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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 587730
Resolución del órgano de contratación de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, a propuesta de la dirección de la AETIB, por la que se modifica la Resolución del órgano de contratación de la AETIB, de 4 de marzo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria y los pliegos de condiciones generales que deben regir la tramitación de los expedientes de contratación que se derivan de las solicitudes de patrocinios con entidades privadas para eventos singulares culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante los años 2025, 2026 y 2027

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Texto

En fecha 14 de agosto de 2025, el director de la AETIB ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En fecha 6 de marzo de 2025, se publicó en el BOIB núm. 29, la Resolución del órgano de contratación de la AETIB, de 4 de marzo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria y los pliegos de condiciones generales que deben regir la tramitación de los expedientes de contratación que se derivan de las solicitudes de patrocinios con entidades privadas para eventos singulares culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB), durante los años 2025,2026 y 2027.

2. La convocatoria va dirigida a las entidades privadas y federaciones deportivas, con las que la AETIB realiza contratos de patrocinio privado para la ejecución de la actividad que desarrollan, y que, por su importancia y relevancia en cuanto al público que participa y su repercusión en los medios de comunicación, suponen una gran repercusión de nuestras marcas turísticas.

3. El presupuesto de esta convocatoria del año 2025 para la realización de contratos privados de patrocinio singular es de un importe máximo de 800.000 € (impuestos incluidos), en el Capítulo VI- Inversiones Reales del presupuesto de la AETIB para 2025, financiado a cargo del proyecto ITS 23 Ext -112. Tal y como se prevé en la convocatoria, si esta partida anual es insuficiente esta financiación se puede ver apoyada con fondos propios de la AETIB.

4. Con fecha 10 de abril de 2025, se modificó la Resolución del presidente de la AETIB, de 4 de marzo de 2025, por la que se establecen las condiciones para la realización de contratos de patrocinios con entidades privadas para eventos singulares culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) durante los años 2025, 2026 y 2027, con un incremento del presupuesto por la cantidad de 750.000 € (IVA incluido), quedando un importe máximo de 1.550.000 € (IVA incluido) para el ejercicio 2025.

5. Por otro lado, para el año 2025 las solicitudes iniciales recibidas de patrocinios singulares y la previsión de futuras exceden el presupuesto de esta convocatoria. Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes para el patrocinio de eventos para esta anualidad finaliza el 1 de octubre de 2025, es necesario el incremento del presupuesto para la anualidad 2025.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del órgano de contratación de la AETIB, de 4 de marzo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria y los pliegos de condiciones generales que han de regir la tramitación de los expedientes de contratación que se deriven de las solicitudes de patrocinios con entidades privadas para eventos singulares culturales y deportivos que generen repercusión mediática mínima para las marcas de las Illes Balears y la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB), durante los años 2025,2026 y 2027 (BOIB núm.29 de 6 de marzo de 2025).

Propuesta de resolución

Propongo al presidente de la AETIB, como órgano de contratación de la AETIB, que dicte una resolución en los términos siguientes

1.- Modificar el apartado 3 del Anexo I que establecen las bases que deben regir la convocatoria pública para la tramitación de los expedientes de contratación para el patrocinio de eventos singulares que generen repercusión mediática para las marcas de las Islas Baleares y la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) para el año 2025, modificado por la Resolución de 10 de abril de 2025, en relación con el presupuesto que se destina a la convocatoria de la manera siguiente:

"Se incrementa en 200.000 € (IVA incluido) el presupuesto de esta convocatoria, por tanto, la cuantía máxima total de la convocatoria para el año 2025 ascenderá a 1.750.000 € (IVA incluido). Esta ampliación del presupuesto, se hará con fondos propios de la AETIB, dentro del Capítulo VI- Inversiones Reales del presupuesto de la AETIB para el ejercicio 2025”

2.- Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Esta resolución tendrá efectos desde su publicación en el BOIB.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el presidente de la AETIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

También se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (18 de agosto de 2025)

El titular del Órgano de Contratación Jaume Bauzá Mayol

El director de la AETIB proponiendo Pedro Juan Planas Mulet