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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 542442
Resolución de concesión de la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles para el 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ref. BDNS: 813367

El consejero ejecutivo de Presidencia, en fecha 28 de julio de 2024, ha dictado la resolución siguiente:

«Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Presidencia relativa a la concesión de la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles para el año 2025

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consell de Insular de Mallorca, en sesión ordinaria de día 12 de marzo de 2025, aprobó la convocatoria de subvenciones para entidades juveniles para el año 2025 (BOIB n.º 33, de 15 de marzo de 2025).

2. Día 23 de julio de 2025, el órgano instructor emitió informe relativo al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos necesarios para acceder a la subvención y en vista del expediente formuló la propuesta de aprobación concesión de las subvenciones solicitadas.

3. Día 23 de julio de 2025, la técnica jurídica de la Direcció insular de Joventut i Participació emitió informe jurídico relativo a la propuesta de acuerdo de adjudicación.

4. El gasto económico que representa la convocatoria está previsto dentro del presupuesto del Consell de Mallorca para el año 2025 con cargo a la partida presupuestaria 00.33410.48900, y se dispone de los correspondientes certificados de existencia de crédito: A 220250004848. Y 220250004849.

5. En fecha 23 de julio de 2025, la Intervenció Delegada de la Llar de la Infància emitió informe de fiscalización favorable del expediente de concesión de la subvención.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006); por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005); por la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018), y el resto de la normativa que sea aplicable.

2. La convocatoria de subvenciones para entidades juveniles para el año 2025 (BOIB n.º 33, de 15 de marzo de 2025).

3. El artículo 33.2.k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, dispone que corresponde al consejero ejecutivo de Presidencia resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Por todo esto,

RESUELVO

Primero. - Aprobar y conceder las subvenciones a las entidades por las cantidades que se detallan

LÍNEA 1: Federaciones, asociaciones de asociaciones y similares de ocio educativo, entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la juventud inscritas en el Censo Insular de entidades juveniles, con implementación como mínimo a cinco municipios de la isla de Mallorca

 

Núm. Expediente

Entidad

CIF

Importe Presupuesto presentado

Importe solicitado

Importe condedido

1245062D

MOVIMENT ESCOLTA I GUIATGE DE MALLORCA

G07148612

46.915,00 €

46.000,00 €

46.000,00 €

1249383E

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Q2866001G

46.562,58 €

46.000,00 €

46.000,00 €

1251536W

FUNDACIO PIA AUTONOMA INSTITUT PERE TARRES D'EDUCACIÓ EN L'ESPLAI

R5800395E

73.090,11 €

46.000,00 €

46.000,00 €

1251757C

BEN AMICS-ASSOCIACIO LGTBI DE LES ILLES BALEARS

G07698855

41.781,64 €

41.781,64 €

41.781,64 €

LÍNEA 2: Entidades juveniles y entidades prestamistas de servicios a la juventud inscritas en el Censo Insular de entidades juveniles que no reúnen los requisitos de los epígrafes anteriores.

Núm. Expediente

Entidad

NIF

Importe Presupuesto presentado

Importe solicitado

Importe condedido

1244750W

ASSOCIACIO ESPLAI ALBERCOC PORRERES

G16922288

3.953,62€

2.953,62€

2.953,62€

1244749T

LLEURE ACTIU

G57620858

12.395,00€

11.500,00€

11.500,00€

1245101H

ASOCIACIÓ BALEAR DE SUPERDOTADOS Y ALTAS CAPACIDADES, ABSAC

G57282261

18.050,00€

11.500,00€

11.500,00€

1248974M

EDUCACLOWN

G57942708

14.000,00€

11.500,00€

11.500,00€

1248993N

HERMANAS DE LA CARIDAD DE SAN VICENTE DE PAUL. NAUM PROYECTO SOCIO-EDUCATIVO

R0700696H

43.297,93€

11.500,00€

11.500,00€

1249015T

CLUB D'ESPLAI UTOPIA-JOVENT

G57265498

12.250,00 €

11.500,00€

11.500,00€

1250729Z

ASSOCIACIO 3POTES.MANACOR

G57857690

21.320,00€

11.500,00€

11.500,00€

1251079K

ORGANIZACION JUVENIL ESPAÑOLA

G28556728

11.500,00€

11.500,00€

11.500,00€

1251106Y

ALAS SALUT I SEXUALITATS

G07277734

19.701,05€

11.500,00€

11.500,00€

1251485Z

FUNDACIO MARIA FERRET (ESCOLTISME I GUIATGE DE MALLORCA)

