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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 537222
Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y CECOSA Supermercados SLU

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo aprobado por la Junta de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario celebrada el 13 de junio de 2025, y en ejercicio de sus competencias sobre la base de lo propuesto (conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas), y al artículo 132 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares, en lo relativo a la composición y competencias de la Junta de Gobierno, y en virtud del Decreto de Estructura organizativa y competencial del Consell Insular de Formentera, así como de las delegaciones de presidencia y del Pleno, para el mandato 2025-2027, publicado en el BOIB 19 de 11 de enero de 2025, se hace público el siguiente convenio:

Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y CECOSA Supermercados SLU

Partes

Óscar Portas Juan, como presidente del Consell Insular de Formentera, que actúa en nombre y representación de esta corporación, con CIF P0702400C y domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc (Formentera), en virtud del Decreto de presidencia de 27 de diciembre de 2024, de atribuciones competenciales a los miembros del equipo de Gobierno, publicado en el BOIB núm. 19, de 11 de febrero de 2025, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, de régimen electoral general y del artículo 21 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares en relación con el título IX de esta Ley sobre régimen especial de Formentera, asistido por el secretario de la corporación, el Sr. Ángel Custodio Navarro Sánchez, de conformidad con el artículo 161 del ROC.

Alfredo Herraez Maqueda, mayor de edad, con DNI 43059085A, en nombre y representación de CECOSA SUPERMERCADOS S.L.U. domiciliada en la calle Proyecto Hombre, 1, del polígono industrial denominado "Son Morro" de Palma de Mallorca (CP 07007), con CIF núm. B95390761.

Interviene en ejercicio de poder que afirma vigente, conferido por escritura de poder general otorgado por Andrés María Urrutia Badiola, notario de Bilbao, el 30 de diciembre de 2021, número 2431 de su protocolo. (En adelante, CECOSA SUPERMERCADOS)

Las partes manifiestan tener y se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para suscribir este convenio, a efectos del cual,

EXPONEN

1. Que CECOSA SUPERMERCADOS es una sociedad perteneciente al Grupo Eroski cuya actividad principal es la venta al detalle de bienes de consumo. El Grupo Eroski cuenta con una amplia red de hipermercados y supermercados de gran implantación en todo el territorio nacional que operan bajo diferentes enseñas y formatos.

2. Que CECOSA SUPERMERCADOS ha manifestado la intención de colaborar con el Consell Insular de Formentera en el desarrollo de las actividades en cumplimiento de su objeto social y en desarrollo de su vocación solidaria como cooperativa de consumidores.

3. Que es objeto de este convenio el reconocimiento del Consell Insular de Formentera a favor de CECOSA SUPERMERCADOS de su condición de Entidad Colaboradora. Para ello, CECOSA SUPERMERCADOS proveerá productos y bienes de primera necesidad para alimentación e higiene a las personas que el Consell Insular de Formentera designe, mediante la utilización de la TARJETA SOLIDARIA.

Este suministro de productos se realizará atendiendo las normas establecidas en las cláusulas de este Convenio.

Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente para suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN, en base a las siguientes

CLÁUSULAS

1. Lugar de prestación del servicio de colaboración

El objeto de este convenio es el suministro por parte de CECOSA SUPERMERCADOS al Consell Insular de Formentera de TARJETAS SOLIDARIAS, que éste facilitará a aquellas personas a las que presta ayuda para que puedan realizar compras en los establecimientos convenidos por las partes.

La colaboración objeto de este convenio se producirá en aquellas tiendas designadas por CECOSA SUPERMERCADOS en el anexo I.

2. Duración

Este convenio tendrá una duración de cuatro (4) años desde la fecha de su firma. Llegado el vencimiento, este convenio quedará prorrogado automáticamente por períodos anuales, sin necesidad de más trámites y formalidades, hasta un máximo de 4 años.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá instar la resolución de este convenio en cualquier momento mediante un preaviso mínimo de un (1) mes, plazo que ambas partes consideran adecuado, mediante comunicación fehaciente de la voluntad de resolución a la otra parte.

