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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 531089
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 7 de julio de 2025, relativo a las bases y convocatoria para la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca para deportistas menorquines y/o residentes en Menorca destacados por sus méritos deportivos correspondiente a la temporada 2024/2025 (exp. 2710-2025-000002)
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BDNS 848666
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/848666):
Primero. Beneficiarios
1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas que cumplan las condiciones siguientes:
— Estar clasificado en el campeonato de España entre los ocho primeros.
— Estar clasificado en el campeonato de Europa entre los diez primeros.
— Estar clasificado en el campeonato del mundo entre los doce primeros o haber participado en los Juegos Olímpicos.
— Estar clasificado en los campeonatos IGA entre los tres primeros.
— Haber quedado en el ranking oficial de la federación a escala nacional, europea o mundial elaborado al acabar la temporada de la convocatoria, entre los tres, ocho o debe primeros, respectivamente (en el caso de aquellas federaciones que no tengan publicado ranking oficial, se podrá tener en cuenta otra documentación que sea homologable según el criterio del instructor de la convocatoria).
2. Los beneficiarios tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a) Ser deportista nacido en Menorca o residente en la isla un mínimo de dos años, y haber obtenido uno de los méritos deportivos detallados al apartado anterior, y tener 12 años la temporada a la cual se refiere la convocatoria.
b) Desarrollar un deporte reconocido por el Consejo Superior de Deportes (CSE), se trate o no de una modalidad olímpica.
c) Acreditar los méritos en la temporada deportiva a que se refiere la convocatoria.
3. En cualquier caso, no pueden acceder a la convocatoria:
a) Los deportistas en que recayera sanción disciplinaria deportiva de carácter grave o muy grave; sanción administrativa en materia deportiva de carácter grave o muy grave, o sanción penal.
b) Los deportistas considerados profesionales, según definición de artículo 21, deportistas profesionales y no profesionales, de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.
Segundo. Objeto
El objeto de la convocatoria es apoyar y colaborar en la preparación y participación de los deportistas destacados menorquines o residentes en la isla de Menorca, a partir de los doce años cumplidos en la temporada expresada en la convocatoria y considerados deportistas destacados por sus actuaciones y clasificación, representando Menorca, las Illes Balears o España en campeonatos de España, de Europa y del Mundo; o incluidos en rankings oficiales de ámbito nacional e internacional, así como participantes en las competiciones bienales IIGA (International Island Games Association). Todo ello, con especial atención a los deportistas que, cumpliendo el punto anterior, sean mujeres, tengan diversidad funcional (deporte adaptado) o que sean deportistas que estén en centros de tecnificación y/o incluidos en listado de deportista de alto rendimiento o deportista de alto nivel.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se regulará con las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 7 de julio de 2025.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 100.000 € (cien mil euros). El importe máximo que puede concederse por deportista es de 6.000€ (seis mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el día 31 de agosto de 2025.
Sexto. Otros datos
Los criterios de las ayudas de la convocatoria se regirán por los méritos deportivos conseguidos en la temporada 2024-2025, entre el día 1 de agosto de 2024 y el día 31 de julio de 2025.
Maó, en la fecha de la firma electrónica (28 de julio de 2025)
Por delegación del presidente La secretaria Rosa Salord Oleo (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)