica, composición, organización, funcionamiento; el estatuto de los diputados. Los órganos dependientes del Parlamento: la Sindicatura de Cuentas. La Sindicatura de Greuges. 

20. La organización institucional de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (II). El presidente de las Islas Baleares: naturaleza jurídica y elección. El estatuto personal del presidente y atribuciones. La responsabilidad del presidente y del Gobierno de las Islas Baleares ante el Parlamento: la cuestión de confianza y la moción de censura. El Gobierno de las Islas Baleares: concepto y naturaleza jurídica; la composición del Gobierno; funciones; funcionamiento; órganos de apoyo y colaboración del Gobierno. Los consejos insulares.

21. La Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (III). Órganos y unidades administrativas: concepto y clases. Las consejerías del Gobierno de las Islas Baleares: estructura interna, órganos y atribuciones. La Consejería de Salud: estructura orgánica y competencias. Las competencias de de las Islas Baleares relativas a la sanidad. El Consejo Consultivo: concepto, naturaleza jurídica, composición y funciones.

22. El régimen de cooficialidad de las lenguas: la Ley de normalización lingüística; el uso de las lenguas oficiales en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; requisitos de catalán para el personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

23. La Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares: objeto; ámbito; principios informadores; derechos y deberes de los ciudadanos en el ámbito sanitario; el sistema sanitario público de las Islas Baleares; competencias de las administraciones públicas; el Servicio de Salud de las Islas Baleares.

24. El Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares: naturaleza; objetivos fundamentales; estructura y organización; ordenación territorial; régimen jurídico: asistencia jurídica.

25. El Decreto 79/2023, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares: disposiciones generales; servicios corporativos; gerencias territoriales; régimen de suplencias de los órganos de dirección del Servicio de Salud en casos de vacante, ausencia o enfermedad.

26. El Decreto 16/2015, de 10 abril, de ordenación sanitaria territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

27. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): objeto y ámbito de aplicación; personal al servicio de las administraciones públicas; representación, participación y negociación colectiva; el régimen de incompatibilidades de los empleados públicos; adquisición y pérdida de la relación de servicio.

28. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario.

29. El régimen disciplinario del personal estatutario: la responsabilidad disciplinaria: concepto, clases y principios fundamentales del régimen disciplinario. Las faltas disciplinarias: clases y prescripción. El procedimiento disciplinario: tramitación y sanciones. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.

30. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: derechos de las personas responsable y encargado del tratamiento; autoridades de protección de datos; la vulneración de la normativa de protección de datos: procedimientos de defensa y régimen sancionador. Garantía de los derechos digitales.

31. Las fuentes del derecho administrativo (I). Los principios de jerarquía y competencia. La ley: concepto y requisitos; clases de leyes; la ley orgánica; las leyes ordinarias; las disposiciones del Gobierno con rango de ley: decretos legislativos y decretos ley.

32. Las fuentes del derecho administrativo (II). El reglamento: concepto y fundamento; la potestad reglamentaria; clases de reglamento; los reglamentos ilegales; la inderogabilidad singular de los reglamentos. Forma y procedimiento de elaboración de las disposiciones reglamentarias. La costumbre. Los principios generales del derecho. La jurisprudencia.

33. La Administración pública: concepto y características. La unidad o pluralidad de las administraciones públicas. Tipos de administraciones públicas. Principios constitucionales informadores. De la organización territorial del Estado en la Constitución Española: principios generales, de la Administración local y de las Comunidades Autónomas. 

34. Los ciudadanos como titulares de derechos ante la Administración. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. La representación y los medios para acreditarla: el registro electrónico general de apoderamientos. Sistemas de identificación y de firma electrónica de los interesados en el procedimiento y su utilización

35. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (I): concepto, ámbito de aplicación y principios generales. Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento (la capacidad de obrar y el concepto de interesado; identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo); de la actividad de las Administraciones Públicas (normas generales de actuación; términos y plazos). 

36. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (II). El acto administrativo (I): concepto y naturaleza jurídica; tipos de acto administrativo; elementos del acto administrativo; validez y eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación; referencia especial a la notificación electrónica.

37. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (III). El acto administrativo (y II): la obligación de resolver y los actos presuntos; el silencio administrativo: concepto y clases; antecedentes y régimen actual; la ejecución forzosa de los actos administrativos.

38. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (IV). El procedimiento administrativo: concepto y finalidad; la regulación del procedimiento administrativo en el derecho español; principios inspiradores del procedimiento administrativo; los derechos de los interesados en el procedimiento; los plazos administrativos: regulación y jurisprudencia; estructura y fases del procedimiento administrativo; la iniciación: formas y efectos; el desarrollo: la ordenación del procedimiento y la instrucción; la finalización del procedimiento; tramitación simplificada

39. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (V). La invalidez de los actos administrativos y sus grados: la nulidad de pleno derecho; la anulabilidad; las irregularidades no invalidantes; la incomunicación de invalidez; la conversión; la conservación y la convalidación; la revisión de oficio de los actos administrativos; la revisión de oficio de los actos nulos; la declaración de lesividad de actos anulables; suspensión de los actos objeto de revisión; la revocación; la rectificación de los errores; límites a la revisión.

40. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (VI). Los recursos administrativos: concepto y naturaliza jurídica; clases de recurso y regulación positiva; requisitos subjetivos y objetivos de los recursos; el procedimiento administrativo en vía de recurso: especialidades; el recurso de alzada; el recurso potestativo de reposición; el recurso extraordinario de revisión; los procedimientos alternativos de impugnación.

41. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

42. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (I): concepto, ámbito de aplicación y principios generales.

43. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (II). Los órganos administrativos: concepto y elementos; naturaleza jurídica de la relación entre el titular del órgano y la Administración; clases de órganos administrativos; régimen jurídico: la creación de órganos administrativos y los órganos colegiados.

44. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (III). La competencia administrativa: concepto y naturaleza jurídica; tipos de competencia; las técnicas de alteración del ejercicio de la competencia: la delegación, la avocación, el encargo de gestión, la delegación de firma y la suplencia; la desconcentración.

45. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (IV). Los convenios: concepto y clasificación. Requisitos de validez y eficacia. Contenido, trámites, extinción y efectos. Remisión de los convenios al Tribunal de Cuentas. La exclusión de los convenios del marco de la Ley de contratos del sector público.

46. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: disposiciones generales; organismos públicos; organismos de naturaleza privada de titularidad pública; consorcios.

47. El ordenamiento comunitario europeo. Derecho originario y derecho derivado (reglamentos, directivas y decisiones); las relaciones entre el ordenamiento jurídico comunitario y el de los estados miembros; la aplicación del derecho comunitario en las comunidades autónomas.

48. Las instituciones de la Unión Europea: la Comisión Europea; el Consejo Europeo; el Consejo de la Unión Europea; el Parlamento Europeo; el Tribunal de Justicia de la Unión Europea; el Tribunal de Cuentas Europeo; el Banco Central Europeo.

49. El buen gobierno: concepto. Principios de buen gobierno en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Principios éticos y reglas de conducta de los cargos públicos en el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre).

50. El Decreto 31/2023, de 22 de mayo, por el que se establece la organización administrativa en materia de transparencia y se desarrolla el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y en su sector público instrumental: disposiciones generales en materia de derecho de acceso a la información pública y procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso.

51. La administración electrónica: la administración electrónica en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; registros electrónicos; identificación y firma en el procedimiento administrativo; acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios; problemática de la administración electrónica y de su implantación.

52. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: políticas públicas para la promoción de la igualdad de género; competencias de las administraciones públicas; organización institucional y coordinación entre las administraciones públicas de las Islas Baleares; medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Islas Baleares. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal; la corresponsabilidad.

53. La Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa: concepto, naturaleza, extensión y límites; órganos de este orden jurisdiccional; el recurso contencioso-administrativo; las partes en el proceso contencioso-administrativo; actos impugnables; procedimiento general del recurso contencioso-administrativo: requisitos previos, iniciación y tramitación; el recurso de súplica; el recurso de apelación; el recurso de casación; el recurso de revisión; el recurso contencioso especial de los derechos y de las libertades fundamentales; la ejecución de sentencias.

54. La responsabilidad patrimonial de la Administración: los principios y los requisitos de la responsabilidad patrimonial; la efectividad de la responsabilidad patrimonial: la indemnización y el procedimiento de responsabilidad; la acción de repetición.

55. Los contratos administrativos (I). La legislación de contratos del sector público: la normativa de contratos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: ámbito de aplicación, estructura y contenido básico. Contratos administrativos: concepto y características; naturaleza jurídica; clases de contratos de las administraciones públicas.

56. Los contratos administrativos (II). La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (I): elementos de los contratos administrativos (sujeto, objeto y causa); la forma de los contratos administrativos: el procedimiento administrativo de contratación y sus fases.

57. Los contratos administrativos (III). La Ley 9/2017 (II): la adjudicación de los contratos de las administraciones públicas: procedimientos de adjudicación y formas de elección del contratista; comunicación, formalización y publicación; especialidades formales relativas a los distintos contratos; la doctrina de los actos separables; la invalidez de los contratos: causas.

58. Los contratos administrativos (IV). La Ley 9/2017 (y III): el contenido de los contratos administrativos: derechos y deberes de las partes; las garantías del cumplimiento contractual; las prerrogativas de la Administración y las garantías del contratista; la extinción de los contratos administrativos: cumplimiento y causas de resolución; la ejecución en sentido impropio: la cesión del contrato y la subcontratación.

59. El patrimonio de las administraciones públicas: concepto y tipos; el dominio público: concepto y naturaleza jurídica; elementos: sujeto, objeto y fin; inicio y cese de la demanialidad: afectación, desafectación y mutaciones demaniales; uso y utilización del dominio público: autorizaciones y concesiones demaniales y, reservas demaniales; los bienes patrimoniales: concepto y régimen jurídico; la protección y la defensa del patrimonio de las administraciones públicas; órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares competentes en materia de patrimonio.

60. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Derechos de acceso a la historia clínica. Instrucciones previas.

61. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: principios generales; titulares del derecho a la protección a la salud y a la atención sanitaria; cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

62. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: actuaciones sanitarias del sistema de salud; intervención pública en relación con la salud individual y colectiva.

63. La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias: principios generales, principios generales de la relación entre los profesionales sanitarios y las personas atendidas por estos.

64. El Real decreto 1030/2006, 15 de diciembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización: cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud; criterios y requisitos; actualización de la cartera de servicios comunes; cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas.

65. Actividad financiera y hacienda pública. El derecho financiero: concepto y contenido. Las fuentes del derecho financiero: la Constitución española de 1978 y los principios constitucionales del derecho financiero.

66. Los tributos y otros ingresos públicos. La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y los reglamentos que la desarrollan. Impuestos propios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

67. Ley general presupuestaria: estructura y contenido. Los principios presupuestarios: concepto, naturaleza jurídica y tipos. El ciclo presupuestario: elaboración, aprobación, ejecución y liquidación.

68. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: concepto y régimen jurídico. Elaboración, estructura, ejecución y contenido. Leyes de acompañamiento presupuestario en el ámbito autonómico.

69. La Ley 14/ 2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Principios generales. Derechos y obligaciones. Presupuestos generales.

70. Gestión presupuestaria (I). Los créditos presupuestarios: estructura. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y las cuentas de gasto. Clasificación de los créditos presupuestarios. Estructura económica, funcional y por programas. Ejecución del presupuesto de gastos: procedimiento general y fases. Contabilización de las operaciones derivadas de la ejecución del presupuesto de gastos.

71. Gestión presupuestaria (II). Los ingresos en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: estructura y clasificación. Proceso presupuestario del ingreso. Contabilización de las operaciones derivadas de la ejecución del presupuesto de ingresos.

72. Gestión presupuestaria (III). Compromisos de carácter plurianual. Modificaciones de crédito: concepto y tipos.

73. Gestión presupuestaria (IV). Estado de liquidación y cierre de presupuestos: liquidación del presupuesto de gastos, liquidación del presupuesto de ingresos, resultado presupuestario. Memoria: contenido. Gastos con financiación afectada y remanente de tesorería.

74. Gestión presupuestaria (V). El control interno y externo del presupuesto. La Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y la Sindicatura de Cuentas.

75. Gestión presupuestaria (VI). Los ilícitos en materia presupuestaria y gasto público. Las responsabilidades relacionadas con la administración de los fondos públicos. El enjuiciamiento contable a cargo del Tribunal de Cuentas y de la Sindicatura de Cuentas.

76. Gestión presupuestaria (VII). Contabilización del inmovilizado no financiero. La contabilización del endeudamiento. La contabilización de la tesorería.

77. Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (I): ámbito de aplicación; principios generales; objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública. La regla de gasto para las comunidades autónomas: instrumentación y establecimiento; límite del gasto no financiero; destino del superávit presupuestario; prioridad del pago de la deuda pública.

78. Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (II): consecuencias de su incumplimiento; medidas preventivas. Medidas correctivas. Los planes económico-financieros: contenido, tramitación y seguimiento. Planes de reequilibrio. Medidas coercitivas. Suministro de información financiera de las comunidades autónomas. La autoridad independiente de responsabilidad fiscal.

79. El plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de las islas Baleares. Marco conceptual. Normas de conocimiento y valoración. Cuentas anuales. 

80.  La contabilidad financiera. La cuenta general del Servicio de Salud: contenido, formación, aprobación y rendición.

81. Auditoría: principios fundamentales de la auditoria financiera del sector público. La Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas: ámbito de aplicación, objeto, régimen jurídico y definiciones. Modalidades de auditoría de cuentas. Requisitos para el ejercicio de la auditoría de cuentas. Ejercicio de la actividad de la auditoría de cuentas. Función supervisora. Régimen de infracciones y sanción.

82. El sistema integral de la información contable. La contabilidad financiera y la contabilidad de costes como componentes de la contabilidad de dirección. Contabilidad de costes y control de gestión. Aplicación de la contabilidad de costes al ámbito sanitario. El producto sanitario: tipos y centros de costes. GRD, GFH, CMBD. Métodos de cálculo.

83. Sistemas sanitarios: definición de sistema sanitario; tipos de sistema sanitario.

84. El modelo concesional en la gestión sanitaria: concepto, inicios, evolución, estructura, contenido, ventajas e inconvenientes.

85. Gestión clínica: concepto y elementos fundamentales para la gestión clínica.

86. Información para la gestión clínica: medición del producto sanitario, datos básicos, sistemas de clasificación de pacientes, comparación de resultados y estándares.

87. Procesos asistenciales: concepto de gestión por procesos; fases para implantar una estrategia de gestión por procesos.

88. La salud y sus determinantes. Funciones de los sistemas sanitarios. Modelos de sistema sanitario. Influencia del entorno en el desarrollo de la gestión de los centros sanitarios. Gestión estratégica de la sanidad. Fórmulas de gestión pública en el Sistema Nacional de Salud.

89. Economía de la salud: concepto y justificación. Características de mercado en sanidad y sus efectos, fallos e imperfecciones. Evaluación económica de tecnologías sanitarias. Análisis ACE, ACU y ACB. Valoración de costes y beneficios. Riesgo e incertidumbre.

90. Atención integrada en la atención a la cronicidad: marco legal, modelos organizativos y estrategias de ámbito estatal. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: continuidad asistencial, cooperación interadministrativa y coordinación entre niveles asistenciales. Estrategia para el abordaje de la cronicidad en el Sistema Nacional de Salud.

Temario Técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información y telecomunicaciones

Contenido jurídico común: 

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos. 

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas. 

Contenido específico 

Bloque I: sistemas y comunicaciones 

11. Sistemas operativos: características y elementos constitutivos; sistemas Windows y Linux. Virtualización de servidores y contenedores. Actualizaciones de seguridad. Despliegue en una red corporativa: funciones y responsabilidades. Características principales de los sistemas operativos para dispositivos móviles. 

12. Redes LAN: definición, tipos de red según el direccionamiento IP. Dispositivos de electrónica de red usados en las redes locales: conceptos básicos; tipos de dispositivo. Cableado estructurado. 

13. El modelo TCP/IP: arquitectura básica, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento y principales protocolos de la arquitectura de comunicaciones TCP/IP (ARP, Ipv4/Ipv6, ICMP, UDP, TCP, DNS, TELNET, FTP, HTTP, SMTP y DHCP). 

14. Redes inalámbricas: LAN, WAN, PAN. Estándares de comunicaciones inalámbricos: LoraWan, GSM, 4G/5G, BLE, WiFI, Protocolo MPLS. 

15. Segmentación y segurización de red: IPSEC, VLAN y control de acceso a red (NAC). 

16. Salvaguarda de la información: sistemas de copia de seguridad; planificación y jerarquía; tipos de copia; restauración. 

17. Sistemas de gestión de bases de datos: tipos de base de datos; características y elementos constitutivos de un sistema de gestión de bases de datos; administración de sistemas de gestión de bases de datos; funciones y responsabilidades; componentes de un entorno de bases de datos. Sistemas OLTP, OLAP, EIS, DSS. 

18. SQL. Lenguaje de definición de datos (DDL). Lenguaje de manipulación de datos (DML) y DCL. XQuery. 

19. Gestión y archivo electrónico de documentos: sistemas de gestión documental; gestores de contenidos; sistemas de gestión de flujos de trabajo. Búsqueda de información: robots, arañas (spiders). 

20. Arquitecturas cliente/servidor, servicios web, alta disponibilidad y clustering. 

21. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones: mantenimiento preventivo, adaptativo, correctivo y perfectivo. 

22. Monitorización de sistemas y métricas de rendimiento. 

23. Almacenamiento masivo de datos. Sistemas SAN, NAS y DAS y soluciones hiperconvergentes: componentes, protocolos, gestión y administración. Virtualización del almacenamiento. Gestión de volúmenes. Niveles RAID: estándar e híbridos habituales. 