3. Operativa

La prestación del servicio se realizará en los centros indicados en la cláusula primera. La entrega del producto en los centros se realizará tras la identificación del beneficiario mediante el DNI, NIE o pasaporte y el abono de la compra se realizará con una tarjeta monedero, nominal e intransferible, denominada TARJETA SOLIDARIA.

CECOSA SUPERMERCADOS ha implantado la operativa informática que permite emplear la TARJETA SOLIDARIA como medio de pago en los centros mencionados en la cláusula primera y para este único y exclusivo fin.

Es obligación del Consell Insular de Formentera enviar semanalmente a CECOSA SUPERMERCADOS la documentación que incluya un listado de la numeración de los documentos de identificación (DNI, NIE o pasaporte) de los beneficiarios asociados al número de la TARJETA SOLIDARIA y la cuantía económica de la ayuda para cada uno de los beneficiarios.

En caso de que CECOSA SUPERMERCADOS no recibiera la documentación referida, no estará obligada a cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del Convenio.

Una vez recibida la documentación, CECOSA SUPERMERCADOS la utilizará para recargar las TARJETAS SOLIDARIAS con las cantidades indicadas y, una vez recargadas, será obligación del Consell Insular de Formentera entregarlas a sus beneficiarios.

Será obligación de CECOSA SUPERMERCADOS suministrar directamente, previa identificación mediante la presentación del DNI, NIE o pasaporte asociado al número de TARJETA SOLIDARIA, los productos que solicite el beneficiario hasta alcanzar el importe asignado a la TARJETA SOLIDARIA, que no podrá ser sobrepasado en ningún caso.

Quedarán expresamente excluidos de esta operativa los productos especificados en la cláusula quinta.

4. Condiciones económicas

CECOSA SUPERMERCADOS facturará al Consell Insular de Formentera, con periodicidad mensual y a mes vencido dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente, el importe que corresponda a la suma de la cantidad gastada en las TARJETAS SOLIDARIAS durante el mes de referencia que se factura. El Consell Insular de Formentera abonará esta factura a los 30 días de la emisión, mediante transferencia bancaria al número de cuenta y a la entidad bancaria que CECOSA SUPERMERCADOS disponga.

5. Exclusión de productos

El Consell Insular de Formentera, al inicio de la colaboración, remitirá un listado con los productos excluidos para que los beneficiarios no puedan comprarlos con esta TARJETA SOLIDARIA. Este listado se adjunta en este convenio como anexo.

6. Resolución

Cualquiera de las partes puede proceder a resolver el convenio en las siguientes circunstancias:

1. El Consell Insular de Formentera puede proceder a la resolución de este convenio cuando lo considere, comunicándolo a CECOSA SUPERMERCADOS mediante notificación emitida por persona autorizada a través de notificación escrita y con una antelación no inferior a un (1) mes de la fecha de resolución pretendida.

2. CECOSA SUPERMERCADOS puede proceder a la resolución de este convenio en los siguientes supuestos:

  • Incumplimiento por parte del Consell Insular de Formentera de cualquiera de las obligaciones que aparecen en las cláusulas de este convenio, muy especialmente en las condiciones económicas.
  • En cualquier momento, siempre que haya notificación por escrito de la persona autorizada dirigida al Consell Insular de Formentera con una antelación no inferior a un (1) mes de la fecha de resolución pretendida.

7. Modificaciones contractuales

Las modificaciones contractuales que se puedan producir en el Convenio durante su vigencia deberán constar siempre por escrito y haber sido suscritas por personas autorizadas de ambas partes con carácter previo.

8. Datos de carácter personal

Para que CECOSA SUPERMERCADOS pueda gestionar el servicio convenido, requiere que el Consell Insular de Formentera facilite los datos de las personas que serán beneficiarias de las ayudas del Consell Insular de Formentera. Por ello, el Consell Insular de Formentera informará a los beneficiarios de la ayuda, mediante su política de privacidad, del tipo de dato que deberá facilitarse a CECOSA SUPERMERCADOS, de la finalidad y la base jurídica del tratamiento a realizar por CECOSA SUPERMERCADOS, de la cesión a CECOSA SUPERMERCADOS y de su contacto (dpo@eroski.es), dejando constancia de que, una vez concluido el período de ayudas, estos datos se suprimirán.

