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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 568574
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 28 de julio de 2025, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria de las ayudas del Consejo Insular de Menorca para formación y estudios para los sectores agrario, ganadero, pesquero, acuícola y cinegético de Menorca (exp. 3244-2025-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 851198

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851198):

Primero. Beneficiarios

Pueden solicitar la subvención:

  • Líneas 1, 2 i 3: asociaciones, cooperativas, cofradías y otras entidades legalmente constituidas que desarrollen actividades relacionadas con los sectores agrario, ganadero, pesquero, acuícola o cinegético de Menorca.
  • Líneas 2 y 3: personas físicas o jurídicas (profesionales, investigadores u otros) que realicen estudios técnicos, científicos o divulgativos relevantes para los sectores agrario, ganadero, pesquero, acuícola o cinegético de Menorca.
  • Línea 3: personas físicas o jurídicas que elaboren materiales divulgativos sobre temáticas vinculadas a los sectores mencionados, con formatos y lenguaje accesibles.

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas es participar en los gastos de acciones de formación, redacción de estudios y elaboración de materiales desarrollados por los sectores agrario, ganadero, pesquero, acuícola y cinegético de Menorca entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 28 de julio de 2025.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 50.000 € (cincuenta mil euros).

Se propone el siguiente reparto de las ayudas:

a) Línea 1: hasta 6.000 € por curso, con un máximo de 8.000 € por solicitante en esta línea.

b) Línea 2: hasta 8.000 € por estudio, con un máximo de un estudio por solicitante.

c) Línea 3: se podrá solicitar para una única edición, con un máximo de 5.000 €.

Se podrán solicitar ayudas para las tres líneas, pero el importe total concedido no podrá superar los 12.000 € por solicitante.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Sexto. Otros datos

Las actuaciones subvencionables se estructuran en las líneas siguientes:

  • Línea 1. Acciones formativas y de capacitación
  • Línea 2. Estudios técnicos y científicos.
  • Línea 3. Edición y publicación de materiales técnicos o divulgativos.

El ámbito de trabajo de los proyectos presentados tiene que ser la isla de Menorca, a pesar de que se podrán incluir contenidos o actuaciones de alcance geográfico más amplio si tienen aplicación o utilidad directa para el contexto menorquín.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (11 de agosto de 2025)

Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) ​​​​​​​(BOIB núm. 106 de 29-07-2023)