24. Planificación física de un centro de tratamiento de la información (CPD, CPC). Tiering. Vulnerabilidades, riesgo, protección y buenas prácticas para el diseño e implementación de un CPD. Informática en la nube (cloud computing): IaaS, PaaS, SaaS, nubes privadas, públicas e híbridas. 

 

​​​​​​​Bloque II: desarrollo e integraciones

25. Motores de integración entre aplicaciones. Integración de aplicaciones corporativas: EAI (enterprise application integration) y ESB (enterprise service bus); conceptos generales. 

26. Lenguajes de programación: tipos de lenguaje y características técnicas. Programación estructurada. Programación orientada a objetos. Patrones de diseño. Herramientas de programación y depuración. Estructuras de datos. Tablas, listas y árboles. Algoritmos: ordenación y búsqueda. Grafos. Organizaciones de ficheros. 

27. CI/CD (integración continua / entrega continua): Tipos de prueba (testing). Calidad del software: conceptos básicos. Sistemas de control de versiones. 

28. Ciclo de vida de los sistemas de información: fases y componentes. Modelo en cascada y modelo en espiral del ciclo de vida. Metodologías de desarrollo: la metodología métrica. Metodologías ágiles. 

29. Diseño y consumo de API y servicios web (REST, SOAP). 

30. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos. Cohesión y acoplamiento. 

31. Diseño de bases de datos. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico. Problemas de concurrencia. Mecanismos de resolución de conflictos. 

32. Arquitectura de aplicaciones (J2EE). Conceptos básicos. Productos y herramientas. 

33. Accesibilidad (web content accessibility guidelines, WCAG). El Real decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. 

Bloque III: seguridad 

34. La seguridad en las redes: cortafuegos, reglas de cortafuegos; control de accesos; conceptos básicos de IDP, WAF, VPN, IPS, IDS, EDR. 

35. Antivirus: conceptos y necesidades de centralización y despliegues en caso de cambio de software; protocolos, actuaciones y medidas en caso de infección individual o generalizada. 

36. Seguridad física y lógica de un sistema de información: riesgos, amenazas y vulnerabilidades; medidas de protección y aseguramiento; auditoría de seguridad física. 

37. Gestor de identidades: conceptos y funcionalidad básica. 

38. Identificación electrónica y firma electrónica. Certificados electrónicos. PKI. Algoritmos de cifrado de único sentido (HASH). Firma electrónica. Certificación digital. Legislación vigente. 

39. El Real decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. 

40. NIS2: obligaciones y requisitos para operadores esenciales 

41. Herramientas SIEM y monitorización de seguridad. 

42. Metodologías de gestión de riesgos (MAGERIT, ISO 31000). 

Bloque IV: gestión, sistemas de información, metodologías y estándares 

43. Conceptos básicos de gestión de tecnologías de la información según ITIL (information technology infrastructure library). 

44. Conceptos básicos en dirección y gestión de proyectos de tecnologías de la información, planificación de recursos humanos y técnicos, técnicas de control y metodologías de gestión de proyectos 

45. IHE (integrating the healthcare enterprise) y los estándares tecnológicos en el ámbito sanitario: DICOM, HL7, FHIR. 

46. Codificación y agrupación de diagnósticos en la sanidad: CIE, SNOMED, GRD, LOINC. 

47. Sistema de información de atención hospitalaria, ambulatoria, quirúrgica y de urgencias: conceptos generales. Sistemas de información en la atención primaria: arquitectura básica. 

48. Conceptos generales de sistemas de información departamentales: laboratorio, anatomía patológica, radiología y farmacia. 

49. La tarjeta sanitaria individual del Sistema Nacional de Salud. La tarjeta sanitaria virtual. 

50. Receta electrónica del Sistema Nacional de Salud (RESNS) y receta electrónica europea (ePrescription / eDispensation): conceptos básicos e interoperabilidad. 

51. Historia Clínica del Sistema Nacional de Salud (HCDSNS) e Historia Clínica Resumida Europea (EU-patient summary [EUPS]): conceptos básicos e interoperabilidad. 

52. Protección jurídica de los programas de ordenador. Software de código abierto. Software libre y software propietario. Características y tipos de licencia. 

53. Portales web, sedes electrónicas, herramientas de administración electrónica y archivo electrónico único. El Real decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la administración electrónica. 

54. Plan Estratégico de Transformación e Innovación en Salud Digital de las Islas Baleares 2025-2029. 

55. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: conceptos generales. 

Bloque V: gobierno del dato 

56. Analítica de datos. Conjuntos de datos (data sets). Almacén de datos (data warehouse). Minería de datos. Generación de informes. Inteligencia empresarial (BI). Lago de datos (data lake). 

57. Gobierno del dato y calidad de la información. 

58. Datos abiertos (open data) y reutilización de la información pública. 

59. Inteligencia artificial y aprendizaje automático (machine learning). 

60. Ética y gobernanza de la inteligencia artificial en el ámbito de la salud: conceptos básicos. 

​​​​​​​Temario conductor/conductora 

Contenido jurídico común: 

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos. 

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas. 

Contenido específico: 

11. Normativa vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor, vías públicas y seguridad vial. Competencias administrativas en materia de tráfico. Reglamento general de conductores: permisos y licencias de conducción. Reglamento general de vehículos: permiso de circulación y documentación de vehículos. Tipos y categorías de vehículo; condiciones técnicas que deben cumplir para poder circular por las vías públicas; inspecciones técnicas y seguro obligatorio; señales y distintivos de los vehículos. 

12. Movilidad sostenible: la conducción y la contaminación; la conducción eficiente: concepto, ventajas y técnica de conducción eficiente. Las nuevas formas de movilidad urbana: tipos de reto; convivencia pacífica con los otros usuarios de las vías públicas. 

13. La circulación de vehículos: sentido de la circulación; la calzada: uso de carriles, arcenes, isletas y refugios; distancias de seguridad o separación; la velocidad: límites y distancias de seguridad; el adelantamiento y la circulación paralela: maniobras de adelantamiento; el alumbrado: sistemas de alumbrado y señalización óptica de vehículos; las señales acústicas. 

