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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM

Núm. 543388
Nombramiento personal eventual, personal de confianza

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Texto

Expediente núm: 1073/2025

Procedimiento: Nombramiento personal eventual, personal de confianza

El Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, por Decreto de Alcaldía núm. 722/2025, de 30 de julio, dictó el siguiente:

DECRETO DE ALCALDÍA

Visto que en la plantilla de personal de este Ayuntamiento y al anexo de personal del Presupuesto municipal para el ejercicio 2024, aprobado en sesión extraordinaria de día 22 de octubre de 2024 (PLN/2024/15), y, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 154, de 26 de noviembre de 2024; existe un puesto de trabajo reservado a personal eventual, denominado personal de confianza, con unas retribuciones 40.000,00 € brutos anuales. El Presupuesto general del 2024 quedó prorrogado para el 2025 por Decreto de Batlia núm.1097/2024, de 30 de diciembre, manteniendo las mismas dotaciones presupuestarias para el Capítulo I de gastos de personal.

Vista la provisión de Alcaldía de 23-07-2025, para el inicio del expediente administrativo para el nombramiento de personal eventual para ocupar el puesto de trabajo de personal de confianza.

Teniendo en cuenta que, en fecha 23-07-2025, la Secretaria emitió informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir. Y, en fecha 28-07-2025 la Interventora expidió el correspondiente informe de fiscalización.

De acuerdo con lo establecido en el art.12 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público: “El personal eventual solo podrá ejercer funciones expresamente cualificadas de confianza y/o asesoramiento especial, hecho que implica que este personal no podrá realizar funciones que coincidan con el asesoramiento que corresponde tanto a los funcionarios con habilitación de carácter nacional como las funciones propias de los funcionarios de la propia Corporación y que, a la vez, correspondan a las escalas de administración general o administración especial”.

De conformidad con aquello que se ha fijado en los artículos 104 y 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el artículo 176 del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y en el artículo 12 mencionado anteriormente; por el presente

RESUELVO

Primero.- Nombrar el Sr. Alexandro Gaffar, con NIE X1****75S, como personal eventual, para ocupar el puesto de trabajo de personal de confianza, para el asesoramiento a Alcaldía, con una retribución bruta anual de 40.000,00 €, distribuida en 12 mensualidades (3.333,33 € brutos mensuales, pagas extras incluidas); resultando aplicable el régimen general a efectos de cotización en la Seguridad Social en equivalencia al que corresponda por la naturaleza de su condición, con efectos de alta a 1 de agosto de 2025.

Segundo.- El Sr. Gaffar podrá ser cesado o separado libremente por la Alcaldía en cualquier momento del mandato de la actual Corporación. En cualquier caso, este personal eventual cesará automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la cual presta su función de confianza o asesoramiento, sin derecho a ningún tipo de indemnización.

Tercero.- Al personal eventual le será aplicable, en aquello adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. También se le aplica el régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

La condición de personal eventual no puede constituir mérito para el acceso a la función pública o para la promoción interna.

Cuarto.- Solo podrá ejercer funciones expresamente cualificadas de confianza y/o asesoramiento especial, hecho que conlleva que este personal no podrá realizar funciones que coincidan con el asesoramiento que corresponde tanto a los funcionarios con habilitación de carácter nacional, como las funciones propias de los funcionarios de la propia Corporación.

 

Quinto.- Determinar que su dedicación será a jornada completa. Las funciones serán las de asesoramiento a Batlia, como personal de confianza.

Sexto.- Notificar la presente Resolución al interesado, al Departamento de Personal y a la asesoría laboral, a los efectos oportunos.

Séptimo.- Publicar este nombramiento en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y, en la sede electrónica, de conformidad con el que disponen los artículos 104.3 y 104 bis. 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local (LBRL), respectivamente, junto con su régimen de retribuciones y dedicación.

Octavo.- Dar traslado a Pleno en la primera sesión que celebre.- Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en la fecha de la firma electrónica, y lo firma la Secretaria al único efecto de que tome nota.- Binissalem, a la fecha de la firma electrónica.”

Se hace público para general conocimiento y en cumplimiento del artículo 104.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

Binissalem, a la fecha de la firma electrónica (30 de julio de 2025

El alcalde Juan Victor Martí Vallés)