Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 542161
Resolución de Alcaldía núm. 2025/PRE/0000629, de 30 de julio de 2025, por el que se aprueba el padrón fiscal del Impuesto sobre Actividades Económicas en el municipio de Ferreries correspondiente al ejercicio 2025 y notificación colectiva
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Por Resolución de Alcaldía núm. 2025/PRE/0000629, de 30 de julio de 2025, se ha aprobado el padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas en el municipio de Ferreries correspondiente al ejercicio 2025, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de estos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público, en el BOIB, en el tablón municipal de edictos y en el tablón de edictos de la sede electrónica http://www.ajferreries.org/tauler/edictes.aspx?TIPO=01&HISTORIC=1 por un periodo de quince días hábiles, con la finalidad de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en éstos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto sobre actividades económicas en el municipio de Ferreries correspondiente al ejercicio 2025, en:
Localidad: Ferreries
Oficina de Recaudación Municipal
Horario: de 9.00h a 14.00h
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Concepto |
Plazo de pago en periodo voluntario |
Fecha de cargo en cuenta |
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Impuesto sobre Actividades Económicas |
Del 01/08/2025 al 30/09/2025 |
20/08/2025 |
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de las siguientes entidades: Caixabank, Banca March, BBVA, Banco Santander y Caixa Colonya, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries
https://www.carpetaciutadana.org/ferreries/recaptacio/rebuts.aspx?ENTITAT=009&SITUACIO=P
o en la oficina de recaudación municipal.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries o en la oficina de recaudación en el horario y plazo establecidos.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, si procede, de las costas del procedimiento de apremio.
Ferreries, en la fecha de la firma electrónica (30 de julio de 2025)
El alcalde Pedro Pons Huguet