14. Maniobras básicas de circulación y operaciones básicas de conducción: incorporación a la circulación; cambios de dirección, calzada y carril; cambio de sentido de la marcha; marcha hacia atrás; distancia entre vehículos; detención, parada y estacionamiento. Inmovilizaciones decretadas por los agentes de la autoridad: retirada y depósito del vehículo. 

15. La observación. La prioridad de paso: normas de prioridad en intersecciones, tramos estrechos, obras, paso por puentes y túneles; restricción de paso y detenciones. Normas de comportamiento de los conductores respecto de ciclistas, peatones y animales. Vehículos en servicio de urgencia. Vehículos prioritarios y otras preferencias. 

16. Las señales de circulación: tipos y características. Responsabilidad de la señalización de las vías. Prioridad entre señales; señales de indicación; señales de los agentes de circulación; señales circunstanciales y de balizamiento; marcas viales; semáforos. 

17. El motor térmico: constitución y funcionamiento. Tipos de motor: elementos y funcionamiento de un motor de gasolina y de un motor diésel; tipos de carburante. Motores híbridos y eléctricos. Cilindrada, compresión y potencia; reglajes; averías en la compresión. El sistema de alimentación: la inyección; el circuito de alimentación de aire; el circuito del carburante; averías en la carburación; filtros de aire y de gasolina. El sistema de escape. Catalizadores. Sonda lambda. 

18. Sistemas de lubricación y refrigeración: componentes, características y elementos; averías y consecuencias de estas; engrase de piezas móviles; tipos de lubricante: aceites, valvulinas, grasas, fluidos hidráulicos, líquido de dirección; líquido de frenos. Líquidos de refrigeración: mantenimiento, niveles y conservación. 

19. Sistemas eléctricos del automóvil: esquema eléctrico general; generadores, semiconductores, limitadores y reguladores, baterías y sistema de arranque; sistemas eléctricos auxiliares. Aparatos de medida. Averías más comunes y posibles consecuencias. 

20. El sistema de trasmisión. El embrague: tipos, funcionamiento y averías. Mecanismos de la caja de velocidades: tipos, funcionamiento y averías. El árbol de trasmisión y las rótulas. Mecanismos del grupo cónico. Palieres. Sistemas de regulación del deslizamiento. La tracción y la propulsión: averías más frecuentes. Las ruedas y los neumáticos. El sistema hidráulico. 

21. El sistema de dirección y suspensión: elementos y mantenimiento; la dirección asistida; la suspensión neumática; averías más comunes y posibles consecuencias. 

22. El sistema de frenado: tipos de freno; sistemas de mejora de la eficacia del frenado. Elementos de la rueda: tipos y nomenclatura de neumáticos; cuidado y mantenimiento; la presión de inflado; tablas de carga y presiones; cambio de una rueda; uso de cadenas. 

23. La seguridad activa y pasiva: comprobaciones previas; seguridad en los vehículos y en la vía; sistemas de retención infantil; espcial referencia al cinturón de seguridad; elementos de protección para motoristas y ciclistas; importancia de las comprobaciones previas; actuación desde el exterior del vehículo; actuación desde el puesto de conductor; sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS). 

 

​​​​​​​24. Técnicas de conducción: reglas de seguridad; colaboración entre usuarios; la importancia de la observación y la atención; la anticipación; la zona de incertidumbre; conducción en curvas; adelantamientos; conducción nocturna; conducción en condiciones meteorológicas o ambientales adversas. 

25. El fenómeno del hidroplaneo (aquaplaning): averias, síntomas, mantenimiento sistemático y reparaciones elementales; reparaciones de emergencia. 

26. Los accidentes de tráfico: concepto; clases; causas; fases; medidas de prevención; distracciones durante la conducción como factor de riesgo. Los delitos contra la seguridad del tráfico. 

27. Conocimiento del equipamiento y del material necesarios para el transporte sanitario medicalizado y de urgencias. Conocimiento y manejo de emisoras de radio y equipos de comunicación. Capacitación en primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar (RCP). Traslado y movilización de pacientes. Manipulación manual de cargas. 

28. Comportamiento y primeros auxilios en caso de accidente de tráfico; medidas que hay que adoptar; auxilio inicial a los heridos en un accidente de tráfico; actuaciones básicas con los accidentados; movilización y transporte de accidentados; prevención de lesiones. El delito de omisión del deber de socorro. 

29. Factores que influyen en la aptitud para conducir: causas directas e indirectas, antes y durante la conducción. La velocidad: relación entre la velocidad, el riesgo y la frecuencia de los accidentes. El alcohol, los medicamentos, las drogas y la conducción. La fatiga, el sueño, el estrés y otros estados físicos. 

30. Informática de nivel de usuario: conceptos básicos; sistemas operativos; el procesador de textos Word; el correo electrónico; internet: concepto y modo de acceso; exploradores y búsqueda de información. 

Temario de la categoría monitor/monitora 

Contenido jurídico común:

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos. 

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud.  La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas. 

Contenido específico 

11. Trabajo en equipo: coordinación interprofesional, coordinación con otros sectores y servicios. Conceptos de equipo, equipo multidisciplinario, proceso de integración, consenso, motivación y aprendizaje. 

12. Autonomía personal y social: concepto. Autodeterminación e independencia. La dependencia y su valoración: grados y niveles, factores psíquicos y contextuales. Discapacidad y calidad de vida; discapacidad y dependencia. Diversidad funcional. Prevención y atención a la dependencia. 

13. Habilidades de autonomía personal y social: áreas en que se organizan, habilidades, hábitos y rutinas. La importancia de las rutinas. Fases de adquisición de las habilidades de autonomía personal y social. Intervención en actividades de la vida diaria. 

14. Entrenamiento y adquisición de habilidades sociales: concepto, dificultades en la adquisición. Las habilidades sociales y la integración en la sociedad. Recursos para favorecer la relación social. 

