Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 583334
Resolución de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados de día 19 de agosto de 2025 por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 10 de marzo de 2025
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Antecedentes y fundamentos de derecho
1. La base décima de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 10 de marzo de 2025 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 32, de 13 de marzo), establece que los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que cumplan los requisitos y las condiciones requeridas para el ingreso o el acceso al cuerpo respectivo y que no estén exentos de la realización de la fase de prácticas, o que estén exentos, pero hayan hecho una solicitud expresa de incorporarse, serán nombrados funcionarios en prácticas.
2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados de la Consejería de Educación y Universidades, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.
3. El punto 1.a) de la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 30 de enero de 2024 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en el director general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 19, de 8 de febrero) delega en el director general de Personal Docente y Centros Concertados, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procesos de selección derivados de la oferta pública para el ingreso y el acceso a la función pública docente, establecer las bases, nombrar a los miembros de los órganos de selección y valoración y establecer el procedimiento de la fase de prácticas.
4. Se ha revisado que los aspirantes que han superado el proceso selectivo cumplen los requisitos y condiciones requeridas para el ingreso o el acceso.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados que figuran en los anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de esta Resolución, y asignarles el número de registro personal.
2. Aceptar las renuncias de la señora Eva Romero Ferrer con DNI ***9154** del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad Formación y orientación laboral y del señor Alejandro Valero Jerez con DNI ***7557** del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, especialidad Inglés, a su nombramiento como funcionario en prácticas, hecho que supone la pérdida de todos sus derechos a su nombramiento como funcionario de carrera.
3. Declarar exentos de la evaluación de la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados que figuran en el anexo 2 con indicación expresa de esta situación.
4. Autorizar el aplazamiento de la evaluación de la fase de prácticas a los aspirantes que se indican en el anexo 7 de esta Resolución. Estos aspirantes tendrán que realizar la totalidad de la fase de prácticas, por una sola vez, durante el curso 2026-2027 en el destino definitivo adjudicado en el concurso de traslados convocado durante el curso 2025-2026. En el supuesto de que no hayan obtenido destino definitivo, realizarán la fase de prácticas en el destino provisional obtenido en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2026-2027 para los funcionarios en prácticas, en este caso el número de orden que ocupará será el primero de la promoción de la especialidad a la cual se incorpora.
5. Determinar que el nombramiento como funcionarios en prácticas tendrá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2025.
6. Se entenderá que, los aspirantes que el primer día hábil del mes de septiembre no se incorporen a los destinos provisionales adjudicados, renuncian a todos los derechos que les puedan corresponder por su participación en el procedimiento selectivo, excepto los aspirantes que se encuentren en situación legal por no hacerlo o tengan autorizado el aplazamiento de la evaluación de la fase de prácticas.
7. Informar que los aspirantes que se indican en el anexo 8 de esta Resolución permanecerán en su cuerpo de origen hasta que sean nombrados funcionarios de carrera con el resto de aspirantes seleccionados de su promoción.
8. Indicar que todos los aspirantes que han superado el proceso selectivo están obligados a participar en los sucesivos concursos de traslados para los funcionarios de los cuerpos docentes que se convoquen, hasta que obtengan el primer destino definitivo en la isla y la especialidad por las que han superado el proceso selectivo.
9. Aprobar los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 que contienen, respectivamente, los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de maestros que han superado el procedimiento selectivo; los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria que han superado el procedimiento selectivo; los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas que han superado el procedimiento selectivo; los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de profesores de música y artes escénicas que han superado el procedimiento selectivo; los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño y los nombramientos como funcionarios en prácticas por especialidades de todos los aspirantes del cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, las autorizaciones de aplazamiento de la evaluación de la fase de prácticas y la lista de funcionarios que permanecerán en su cuerpo de origen.
10. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears., de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
(Firmado electrónicamente: 20 de agosto de 2025)
La directora general de Personal Docente y Centros Concertados Joana Maria Cabrer Sureda Por delegación del consejero de Educación y Universidades (BOIB núm. 19, de 08/02/2024)