G07631799

16.850,00€

11.500,00€

11.500,00€

1251517T

ASOCIACIÓN AMITICIA

G07482029

24.070,00 €

11.500,00€

11.500,00€

1251523C

AMADIP ESMENT FUNDACIO

 G07065709

16.000,00 €

11.500,00€

11.500,00€

1251726J

GRUP BALEAR D'ORNITOLOGIA I DEFENSA DE LA NATURALEZA

G07089600

12.150,00€

11.500,00€

11.500,00€

1251778F

ESCOLTES I GUIES DE MALLORCA E.G.M

G07079197

9.006,00€

9.000,00€

9.000,00€

1251804R

CLUB D'ESPLAI JOVENT

G57052029

11.500,00€

11.500,00€

11.500,00€

1251937C

SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL JOVENT

F07444615

11.500,00€

11.500,00€

11.500,00€

1252358M

FUNDACIÓN MALLORCA ÍNTEGRA

G16585432

14.603,68€

11.157,00€

11.157,00€

1253576D

ASSOCIACIO DE JOVES JA QUE HI SOM

G16843930

11.500,00€

11.500,00€

11.500,00€

1253603Q

CLUB D´ESPLAI FENT CAMI JOVENT

G16508293

11.500,00€

11.500,00€

11.500,00€

1253646A

PROJECTE 4 VENTS ESCOLTISME I GUIATGE-4VEG

G16509101

31.307,72€

11.500,00€

11.500,00€

1. Excluir las solicitudes de las entidades siguientes:

Núm. Expediente

Entidad

CIF

Motivos

1244751X

ASSOCIACIÓ DE TÈCNICS D'ESPORT ADAPTAT DE LES ILLES BALEARS (ATESAIB)

G04944252

1. De acuerdo con la base de 3.2 de la convocatoria, la entidad no puede obtener la condición de entidad beneficiaria.

1251836M

ESPIRAL-ENTITAT PRESTADORA DE SERVEIS A LA JOVENTUT

G57238065

1. El proyecto presentado por la entidad Espiral, ya fue objeto de subvención en el ejercicio anterior, en la convocatoria de participación y voluntariado por el año 2024, y se declaró completamente ejecutado y justificado. (Art. 19.3 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 16 de la Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca).

2. El proyecto no se ajusta a la finalidad de la convocatoria, puesto que el programa presentado se corresponde al plan general de voluntariado de la entidad, y no a un proyecto que responda a los objetivos y finalidades propias de la convocatoria para entidades juveniles. (Base 7 de la Convocatoria).

2. Disponer un gasto de:

  • 179.781,64 € (partida presupuestaria 00.33410.48900) a favor de las entidades que se detallan en el apartado primero, y por las cuantías que figuran, LÍNEA 1 y como tal que el remanente existente de 5.218,36€ se revierta a la partida presupuestaria 00.33410.48900 (A/920250008212) . El documento contable de autorización del gasto es A 220250004848 por la Línea 1. Las operaciones contables D provisionales se encuentran a la relación C/2025/137.
  • 218.610,62 € (partida presupuestaria 00.33410.48900) a favor de las entidades que se detallan en el apartado primero, y por las cuantías que figuran, LÍNEA 2 y como tal que el remanente existente de 46.389,38 € se revierta a la partida presupuestaria 00.33410.48900 (A/920250008539) . El documento contable de autorización del gasto es A 220250004849 por la Línea 2. Las operaciones contables D provisionales se encuentran a la relación C/2025/136.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Base de datos Nacional de Subvenciones Tablón de edictos de la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca. https://cim.sedipualba.es/tablondeanuncios/

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente a recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de alzada.

Si transcurren tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se recibe la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo sin límite temporal en tanto no recaiga resolución expresa.

No obstante lo anterior, cabe interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.»

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (30 de julio de 2025

El consejero ejecutivo de Presidencia Antonio Francisco Fuster Zanoguera)