15. La comunicación interpersonal: conceptos y tipos de comunicación; empatía y escucha activa; control del estrés; habilidades para la comunicación. 

16. Ámbitos de inclusión social: de la salud, de la educación y la formación, residencial, relacional y de la participación. Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social. Participación de los usuarios en el diseño de las estrategias y servicios de salud mental. 

17. Derechos y garantías de los ciudadanos y calidad asistencial en el Servicio de Salud de las Islas Baleares. Elección libre de profesional sanitario. Segunda opinión médica. Transparencia y calidad en los servicios. Derechos, garantías y dignidad de la personal en el proceso de muerte. Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Voluntad anticipada: organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Anticipadas. 

18. Principios fundamentales de la bioética. Dilemas éticos. Normas legales de ámbito profesional. El secreto profesional: concepto y regulación jurídica. 

19. Salud mental: claves, estrategias y acciones en marcha. Plan de Acción Integral sobre Salud Mental 2013-2030 de la OMS. Estrategia (vigente) de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud. Plan de Acción de Salud Mental 2025-2027 y Plan de Acción para la prevención del suicidio 2025-2027 del Ministerio de Sanidad. Plan Integral de Adicciones 2025-2032 de las Islas Baleares. Plan de Prevención, Actuación y Abordaje de la Conducta Suicida en las Islas Baleares. 

20. El monitor en el ámbito de la salud mental: funciones y competencias en la integración social; papel y contexto técnico en la integración social; competencias profesionales del monitor; herramientas y técnicas de intervención aplicadas por el monitor; desafíos y perspectivas futuras. 

21. Conceptos básicos de psicopatología. Clasificación de los trastornos mentales. Factores de riesgo y protectores en psicopatología. Curso y pronóstico de los trastornos mentales. Aplicaciones prácticas en el trabajo en cuanto a la integración social en el ámbito de la salud mental. 

22. La recuperación en el ámbito de los trastornos mentales. La autonomía, la independencia y la elaboración del proyecto vital. Participación del usuario en el diseño de su Programa Individual de Recuperación (PIR). El estigma y la autoestigmatización como barrera para la recuperación. La rehabilitación psicosocial en el marco de la salud mental. Características generales de los programas de autonomía. 

23. Necesidades y apoyos a las personas con algún trastorno mental y a sus familias: tratamiento adecuado; rehabilitación social; integración educativa, laboral y social; autocuidado; apoyo mutuo. 

24. Ámbitos de la inclusión social: de la salud, de la educación y la formación, residencial, relacional y de la participación. Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social. 

25. El abordaje integral de la salud mental: interdisciplinaridad de la intervención social en el ámbito de la salud mental; trabajo en red en la intervención social; movilización de recursos personales; el acompañamiento como clave de la intervención. Inclusión del modelo peer-to-peer. 

26. La salud mental como problema social: conceptualización, dimensiones de la exclusión social; proceso de socialización; agentes de socialización; niveles de socialización. Estrategias para la lucha contra el estigma por razones de salud mental. 

27. El proyecto de la intervención social: como eje de la intervención social; características y elaboración de un proyecto; definición del proyecto; fases: diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación. 

28. Concepto de conflicto y tipos. Premisa para abordar los conflictos. La resolución de conflictos: toma de decisiones. Intervención en grupos: técnicas de intervención, metodología de la intervención, técnicas de formación, dinámicas de grupo. La negociación y la mediación: toma de decisiones. 

29. Intervención con personas en situación o proceso de exclusión y con alguna enfermedad mental severa. Concepto de Patología Dual, elementos característicos y abordaje multidisciplinar.   

30. Internet, intranet y correo electrónico: conceptos, manejo y funcionalidades. Navegadores y buscadores: búsqueda de información. Nociones básicas de seguridad informática y de seguridad de la información: amenazas y riesgos cibernéticos; sistema de prevención y detección de intrusos; mecanismos de protección; técnicas de seguridad. 

Temario grupo auxiliar administrativo de la función administrativa 

Contenido jurídico común: 

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos. 

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: normas generales; derechos y deberes. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas.

Contenido jurídico específico: 

11. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: estructura; derechos, deberes y libertades de los ciudadanos de las Islas Baleares (título II); competencias de la comunidad autónoma (título III); instituciones de la comunidad autónoma (título IV). 

12. El Parlamento de las Islas Baleares: composición y funciones. El presidente de las Islas Baleares: designación y funciones. Responsabilidad política del presidente y del Gobierno ante el Parlamento. El Gobierno de las Islas Baleares: composición, competencias y funcionamiento. 

13. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: disposiciones generales; órganos de las administraciones públicas; convenios. 

La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: principios generales; la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; derechos de los ciudadanos; la forma de los actos administrativos; la lengua en la actividad administrativa. 

 

​​​​​​​La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: clasificación y régimen jurídico. 

14. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (I). Disposiciones generales. Los interesados en el procedimiento: identificación y firma de los interesados. La actividad de las administraciones públicas. Derechos de las personas en las relaciones con las administraciones públicas. Lengua de los procedimientos. Obligación de resolver y silencio administrativo. Emisión de documentos por las administraciones públicas. Validez y eficacia de las copias realizadas por las administraciones públicas. 

15. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (II). Términos y plazos. Requisitos de los actos administrativos; eficacia de los actos; la nulidad y la anulabilidad; revisión de actas en la vía administrativa; revisión de oficio; recursos administrativos. 

16. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (III). Derechos de los interesados en el procedimiento administrativo. Iniciación del procedimiento de oficio por la Administración; iniciación del procedimiento a solicitud del interesado (excepto especialidades de procedimientos sancionadores y de responsabilidad patrimonial). Ordenación del procedimiento: expediente administrativo y cumplimiento de trámites; instrucción del procedimiento: actas de instrucción, alegaciones, trámite de audiencia e información pública; finalización del procedimiento (excepto especialidades de procedimientos sancionadores y de responsabilidad patrimonial); tramitación simplificada. 