Asimismo, se informará a los afectados sobre cómo podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión de los datos, así como revocar el consentimiento para usarlos, oponerse a su tratamiento y cederlos, tanto ante el Consell Insular de Formentera como, llegado el caso, ante CECOSA SUPERMERCADOS como cesionaria, así como la posibilidad de formular una reclamación ante la AEPD. Si un beneficiario ejerciera alguno de los derechos mencionados, durante el período de ayudas o en un momento posterior, y el ejercicio tuviera por objeto los datos tratados en el ámbito de este convenio, el Consell Insular de Formentera estará obligado a trasladar esta petición, en un plazo máximo de 48 horas, a CECOSA SUPERMERCADOS para que esta pueda atender con garantías, y en los términos legalmente establecidos, los ejercicios de estos titulares de datos.

El Consell Insular de Formentera comunicará a CECOSA SUPERMERCADOS exclusivamente los datos de carácter personal necesarios para la gestión de las tarjetas (nombre, apellidos, NIE y la documentación acreditativa vinculada al programa de asilo), de los beneficiarios de las ayudas para que puedan ser correctamente identificados y hagan uso de las TARJETAS SOLIDARIAS en los establecimientos de CECOSA SUPERMERCADOS de la forma más ágil posible.

Para realizar un seguimiento de la evolución del beneficiario y la correcta prestación del servicio, CECOSA SUPERMERCADOS comunicará, a petición del Consell Insular de Formentera, el detalle de la compra realizada por el beneficiario de la ayuda, para verificar si se han adquirido los productos autorizados por el Consell Insular de Formentera. Asimismo, el Consell Insular de Formentera deberá informar a las personas solicitantes de la ayuda sobre los productos autorizados.

Los datos de las personas físicas que intervienen en este convenio, así como cualesquiera otros que sean facilitados a lo largo de la relación entre las partes, serán registrados en ficheros automatizados y/o manuales propiedad de las partes, para la gestión y el mantenimiento de la relación contractual.

Si a lo largo de la relación comercial se facilitan datos de carácter personal de empleados u otras terceras personas, quien los proporcione debe garantizar estar legítimamente facultado y haber informado a los afectados de estos extremos.

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como revocar su consentimiento, oponerse a su tratamiento, limitarlo y/o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo un escrito a los respectivos domicilios de las partes o, en el caso de CECOSA SUPERMERCADOS, mediante comunicación a dpo@eroski.es.

9. Confidencialidad de datos

Las partes acuerdan, por razones de confidencialidad, que no divulgarán ninguna información, sea cual sea su naturaleza relativa a cualquiera de las estipulaciones del presente convenio, así como a sus anexos o a sus respectivos desarrollos.

Esta obligación subsistirá durante la vigencia de este convenio y aún después de resuelto, independientemente de la causa alegada para ello. De acuerdo con lo anterior, las partes no podrán comunicar a ninguna persona, empresa u organismo, cualquier información recibida de la otra parte por cualquier motivo, salvo que exista su previo consentimiento expreso y por escrito. En este sentido, una vez resuelto el convenio, las partes se obligan a devolver a la otra parte toda la información, documentos, manuales técnicos, etc., que hayan recibido.

Lo indicado en el párrafo anterior no será de aplicación cuando esta comunicación sea requerida por imperativo legal, siempre que a efectos informativos lo comunique a la otra parte antes o al tiempo de facilitar la información solicitada y revele la información estrictamente necesaria para cumplir con el requerimiento legal.

 

El incumplimiento de este compromiso dará derecho a la parte cumplidora a reclamar una penalización que deberá ser proporcional al daño causado.

10. Notificaciones

Las partes designan como domicilios a efectos de notificaciones los que figuran en la intervención de este documento, a los cuales deberán ser remitidas las mencionadas comunicaciones mediante sistema fehaciente.

Cualquier cambio de domicilio solo tendrá efectos a partir de la fecha en que se haya recibido la notificación fehaciente del cambio.

11. Cumplimiento normativo

Mediante la suscripción de este convenio, el Consell Insular de Formentera manifiesta haber sido informado por parte de CECOSA SUPERMERCADOS sobre las políticas, principios y valores éticos que se recogen en el Código de conducta corporativo del Grupo Eroski, accesible a través de https://corporativo.eroski.es/wp-content/uploads/2025/03/Codigo-de-Conducta-Grupo-Eroski-2024.pdf.

El Consell Insular de Formentera declara expresamente su adhesión a este código en relación con los servicios, trabajos o suministros que haya de prestar o entregar a cualquier empresa perteneciente al Grupo CECOSA SUPERMERCADOS y, por tanto, se compromete a cumplir lo que en él se establece en la medida que le sea de aplicación, así como cualquier otra política o normativa que le pueda ser comunicada en relación con este ámbito.

12. Resolución de conflictos y competencia jurisdiccional

Ambas partes se comprometen a cumplir las condiciones establecidas en el presente convenio bajo los principios de buena fe, procurando la resolución de común acuerdo sobre posibles discrepancias que puedan surgir derivadas de la aplicación, cumplimiento, ejecución, desarrollo o interpretación de este convenio.

Sin perjuicio de lo anterior, para la resolución de cualquier litigio o divergencia que derive de la aplicación o interpretación de este convenio, las partes, con renuncia expresa a su fuero propio, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Palma.

Y, en prueba de conformidad, las partes otorgan y firman por duplicado, y en todas las hojas de este ejemplar y sus anexos.

 

Formentera, 18 de julio de 2025

El presidente del Consell Insular de Formentera

Óscar Portas Juan

​​​​​​​CECOSA SUPERMERCADOS, S.L.U.

Alfredo Herraez Maqueda

 

ANEXO I LISTADO DE TIENDAS

 

Nombre centro

Dirección

Población

6001

Ciutadella

Sabaters. Pol. Industrial, 6

Ciutadella

6004

Ferreries

C/ Mestre Obrador, 9

Ferreries

6005

es Mercadal

Av. Doctor Llansó s/n

es Mercadal

6006

Crillon

C/ Duc de Crillon, 22

Maó

6007

Petroblanes

Crta. Cala en Blanes

Ciutadella

6008

Sant Lluís

Polígon Sant Lluis, C/ Talaiot, 1

Sant Lluís

6066

Inca nord

Av. Alcúdia, 273

Inca

6067

sa Pobla 2

Carrer Joan Piza Massanet, s/n

sa Pobla

6302

Gral. Ric. Ort.

C/ General Ricardo Ortega, 5

Palma

6307

Portocolom

C/ Vapor Santiveri, s/n –Portocolom–

Portocolom

6308

Lloseta

C/ Antonio Vidal, 34

Lloseta

6309

Santa Maria

Plaça Hostals, 25

Santa Maria del Camí

6328

Indústria

C/ Joan Bauzà Mestre, 1

Palma

6350

Dragonera

C/ Dragonera, 15

Palma

6360

Reis Catòlics

C/ Reis Catòlics, 51

Palma

6362

sa Pobla

C/ Gómez Ulla, 12

sa Pobla

6363

Escorxador

C/ Emperadriu Eugènia, 2

Palma

6376

Coll I

C/ Illes Pitiüses, 5  –Coll Rabassa–

Palma

6377

Manacor

Crta. Vella Sant Llorenç, s/n

Manacor

6398

Inca I

C/ Bisbe Llompart, 44

Inca

6422

Sant Antoni

C/ Vara de Rey, cant. c/ Estrella

Sant Antoni de Portmany

6428

Carrer Manacor

C/ Manacor, 87

Palma

6439

Son Rutlan

C/ Aragó, 307

Palma

6495

Secar/ Real

Av. del Cister, 50-52  –Secar de la Real–

Palma

6499

Colònia

C/ ses Mates, s/n

Colònia de Sant Jordi

6505

Torrent

C/ Marineta cant. C/ Torrent i C/ Fita

Llucmajor

6512

Badia Gran

C/ Joan d'Àustria, 100 –Badia Gran–

Llucmajor

6514

sa Indioteria

C/ Santiago Alvarez, 16 (sa Indioteria)

Palma

6537

Palmanova

Av. de la Platja, 8 –Palmanova–

Calvià

6538

Son Cladera

C/ Cala Tuent, 2

Palma

6555

Sant Francesc

C/ Vuit d'Agost, 10

Formentera

6564

Crta. Alcúdia

Crta. Alcúdia-Artà, km. 27

Alcúdia

6565

Son Ferrer

C/ Mussol, s/n (local 9) –Son Ferrer–

Calvià

6574

Andrea Doria

C/ Andrea Doria, 5

Palma

6592

Cala Rajada

C/ ses Savines, 33 –Cala Rajada–

Capdepera

6625

Arxiduc

C/ Arxiduc Lluís Salvador, 118

Palma

6643

Consell

Ctra. Palma, 35

Consell

6653

Campos II

Ctra. Palma-Santanyí, s/n

Camps

6656

Capdepera

Av. Joan Carles I, s/n

Capdepera

6657

Son Servera

Ctra. Cala Millor, s/n

Son Servera

6690

Sant Jaume

C/ Sant Jaume cant. C/ Joan Tur

Santa Eulàlia des Riu

6691

ses Païsses

C/ ses Païsses s/n

Sant Antoni de Portmany

6692

Sóller II

C/ Prosperitat, 22-24

Sóller

6694

Santa Maria II

Plaça Espanya s/n

Santa Maria del Camí

6701

Aragó

C/ Aragó, 111

Eivissa

6705

Binissalem I

C/ Joan Josep Amengual, s/n

Binissalem

6708

Macabich

Av. Isidor Macabich, 59

Eivissa

6710

Sant Agustí

C/ Joan Miró, 334 –Cala Major–

Palma

6713

Santanyí

C/ Palma, 133

Santanyí

6714

Son Ferriol

Av. del Cid, 58 –Son Ferriol–

Palma

6715

Port de Pollença

C/ Joan XXIII, 22 –Port de Pollença–

Pollença

6718

Coll II

C/ Cardenal Rosell, 1

Palma

6719

Alaró

C/ Gaspar Perelló, 39

Alaró

6726

Algaida

C/ Salvador Colomer, 74-79

Algaida

6729

Mercat de Llevant

C/ Manuel Azaña, s/n

Palma

6744

Sometimes

C/ Marbella, 13. Centre Comercial La Ribera

Palma

6745

Son Verí

C/ la Rambla cant. c/ del Cedre

Llucmajor

6749

Metge Josep Darder

C/ Metge Josep Darder, 23

Palma

6750

Via Ronda

C/ Francesc Femenies, cant. Borja Moll

Maó

6751

Vassall

C/ Vasallo, 70-72

Maó

6752

Bendinat

Crta. d'Andratx s/n Urb. Bendinat

Calvià

6753

Portitxol

Francisco Femenies, 3

Palma

6754

Arenal Llucmajor

C/ Maria Antonia Salvà, 45

Llucmajor

6755

Eusebi Estada

C/ Eusebi Estada, cant. Hiroshima, cant. Tinent Oyaga

Palma

6756

Pérez Galdós

C/ Pérez Galdós, 5

Palma

6757

Santa Eulàlia II

Ctra. es Canar, Punta Arabí

Santa Eulàlia des Riu

6759

Llucmajor

C/ Nicolau Taberner, 39

Llucmajor

6778

Can Burgos

Ctra. d'Eivissa a Sant Josep km. 2 (Barri can Bellotera)

Sant Josep de sa Talaia

6784

Eurocentre

Ctra. Sant Joan, km. 1,7

Eivissa

6793

Pere Garau

C/ Gabriel Llabrés, 10

Palma

6797

ses Figueretes

Quartó de Portmany, s/n

Eivissa

6801

Son Moix

Camí dels Reis, cruïlla crta. Puigpunyent s/n

Palma

6806

Can Pastilla

C/ Cèsar, 2 –Can Pastilla–

Palma

6807

Castella

C/ Castella, 24

Eivissa

6831

es Born

C/ Felip Bauzà, 4

Palma

6882

Pasqual Ribot

C/ Pasqual Ribot, 18

Palma

6883

Artà

C/ Ciutat, 36-38

Artà

6885

Alcúdia

Plaça Porta Mallorca, s/n

Alcúdia

6892

A. el Magnànim

C/ Pere Caffaro cant. c/ Alfons el Magnànim

Palma

6895

C. Gran Via

Av. Jaume I, 145, cruïlla ctra. Inca - Manacor

Inca

6906

Via Púnica

C/ Via Púnica, 11 bis, baixos i c/ Via Romana, 8

Eivissa

6907

Abat i Lasierra

C/ Abat i Lasierra, s/n

Eivissa

6931

Port d'Alcúdia

C/ Mar i Estany, s/n

Alcúdia

6934

Jesús

Ctra. Cap Martinet s/n

Jesús

6983

Fàbrica

C/ Fàbrica, 46

Palma

6985

Pollença II

Polígon de Pollença, parcel·la A50-a51

Pollença

7459

Santa Ponça III

Av. Jaume I cant. via Puig de Randa, s/n – S. Ponça

Calvià

7463

Felanitx

Bell Puig, s/n

Felanitx

7468

Cala d'Or

Av. Bienvenidos, s/n - Cala d'Or

Cala d' Or

7472

A. Fleming

Plaça Doctor Alexandre Fleming, 8

Palma

7473

Aragó 206

Aragó, 206

Palma

7483

Port d'Andratx

Ctra. Andratx -Port d'Andratx -cant. av. Gabriel Roc

Port d'Andratx

7487

Andratx

Larache amb ctra. al Port d'Andratx

Andratx

7490

Palmanova

París, 8 - Palmanova

Calvià

7495

Tucan

Av. Tucan, 35

Alcúdia

7503

Navegacion

Navegacion, 13

Palma

7504

Cala Millor

Joan Servera Camps, s/n – C. Millor

Cala Millor

7510

Can Picafort

Ctra. Artà- P. Alcúdia, s/n

Can Picafort

7512

Porto Cristo

Rda. Oest - c/ Ecònom Pere Gelabert - C/Marina

Porto Cristo

7519

P. de Pollença II

Av. Joan XXIII, s/n - Port de Pollença

Pollença

7554

Ausiàs March

Ausiàs March, 33

Palma

7557

Pasqual Ribot

Pasqual Ribot, 2

Palma

7558

A. el Magnànim

Alfons el Magnànim, 5

Palma

7559

Pollença

Av. Argentina, s/n

Pollença

6549

Cala d'Or

Parcel·la C11 –Es Cementeri– (Cala d'Or)

Cala d'Or

6096

Binissalem II

C/ Conqueridor s/n

Binissalem

6909

Muro

C/ Marjals, 5

Muro

6861

la Savina

Plaça Illes Pitiüses, 8

Formentera

6894

Llucmajor

Av. Carles V, 36, 07620

Llucmajor

6852

La Cabaneta

C/ Casa del Poble, n. 5-7

Marratxí

 

 

ANEXO II LISTADO DE PRODUCTOS

Productos básicos de primera necesidad permitidos:

Pasta (espaguetis, macarrones, sopa de letras, etc.)

Arroz

Legumbres

Salsa de tomate

Leche

Café / té / infusiones

Agua

Cacao en polvo

Yogures

Galletas

Pan

Mantequilla / margarina

Mermelada

Harina

Azúcar

Aceite de oliva / aceite de girasol

Sal

Huevos

Atún

Carne de pollo

Carne de cerdo

Carne de ternera (hamburguesa, carne picada, bistec)

Embutidos (jamón dulce, mortadela, fuet, pavo, chorizo)

Verduras de temporada

Papel higiénico

Gel de ducha

Champú

Dentífrico

Compresas / tampones

Pañales y toallitas higiénicas

Productos de limpieza del hogar

No se permiten:

Bebidas alcohólicas

Todo tipo de bebidas y refrescos que contengan gas, azúcar o productos sustitutos

Bollería y chucherías

Comida para animales domésticos

Lo cual se hace saber para general conocimiento.

 

Formentera, en la fecha de la firma electrónica (22 de julio de 2025)

El presidente ​​​​​​​Óscar Portas Juan