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AYUNTAMIENTO DE MONTUÏRI
Núm. 544297
Exposición pública aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Montuïri
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El Pleno del Ayuntamiento de Montuïri, en sesión de fecha 31 de julio de 2025, acordó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación la aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Montuïri mediante el siguiente Acuerdo:
"PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Montuïri, redactado por el arquitecto D. Fernando Navarro Acebes, de acuerdo con la propuesta que figura como anexo de esta propuesta y que incluye la documentación prevista en la normativa de evaluación ambiental.
SEGUNDO.- Someter a información pública la aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana del Término Municipal de Montuïri, durante un plazo de cuarenta y cinco días (45), que se anunciarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y en la Sede electrónica de la Corporación municipal, en la que constará la documentación completa. Durante este periodo, el correspondiente expediente administrativo quedará a disposición de cualquier persona que lo quiera examinar para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Abrir un plazo de consulta por un plazo de treinta días (30), a las administraciones sectoriales afectadas por el planeamiento que deban emitir informe al respecto, así como a las administraciones y personas indicadas en el documento de alcance del estudio Ambiental Estratégico.
CUARTO.- De acuerdo con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares (LUIB) suspender la tramitación y la aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en los ámbitos en que las nuevas determinaciones supongan una modificación del régimen urbanístico, esto es, en la totalidad del territorio del término municipal de Montuïri.
Esta suspensión tendrá vigencia durante dos años o hasta la aprobación provisional del Plan general del municipio de Montuïri. La publicación del acuerdo de aprobación provisional de este Plan general determinará, por sí sola, la prórroga de la suspensión durante un año o hasta la aprobación definitiva del Plan general.
Mientras esté suspendida la tramitación de procedimientos, el otorgamiento de licencias y la presentación de comunicaciones previas, se pueden tramitar los instrumentos, otorgar las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente o provisionalmente aprobado.
La aprobación definitiva del instrumento de planeamiento en trámite supone por sí sola el levantamiento de las suspensiones que estén vigentes.
El plano de delimitación del ámbito sujeto a suspensión se ha incorporado como Anexo de este Acuerdo.
QUINTO.- Solicitar informe a las administraciones o a los ente estatales, autonómicos o insulares, cuyas competencias puedan verse afectadas por el Plan general y por los seis planes de ordenación detallada del municipio de Montuïri."
Las personas interesadas podrán ejercer su derecho a la información en la sede del Ayuntamiento de Montuïri.
Igualmente se podrá consultar la documentación de referencia en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Montuïri
montuiri.eadministracio.cat
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