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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 573970
Tercera rectificación de errores detectados en las bases de los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración General y Especial, de la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2022, del Ajuntament de Calvià

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Texto

Resolución de Alcaldía

Hechos

1. En fecha 28 de diciembre de 2024, en el BOIB número 170, se publicó la Resolución de la teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación Municipal y Educación, mediante la cual se aprobaron las bases de los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración General y Especial de la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2022 del Ajuntament de Calvià.

2. En fecha 23 de enero de 2025, en el BOIB número 11, se publicó la Resolución de la tenencia de Alcaldía competente, mediante la cual se corrigieron los errores detectados en las bases de los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración General y Especial de la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2022 del Ajuntament de Calvià.

3. En fecha 4 de febrero de 2025, en el BOIB número 16, se publicó la segunda Resolución de la tenencia de Alcaldía competente, mediante la cual se corrigieron nuevos errores detectados en las bases de los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración General y Especial de la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2022 del Ajuntament de Calvià.

4. En la fecha actual, se han detectado más errores en las bases publicadas el 28 de diciembre de 2024, en el BOIB número 170. Concretamente, los siguientes:

En el anexo IV, punto 1, consta:

DENOMINACIÓN

REQUISITOS

TASA

Titulación

Catalán

Otros requisitos

Ayudante de Protección Civil (Oficial 2ª)

Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente

B1

Permiso de conducir B.

Título patrón/patrona de embarcaciones.

Título de Técnico/a en salvamento y socorrismo acuático.

12€.

Y debe constar:

DENOMINACIÓN

REQUISITOS

TASA

Titulación

Catalán

Otros requisitos

Ayudante de Protección Civil (Oficial 2ª)

Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente

B1

Permiso de conducir B.

Título patrón/patrona de embarcaciones.

Carnet profesional de Socorrismo en Espacios Acuáticos naturales e Instalaciones Acuáticas.

12€.

Fundamentos de Derecho:

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

2. El artículo 55.1 del RDLeg 5/2025, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), establece que “todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y conforme a lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico”.

3. El artículo 55.2.a) TREBEP establece, asimismo, que “Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a los que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:

a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases”.

Por lo expuesto, esta Tenencia de Alcaldía delegada, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dicta la siguiente:

RESOLUCIÓN

Primera.- Rectificar el error detectado en el anexo IV, punto 1, donde consta:

DENOMINACIÓN

REQUISITOS

TASA

Titulación

Catalán

Otros requisitos

Ayudante de Protección Civil (Oficial 2ª)

Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente

B1

Permiso de conducir B.

Título patrón/patrona de embarcaciones.

Título de Técnico/a en salvamento y socorrismo acuático.

12€.

y debe constar: 

DENOMINACIÓN

REQUISITOS

TASA

Titulación

Catalán

Otros requisitos

Ayudante de Protección Civil (Oficial 2ª)

Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente

B1

Permiso de conducir B.

Título patrón/patrona de embarcaciones.

Carnet profesional de Socorrismo en Espacios Acuáticos naturales e Instalaciones Acuáticas.

12€.

Segunda: Desistir de la convocatoria publicada con el título "Ajudant de protecció civil (Oficial 2ª) Oferta pública 2022" con referencia: OPO22C2-5, y el plazo de presentación de solicitudes del 8 de enero de 2024 al 27 de enero de 2025, y ordenar la publicación de una nueva convocatoria en pro de garantizar el principio de igualdad. Finalmente, ordenar la inscripción de oficio en la nueva convocatoria que se publique de las personas aspirantes inscritas en la convocatoria desistida.

Tercera: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Calvià, a la fecha de la firma electrónica (2 de abril de 2025)

La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación Municipal y Educación (Delegación por Resolución de Alcaldía del 21/11/2023) Isabel Bonet Saum

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.