Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Núm. 587642
Nombramiento como funcionaria de carrera de técnica A2 derivada del proceso de estabilización
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Mediante Decreto N.º 2025-0390, de día 22 de agosto de 2025 se aprobó el nombramiento de una funcionaria de carrera subgrupo A2: Técnica Media que ha superado el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición. De acuerdo con el aprobado al citado decreto se pública el texto íntegro al Boletín Oficial de las Islas Baleares, que es el siguiente:
DECRETO DE ALCALDÍA
ANTECEDENTES
1. En el BOIB núm. 99, del 30 de julio de 2022, se publicó el convenio con el Consell de Mallorca, encargado de aprobar las bases, convocatoria y gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal, conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, que deriven de las ofertas de empleo público aprobadas por este Ayuntamiento y publicadas en el BOIB nú. 68 de 26 de mayo de 2022 i BOIB núm. 71 de 31 de mayo de 2022.
2. Por Resolución del Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 y de fecha 8 de febrero de 2023 (BOIB núm. 13, de 28 de enero de 2023, y BOIB núm. 19, de 11 de febrero de 2023), y por Resolución de la Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB núm. 121, de 30 de agosto de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el sistema de concurso-opsición para el ingreso como funcionaria de carrera subgrupo A2, del Ayuntamiento de Porreres (i otros).
En esta resolución se convocó 1 plaza de Técnico/a Medio/a subgrupo A2.
3. Por Acuerdo del tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, una vez concluidas la revisión y baremación de los méritos de los aspirantes, en fecha 23 de mayo de 2025 se publicó, en el tablón electrónico de anuncios y en la sede electrónica del Consell Insular de Mallorca, la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, aplicando los criterios de desempate y resolviendo las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de puestos correspondientes a las plazas convocadas, dando un plazo de 7 días hábiles para comunicar el orden de preferencia de los puestos ofrecidos.
En fecha 5 de junio de 2025 se publica resolución mediante la cual se declara decaída al trámite la señora Maria Esperança Massanet Forteza por no haber presentado la documentación requerida el día 26 de mayo de 2025 y teniendo 5 días hábiles para su presentación.
4. De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, el tribunal debe elevar al Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, con asignación de puestos de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.
En fecha 19 de junio de 2025, el tribunal calificador competente del procedimiento selectivo acordó elevar al Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública el Acuerdo con la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal funcionario en la escala de administración general, subescala gestión categoría/especialidad Técnico-a medio-la A2, derivado de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Ayuntamiento de Porreres y de asignación del lugar de trabajo, por turno de acceso, de acuerdo con el trámite de manifestación de orden de preferencias efectuado. En el caso de que una persona aspirando no hubiera efectuado el trámite, el puesto de trabajo ha sido asignado de oficio.
5. En fecha 23 de junio el Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca dictó una resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposicón para su nombramiento como personal funcionario en la escala de administración general, subescala gestión categoría/especialidad Técnico-a medio-la A2, derivado de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Ayuntamiento de Porreres y de asignación del lugar de trabajo por turnos de acceso.
6. De acuerdo con el punto 9 de las bases específicas del procedimiento este Ayuntamiento tiene que adjudicar los puestos de trabajo a las personas que han superado el proceso selectivo, las cuales tienen que ser nombradas como personal funcionario de carrera en la escala de administración general, subescala gestión categoría/especialidad Técnico-a medio-la A2.
7. El plazo para la toma de posesión de la plaza se inicia el día siguiente a la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación del que dispone el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Legislación aplicable
1. Artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
5. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars.
6. El artículo 4 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público en las Islas Baleares.
7. La Resolución de la Consejera de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022), por la que se aprueban la convocatoria y bases específicas del proceso selectivo de concurso-oposición para ingreso como funcionario de carrera, modificada por las resoluciones de 24 de enero y 8 de febrero de 2023 (BOIB núm. 13, de 28 de enero de 2023 i BOIB núm. 19 de 11 de febrero de 2023) y la resolución de la consellera ejecutiva de Hacienda i Función Pública de 29 de agosto de 2023 (BOIB núm. 121, de 30 de agosto de 2023).
Segundo.- Sobre el tipo de personal al servicio de les administraciones públicas.
El artículo 8 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público establece que son empleados públicos los que desarrollen funciones retribuidas en las administraciones públicas al servicio de los intereses generales, que se clasifican en funcionarios de carrera, interinos, laboral – fijo, indefinido o temporal – i eventual.
En concordancia con lo anterior se manifiesta el artículo 13 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de función pública de la comunidad autónoma de les Illes Balears, que reitera la clasificación entre personal laboral, funcionario i eventual.
Tercero.- Sobre las plazas objecto de cobertura
Cabe destacar en este punto que la plaza objeto de cobertura es la que tienen el siguiente código de referencia en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT):
Ref. 30 – Técnico/a Secretaria - AODL
Las funciones, son las propias especificadas en la propia RPT, y queda debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos por parte de las personas interesadas.
