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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 560783
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se crea el puesto de trabajo de jefe/jefa de servicio de Apoyo a los Profesionales de la Salud (Pro Espai) del Servicio

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Texto

Hechos

1. El servicio de Apoyo a los Profesionales de la Salud (Pro Espai) es un equipo multidisciplinar adscrito a los Servicios Corporativos del Servicio de Salud de las Islas Baleares y que, junto con el equipo de dirección, establece los criterios y las nuevas estrategias de captación, fidelización y humanización de la gestión del talento profesional en el ámbito corporativo dentro del Servicio de Salud.

2. En la actualidad no existe en la plantilla orgánica de los Servicios Corporativos un puesto de trabajo que aglutine las funciones de dirección, coordinación y supervisión de la dicha unidad.

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 2.k) de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se delegan competencias en materia de gestión de personal estatutario (BOIB núm. 109, de 9 de agosto de 2023).

2. Real decreto ley 1/1999, de 5 de octubre, de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los servicios de salud

3. Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regula el sistema de provisión de puestos de trabajo del personal estatutario de gestión y servicio del Servicio de Salud de las Illes Balears, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2022.

Por ello dicto la siguiente

Resolución

1. Crear el puesto de trabajo de jefe/jefa de servicio de Apoyo a los Profesionales de la Salud (Pro Espai) del Servicio de Salud de las Islas Baleares, adscrito a la Subdirección de Relaciones Laborales y Atención al Profesional y con las funciones siguientes:

  • Diseñar e implantar estrategias de captación y fidelización del capital humano de todas las categorías profesionales catalogadas como deficitarias en el Servicio de Salud.
  • Optimizar la humanización de la gestión del capital humano en el ámbito corporativo mejorando la acogida y la atención de los profesionales del Servicio de Salud.
  • Mejorar la experiencia del profesional ofreciéndole el apoyo necesario en los trámites burocráticos circunscritos a la relación laboral con el Servicio de Salud.
  • Gestionar la cuenta de LinkedIn Recruiter Corporate del Servicio de Salud.
  • Implantar la primera herramienta de gestión de solicitudes, agradecimientos, quejas y sugerencias (QSSI) de atención al profesional en el ámbito corporativo.
  • Mantener una comunicación constante con las direcciones y las subdirecciones asistenciales.
  • Apoyar todas las iniciativas de fidelización propuestas en el Servicio de Salud.
  • Dar difusión de manera presencial en centros de formación profesional, universidades, congresos, etc., a las posibles oportunidades laborales y a los procedimientos que deben llevarse a cabo para poder optar a estas.
  • Todas las funciones que le asignen los titulares de la Dirección de Recursos Humanos y/o de la la Subdirección de Relaciones Laborales y Atención al Profesional.

2. Establecer que el puesto de trabajo en cuestión debe cubrirse por el sistema de libre designación establecido en el artículo 23 del Real decreto ley 1/1999, de 5 de octubre, de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los servicios de salud.

La norma que regulará el sistema de provisión de este puesto de trabajo es el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regula el sistema de provisión de puestos de trabajo del personal estatutario de gestión y servicio del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2022.

3. Determinar que la convocatoria y la resolución correspondiente deben publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Establecer que los requisitos para acceder al puesto de trabajo en cuestión son tener la condición de personal estatutario fijo, pertenecer a alguna de las categorías (sanitaria o de gestión y servicios) de los subgrupos A1 o A2, estar en la situación de servicio activo en algún centro o institución sanitaria del Servicio de Salud y cumplir los requisitos que establece la legislación vigente.

5. Establecer que la persona elegida obtendrá un nombramiento para ocupar el puesto de trabajo convocado y quedará en la situación siguiente:

  • Si tiene la plaza estatutaria fija en el mismo centro, seguirá ocupando esa plaza como personal estatutario fijo de su categoría en el propio centro.
  • Si tiene la plaza estatutaria fija en otro centro, ocupará directamente el puesto de trabajo y respecto a su plaza quedará en la situación de reserva en el centro de origen o en la situación administrativa que corresponda en su administración de origen.

6. Establecer que, cuando la persona designada renuncie o cese del cargo, desde la fecha en que sea efectivo dejará de ocupar el puesto de trabajo en cuestión.

7. Determinar que las retribuciones básicas del puesto de trabajo son las correspondientes al subgrupo al que pertenezca y que las retribuciones complementarias son las mismas que las establecidas para un jefe de servicio de gestión y servicios.

8. Establecer que esta resolución supone tramitar la modificación de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Corporativos del Servicio de Salud a fin de incluir el puesto de jefe/jefa de servicio de Apoyo a los Profesionales de la Salud (Pro Espai).

9. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y determinar que tiene efecto a partir del día siguiente a la publicación.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003,  de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante cualquier juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 25 de julio de 2025)

El director general Por delegación de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas  (BOIB núm. 109, de 05/08/2023) Javier Ureña Morales