Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 560722
Resolución del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores por la cual se aprueban las instrucciones por las cuales se regula el procedimiento para hacer efectiva la exención o bonificación del precio de la primera matrícula en las enseñanzas oficiales de grado o de máster a centros de enseñanzas artísticas superiores dependientes de la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de las Illes Balears, en el curso 2025-2026
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Hechos
1. De acuerdo con lo que disponen, en materia de enseñanza, el artículo 27 y el punto 30 del artículo 149.1 de la Constitución española y el artículo 36 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión y en todos los niveles y grados, modalidades y especialidades. Así mismo, el artículo 36.2 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece que, en materia de enseñanza no universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva en el régimen de becas y ayudas con fondos propios.
2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, al capítulo VII, estructura las características de todas las enseñanzas de régimen especial y al capítulo VIII, artículos 38 y 39, las características, objetivos y estructura de las enseñanzas artísticas superiores.
3. El artículo 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), de acuerdo con la redacción establecida por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOMLOE), concreta que las enseñanzas artísticas superiores se regulan por la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la cual se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales y, también, por la normativa de desarrollo reglamentario y por los preceptos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo que estén de aplicación.
4. De acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 1/2024, de 7 de junio, mientras no se haga efectivo el desarrollo reglamentario relativo a la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores previsto en la Ley mencionada, es de aplicación la ordenación vigente de los estudios superiores de música, de las enseñanzas de arte dramático y de los estudios superiores de artes plásticas y diseño.
5. Así mismo, el artículo 83 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, de acuerdo con la redacción de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, encarga en el Estado el establecimiento de un sistema general de becas y ayudas en el estudio, con cargo en sus presupuestos generales, con el fin de que todas las personas, independientemente del lugar de residencia, disfruten de las mismas condiciones en el ejercicio del derecho a la educación.
6. El apartado 10.bis del artículo 103 decies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que los alumnos matriculados en centros propios de enseñanzas artísticas superiores, que reúnan determinados criterios académicos y/o socioeconómicos y que no sean beneficiarios de las becas generales con cargo a los presupuestos generales del Estado, pueden tener derecho a la exención o bonificación del precio de matrícula de las enseñanzas oficiales de grado o de máster de enseñanzas artísticas superiores y establece que los criterios que se tienen que reunir para tener derecho en las bonificaciones, así como el alcance de las exenciones o bonificaciones tienen que ser aprobados, con carácter anual, mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno.
7. Con cuyo objeto, con fecha 27 de junio de 2025, el Consell de Gobierno aprobó el Acuerdo por el cual se aprueban los criterios académicos y/o socioeconómicos que se tienen que cumplir para poder disfrutar de exención o bonificación en el precio de la primera matrícula de las enseñanzas oficiales de grado o de máster a centros propios de enseñanzas artísticas superiores (BOIB núm. 83, de 28 de junio), que son consecuencia de la aplicación de la medida prevista en el Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears (BOIB núm. 71, de 28 de mayo). Este Acuerdo es de aplicación para las exenciones y las bonificaciones en las tasas aplicables a la primera matrícula en las enseñanzas oficiales de grado o de máster de enseñanzas artísticas superiores que ofrece la Escuela Superior de Diseño de las Illes Balears.
8. Con la misma finalidad y en cuanto a los precios públicos aplicables a la prestación de los servicios académicos del Conservatorio Superior de Música de las Illes Balears y de la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears, en fecha 17 de julio, el Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores (EASIB) aprobó el Acuerdo por el cual se propone al consejero de Educación y Universidades que dicte una orden para establecer las cuantías de los precios públicos para la prestación de los servicios académicos de los centros dependientes de este entidad. El Acuerdo también propone que la orden establezca los criterios académicos y/o socioeconómicos que se tienen que cumplir para poder disfrutar de exención o bonificación en el precio de la primera matrícula de las enseñanzas oficiales de grado en los centros de enseñanzas artísticas superiores dependientes del EASIB.
9. De acuerdo con esto, el consejero de Educación y Universidades dictó la Resolución de 24 de julio de 2025 por la cual se aprueban los precios públicos de la matrícula en las enseñanzas oficiales de grado o de máster en centros de enseñanzas artísticas superiores para el lo curso 2025-2026 y los criterios académicos y/o socioeconómicos que se tienen que cumplir para poder disfrutar de exención o bonificación en el precio de la matrícula en las enseñanzas mencionadas.
10. De acuerdo con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde a la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores la competencia en el ámbito material de las enseñanzas artísticas superiores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las instrucciones relativas al procedimiento para hacer efectiva la exención o la bonificación del precio de la primera matrícula en las enseñanzas oficiales de grado o de máster a centros de enseñanzas artísticas superiores dependientes de la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores, en el curso 2025-2026. Las instrucciones que se aprueban figuran como anexo 1 de este Resolución.
2. Aprobar el modelo de solicitud de exención o bonificación en el precio de la primera matrícula de las enseñanzas oficiales de grado o de máster en los centros de enseñanzas artísticas superiores mencionados en el curso 2025-2026. Este modelo figura como anexo 2 de este Resolución.
3. Aprobar el modelo de declaración responsable de los miembros computables en cuanto a los datos económicos referidos al IRPF del ejercicio 2024 que figura al anexo 3 de este Resolución.
4. Autorizar la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores y la EASIB porque adopten las medidas necesarias para aplicar este Resolución.
5. Publicar este Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.
6. Disponer que este Resolución sea de aplicación desde el día siguiente a la publicación en Boletín Oficial de las Illes Balears.
(Palma, en fecha de la firma electrónica: 4 de agosto de 2025)
El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores Sebastián Massanet Massanet