Cuarto.- Sobre las causas de resolución del nombramiento
En este punto es necesario mencionar la disposición adicional decimotercera del Decreto Ley 6/2022, relativa a las exenciones de acreditación del nivel de conocimiento de lengua catalana. Esta disposición establece:
“1. Excepcionalmente, las convocatorias de desarrollo de los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, deben prever la exención del requisito de acreditación del conocimiento de la lengua catalana exigido para el ingreso al cuerpo o escala, especialidad, o categoría profesional, para los aspirantes que estén en servicio activo, en el momento de finalización de la presentación de solicitudes, en la misma administración o ente público, y no puedan acreditar el requisito exigido para el ingreso.
2. En el supuesto de que estas personas, mediante la participación en dichos procesos de estabilización, obtengan la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo, estarán obligadas, en el plazo de dos años a partir de la toma de posesión o la firma del contrato, a acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso.
3. Si transcurrido el plazo de dos años no se acredita el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido, estas personas serán removidas del puesto de trabajo por falta de adecuación a sus funciones, mediante un procedimiento contradictorio y oído el órgano de representación del personal correspondiente. La remoción supone el cese en el puesto obtenido en el proceso selectivo y la pérdida de este puesto.”
Por otra parte, el punto 5.2 de las bases de la convocatoria, relativo a la exención del requisito de acreditación de conocimientos de lengua catalana, establece lo siguiente:
“Los aspirantes que no puedan acreditar el conocimiento de la lengua catalana exigido y que estén en servicio activo, en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, en el mismo Ayuntamiento o entidad a la que pretenden acceder como personal laboral fijo, en la misma categoría o especialidad objeto de la convocatoria, están exentos de acreditarlo.
Se consideran situaciones asimiladas a servicio activo las siguientes:
En el supuesto de que estas personas, mediante su participación en este proceso de estabilización, obtengan la condición de personal laboral fijo, estarán obligadas, en el plazo de dos años a partir de la toma de posesión, a acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para la categoría o especialidad correspondiente.
Si transcurrido el plazo de dos años no se acredita el nivel de conocimientos exigido, estas personas serán removidas del puesto por falta de adecuación a sus funciones, tras un procedimiento contradictorio y oído el órgano de representación del personal correspondiente. Esto implicará el cese en el puesto obtenido en el proceso selectivo y la pérdida del mismo.
Estas personas estarán obligadas a participar en todas las convocatorias de pruebas de lengua catalana que, durante este período, convoquen la Dirección General de Política Lingüística y la Escuela Balear de Administraciones Públicas para obtener el certificado correspondiente al nivel requerido para el acceso.”
En consecuencia, la disposición adicional decimotercera debe interpretarse como una nueva causa de extinción contractual, además de las establecidas en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, por falta de acreditación del nivel de catalán exigido en el plazo improrrogable de dos años.
Además, las personas acogidas a la exención están obligadas a participar en todas las convocatorias de pruebas de lengua catalana realizadas por la EBAP y la Dirección General de Política Lingüística (ahora el Instituto de Estudios Baleáricos).
Cabe concluir que la candidata Margalida Sastre Servera, ya ha acreditado el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso (A2) aportado certificado de nivel C.
Viste el informe de intervención 2025-0201, de 22 de agosto.
Viste los antecedentes de hecho y los cimientos de derecho aplicables, que se han extraído del informe de secretaría que consta al expediente,
RESUELVO
PRIMERO. ADJUDICAR el puesto de trabajo de acuerdo con el que se indica al anexo 1 de esta resolución, a la persona aspirando que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición.
SEGUNDO. NOMBRAR, como funcionaria de carrera, de la escala de administración general, subescala gestión categoría/especialidad Técnico-a medio-la subgrupo A2, a la persona aspirando que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para la convocatoria de esta plaza, de acuerdo con el que se indica al anexo 1 de esta resolución.
TERCER. ORDENAR la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. La toma de posesión del puesto adjudicado debe realizarse en un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Antes de la toma de posesión del puesto adjudicado la persona interesada deberá declarar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público comprendida en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que estime más conveniente para su derecho.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de agosto de 2025)
La alcaldesa Francisca Mora Veny
ANEXO 1 ADJUDICACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO A LA PERSONA ASPIRANDO QUE HA SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO De ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN DE LA ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA GESTIÓN, CATEGORÍA TÉCNICO-A MEDIO-LA DEL SUBGRUPO A2, DERIVADA DE La OFERTA De OCUPACIÓN PUBLICA EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE PORRAS, Y De ASIGNACIÓN DE LUGARES DE TRABAJO POR TURNO De ACCESO POR SU NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA.
Turno libre ordinario. Concurso-oposición. Adscripción definitiva. Ayuntamiento de Porreres
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APELLIDOS I NOMBRE |
Nº REF. / PUESTO |
NOMBRE DEL PUESTO |
UNIDAD |
SUBGRUPO |
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SASTRE SERVERA, MARGALIDA |
30 |
Tecnico/a medio/a |
Secretaria |
A2 |