Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 549148
Resolución del Consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se otorga la autorización de explotación Parcial de una instalación eléctrica correspondiente a una nueva posición de línea por EVRE a la subestación Mercadal 132 kV (Exp. TR8/2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 29 de diciembre de 2022 tuvo entrada a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la subestación Mercadal 132 kV (Exp. TR8/2022).

Exp.: TR8/2022

Denominación de la instalación: ampliación de la subestación Mercadal 132 kV.

Término municipal: Es Mercadal.

Presupuesto: 2.167.045 euros.

Descripción: la actuación consiste en la ampliación de la subestación MERCADAL 132 kV tipo AIS con configuración de doble barra e intensidad de cortocircuito de corta duración de 31,5 kA mediante una nueva posición de línea, a fin de facilitar el acceso a la Red de Transporte a un Agente, y dos nuevas posiciones para el proyecto de baterías.

2. El 22 de febrero de 2023 tuvo entrada a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática una solicitud de RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. para tramitar de manera independiente el proyecto de ampliación mencionado, posición EVRE y calles y ampliación de barras para Baterías (Exp. TR 8/2022), y el proyecto propio de las baterías de almacenamiento a la subestación Mercadal 132 kV (Exp. TR3/2023). Adjuntando la siguiente documentación:

- Impreso justificando del pago de tasas sellado por la entidad bancaria. (fecha de pago de 14/02/2023) del expediente TR 8/2022.

3. El 28 de marzo de 2023 se publicó al BOIB numero 39 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2023 por el cual se declara de interés autonómico la ampliación de la subestación Mercadal 132 kV y la instalación de baterías de almacenamiento a la subestación Mercadal 132 kV.

4. Al BOIB n.º 76, de 6 de junio de 2024 se publicó la resolución por la cual se otorga la autorización administrativa previa y de construcción y se declara la utilidad pública de una instalación eléctrica a Red Eléctrica de España, S.A.U. correspondiente en la ampliación de la subestación Mercadal 132 kV (exp. TR 8/2022).

5. El 30 de julio de 2025 tuvo entrada en la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía una solicitud, de RED ELECTRICA DE ESPAÑA SAU, de autorización de explotación parcial de esta instalación, adjuntando la siguiente documentación:

- Certificado de final de obra Parcial emitido por el Sr. Martí Gallego Piñol, ingeniero técnico industrial del COIICV con número de visado 202202529 y fecha de 28 de agosto de 2025.

Este certificado es Parcial y engloba la parte del proyecto que contempla la obra civil y el montaje electromecánico AIS convencional interior de una posición de interruptor correspondiente a la nueva posición de acoplamiento de barras en la nueva calle 7 (Evacuación Régimen especial), comprobando que se cumplen las disposiciones de seguridad exigidas por la reglamentación vigente.

- Boletín de instalaciones eléctricas de Alta Tensión de Raúl Cañas Torres con n.º RI-78674.

6. El 30 de julio de 2025 el técnico del servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climática examinó la solicitud de autorización de explotación Parcial y emitió un informe favorable.

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.

3. El Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el cual se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01-23.

4. El Decreto 99/1997, de 11 de julio, modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril, que regula el procedimiento administrativo aplicable a la tramitación de las instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

6. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares.

7. El Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. La Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía de 28 de enero de 2025 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Otorgar la autorización de explotación parcial de la instalación eléctrica que se detalla a continuación

Titular: RED ELECTRICA DE ESPAÑA SAU

Denominación de la instalación: ampliación de la subestación Mercadal 132 kV. Nueva posición EvRE (Exp. TR 8/2022).

Descripción: La actuación consiste en la ampliación de la subestación MERCADAL 132 kV tipo AIS con configuración de doble barra e intensidad de cortocircuito de corta duración de 31,5 kA mediante una nueva posición de línea, a fin de facilitar el acceso a la Red de Transporte a un Agente. Restaría pendiente para una autorización de explotación parcial posterior las instalaciones correspondientes a las calles y ampliación de barras para Baterías.

2. Notificar esta Resolución al titular de la instalación.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de julio de 2025)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)