Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 531460
Resolución núm. 385/2025, de 23 de julio de 2025, de la consejera ejecutiva del Departamento de Ordenación Territorial y Turística, relativa a la concesión de ayudas a propietarios que tienen inmuebles con arrendamientos asequibles de larga duración con un alquiler estable, año 2024 (exp. 5100-2024-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión de carácter extraordinario de 20 de diciembre de 2024 el Consejo Ejecutivo aprobó las bases y la convocatoria que rigen la concesión de ayudas a propietarios que tienen inmuebles con arrendamientos asequibles de larga duración con un alquiler estable del Consejo Insular de Menorca correspondiente al año 2024. El acuerdo se publicó en el BOIB núm. 12 de 25 de enero de 2025.

La finalidad de estas ayudas es facilitar que los titulares de una vivienda alquilada por debajo del precio de mercado durante todo el año, mediante un programa de intermediación entre propietarios e inquilinos gestionado por el CIM, puedan mejorar la habitabilidad y confort del inmueble, obtener una bonificación parcial del coste del seguro del hogar u otros certificados vinculados a la vivienda.

De acuerdo con el programa, se ofrece una batería de ayudas y garantías para incentivar a los propietarios de viviendas a participar, divididas en dos líneas de ayuda diferenciadas:

  • Línea 1: Ayudas dirigidas a la mejora integral de inmuebles adheridos a programas de intermediación entre propietarios e inquilinos del CIM.
  • Línea 2: Ayudas dirigidas a inmuebles alquilados a larga duración y a un precio ass equible: habitabilidad, certificado de eficiencia energética y seguro del hogar.

El importe máximo de la convocatoria será de 100.000 € con cargo a la partida 5.23110.480. En la línea 1 se destinan 84.000 € (el 84% del total de la convocatoria) y en la línea 2 se asignan 16.000 € (el 16%). Y el importe máximo que puede concederse por solicitud es de 4.850,24 por la línea 1 y de 850,24 € por la línea 2.

El plazo de presentación de solicitudes comenzó al día siguiente de su publicación en el BOIB y finalizó el 28 de febrero de 2025.

Una vez revisada por la instructora de la convocatoria la documentación aportada por los solicitantes, se comprobó que los posibles beneficiarios no incurren en causa de prohibición o incompatibilidad y se han emitido los informes con la valoración de las ayudas solicitadas.

La comisión evaluadora se reunió el 12 de junio de 2025 e informó favorablemente la propuesta que figura en los informes de la instructora.

En fecha 17 de junio de 2025 se publicó en el tablón de anuncios de la página web oficial del Consejo Insular de Menorca (http://www.cime.es) la relación de solicitudes admitidas y excluidas para que pudieran presentarse alegaciones en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de su publicación. Dentro de este plazo no se presentó ninguna alegación ni nueva documentación.

Vistas las propuestas de la instructora de la convocatoria que constan en el expediente.

Visto que en fecha 2 de julio de 2025 se solicitó la fiscalización del expediente y el 16 de julio de 2025 se firmó por parte del interventor la nota 12/2025 que:

«fiscaliza favorablemente la concesión de las ayudas propuestas indicadas a continuación:

Línea 1.- Para la mejora integral de inmuebles, por importe de 39.739,56 €.

Línea 2.- Habitabilidad, eficiencia energética y seguro del hogar, por importe de 1.304,11 €.

Asimismo se fiscaliza favorablemente el pago de las ayudas correspondientes a los gastos ejecutados y justificados.»

Dado que el artículo 33.2.K de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, establece como atribución de los consejeros ejecutivos resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Como titular del Departamento de Ordenación Territorial y Turística, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023).

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas a propietarios que tienen inmuebles con arrendamientos asequibles de larga duración con un alquiler estable del Consejo Insular de Menorca correspondientes a la convocatoria del año 2024, de acuerdo con los siguientes cuadros y con cargo a la partida 5-23110-4890004 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca del año 2025:

Línea 1

NÚM. EXPEDIENTE

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI/NIE/NIF

IMPORTE CONCEDIDO

5112-2025-000019

MCSN

***3330**

4.271,68 €

5112-2025-000024

G.C.C

***0896**

4.000,00 €

5112-2025-000020

MIRCA Y CIMAR SL

B07896616

2.279,98 €

5112-2025-000021

MIRCA Y CIMAR SL

B07896616

375,78 €

5112-2025-000023

MOK

***0798**

1.877,67 €

5112-2025-000014

DAP

***1043**

4.129,78 €

5112-2025-000008

BAP

***0492**

1.100,72 €

5112-2025-000015

PRF

***9408**

4.353,40 €

5112-2025-000022

MIRCA Y CIMAR SL

B07896616

73,63 €

5112-2025-000001

HVWJ

***9336**

3.442,72 €

5112-2025-000017

ARN

***9525**

1.812,69 €

5112-2025-000013

MNL

***9487**

3.533,02 €

5112-2025-000003

MRL

***3590**

4.266,60 €

5112-2025-000018

PRB

***7923**

4.221,89 €

TOTAL

 

39.739,56 €

Línea 2

NÚM. EXPEDIENTE

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI/NIE/NIF

IMPORTE CONCEDIDO

5112-2025-000004

LLFM

***3829**

389,57 €

5112-2025-000016

CMB

***2609**

208,97 €

5112-2025-000005

TAG

***9029**

99,91 €

5112-2025-000006

TAG

***9029**

104,43 €

5112-2025-000007

TAG

***9029**

99,91 €

5112-2025-000011

DAP

***1043**

100,75 €

5112-2025-000012

DAP

***1043**

99,91 €

5112-2025-000009

BAP

***0492**

100,75 €

5112-2025-000010

BAP

***0492**

99,91 €

TOTAL

 

1.304,11 €

Segundo. Dar por desistida de su solicitud a Elisa Gil Ramiro, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2025, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dado que no consta que haya aportado en plazo la documentación requerida.

Tercero. La resolución del expediente de concesión o denegación de las ayudas se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento del arte. 20.8 b de la LGS y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a efectos de notificación.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 25 de julio de 2025

La consejera ejecutiva del Departamento de Ordenación Territorial y Turística Núria Torrent Pallicer (DP 133, de 23.10.2024) (BOIB núm. 139 de 24.10.2024)