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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, MEDIO RURAL Y DEPORTES

Núm. 580815
Resolución de modificación de la modificación por errores materiales de la resolución por la que se fijan los períodos y días hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2025-2026 en la isla de Mallorca

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Texto

ANTECEDENTES

1. En fecha 4 de agosto de 2025 el consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes dictó resolución de modificación por error material de la resolución por la que se fijan los periodos y días hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2025-2026 en la isla de Mallorca.

2. En fecha 9 de agosto de 2025 se publicó dicha resolución en el BOIB número 106.

3. Se ha observado error material en el anexo II de la versión castellana y catalana en lo que respecta a la caza del conejo (Oryctolagus cuniculus) con la modalidad de cetrería, en la mencionada resolución de modificación.

4. En fecha 12 de agosto de 2025 el Jefe de Servicio de Caza ha emitido informe propuesta para la corrección de los errores materiales detectados en la resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

En cuanto a la competencia:

1. Ley Orgánica 1/2007, de 1 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. (BOE núm. 52, de 1 de marzo de 2007)

2. Decreto 106/2010, de 24 de septiembre, sobre el traspaso a los consejos insulares de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de estas instituciones insulares que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de caza y de regulación, vigilancia y aprovechamiento de los recursos cinegéticos, así como de pesca fluvial.

3. Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares (BOIB núm. 88, de 7 de julio de 2022).

4. Reglamento Orgánico del Consell de Mallorca (BOIB núm. 89, de 19 de julio de 2018).

5. Decreto de Presidencia del Consell de Mallorca por el que se crean los departamentos que han de estructurar el Gobierno de 10 de julio de 2023 (BOIB núm. 95, de 11.07.2023).

6. Decreto de Presidencia del Consell de Mallorca por el que se crean las direcciones insulares y las secretarías técnicas en que se han de estructurar los departamentos de (BOIB núm. 97, de 13 de julio de 2023).

7. Decreto de Presidencia por el que se establecen las competencias de los departamentos del Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 106 de 29 de julio de 2023).

En cuanto al procedimiento son de aplicación:

1. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 03 de abril de 2003).

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015). Artículo 109.2 «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

Por todo lo expuesto, el vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes dicta la siguiente,

Resolución

1. Modificar los errores materiales en el anexo II, versión catalana y castellana, en lo que respecta a la caza del conejo (Oryctolagus cuniculus) con la modalidad de cetrería:

donde dice:

«Anexo II

CONEJO

CETRERÍA

SIN ELEMENTOS AUXILIARES: 22/06-21/08//22/08-11/10//12/10-7/12(2)

J, S Y FESTIVOS(1)(3) // TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA

CON ELEMENTOS AUXILIARES 24/06-21/08//22/08-11/10//12/10-7/12(2)

J, S Y FESTIVOS(1)(3) // TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA

debe decir:

«Anexo II

CONEJO

CETRERÍA (1)

SIN ELEMENTOS AUXILIARES: 22/06 – 21/08// 22/08 – 11/10 // 12/10 –7/12 (2)

J, D Y FESTIVOS(1)(3) // L, X, V, S, D Y FESTIVOS(1)(3) // TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA

CON ELEMENTOS AUXILIARES: 24/06 – 21/08 // 22/08 - 11/10 // 12/10 –7/12 (2)

M, S I FESTIVOS(1)(3) // L, X, V, S, D Y FESTIVOS(1)(3) // TODOS LOS DIAS DE LA SEMANA

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca,que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma 13 d'agost de 2025

El vicepresidente segundo y consejero ejecutivo de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes Pedro Bestard Martínez