17. Derechos y obligaciones de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas en la Ley de procedimiento administrativo común. Sede electrónica. La Carpeta Ciudadana. Canales de atención a la ciudadanía: presencial, telefónico y electrónico. Acogida e información al ciudadano. Atención de personas con discapacidad según el Decreto 1/2023, de 23 de enero, de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Islas Baleares. Quejas y sugerencias. La interoperabilidad en las administraciones públicas: concepto y finalidad; la Plataforma de Interoperabilidad de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (PINBAL). Aportación de documentos por los interesados en el procedimiento administrativo. Archivo electrónico. 

18. Las oficinas de asistencia en materia de registro: funciones. Asistencia en el uso de medios electrónicos. Registro electrónico: normativa estatal básica y autonómica. Los sistemas de interconexión de registros (SIR). El Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3). Las herramientas electrónicas REGWEB y DISTRIBUCIÓN. 

19. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: delimitación de los tipos contractuales; contratos sujetos a regulación armonizada; contratos administrativos y privados; tipo de procedimientos de contratación; modos de adjudicación (aspectos principales). 

20. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito de aplicación; publicidad activa; derecho de acceso a la información pública. 

La Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares. 

21. Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): clases de empleado público; representación, participación y negociación colectiva. 

22. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

23. La Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Islas Baleares: naturaleza y régimen jurídico; derechos y deberes de los ciudadanos en el ámbito sanitario (título I); el sistema sanitario público de las Islas Baleares (título II); competencias de las administraciones públicas (título III). El Servicio de Salud de las Islas Baleares: estructura y organización; ordenación funcional de los servicios asistenciales (atención primaria, atención especializada, atención de las urgencias y emergencias sanitarias); ordenación territorial (áreas y sectores de salud, zonas básicas de salud). 

24. La atención primaria de salud: concepto y características generales; la ordenación de la atención primaria en las Islas Baleares; órganos de dirección. La asistencia hospitalaria: concepto y características generales; la ordenación de la atención hospitalaria en las Islas Baleares; órganos de dirección. 

25. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud; las prestaciones; el sistema de información sanitaria; el Consejo Interterritorial. 

26. Derechos y deberes del usuario del Sistema Nacional de Salud en la normativa estatal y autonómica. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: la historia clínica: contenido, usos y conservación de la documentación clínica. 

27. La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa: organización de la jurisdicción contencioso-administrativa; las partes; los actos impugnables. 

Contenido en materia de ofimática: 

28. Procesador de textos Word (Microsoft 365). El entorno de trabajo:  personalización; opciones de configuración; menús y sus funciones. Creación y estructuración de documentos; herramientas de escritura; impresión de documentos; gestión de los archivos; combinar correspondencia; listas y esquemas; inserción de elementos gráficos. 

29. Hoja de cálculo Excel (Microsoft 365). El entorno de trabajo: personalización; opciones de configuración; menús y sus funciones. Libros, hojas y celdas; introducción y edición de datos; formatos; configuración e impresión de la hoja de cálculo; fórmulas y funciones; vínculos; gráficos; gestión de datos en Excel. 

30. Nociones básicas sobre seguridad informática: correo; contraseñas; confidencialidad en el tratamiento de información por medios electrónicos.  Internet: conceptos generales sobre protocolos y servicios de internet; conceptos básicos de la navegación: URL, favoritos, historial, búsqueda. Correo electrónico Outlook (Microsoft 365): conceptos elementales y funcionamiento; entorno de trabajo; enviar, recibir, responder y reenviar mensajes; crear mensajes; reglas de mensajes; listas de contactos; personalización y uso de pies de firma; gestión de calendarios propios y de otros usuarios. 

Temario celador/celadora 

Contenido jurídico común: 

1. La Constitución española de 1978: valores superiores y principios constitucionales fundamentales; derechos y deberes fundamentales. La protección de la salud en la Constitución. 

2. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: disposiciones generales. 

3. La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad: principios generales del sistema de salud; competencias de las administraciones públicas; estructura del sistema sanitario público. 

4. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud: tarjeta sanitaria individual. El usuario del Sistema Nacional de Salud: derechos y deberes. 

5. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y deberes en materia de información y documentación clínica: principios generales, el derecho de información sanitaria, el derecho a la intimidad y el respeto de la autonomía del paciente. 

6. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre): derechos y deberes de los empleados públicos. 

7. La Ley 55/2003, de 16 de noviembre, del estatuto marco del personal estatutario: clasificación del personal estatutario; derechos y deberes; adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario; provisión de plazas y selección; promoción interna; movilidad del personal; retribuciones; jornada de trabajo; permisos y licencias; situaciones del personal estatutario. 

8. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres: objeto, ámbito de aplicación y principios generales; medidas para promover la igualdad y áreas de intervención en el ámbito de la salud. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: ámbito de aplicación; tutela institucional; derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. 

9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: conceptos básicos; derechos y obligaciones en materia de seguridad en el trabajo; organización de la prevención de riesgos en el ámbito sanitario. 

10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales: disposiciones generales, principios de protección de datos y derechos de las personas. 

 

​​​​​​​Contenido específico: 

11. El trabajo de celador/celadora: funciones de la categoría profesional. Funciones específicas del celador / de la celadora en la UVI/UCI; normas de vestuario. Aseo de los pacientes: baño y ducha; pautas de higiene. 

12. Funciones específicas del celador / de la celadora en los quirófanos; normas de vestuario; zonas de un área quirúrgica; circulación en los quirófanos; elementos de los quirófanos; normas de higiene; esterilización. Funciones específicas del celador /de la celadora en el servicio de urgencias: recepción de los pacientes; control de personas; funciones de apoyo externo e interno. 

13. El celador / la celadora en los servicios de hospitalización: funciones relacionadas con el servicio; funciones en las habitaciones y en las zonas comunes. El celador / la celadora en las unidades de psiquiatría: actuación con las personas con problemas de salud mental. 

14. Atención a los familiares de los pacientes: el proceso de atención; la información: actitudes y estrategias para informar; la comunicación; la escucha activa; actitud con los interlocutores en situaciones difíciles. 

