Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 569949
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2024), con cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE +)
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Hechos
1. El 14 de enero de 2025 se publicó, en el BOIB n.º 7, la resolución del consejero de Economía, Hacienda e innovación por la cual se convocan ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2024).
2. El objeto de esta convocatoria es otorgar subvenciones a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico y a empresas ubicadas en las Illes Balears para financiar veintiséis ayudas para formar personal investigador, el objetivo de las cuales es formar en investigación científica y técnica a titulados superiores universitarios que quieran hacer una tesis doctoral. Las ayudas se distribuyen de la manera siguiente:
a) Modalidad A (FPI): estas ayudas tienen como objetivo la formación de doctores mediante la cofinanciación de contratos laborales, en la modalidad de contrato predoctoral, del personal investigador en formación en centros de I+D que quiera hacer una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por proyectos de I+D subvencionados por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.
b) Modalidad B (FPI-E): estas ayudas tienen como objetivo la formación de doctores a empresas ubicadas en las Illes Balears, mediante la cofinanciación de los contratos laborales del personal investigador en formación que participe en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en una empresa, en el cual se tiene que enmarcar la tesis doctoral, para favorecer la inserción laboral de investigadores a las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento al tejido productivo para elevar la competitividad.
3. Por otro lado, también es objeto de esta convocatoria otorgar subvenciones destinadas a cubrir las tasas académicas para el personal investigador en formación, las cuales incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y el mantenimiento del expediente, y la defensa de la tesis doctoral.
4. La convocatoria establece en el apartado decimocuarto.1, relativo a la contratación e incorporación de los investigadores, que el plazo máximo para la incorporación de los investigadores en el centro adscrito es el 15 de octubre de 2025.
5. El 24 de julio de 2025, el director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores ha emitido la Memoria justificativa sobre la necesidad de modificar la convocatoria de ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2024), con cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE +).
6. El objetivo de esta modificación es optimizar al máximo los plazos de ejecución de los contratos y garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos en las diferentes fases del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones. Por este motivo, se incorpora una nueva disposición en este apartado, según la cual, en caso de que la resolución de concesión dictada por el consejero de Educación y Universidades sea posterior al 1 de octubre de 2025, la incorporación del personal investigador en formación se tendrá que efectuar dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación de la resolución.
Fundamentos de derecho
1. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado pelo Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
4. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
5. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Decreto 75/2004 de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las Leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
7. Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia, de 26 de enero de 2010, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.
8. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de abril de 2024 donde se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para lo periodo 2024-2026.
9. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2024), con cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE +) (BOIB n.º 7, de 14 de enero de 2025).
10. Resto de normativa económico-financiera y administrativa de aplicación.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el apartado decimocuarto. 1, del anexo 1 de la convocatoria, que corresponde a la contratación e incorporación de los investigadores, en el sentido siguiente:
Donde dice:
1. Las entidades beneficiarias tienen que formalizar los contratos con los investigadores candidatos y los tienen que enviar a la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
El plazo máximo para la incorporación de los investigadores en el centro adscrito es el 15 de octubre de 2025.
Tiene que decir:
1. Las entidades beneficiarias tienen que formalizar los contratos con los investigadores candidatos y los tienen que enviar a la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
El plazo máximo para la incorporación de los investigadores en el centro adscrito es el 15 de octubre de 2025.
En el supuesto de que la notificación de la Resolución del consejero de Educación y Universidades de las ayudas sea posterior al 1 de octubre de 2025, el plazo para la incorporación finalizará a los quince días naturales, contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión.
2. Publicar este Resolución a Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo delante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
(Firmado electrónicamente: 7 de agosto de 2025)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany