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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARIA DE LA SALUT

Núm. 534001
Resolución de Alcaldía núm. 250, de fecha 29 de julio de 2025, por la que se delegan competencias genéricas en favor de concejal (Expediente núm.: 526/2023)

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Texto

En cumplimiento de lo que se dispone en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Sr. Jaime Ferriol Martí, en su condición de Alcalde Presidente de la Corporación Local, publica la resolución de Alcaldía núm. 250, de 29 de julio de 2025, transcrita ut infra:

«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

En vista de que la Alcaldía, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les Bases del Régimen Local, puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, excepto las relacionadas en los artículos 21.3 y 71 de la citada Ley, en los términos que se prevén en los artículos 43 y siguientes del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En vista de que, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 43.3 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Alcaldía tiene reconocida por Ley la posibilidad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos especiales, pueda realizar en favor de cualquier concejal o concejala, aunque no pertenezcan a la misma.

En vista de que las delegaciones genéricas se referirán a una o diversas áreas o materias determinadas, y podrán alcanzar tanto la facultad de dirigir como la de gestionar en general los servicios correspondientes, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.

El Sr. Jaime Ferriol Martí, en su condición de Alcalde Presidente de la Corporación Local, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de les Entidades Locales,

RESUELVE

Primero.- Efectuar la delegación genérica a favor del concejal Sr. Gabriel Vanrell Mascaró de las siguientes áreas:

CONCEJAL/A

ÁREA

Gabriel Vanrell Mascaró

Comunicación y Transparencia, Fiestas, Ferias y Mercados, y Participación Ciudadana

Segundo.- Las delegaciones genéricas efectuadas a través del resolviendo primero comprenden las facultades de dirección y de gestión en general, pero no la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceras personas.

Tercero.- El concejal Sr. Gabriel Vanrell Mascaró deberá informar a la Alcaldía, a posteriori, con periodicidad semanal y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.- Las delegaciones conferidas en la presente resolución requerirán, para su eficacia, su aceptación por parte del concejal Sr. Gabriel Vanrell Mascaró, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada la presente resolución.

Quinto.- La presente resolución será publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, dándose cuenta de su contenido al Ple de la Corporación en la primera sesión que se celebre.

Sexto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en estas normas.

Séptimo.- La presente resolución empezará a aplicarse desde su firma.

En Maria de la Salut, a 19 de junio de 2023. El Sr. Alcalde, firmado y sellado electrónicamente»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante lo anterior, se podrá interponer cualquier otro recurso, si se considera conveniente.

Lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos.

 

Maria de la Salut, 29 de julio de 2025

(El alcalde Jaime Ferriol Martí)