15. El celador / la celadora en la relación con pacientes en la fase terminal de una enfermedad: funciones y cuidados; actitud con los pacientes en la situación de muerte inminente; atención a la familia del paciente. Funciones en la sala de autopsias y en el mortuorio. 

16. Movilización y traslado de pacientes: posiciones anatómicas; nomenclatura de las posiciones, de las direcciones, de los planos, de las secciones y de las cavidades; tipos de movilización; principios básicos de una movilización correcta; posiciones más frecuentes. Traslado de pacientes: técnicas de movilización y traslado de pacientes en un hospital. 

17. Traslado de documentos y de objetos: manejo y traslado de documentación sanitaria. Concepto de historia clínica. Derecho a la información y a la confidencialidad. Cita previa. Suministros: internos y externos; recepción y almacenaje de mercancías; organización del almacén; distribución de pedidos. Actuación del celador / de la celadora en la farmacia y en el animalario. 

18. Concepto de infección intrahospitalaria: prevención. Gestión de los residuos sanitarios: clasificación, transporte, eliminación y tratamiento. Soporte vital básico: RCP básica y desfibrilación semiautomática. 

19. Atención al usuario: recepción e información; libro de quejas y sugerencias. Base de datos de usuarios. Derechos de prestación de servicios de manera individual o colectiva: elección libre de equipo sanitario y de centro sanitario; segunda opinión; derechos de participación; garantía del plazo de respuesta quirúrgica en procesos asistenciales y primeras consultas especializadas; declaración y registro de voluntades anticipadas. 

20. Informática de nivel de usuario: conceptos básicos; sistemas operativos; el procesador de textos Word; el correo electrónico; internet: concepto y modo de acceso; exploradores y búsqueda de información. 

 

ANEXO V Información sobre protección de datos personales

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), y Ley orgánica 3/2018, y con la legislación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales consignados en la solicitud para participar en este proceso de selección.

El tratamiento de los datos de carácter personal es necesario para cumplir una obligación de interés público, que consiste en la selección del personal al servicio de las administraciones públicas —en este caso, el Servicio de Salud de las Islas Baleares— de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Las personas que estén interesadas en participar en este proceso de selección, independientemente del deber de aportar la documentación requerida, han de estar informadas de que el Servicio de Salud puede hacer las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos personales consignados en la solicitud con objeto de determinar si el aspirante cumple los requisitos para participar en esta convocatoria específica, de conformidad con la disposición adicional octava de la Ley orgánica 3/2018.

Firmando la solicitud, el aspirante autoriza que se publiquen en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares, en el web del Servicio de Salud y, en general, en cualquier otro medio establecido con este fin los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite y resolución que se deriven del proceso de selección.

 

​​​​​​​Responsable del tratamiento de los datos

Dirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con sede en la calle de la Reina Esclarmunda, 9, de Palma, y correo electrónico oposiciones.rrhh_sscc@ssib.es.

Finalidad del tratamiento de los datos

Gestión, tramitación y resolución de procesos de selección para proveer puestos de trabajo del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Los datos personales serán incorporados en la actividad de tratamiento «Selección y provisión de personal».

Categorías de los datos

– Datos de carácter identificativo: nombre, número del documento de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, teléfono y correo electrónico.

– Datos académicos y profesionales: requisitos y méritos, calificaciones (notas de exámenes), formación y experiencia profesional.

– Datos relativos a la salud: porcentaje y tipos de discapacidad, medidas de adaptación para el examen.

Cesión de datos personales a otras entidades u organismos

– Consejería u organismo público al que está adscrito el puesto de trabajo, para valorar los méritos alegados y acreditados en el proceso de selección (oposiciones.rrhh_sscc@ssib.es).

– Consejería u organismo público competente en materia de función pública para el nombramiento como personal estatutario.

Boletín Oficial de las Islas Baleares, en cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa para la provisión de puestos de trabajo para el personal del Servicio de Salud.

– Otros participantes en los procesos de selección: en virtud del principio de transparencia que rige los procedimientos de provisión, los aspirantes pueden solicitar consultar los méritos alegados por otros participantes para comprobar si el proceso de selección se desarrolla correctamente. En ningún caso pueden obtener los datos de contacto de otros aspirantes, como su dirección postal, número de teléfono o correo electrónico.

– Administración de justicia: en caso de que algún juzgado o tribunal requiera el expediente del procedimiento.

Conservación de datos

Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los que prevé la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley orgánica 3/2018.

Publicación de datos personales

El nombre completo de los participantes y un mínimo de cuatro dígitos del documento de identidad se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con la normativa que regula este proceso de selección.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

Las personas afectadas por el tratamiento de datos personales tienen derecho a solicitar al Servicio de Salud que confirme si sus datos son objeto de tratamiento, además de los derechos de acceder a los datos personales, de rectificarlos o suprimirlos, de limitar el tratamiento de los datos y oponerse a este y de solicitar que no se incluyan datos en tratamientos automatizados (e incluso, de retirar el consentimiento, en su caso, en los términos establecidos en el RGPD). También tienen derecho a la portabilidad de los datos en los términos que el ejercicio de este derecho pueda afectar al proceso de selección.

Estos derechos pueden ejercerse ante el responsable del tratamiento por medio del procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales», previsto en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares (seuelectronica.caib.es).

Consecuencias de no facilitar datos

No presentar los datos necesarios implicará que el aspirante no pueda formar parte del proceso de selección.

Decisiones automatizadas

No se llevarán a cabo decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, con los datos personales de los aspirantes.

 

​​​​​​​Transferencia en otros estados

Los datos no se transferirán a otros estados.

Delegación de Protección de Datos

Servicio de Salud de las Islas Baleares, calle de la Reina Esclarmunda, 3 (Palma); oposiciones.rrhh_sscc@ssib.es.

Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos

Las personas que consideren que el tratamiento de los datos personales no se ajusta a lo que prevé la normativa aplicable o que las peticiones presentadas ante el Servicio de Salud o la Delegación de Protección de Datos no han sido atendidas debidamente en el plazo de un mes, o si consideran que la respuesta obtenida no ha sido satisfactoria, pueden presentar una reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.apd.es).