Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 593561
Nombramiento funcionaria de carrera, asesora jurídica, del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca
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De acuerdo con lo que establecen el artículo 136 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre; y el artículo 25.2 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo; se hace público que, mediante la resolución de Alcaldia del Ajuntament de Ciutadella que se indica en la lista, se ha efectuado el nombramiento del personal laboral que se señala a continuación, de acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador de la convocatoria por procedimiento de concurso oposición de oferta pública de empleo correspondiente al 2023 i 2024 de l'Ajuntament de Ciutadella:
Personal funcionario de carrera
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NÚM. |
FECHA DE RESOLUCIÓN |
APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
PLAZA |
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214 |
26/08/2025 |
Casasnovas Benejam, Victoria |
***4512** |
Asesora jurídica |
El personal nombrado deberá formalizar el contrato en el plazo de 3 días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y publicada íntegramente en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ajuntament, se puede interponer, alternativamente: o bien recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldia de este ayuntamiento, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podría interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no fuera resuelto expresamente o cuando se hubiera producido la desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
(Firmado electrónicamente: 26 de agosto de 2025)
El alcalde Llorenç Ferrer Monjo